Los sindicatos piden que se haga extensivo
En un comunicado, la FSC-CCOO asegura que el contenido del fallo debe hacerse extensivo a la totalidad del personal público asalariado y se debe trasladar a los cerca de tres millones de personas que desarrollan su actividad laboral en el sector público del Estado y las administraciones autonómicas y locales. Por ello, el sindicato reclama al Gobierno el reconocimiento legal de este derecho para evitar la proliferación de demandas colectivas que están impulsando las organizaciones sindicales y las personas afectadas a título individual.
http://www.publico.es/449348/la-justicia-condena-a-madrid-a-devolver-parte-de-la-extra-suprimida-a-los-funcionarios (http://www.publico.es/449348/la-justicia-condena-a-madrid-a-devolver-parte-de-la-extra-suprimida-a-los-funcionarios)
Las pagas extraordinaria (Central) y adicional (Autonómica) las genera el haber trabajado desde:
1 de diciembre al 31 de mayo EXTRA de VERANO
1 de junio al 30 de noviembre EXTRA de NAVIDAD
En concreto, el tribunal madrileño condena a la agencia madrileña al abono a los trabajadores afectados por este conflicto colectivo de la suma del importe de los 14 días del mes de julio ya devengados a la entrada en vigor del Real Decreto, que tuvo lugar el pasado 15 de julio del año 2012.
¿En Andalucía cuantos dias?❓❓❓❓❓❓❓❓❓❓❓❓
44 DÍAS
¿Y qué ocurre con los 44 días que ya estaban generados de la paga extra de diciembre antes de la aprobación del RDL? (ronda los 450€ brutos en función del cuerpo, antigüedad...). ¿Y dónde queda el principio de no retroactividad normativa con los derechos adquiridos tal y como sanciona la Constitución española en su art 9.3.?
¿Qué explicaron en la reunión del 30 de enero? ¿Qué dudas aclaro el abogado de USTEA?
¿Es conveniente hacer la reclamación, o directamente el recurso de alzada?
¿Es mejor que se reclamé de forma colectiva?