Hola, en la base décima, personal funcionario interino, punto 2.4, dice que al estimarse la circunstancia de enfermedad propia, de cónyuge o familiar en primer grado, "el proceso informático recorrerá primero todas las peticiones a centro o localidad consignadas de forma voluntaria, con independencia de la provincia solicitada".
¿Significa ésto que si me acojo a ésta petición (una sola provincia por enfermedad) debería consignar únicamente los códigos de esa provincia y dejar el resto en blanco? porque si en las 120 peticiones incluyo códigos de otras provincias me los pueden adjudicar, mientras que si me quedo sin destino en el procedimiento informático por no haber puestos en mi provincia puedo consignar una sola provincia para sustituciones. Es así?
: usuario 12 May, 2014, 09:04:51 +02:00
Hola, en la base décima, personal funcionario interino, punto 2.4, dice que al estimarse la circunstancia de enfermedad propia, de cónyuge o familiar en primer grado, "el proceso informático recorrerá primero todas las peticiones a centro o localidad consignadas de forma voluntaria, con independencia de la provincia solicitada".
¿Significa ésto que si me acojo a ésta petición (una sola provincia por enfermedad) debería consignar únicamente los códigos de esa provincia y dejar el resto en blanco? porque si en las 120 peticiones incluyo códigos de otras provincias me los pueden adjudicar, mientras que si me quedo sin destino en el procedimiento informático por no haber puestos en mi provincia puedo consignar una sola provincia para sustituciones. Es así?
Pero ya ha salido la colocación de efectivos?
Hola. No ha salido pero falta muy poco. Ha salido el borrador. Un saludo.