Buenos días
Según la Orden de 5 de julio de 2013, podemos ausentarnos por enfermedad 4 días al año.
Según la Circular con texto refundido de noviembre de 2013, podemos ausentarnos por enfermedad 3 días naturales cada vez que nos pongamos enfermos.
Si prevalece la orden (entiendo yo, al ser de mayor rango), ¿por qué mencionan el mismo asunto en la circular?
¿¿Alguien me puede aclarar esta duda, por favor???
Una cosa es el permiso y otra como aplicar un recorte, por cierto tiene que salir todavía una orden para enseñanza, aunque la aplicación es desde el 1 de septiembre de 2013
Gracias Flafi, pero sigo sin entender eso de "aplicar el recorte".
Ejemplo: Falto 3 días por gripe o lo que sea y no me descuentan nada pues tengo justificante y permiso. Bien.
Un mes más tarde tengo que faltar otra vez por gastroenteritis. Pongamos de nuevo 3 días como ejemplo. ¿cómo se aplica ese recorte del que hablas, por favor? Me descuentan dinero? tendría que llevar la baja?
Mil gracias.
A partir del quinto día te recortarían la mitad del sueldo cada día que faltes por enfermedad propia.
ok. muchas gracias.
Una pregunta he caido con gastronteritis. ¿Tengo que justificar el día que he faltado de alguna forma? Espero estar bien mañana o pasado pero no he ido al médico.
Si, has de justificar que por lo menos has ido al médico.
¿Se puede justificar a posteriori?
Claro, no tienes que llevar el justificante el mismo día que vas al médico.
y si, por ejemplo, faltas unas horas por tener cita con el especialista, ¿te cuenta como dia entero? Por ejemplo, yo tengo especialista a las doce de la mañana con lo que a las once debo de salir (me pilla lejos), pero en el cole he estado desde las nueve de la mañana, y segun la hora que termine del medico puedo volver o no.
Pongamos que no me da tiempo a volver, ¿me cuenta el día entero ya que en el permiso tengo que poner "enfermedad de corta duración"?
Para que te cuente el día entero has de faltar el día entero.
Una duda, los días son lectivos o naturales??, quiero decir si pilla un fin de semana por medio cómo computa?.
Mi caso: Me puse enferma el Jueves, fui al médico y me dio justificante por dos días. Me dijo que si el Lunes seguía mal que volviera.
Sigo mal, cuando vaya mañana al médico, supongo que me dará la baja desde el Jueves, pero como no he estado enferma antes durante este año, ¿cuándo comenzarían a quitarme el 50%?
Decían en otro hilo que había un archivo excell para calcularlo, pero no lo encuentro.
¿Alguien sabe dónde está?
Gracias.
Yo creo que si te da la baja desde el jueves,te cuenta el fin de semana.
Bueno, ya he encontrado el excell :
http://ustea.es/node/29863 (http://ustea.es/node/29863)
Y además creo que los cuatro primeros días no computan únicamente en caso de ausencia por enfermedad y no de baja. Creo.
Tengo una última duda, a ver si alguien me la pudiera resolver, en la hoja excell, cuando pone Introduce las retribuciones del mes anterior, qué se refiere al Líquido a percibir o al total que viene arriba??
Gracias y no os pongáis enfermos.
http://juntadeandalucia.es/boja/2014/52/33 (http://juntadeandalucia.es/boja/2014/52/33)
Artículo 3. Días de ausencia sin deducción de retribuciones.
El descuento en nómina regulado en el artículo anterior no será de aplicación a cuatro días laborables de ausencias a lo largo del curso académico, de los cuales solo tres podrán tener lugar en días consecutivos, siempre que estén motivadas en enfermedad o accidente, y no den lugar a incapacidad temporal. Ello exigirá la justificación de la ausencia en los términos establecidos en las normas reguladoras de la jornada y el horario del ámbito docente.
Una duda
Te dan un mes de baja y te hacen los descuentos legales.
Luego en otro momento,por ejmplo en otro trimestre del mismo curso ,te dan un nuevo mes de baja por otra enfermedad.
¿Comienza de nuevo el ciclo de 4 días sin descuentos y luego descuentos en progresión decreciente?
¿Esto se refiere a enfermedad propia? me explico. supongamos que ya he faltado dos días al centro y ahora operan a un familiar de primer grado y me corresponden tres días, ya son cinco... el quinto me quitan el 50%?
O ¿ese tipo de permisos no afecta?
Nadie puede darme información? ???
El caso que propones no estaría sujeto a retención. El permiso por intervención quirúrgica está fuera del supuesto de enfermedad propia.
Y cuentan todos los días por igual o solo los laborales??? Es decir, ¿ 3 días laborales?