Buenas noches,
soy interino de Secundaria con tiempo de servicio en la pública y que opositará en Andalucía por primera vez este año por Infantil. Yo he leído y releído el decreto 311 y yo deduzco que si supero la oposición y entro en bolsa, tengo derecho a que me ordenen por servicios previos y explico el porqué...
1º) ( Extraído del 311) "Cinco. La disposición adicional cuarta queda redactada de la siguiente forma:
«El personal funcionario interino que tenga reconocido tiempo de servicio a la entrada en vigor de la Orden a la que se refiere el artículo 21, se ordenará en la bolsa de trabajo a la que pertenezca en función del tiempo de servicios prestado como personal funcionario interino en centros docentes públicos.»
*) Habla de ordenación por servicios previos prestados en centros públicos, no habla en ningún caso de la especialidad, es decir que si entro a formar parte de la lista deberían contar mi experiencia previa, experiencia que por supuesto está reconocida a la aparición de este decreto, y tan reconocida, vaya, con independencia de que sea de Secundaria...
2º) Según esto: «Disposición transitoria quinta. Ordenación en las bolsas de trabajo.
Hasta tanto el Gobierno de la Nación modifique el acceso a la función pública docente regulado en el Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, la ordenación del personal integrante de las bolsas de trabajo a que se refiere el artículo 21 se llevará a cabo en función del tiempo de servicios prestado como personal funcionario interino en centros docentes públicos. En caso de empate, así como en el supuesto de que se carezca de tiempo de servicios, se atenderá, en primer lugar, al mayor número de pruebas superadas en la fase de oposición del último procedimiento selectivo realizado por cualquier Administración educativa para el acceso a la función pública docente en el cuerpo y especialidad de la correspondiente bolsa y, si fuera necesario, a la mayor puntuación obtenida en dicha prueba o pruebas superadas. De persistir el empate, se procederá a ordenar alfabéticamente las personas empatadas, utilizándose como criterio de desempate la letra resultante del último sorteo realizado por la Consejería competente en materia de función pública, para el orden de actuación en los procedimientos selectivos.»
*º) Yo entiendo que deberían contar la experiencia docente prestada en centros públicos de cualquier CCAA, habla de Administración, no particularmente del ámbito de Andalucía...
¿Qué opináis? Un saludo.
Pues mira es el caso de mi mujer y está en bolsa de primaria y no se lo reconocen. En principio estamos con un abogado y nos dice que se entiende que si, pero esta gente lo único que entiende es lo que se haga via judicial. Ella hizo en su día todas las reclamaciones posibles y ahora a esperar, de 1 a 5 años le han dicho así que paciencia.
Para andar el camino en su totalidad tienes que hacer todos y cada uno de los pasos; tienes que hacer todas las reclamaciones pertinentes (ponte en contacto con tu sindicato) y luego presentar un contencioso administrativo y etc etc ellos te informarán.
Un saludo y ánimo!
: jaleon 24 April, 2013, 09:35:33 +02:00
Pues mira es el caso de mi mujer y está en bolsa de primaria y no se lo reconocen. En principio estamos con un abogado y nos dice que se entiende que si, pero esta gente lo único que entiende es lo que se haga via judicial. Ella hizo en su día todas las reclamaciones posibles y ahora a esperar, de 1 a 5 años le han dicho así que paciencia.
Para andar el camino en su totalidad tienes que hacer todos y cada uno de los pasos; tienes que hacer todas las reclamaciones pertinentes (ponte en contacto con tu sindicato) y luego presentar un contencioso administrativo y etc etc ellos te informarán.
Un saludo y ánimo!
Gracias compañero,
te puedo asegurar que al final merece la pena. Conozco el caso de un compañero al que no le contaron una segunda titulación alegando que tenía más de "x" créditos convalidades, bien pues después de cerca de 2 años, los tribunales le dieron la razón y la Consejería de Educación de Extremadura tuvo que reconocerle el tiempo de servicio que hubiese trabajado con esa titulación una vez reconocida y además abonarle una indemnización por el importe del total del tiempo que debería haber trabajado y no trabajó.
Un saludo.