Buenas,
Pues eso. No tenía muchas esperanzas de trabajar ya este curso y me pillé una ofertilla de una casa en la zona de Huelva desde el 30 de junio al 6 de julio. Pensaba que a unas malas tendría que ir al insti el 30 de junio, lunes, pero que esa misma tarde podría irme para Huelva sin problemas. Cuál es mi sorpresa que me han puesto el 1 de Julio como día de posibles reclamaciones.....y pregunto, ¿estoy obligado a ir? ¿como interino no estoy contratado solo hasta el 30 de Junio? Pfff, qué rollo.....
Olvidé mencionar, aunque parece obvio en la cita, que finalmente me llamaron a finales de Mayo.....................
: pakkko 17 June, 2014, 19:49:11 +02:00
Buenas,
Pues eso. No tenía muchas esperanzas de trabajar ya este curso y me pillé una ofertilla de una casa en la zona de Huelva desde el 30 de junio al 6 de julio. Pensaba que a unas malas tendría que ir al insti el 30 de junio, lunes, pero que esa misma tarde podría irme para Huelva sin problemas. Cuál es mi sorpresa que me han puesto el 1 de Julio como día de posibles reclamaciones.....y pregunto, ¿estoy obligado a ir? ¿como interino no estoy contratado solo hasta el 30 de Junio? Pfff, qué rollo.....
El mes de Julio no es de vacaciones, estás a disposición del centro. En el caso de los interinos pasa igual, durante la PRÓRROGA VACACIONAL estás a disposición del centro y tendría que participar en cualquier actividad que te requiriera el centro, lo pone en la normativa.
Ahora bien si NO te corresponde prórroga vacacional, ni siquiera un día, el día 1 de Julio estás en el paro, y eso creo que lo aclara todo no tienes que ir, es más no deberías ir.
En resumen si tienes prórroga vacacional si tienes que ir, sino no.
Si he trabajado un mes, al menos 1 día de corresponderá de prórroga vacacional, o sea que tengo que ir.......pfffffff
Muchas gracias por tu respuesta.
: pike 17 June, 2014, 20:04:10 +02:00
El mes de Julio no es de vacaciones, estás a disposición del centro. En el caso de los interinos pasa igual, durante la PRÓRROGA VACACIONAL estás a disposición del centro y tendría que participar en cualquier actividad que te requiriera el centro, lo pone en la normativa.
Ahora bien si NO te corresponde prórroga vacacional, ni siquiera un día, el día 1 de Julio estás en el paro, y eso creo que lo aclara todo no tienes que ir, es más no deberías ir.
En resumen si tienes prórroga vacacional si tienes que ir, sino no.
EL nombramiento de los interinos es hasta el 30 de junio. A partir de ahí, lo que nos corresponde es prórroga vacacional. Yo también tengo ese período de reclamaciones pero no creo que tengas problemas.
Yo lo tengo claro. El día 1 comienza la prórroga vacacional. Para los funcionarios es otra historia
.pero si la normativa dice que en prórroga vacacional tenemos que estar a disposición del centro...................
: nocreoqueseayo 17 June, 2014, 20:41:29 +02:00
EL nombramiento de los interinos es hasta el 30 de junio. A partir de ahí, lo que nos corresponde es prórroga vacacional. Yo también tengo ese período de reclamaciones pero no creo que tengas problemas.
Yo lo tengo claro. El día 1 comienza la prórroga vacacional. Para los funcionarios es otra historia
En mi centro nos hemos pedido en masa el 30 de junio como permiso por asuntos personales retribuido. Por lo visto teníamos dos días de esas características para usar este curso académico, así que consumimos al menos uno. Igual puedes pedirte el 1 de julio.
Los interinos no tenemos derecho a asuntos propios, eso tengo entendido........
: galadriel 17 June, 2014, 20:58:14 +02:00
En mi centro nos hemos pedido en masa el 30 de junio como permiso por asuntos personales retribuido. Por lo visto teníamos dos días de esas características para usar este curso académico, así que consumimos al menos uno. Igual puedes pedirte el 1 de julio.
: galadriel 17 June, 2014, 20:58:14 +02:00
En mi centro nos hemos pedido en masa el 30 de junio como permiso por asuntos personales retribuido. Por lo visto teníamos dos días de esas características para usar este curso académico, así que consumimos al menos uno. Igual puedes pedirte el 1 de julio.
Mi director ha dicho que ni se nos ocurra pedirnos alguno de estos últimos días como asuntos propios así de manera colectiva porque directamente no nos lo va a conceder. :o anaid4
Eso es una burrada. Es la primera vez que lo escucho. La normativa es bien clara al respecto: "El personal funcionario interino cesará en el puesto ocupado cuando finalice el período para el que fue nombrado, cuando se incorpore la persona titular del puesto o, en todo caso, el 30 de junio del curso académico correspondiente, sin
perjuicio de lo establecido en el artículo siguiente." No veo que en ningún otro lado hage alusión a ese otro deber de estar disponible a partir del 1 de julio. Si alguien ha encontrado la parte donde lo mencione, agradecería mucho que nos lo mostrara...
Pakkko, yo de ti mañana mismo llamaba a Delegación para preguntar. Hace un par de años, la directora de mi centro de entonces, que no se enteraba de nada, se empeñó en que los interinos también estábamos obligados a comparecer en el centro durante los primeros días de septiembre para ayudar con los exámenes. Llamé a Delegación y obviamente me dijeron que de eso nada, que nuestra situación no era para nada asimilable a la de los funcionarios de carrera. Sé que no es lo mismo pero no te creas lo que te digan en el centro sin más, muchos directivos no están al tanto de las novedades en las normativas. Llama y que te informen bien. Ya nos cuentas.
Lo haré, Lucindez, gracias por tu respuesta
En mi centro también el 1 de julio está para reclamaciones
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ORDEN de 8 de junio de 2011, por la que se regulan
las bolsas de trabajo del personal funcionario interino y
se establecen las bases reguladoras de dicho personal
Artículo 22. Prórrogas vacacionales
3. Durante los períodos de prórroga vacacional, el perso-
nal funcionario interino vendrá obligado a realizar las activida-
des de su competencia programadas por los centros
A ver, yo no lo digo porque quiera que vaya el día 1, sino para informarle lo más correctamente, una cosa es lo que yo crea que debería ser y otra lo que es.
Si es prorroga vacacional habra que saber si son todos de "vacaciones" o hay algun dia que sea de esos disponibles. Si tiene 7 meses trabajados esa prorroga se correspondera con el mes de vacaciones mas el otro mes que hay que estar disponible por si te requieren...pero si no tiene los 7 meses trabajados se entiende que serian dias integros de vacaciones y por lo tanto no tiene porque estar en el centro...pero tampoco estoy seguro al 100%...habria que mirar la normativa aplicable
Es así. Todo trabajador tiene derecho a vacaciones. Si trabajas 20 días, y te dan 1 día de vacaciones. Es ilegal que en tu día de vacaciones vayas a trabajar.
Sobre el que tenga los dos meses, pues ahí lo tengo muy poco claro.
Yo no soy experto en derecho, y no sé si quizás eso entra en contradicción con alguna norma de rango superior como el estatuto de los trabajadores, pero en principio lo que dice la norma es que estamos a disposición del centro durante TODA la prórroga vacacional.
Si no recuerdo mal, te va a corresponder de prórroga vacacional 4 días, porque creo que son 4 días por mes trabajado. Si de esos 4 días encima te requieren un día, pues vaya faena.
Por ley, tanto los interinos como funcionarios tienen que estar al servicio de la administración el mes de julio.
Yo soy interino y siempre suelo buscar vacaciones en agosto, por si me dan la sorpresa de la llamadita en julio y me pilla por ejemplo a 500km. En los años que llevo todavía no me han llamado, pero puede pasar, ya que, por ejemplo dirección e inspección trabajan el mes de julio, por lo que, si necesitan algo de nosotros que estamos en prórroga vacacional, no dudéis que nos llamarán. Un saludo
Los interinos con vacantes, o que tengan dos meses "libres", especificad. Los que no, que se abstengan de ir en todo caso. Las vacaciones son un derecho que tienen, y en ningún sitio dice que estén a disposición de nadie.
: pike 18 June, 2014, 08:19:02 +02:00
Yo no soy experto en derecho, y no sé si quizás eso entra en contradicción con alguna norma de rango superior como el estatuto de los trabajadores, pero en principio lo que dice la norma es que estamos a disposición del centro durante TODA la prórroga vacacional.
Por favor, qué norma dice eso?
: Tutor 18 June, 2014, 10:48:37 +02:00
Los interinos con vacantes, o que tengan dos meses "libres", especificad. Los que no, que se abstengan de ir en todo caso. Las vacaciones son un derecho que tienen, y en ningún sitio dice que estén a disposición de nadie.
Yo estoy con lo que tú dices. Además, son 2.5 días por mes trabajado, no 4.
Creo que si estas dado de alta en la seguridad social por la junta en julio no se puede trabajar en esos dias porque es incompatible. Si alguien tiene mas información podria darla por favor.
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Bueno, pues a ver si Pakko llama a Delegación y nos saca de dudas a todos... anaidburla
Entonces... si trabajas haciendo sustituciones durante ocho meses y trabajas en 12 destinos distintos, ¿tienes que estar disponible para los 12 centros? Vamos, yo no lo veo nada claro... en todo caso habrá que estar disponible para el centro que aparece en el contrato vacacional, unos contratos son independientes de otros...
De acuerdo con la Orden de 8 de junio de 2011 que regula al personal interino la situación aquí la veo bastante clara:
- Si se ha trabajado más de 7 meses en el curso o bien 2 meses en cada trimestre, se cobrará julio y agosto.
- Si se ha trabajado menos de lo anterior, corresponderá prórroga vacacional a partir del 1 de julio en función de los días trabajados, a razón de 5 días por cada mes, según la tabla del artículo 22.2.
- Durante la prórroga vacacional se está obligado a realizar las actividades de su competencia programadas por los centros.
- Hay que tener en cuenta que según el Estatuto de los Trabajadores por un año trabajado corresponden 30 días naturales de vacaciones, es decir 2,5 días por mes, y la Junta de Andalucía está pagando a los docentes interinos el doble o el cuádruple.
En función de todo lo anterior, si le corresponde prórroga vacacional el 1 de julio porque haya trabajado al menos 11 días, dado que su centro le ha programado actividades ese día, tendrá que acudir a realizar las actividades programadas.
Además, como se ha dicho, durante las vacaciones, dado que se está contratado por la administración, no se puede realizar ninguna otra actividad remunerada, puesto que se incurriría en incompatibilidad.
Saludos.
Me gustaría hacer una puntualización. ¿Entonces una persona que tiene 6 meses trabajados, a razón de 5 dias por mes tendría una prorroga vacacional de 30 días, pero no podría irse de vacaciones porque el centro puede llamarle en cualquier momento? ¿Entonces no tiene vacaciones remuneradas?
A ver, perdonadme el retraso, pero estos días es corregir corregir y corregir.....
Llamé a Delegación y me dijeron que por trabajar un mes me correspionden 5 días de prorroga vacacional, y que en esos días tengo que estar a disposición del centro.
Aunque a decir verdad, luego hablé con mi director y me dijo que ese día no tengo por qué venir, que si hay alguna reclamación ya se pondrá en contacto el centro conmigo.......
Bueno, eso ya es otra cosa...porque tener que ir sistemáticamente al centro los primeros días de julio es muy fuerte...lo que yo no entiendo es por qué no ponen el periodo de reclamaciones hasta el día 30, porque tiempo hay!Por otro lado, no deja de clamar al cielo que para cinco días de vacaciones que te corresponden, tengas que estar "a disposición" del sistema...¿qué narices de vacaciones son esas entonces? anaidpreocupados
Pues sí, yo yambién creo que podrían poner las reclamaciones hasta el 30 de Junio, sería más lógico y hay días de sobra. Pero mi director dice que el calendario de evaluaciones y días de reclamaciones se lo ha impuesto el inspector.........no sé, eso dice, así será.......
: Luzindel 20 June, 2014, 11:27:06 +02:00
Bueno, eso ya es otra cosa...porque tener que ir sistemáticamente al centro los primeros días de julio es muy fuerte...lo que yo no entiendo es por qué no ponen el periodo de reclamaciones hasta el día 30, porque tiempo hay!Por otro lado, no deja de clamar al cielo que para cinco días de vacaciones que te corresponden, tengas que estar "a disposición" del sistema...¿qué narices de vacaciones son esas entonces? anaidpreocupados