En el caso de que me den una vacante definitiva que no me interese por lejanía, por centro de difícil desempeño o por cualquier otro motivo, ¿qué pasa si renuncio? ¿Tendría que esperar hasta que me llamarán por tfno para ofrecerme otra vacante o sustitución? ¿O me pondrán al final de la lista? Gracias de antemano.
: diosa 02 August, 2013, 14:40:48 +02:00
En el caso de que me den una vacante definitiva que no me interese por lejanía, por centro de difícil desempeño o por cualquier otro motivo, ¿qué pasa si renuncio? ¿Tendría que esperar hasta que me llamarán por tfno para ofrecerme otra vacante o sustitución? ¿O me pondrán al final de la lista? Gracias de antemano.
Si renuncias sin causa acogida de acuerdo, te sacarán de tu bolsa en las medidas que la CEJA tenga establecidas. Saludos y suerte!
¿En qué casos se puede renunciar? Cuál es la normativa? Gracias.
: diosa 02 August, 2013, 15:07:06 +02:00
¿En qué casos se puede renunciar? Cuál es la normativa? Gracias.
http://www.adideandalucia.es/normativa.php (http://www.adideandalucia.es/normativa.php)
Yo se que hay alguna normativa que habla que cuidado de menores de tres años, e incluso de la cercanía por matrimonio (no recuerdo sus nombres administrativos)... pero desde mi punto de vista, esto son pamplinas, no suelen tener mucho en cuenta tus circunstancias personales... no tienen en cuenta las de nadie...
Lo único que te salva de estar lejos (y a veces tampoco) son las comisiones de servicio, y creo que hay que ser funcionario para poder solicitarla.
Lo único que nos queda es esperar que tengamos más o menos suerte... así que te deseo toda la del mundo.
Creo que he encontrado algo...
14 de junio 2013 Boletín Oficial de la Junta de Andalucía Núm. 115 página 11
Orden de 11 de junio de 2013, por la que se modifica la de 8 de junio de 2011, por la que se
regulan las bolsas de trabajo del personal funcionario interino y se establecen las bases reguladoras de
dicho personal.
«Artículo 26. Conciliación de la vida laboral y familiar.
1. Sin perjuicio de lo establecido en el artículo 13.2, el personal funcionario interino integrante de las
bolsas de trabajo podrá manifestar, en la forma que establezca la resolución que convoque el correspondiente
procedimiento de adjudicación de destinos provisionales, el deseo de no concurrir al mismo, por una sola vez,
con las mismas consecuencias que el referido artículo establece para el personal no participante. esta opción,
sin embargo, no computará a los efectos de lo establecido en el párrafo segundo de dicho artículo 13.2.
Esto es lo que he encontrado por ahora... me tengo que ir, pero luego buso el artículo 13.2 este...
Chaooo
Cualquier renuncia, que no cause exclusión de la bolsa, significa que no se le llama en todo el curso.
: minis 05 August, 2013, 11:18:16 +02:00
: diosa 02 August, 2013, 15:07:06 +02:00
¿En qué casos se puede renunciar? Cuál es la normativa? Gracias.
http://www.adideandalucia.es/normativa.php (http://www.adideandalucia.es/normativa.php)
Yo se que hay alguna normativa que habla que cuidado de menores de tres años, e incluso de la cercanía por matrimonio (no recuerdo sus nombres administrativos)... pero desde mi punto de vista, esto son pamplinas, no suelen tener mucho en cuenta tus circunstancias personales... no tienen en cuenta las de nadie...
Lo único que te salva de estar lejos (y a veces tampoco) son las comisiones de servicio, y creo que hay que ser funcionario para poder solicitarla.
Lo único que nos queda es esperar que tengamos más o menos suerte... así que te deseo toda la del mundo.
Sí, la Comisión de servicio es para los funcionarios, los interinos no podemos solicitarla.