He escuchado rumores que este año a los interinos los cesan antes del 30 de Junio: ¿Alquién sabe algo?.
Otro rumor más y ya vannnnnnnnnn!!! Los que están con vacante informatizada, cesan 30 de junio. Los que están con vacante sobrevenida cesan 30 de junio. Los que estamos con sustitución hasta los últimos días de curso, cesamos cuando se incorpore el titular pudiendo ser cualquier día, por ejemplo 25, 26, 27, 28. No hay norma general para que nos cesen antes, sin que se cumpla la útlima condición. Saludos.
efectivamente, es como dice knvb !
pues a mí me ha pasado y mi titular no se va a incorporar, eso puede ser?ella hasta el próximo año no vuelve y a mí me echan antes del día 30
Cómo sabes que te cesan antes?
Cita de: raulito en 25 Mayo, 2013, 20:04:38 PM
pues a mí me ha pasado y mi titular no se va a incorporar, eso puede ser?ella hasta el próximo año no vuelve y a mí me echan antes del día 30
A efectos legales, el curso acaba el 30 de junio INDEPENDIENTEMENTE de que la persona que sustituyas siga de baja. Es fácil: no podrían hacerte entonces prórroga vacacional como eventual que somos. Es la diferencia entre ser interino (30 junio) y ser funcionario (31 agosto) Saludos.
Yo entiendo que el curso es a 30 de junio pero me echan antes y sin incorporarse pero bueno ya te lo explique en el otro hilo.Gracias
yo tengo vacante y en séneca aparezco hasta 28 de junio..
yo tengo vacante y aparezco en seneca hasta 30 de junio. El año anterior trabajé con sustitución y también cesé el 30 de junio.
Los que estamos con vacante, ¿tenemos que llevar el cese a la delegación?
Yo el año pasado cese el 30 de junio pero luego tuve prorroga vacacional desde el 1 de julio hasta el 31 de agosto. Mi sustitución se convirtió en vacante a final de curso porque el maestro al que estaba sustituyendo se jubiló. Leyendo lo anterior me ha surgido una duda: ¿este año me prorrogarán también o al estar sustituyendo no?
La prórroga vacacional se hace SIEMPRE que la persona trabaje más de 10 días durante el curso, a razón proporcional de días trabajados te corresponden más o menos días en prórroga vacacional. Cuando uno supera 7 meses seguidos, o bien 2 meses en cada trimestre tiene DERECHO a una prórroga vacacional completa que va desde 1 de julio a 31 de agosto. En caso de no reunir esos requisitos se calcula a razón de 4-5 días aproximadamente por mes trabajado. Saludos.
Yo tengo una sustitución por maternidad y ceso el 30 de junio y después los dos meses siguientes me pondrán lo de siempre "prorroga vacacional".
Una compi que esta como maestra de refuerzo cesa el 21, dicen q como no es tutora y despues del 21 no hay niños pues que no la mantienen hasta el 30, eso es legal??
Yo tampoco soy tutor...soy el especialista de Inglés
Hola, estoy haciendo una sustitución y por motivos personales, necesito que la semana que viene, (viernes 14) sea mi última día. Es posible que a quien sustituyo se incorpore, pero también hay posibilidades de que no. No puedo justificar estos motivos, ¿qué podría hacer? Puedo renunciar a mi puesto de trabajo, aunque ello conlleve que me saquen de la lista? ¿Sería ese el único prejuicio?
Gracias de antemano