Hola. Resulta que hoy es mi último día de prórroga vacacional. Mañana intentaré llamar a la delegación para agilizar que envíen el certificado de empresas, pero ya sabemos como funcionan en el INEM y en las delegaciones y resulta que el 29 me voy a Londres. Regreso el 5, pero ese es justo el día 15º de desempleo, con lo que debo hacer los trámites de reanudación de desempleo esta semana. ¿Qué me aconsejáis? ¿Digo la verdad en el INEM si no consigo que los de la delegación hagan su trabajo?
Creo que es valido con que pidas la cita dentro de los 15 días
En septiembre no pude hacer nada hasta la segunda semana, esperemos que esta vez sean más rápidos.
Gracia anapastor
Creo que puedes hacer el trámite en el Inem sin que haya llegado el certficado de empresa, te faltaría esa documentación pero luego creo que tienes 15 días para subsanarla. A mi me pasó una vez. De todos modos mejor lo preguntas en el Inem.
Ojo si sales al extranjero estando recibiendo prestación debes comunicarlo previamente en el Inem sino perderias el derecho a la misma.
Yo no diría que me voy al extranjero por si acaso...
: M.J. 21 July, 2013, 17:30:14 +02:00
Hola. Resulta que hoy es mi último día de prórroga vacacional. Mañana intentaré llamar a la delegación para agilizar que envíen el certificado de empresas, pero ya sabemos como funcionan en el INEM y en las delegaciones y resulta que el 29 me voy a Londres. Regreso el 5, pero ese es justo el día 15º de desempleo, con lo que debo hacer los trámites de reanudación de desempleo esta semana. ¿Qué me aconsejáis? ¿Digo la verdad en el INEM si no consigo que los de la delegación hagan su trabajo?
A ver, yo lo que haría primero es pedir Cita. Porque puede que no te den cita hasta después del 5, en ese caso la fecha que consta para hacer el trámite es aquella en la que has pedido la cita, y no el día que finalmente te dan (no sé si se ha entendido). Por otro lado entiendo es que tienes una prestación de desempleo reconocida y la quieres reanudar. En ese caso no necesitas el Certificado de Empresa para nada. Así que yo pediría cita y solicitaría la reanudación sin más. En cuanto al Certificado de Empresa, infiero por lo que dices, que no te sirve de nada. Ten en cuenta que el Certificado de Empresa que se tiene en cuenta es el de los 6 últimos meses que has trabajado, y por lo que veo tú no vas a solicitar un nuevo paro, y cuando llegue ese día (el de solicitar un nuevo paro) lo tendrás que solicitar de los últimos 6 meses. Un saludo.
: sidonie_ 22 July, 2013, 00:36:31 +02:00
: M.J. 21 July, 2013, 17:30:14 +02:00
Hola. Resulta que hoy es mi último día de prórroga vacacional. Mañana intentaré llamar a la delegación para agilizar que envíen el certificado de empresas, pero ya sabemos como funcionan en el INEM y en las delegaciones y resulta que el 29 me voy a Londres. Regreso el 5, pero ese es justo el día 15º de desempleo, con lo que debo hacer los trámites de reanudación de desempleo esta semana. ¿Qué me aconsejáis? ¿Digo la verdad en el INEM si no consigo que los de la delegación hagan su trabajo?
A ver, yo lo que haría primero es pedir Cita. Porque puede que no te den cita hasta después del 5, en ese caso la fecha que consta para hacer el trámite es aquella en la que has pedido la cita, y no el día que finalmente te dan (no sé si se ha entendido). Por otro lado entiendo es que tienes una prestación de desempleo reconocida y la quieres reanudar. En ese caso no necesitas el Certificado de Empresa para nada. Así que yo pediría cita y solicitaría la reanudación sin más. En cuanto al Certificado de Empresa, infiero por lo que dices, que no te sirve de nada. Ten en cuenta que el Certificado de Empresa que se tiene en cuenta es el de los 6 últimos meses que has trabajado, y por lo que veo tú no vas a solicitar un nuevo paro, y cuando llegue ese día (el de solicitar un nuevo paro) lo tendrás que solicitar de los últimos 6 meses. Un saludo.
En cuanto a lo de irse al extranjero y seguir cobrando el paro, he de decirte que en tu caso, se dan las siguientes circunstancias. En primer lugar, como te vas dentro de poco, no creo que te dé tiempo a reanudar la prestación antes, así que no serás una parada cobrando una prestación cuando salgas. En todo caso, si sí te da tiempo a que te reanuden la prestación, hay un formulario que puedes rellenar y por el cual puedes estar fuera por períodos de 15 días sin que haya ningún problema. Te dejo el enlace del pdf por si lo quieres tener preparado. http://www.citapreviainem.es/wp-content/uploads/2012/07/comunicacion_salida_extranjero.pdf (http://www.citapreviainem.es/wp-content/uploads/2012/07/comunicacion_salida_extranjero.pdf)
Un saludo, y espero haberte ayudado.
Estupenda información sidonie (por cierto que nombre mas chulo...jeje)
Mj añado que por el certificado digital no lo hagas ya que vuelcan los datos a una base de datos de la seguridad social. De hecho,yo fui sin el a hacerlo en Zamora (mi cabeza se lo dejó en Almería) y me dijo que no me hacía falta..
Un beso guapa!!
Pd:Londres...que envidia!!! ;)
: pilarff 22 July, 2013, 01:43:44 +02:00
Estupenda información sidonie (por cierto que nombre mas chulo...jeje)
Mj añado que por el certificado digital no lo hagas ya que vuelcan los datos a una base de datos de la seguridad social. De hecho,yo fui sin el a hacerlo en Zamora (mi cabeza se lo dejó en Almería) y me dijo que no me hacía falta..
Un beso guapa!!
Pd:Londres...que envidia!!! ;)
Pues de Almería soy yo, :P
: sidonie_ 22 July, 2013, 01:56:15 +02:00
: pilarff 22 July, 2013, 01:43:44 +02:00
Estupenda información sidonie (por cierto que nombre mas chulo...jeje)
Mj añado que por el certificado digital no lo hagas ya que vuelcan los datos a una base de datos de la seguridad social. De hecho,yo fui sin el a hacerlo en Zamora (mi cabeza se lo dejó en Almería) y me dijo que no me hacía falta..
Un beso guapa!!
Pd:Londres...que envidia!!! ;)
Pues de Almería soy yo, :P
Pues yo de Medina Sidonia.
Muchísimas gracias a todos.
Despues de Semana Santa me quedé una semana en paro y en el Inem no me podían arreglar nada sin el dichoso certificado de empresas, pero fui a la delegación y lo mandaron pronto.
Esta mañana he llamado a la delegación, y la pedazo de im...que me ha cogido el teléfono me ha dicho "Haberlo solicitado antes, tenemos muchos que hacer y ya veré si lo tienes o no en ese plazo,....." Se debe de estar rascándose el mismísimo.. porque estos que trabajan dentaditos en las delegaciones muy estresados que digamos no se les ve. A lo mejor se le deberían de mandar de vez en cuando dos disrruptivos de 2º de la ESO a que le den "compañía" una mañana. En esas condiciones es como no se puede trabajar.
El miércoles tengo la cita en el INEM, intentaré arreglarlo y les diré lo de las vacaciones si no tengo más remedio, porque según desprendo de la información recibida, si son menos de 15 días no pasa nada. Lo que no quiero es perder el dinero de esos 15 días, porque el viaje ya me sale por un ojo (somos 4) y si además le sumo lo que pierdo,.... pues un horror.
En efecto tenemos 15 dias para solicitar la prestación, pero esos 15 días cuentan desde que llamas y te dan la cita. Es decir, que si los 15 días se cumplieran por poner un ejemplo el día 3 de agosto, incluso llamando ese día estaría dentro del plazo aunque te dieran la cita pongamos para el 20 de agosto. Tiene su lógica porque a veces llamas y te dan cita a los 20 días según la demanda que haya en ese momento. A mí me ha pasado. Happy holidays!
: M.J. 22 July, 2013, 09:36:28 +02:00
: sidonie_ 22 July, 2013, 01:56:15 +02:00
: pilarff 22 July, 2013, 01:43:44 +02:00
Estupenda información sidonie (por cierto que nombre mas chulo...jeje)
Mj añado que por el certificado digital no lo hagas ya que vuelcan los datos a una base de datos de la seguridad social. De hecho,yo fui sin el a hacerlo en Zamora (mi cabeza se lo dejó en Almería) y me dijo que no me hacía falta..
Un beso guapa!!
Pd:Londres...que envidia!!! ;)
Pues de Almería soy yo, :P
Pues yo de Medina Sidonia.
Muchísimas gracias a todos.
Despues de Semana Santa me quedé una semana en paro y en el Inem no me podían arreglar nada sin el dichoso certificado de empresas, pero fui a la delegación y lo mandaron pronto.
Esta mañana he llamado a la delegación, y la pedazo de im...que me ha cogido el teléfono me ha dicho "Haberlo solicitado antes, tenemos muchos que hacer y ya veré si lo tienes o no en ese plazo,....." Se debe de estar rascándose el mismísimo.. porque estos que trabajan dentaditos en las delegaciones muy estresados que digamos no se les ve. A lo mejor se le deberían de mandar de vez en cuando dos disrruptivos de 2º de la ESO a que le den "compañía" una mañana. En esas condiciones es como no se puede trabajar.
El miércoles tengo la cita en el INEM, intentaré arreglarlo y les diré lo de las vacaciones si no tengo más remedio, porque según desprendo de la información recibida, si son menos de 15 días no pasa nada. Lo que no quiero es perder el dinero de esos 15 días, porque el viaje ya me sale por un ojo (somos 4) y si además le sumo lo que pierdo,.... pues un horror.
Hola de nuevo, que se ve que me he explicado mal. 15 días o menos lo tienes que comunicar, ta como viene en el permiso que te he enlazado. Y en cuanto al Certificado de Empresa, me reitero en lo que te he dicho antes, para reanudar el paro no te hace falta.
Ya lo veo claro, gracias. El miércoles voy al Inem, donde vivo hay citas incluso para el mismo día. Intentaré dejarlo todo listo antes de irme. He mirado lo referente al extranjero y se puede ir perfectamente sin perder el derecho, aunque estando a disposición del Inem, pero si nunca llaman, menos lo van hacerla única semana que me voy fuera, y ni siquiera lo hago todos los años. Según tengo entendido, toda estancia inferior a 15 días es "conveniente" avisarla, pero no obligatorio.
Gracias a todos.
Ya está todo arreglado. Para el que le sirva le dejo la siguiente información que me han dado en el INEM:
1. Cobrando desempleo tenemos la obligación de avisar si nos vamos al extranjero. Si no avisamos y pasa algo allí y se enteran (que no es fácil que se enteren porque no existen mecanismos para ello según me han dicho ellos mismos) pues se pierde el desempleo.
2. Hay que notificarlo siempre, antes de ir y al regreso.
3. Si la permanencia es inferior a 15 días al año no pasa nada, se sigue cobrando normal.
4. Si la permanencia supera los 15 días durante un año entonces si se para la prestación.