Si cesara el día 28 de febrero que ya es festivo ¿cobraría el puente?
Supongo que mucha gente también tendrá esta duda...jeje
Graciasssssssssssss a quien responda :D
Creo que estamos mucha gente igual, con esa duda y ¿si cesas el 27 de febrero se cobraría?. A ver si alguien no ayuda ;)
Mi experiencia: Año pasado, esa semana fue viernes 24, sábado 25, domingo 26, lunes 27, martes 28. Yo tenía cese 9 de marzo. Llega el viernes y hay puente hasta el miércoles (se cogieron el lunes como día de libre disposición y el martes al ser el día de Andalucía no era lectivo) Pues la persona a la que sustituyo decide incorporarse el miércoles 29, por lo tanto me comunican que el viernes 24 iba a ser mi último día (me lo dicen por la tarde) Resultado: no me pagaron ningún día del puente y no volví a bolsa hasta el miércoles 29. En mi nómina aparece pagado hasta el día del cese, esto es 24/02/2012.
Yo ceso o supuestamente cesaría (no se si se podrá alargar más la baja) el mismo 28 día de Andalucía con lo cual no se si cobraría el puente...aver si algún moderador me puede resolver esta duda...
lo subo, me interesa.
a mi me paso algo parecido a knvo, para el puente mucha gente se da de alta para poder irse y yo no cobre el puente.
Pues siento deciros que no lo cobraríais... sobraríais solo hasta el día que cesais!
Yo estoy en la misma situación, va hoy el titular al médico y puede que le den el alta, así que...
si es que todos los años para este puente paso lo mismo, un monton de interinos volvemos a la bolsa
A mi me cesan el lunes 4 (soy de pt) ...cuando aparezco en bolsa.. Ellunes por la mañana no? Mucho ánimo
Si la persona a la que sustituyes se reincorpora el lunes después del puente, tu día de cese (y último día cobrado) será el miércoles antes del puente. Si la persona no se incorpora, lo cobrarás porque no cesas.
Depende de cuando le hayan dado el alta a la persona que sustituyes... tú cobras hasta el último día de baja de esa persona y vuelves a la bolsa el mismo día que se incorpora.
Muchas gracias!!! Al final me quedo hasta el 31 de marzo...estoy super feliz ;D ;D
A mi el año pasado en Sevilla me dijeron que cobrás un periodo vacacional, ya sea navidad....semana santa...puentes...siempre y cuando hayas trabajado como mínimo 3 días antes del puente.
Por ejemplo si el 28 ya es festivo deberías haber trabajado el viernes. Si el viernes ya no estás trabajando no cobrás del 28 al 3 de marzo. Por supuesto el 25,26 y 27 no los cobrás porque no los has trabajado y son lectivos.
Y escuché algo de que tambien te contaban para el computo de días para luego hacer las cuentas de días que te corresponden a cobrar en verano.
Lo que no se es si te cuentan como tiempo de servicio, por ejemplo y en este caso del 28 al 3 de marzo.
No se si me explico.
En 2009, el día de Andalucía cayó en sábado, así que el día anterior lo cogieron como libre. El "puente" fue viernes 27, sabado 28 y domingo 1. El lunes 2 de marzo se presentó el titular, por lo que a mí me cesaron el jueves 26, mi último día trabajado (dos días antes del día de Andalucía). Y no cobré en el puente ni un duro.
: Lau_Musik 24 February, 2013, 19:34:21 +01:00
En 2009, el día de Andalucía cayó en sábado, así que el día anterior lo cogieron como libre. El "puente" fue viernes 27, sabado 28 y domingo 1. El lunes 2 de marzo se presentó el titular, por lo que a mí me cesaron el jueves 26, mi último día trabajado (dos días antes del día de Andalucía). Y no cobré en el puente ni un duro.
Esto es lo mismo que me ocurrió a mí el curso pasado.