Hola!
Tengo entendido que para el cobro de la prorroga vacacional tienes que haber trabajado 7 meses en todo el curso o 2 meses en cada trimestre, no?
Mi duda es, como se calculan esos 7 meses?
Los meses completos y el resto de días sueltos?
Se suman y se dividen entre 30 días?
Espero haberme explicado bien.
Muchas gracias
Yo tenia entendido que para cobrar el verano era necesario tener 6 meses. Alguien lo puede confirmar?
Ambas cosas. Tienes que haber trabajado 7 meses seguidos o dos meses en cada trimestre (6 meses). Espero que sirva de ayuda.
Vale. Pues entonces yo que entre el 3 de diciembre no me lo pagan? Joooooo
CAPÍTULO III
Bases aplicables al personal funcionario interino docente
http://www.juntadeandalucia.es/educacion/portal/com/bin/Contenidos/RRHH/Interinidades/Interinidades11_12/ORDEN080611/1308217015561_boja8_6_11.pdf (http://www.juntadeandalucia.es/educacion/portal/com/bin/Contenidos/RRHH/Interinidades/Interinidades11_12/ORDEN080611/1308217015561_boja8_6_11.pdf)
Artículo 22. Prórrogas vacacionales.
1. El personal funcionario interino que haya prestado servicios,
a 30 de junio de cada curso académico, por un período igual o superior a siete meses, percibirá las retribuciones correspondientes a los meses de julio, agosto y, en su caso, a la parte que pudiera corresponder del mes de septiembre. También percibirá dichas retribuciones cuando se hayan prestado dos meses de servicios efectivos en cada uno de los trimestres naturales del correspondiente curso académico o se haya ocupado un puesto vacante en el período comprendido entre el comienzo del curso y el inicio del período vacacional de la Navidad y se continúe prestando servicios hasta el 30 de junio de dicho curso académico.
Sigo sin tenerlo demasiado claro, ¿cómo se calculan los 7 meses?
Meses completos por una parte y días sueltos de 30 en 30 por otra?
Alguien me lo puede aclarar?
Los 7 meses trabajados a los que se refiere tienen que ser seguidos, sin ningun dia por medio sin haber trabajado. Y si no, la otra opción son 2 meses en cada trimestre. Los meses supongo que los contaran cada 30 dias ya que hay meses que tienen 31 dias, otros 30 o febrero 28.
Los 7 meses NO tienen que ser seguidos!un saludo
Creo recordar que el tiempo para cobrar el verano (y el tiempo de servicio) computan cómo 30 días. Es decir, un mes (Enero, por ejemplo) que tiene 31 días, sólo computa como 30. En el caso de los días sueltos, tienes que sumar 30 días para que computen como otro mes completo. O eso creo recordar de cuando tuve unas dudillas con mi tiempo de servicio. Si me equivoco y alguien lo sabe a ciencia cierta, que nos saque del error.
Espero haberte ayudado. Un saludo!!
Muchisimas gracias!