Hola. Me comentan en mi centro que los docentes tenemos 4 días de asuntos propios remunerados a nuestra disposición siempre y cuando se cumplan unos requisitos:
- Que sea un día no lectivo.
- Que no haya reuniones.
- Que lo permita la dirección del centro.
Más o menos es lo que dice la ley.
Mi pregunta es: ¿los interinos tenemos derecho a esos días?
La ley no hace especificaciones a este respecto.
Gracias.
Buenas compañero! Yo lo pregunté también y me dijo un compi que si tenía vacante, sí podía disponer de ello....aún así, no me lo podía confirmar..
: Salas850 23 June, 2014, 10:09:49 +02:00
Hola. Me comentan en mi centro que los docentes tenemos 4 días de asuntos propios remunerados a nuestra disposición siempre y cuando se cumplan unos requisitos:
- Que sea un día no lectivo.
- Que no haya reuniones.
- Que lo permita la dirección del centro.
Más o menos es lo que dice la ley.
Mi pregunta es: ¿los interinos tenemos derecho a esos días?
La ley no hace especificaciones a este respecto.
Gracias.
Viendo esas condiciones.. queda claro que en julio, agosto, semana santa y navidad.. te puedes coger todos los días de asuntos propios que quieras.. cejasnena
O hay una ley nueva o no es así. La última vez que cogí asuntos propios reunía todas las condiciones y me los descontaron. Soy definitiva.
si es cierto! Lo primero como dices tiene q ser un dia no lectivo, o ultimos de junio o primeros de septiembre, y que no haya reuniones y entonces tienes que solicitarlo a la direccion del centro con 15 dias de antelacion y la ultima palabra la tiene la direccion. Se que se puede hacer porque en mi cole algunos compañeros, y son interinos, lo pidieron y les han dado el dia correspondiente. Espero haberte aclarado algo.
Enviado desde mi GT-I9300 usando Tapatalk 4 Beta