Buenas tardes, compañer@s. Lanzo la siguiente cuestión sobre todo a los miembros del foro que formen parte de directivas: en mi departamento (FyQ) ofertamos hace un par de cursos unas materias de diseño propio enfocadas al trabajo en el laboratorio. Desde entonces se aprobaron y ofertaron en la matrícula y desde el primer año entendemos que el reparto del alumnado que se está haciendo dificulta notablemente su desarrollo tal y como estaban planteadas. Para que os hagáis una idea, en 2º ESO el alumnado (55) se reparte entre nuestra materia de taller y otras dos más (robótica y refuerzo lingüístico) a razón de 30/15/10. En mi opinión es inviable por cuestiones de espacio y seguridad alojar a 30 alumnos de 2º ESO en nuestro laboratorio. La pregunta es: ¿se puede hacer algo respecto al reparto ahora? (el director y la jefa de estudios argumentan que hay tantos alumnos en el taller porque se lo han "cogido" en la matrícula, que ellos no pueden hacer nada). La siguiente cuestión es, ¿se puede dejar de ofertar estas materias a nivel de departamento para el siguiente curso? ¿Cual sería el procedimiento a llevar a cabo en tal caso? Muchísimas gracias de antemano.
No. Piensa que es muy injusto para el resto de materias que tu pretendas poner un tope, ¿no pueden argumentar lo mismo los de Debate o Computación?
: Sega82 24 September, 2026, 19:58:17 +02:00No. Piensa que es muy injusto para el resto de materias que tu pretendas poner un tope, ¿no pueden argumentar lo mismo los de Debate o Computación?
Hombre, si ellos tuvieran 30 en un laboratorio con 20 taburetes y yo 10 en mi aula claro que podrían argumentar lo mismo.
Para empezar no hay Materias de Diseño propio en la ESO. (sí en Bachillerato).
En la ESO se llaman Proyectos Interdisciplinares.
Para lo que comentas, cuando se solicitaron el departamento debió indicar la cuestión del máximo de alumnos-as matriculados, y si ETCP da su visto bueno y el claustro lo aprueba pues adelante.
Si olvidasteis ese asunto concreto, os toca recibir hasta 30 alumnos-as sí o sí.
Para dejar de ofertarlo la ley no especifica nada, pero entiendo que sería el proceso inverso: solicitud de supresión a ETCP y aprobación del claustro.