Bueno, no es que quiera perjudicar a ningún colectivo, pero es sabido que al personal de la Administración no docente les están recuperando días de asuntos particulares y me alegro por ellos, pero esa medida a los docentes no nos afecta, pues no tenemos esos días de permiso. Creo que deberíamos exigir que por lo menos nos ampliasen los días por indisposición que solo son 4. Tomen nota sindicatos
USTEA lucha por la retirada de esos días de recortes, no por aumentar los días que no te recorten, porque al final te recortan.
Una pregunta, Flafi,... ¿Por qué nosotros no tenemos días de asuntos propios?. Nosotros también tenemos que firmar hipotecas, por ejemplo, y somos los únicos funcionarios que tenemos que buscar otras opciones para justificar esas faltas...
Entiendo que los tenemos repartidos durante todas las vacaciones del año, no?
Sí, es cierto que cuando te hace falta algo lo tienes complicado si no lo haces en vacaciones.
: mapa 23 January, 2014, 14:25:56 +01:00
Una pregunta, Flafi,... ¿Por qué nosotros no tenemos días de asuntos propios?. Nosotros también tenemos que firmar hipotecas, por ejemplo, y somos los únicos funcionarios que tenemos que buscar otras opciones para justificar esas faltas...
Porque la CEJA se empeña en no concederlos, aunque por ley se tiene con el acuerdo de este verano.
FLAFLI, ¿quieres decir que vamos a poder disfrutar de ellos?
No, que la CEJA no dará por las buenas ese permiso en días lectivos, los tenemos en los no lectivos, aunque la norma de este verano no hace esa diferenciación.
: FLAFLI 23 January, 2014, 19:40:57 +01:00
No, que la CEJA no dará por las buenas ese permiso en días lectivos, los tenemos en los no lectivos, aunque la norma de este verano no hace esa diferenciación.
entonces podriamos acabar el curso unos dias antes no?
El permiso lo tiene que conceder la dirección del centro
Pero los tenemos, o no? Los podemos solicitar?
nuestro director nos deja cogerlos un dia de la semana que no tengamos muchas horas lectivas! asi que alla vamosssss
Flafli, ¿al final los tenemos esos días o no? ¿dónde está la normativa al respecto? ¿cuántos días son al año?
¿Cuál es el concepto exacto de este permiso al que nos estamos refiriendo? Tal como aparece en el anexo I de permisos y licencias, o en Séneca.
saludos