Me gustaría saber qué tipo de cursos son computables para los sexenios. Leyendo la Orden no me ha quedado nada claro. Por ejemplo, ¿se admiten todo tipo de cursos, aunque no sean del CEP? Por ejemplo, esos cursos de 90 o 100 horas de la Universidad Camilo José Cela o similares que se admiten para las oposiciones...
Por otro lado, entiendo que sólo computan los cursos realizados en el plazo iniciado con la primera toma de posesión y, por tanto, no podría meter cursos realizados con anterioridad a esa fecha.
Agradezco de antemano las respuestas.
Up
Te vale cualquier curso homologado hecho en el período de tiempo del sexenio. Y muchas cosas más: estudios universitarios, EOI, grupos de trabajo, planes y proyectos educativos. Es difícil estar trabajando en un instituto 6 años y no tener 60 horas que te valgan para este menester.
De cara a sexenios, ¿Cuánto computa la coordinación de un grupo de trabajo?
Suele computar 40 horas la coordinación de GT.
En el que yo tengo pone 30 horas de coordinación
Gracias!
40 horas con la valoración cualitativa, que conlleva trabajo extra, lecturas adicionales,... es algo opcional que se solicita y se coordina con el asesor del CEP. La coordinación de un grupo normal sin esa valoración extra son 30 horas y 20 horas para los participantes.
Muchas gracias Ars Nova.
Por cierto, ¿conocéis la normativa que regula los sexenios?
¿Cambia anulamente?