El otro dia me dijo una compañera que cuando tenemos ya 5 años de tiempo de servicio...ya no se nos permite realizar la permuta, es eso cierto?? porque si es cierto, justo no lo veo, gracias!!!
Para permutar debes ser definitivo, llevar dos años mínimo en el centro que estes como definitivo y no puede haber una diferencia de más de 5 años de tiempo de servicio con la persona que vayas a permutar. Los puestos a permutar deben ser similares.
ahhh!!! q yo pensaba que una vez q ya tienes 5 años de tiempo de servicio ya no se podía permutar, o sea, que entre tu y la persona x la que te vas a cambiar no puede haber una diferencia de 5 años, es eso, no?? pues si mal no lo he entendido, genial, muchas gracias primor!!!
Otra duda que me ha surgido cuando tengamos 5 años de servicio más o menos ya tendremos 5 puntos para las oposiciones y ya no podemos sumar más no??
: juli16 12 August, 2013, 14:12:13 +02:00
ahhh!!! q yo pensaba que una vez q ya tienes 5 años de tiempo de servicio ya no se podía permutar, o sea, que entre tu y la persona x la que te vas a cambiar no puede haber una diferencia de 5 años, es eso, no?? pues si mal no lo he entendido, genial, muchas gracias primor!!!
Eso es y además deberéis ser definitivos en vuestros respectivos centros
desde hace poco ya los interinos también pueden permutar, si no me equivoco, solo con interinos y con esa condición, que no difieran de 5 años de tiempo de servicio.