Un día antes de hacer el examen oral y teniendo en cuenta que este año me he preparado las opos como buenamente he podido, veo que me faltan dos referencias legales en la programación:
ORDEN de 12 de diciembre de 2012, por la que se modifica la de 10 de agosto de 2007, por la que se desarrolla el currículo correspondiente a la Educación Secundaria Obligatoria en Andalucía (BOJA 21-01-2013).
REAL DECRETO 1190/2012, de 3 de agosto, por el que se modifican el Real Decreto 1513/2006, de 7 de diciembre, por el que se establecen las enseñanzas mínimas de la Educación Primaria, y el Real Decreto 1631/2006, de 29 de diciembre, por el que se establecen las enseñanzas mínimas correspondientes a la Educación Secundaria Obligatoria (BOE 04-08-2012).
¿Creéis que es muy grave? ¿Las cuelo como si tal cosa en la exposición oral o es mejor que pase de ellas?
Gracias por las respuestas
: milaurita81 01 July, 2014, 11:13:59 +02:00
Un día antes de hacer el examen oral y teniendo en cuenta que este año me he preparado las opos como buenamente he podido, veo que me faltan dos referencias legales en la programación:
ORDEN de 12 de diciembre de 2012, por la que se modifica la de 10 de agosto de 2007, por la que se desarrolla el currículo correspondiente a la Educación Secundaria Obligatoria en Andalucía (BOJA 21-01-2013).
REAL DECRETO 1190/2012, de 3 de agosto, por el que se modifican el Real Decreto 1513/2006, de 7 de diciembre, por el que se establecen las enseñanzas mínimas de la Educación Primaria, y el Real Decreto 1631/2006, de 29 de diciembre, por el que se establecen las enseñanzas mínimas correspondientes a la Educación Secundaria Obligatoria (BOE 04-08-2012).
¿Creéis que es muy grave? ¿Las cuelo como si tal cosa en la exposición oral o es mejor que pase de ellas?
Gracias por las respuestas
Yo las colaría en la defensa de la programación... la programación probablemente la vayan mirando mientras estés exponiendo, por lo que es posible que ni se den cuenta.
Saludos y suerte.
No creo que sea grave.
Los tribunales estan ahitos de referencias legislativas
De todas formas, la logica nunca opera en las oposiciones
: milaurita81 01 July, 2014, 11:13:59 +02:00
Un día antes de hacer el examen oral y teniendo en cuenta que este año me he preparado las opos como buenamente he podido, veo que me faltan dos referencias legales en la programación:
ORDEN de 12 de diciembre de 2012, por la que se modifica la de 10 de agosto de 2007, por la que se desarrolla el currículo correspondiente a la Educación Secundaria Obligatoria en Andalucía (BOJA 21-01-2013).
REAL DECRETO 1190/2012, de 3 de agosto, por el que se modifican el Real Decreto 1513/2006, de 7 de diciembre, por el que se establecen las enseñanzas mínimas de la Educación Primaria, y el Real Decreto 1631/2006, de 29 de diciembre, por el que se establecen las enseñanzas mínimas correspondientes a la Educación Secundaria Obligatoria (BOE 04-08-2012).
La orden de 12 de diciembre sólo deberías mencionarla si vas a hacer alusión a educación para la ciudadanía, las demás materias no se han modificado y siguen reguladas por la orden de 10 de agosto de 2007.
Con respecto a Primaria tampoco tienes por qué hablar de eso, si no tratas de primaria, si tu progra es de secundaria sí que debes hacer referencia al real decreto 1631, es el que regula toda secundaria. Mételo en la exposición, que es lo que ellos van a ver de verdad.
¿Creéis que es muy grave? ¿Las cuelo como si tal cosa en la exposición oral o es mejor que pase de ellas?
Gracias por las respuestas
Yo la mencionaría aunque no esté en la programación, pero solo si es relevante (yo no sabía ni que existía y cuando tú lo has mencionado, la he mirado, y a mi entender es poco importante). A veces recitar muchas leyes es contraproducente, creo.
Pues yo no las mencionaría. Mencionar algo que no está en tu programación y que crees que debería estar ahí es alertar a quien te va a corregir de tu error. Si no lo mencionas, pues vale, sigues en tu error, pero no tienen por qué darse cuenta entre tanta ley y tanta exposición.
Gracias, amigos, creo que voy a obviar estas referencias porque, como bien apuntáis, no parecen importantes. De todos modos, no tengo grandes posibilidades de obtener plaza, así que haré lo que buenamente pueda. ESTE FORO ES LO MEJOR DE LO MEJOR, siempre tiene respuestas cuando las necesito. MUCHAS GRACIAS Y MUCHA SUERTE. corazonpan corazonpan corazonpan corazonpan
: aceituno1982 01 July, 2014, 11:49:33 +02:00
Pues yo no las mencionaría. Mencionar algo que no está en tu programación y que crees que debería estar ahí es alertar a quien te va a corregir de tu error. Si no lo mencionas, pues vale, sigues en tu error, pero no tienen por qué darse cuenta entre tanta ley y tanta exposición.
Obviamente son posibilidades. Si el tribunal no se da cuenta, es lo mismo tanto si las mencionas como si no lo haces. Ahora bien, son órdenes que modifican otras anteriores, por lo que es lo actual. En caso de que se dieran cuenta podría interpretarse que el opositor no está actualizado en cuanto a legislación y para mí (si yo fuera tribunal, lógicamente) es más grave no conocer la legislación vigente que un posible descuido en una programación.
De la de Primaria, por supuesto que no hablaría.
En fin, son decisiones personales.
De todas formas, tampoco tiene tanta importancia.
Saludos y suerte a tod@s en el oral.
Ay, otro susto más de estos y me suicido. Esos decretos son modificaciones parciales sobre determinadas cuestiones, pero no elimina al anterior que es el válido para nuestras asignaturas. Como es así, pues se puede mencionar o no.
: Francisco Javier 01 July, 2014, 11:38:39 +02:00
: milaurita81 01 July, 2014, 11:13:59 +02:00
Un día antes de hacer el examen oral y teniendo en cuenta que este año me he preparado las opos como buenamente he podido, veo que me faltan dos referencias legales en la programación:
ORDEN de 12 de diciembre de 2012, por la que se modifica la de 10 de agosto de 2007, por la que se desarrolla el currículo correspondiente a la Educación Secundaria Obligatoria en Andalucía (BOJA 21-01-2013).
REAL DECRETO 1190/2012, de 3 de agosto, por el que se modifican el Real Decreto 1513/2006, de 7 de diciembre, por el que se establecen las enseñanzas mínimas de la Educación Primaria, y el Real Decreto 1631/2006, de 29 de diciembre, por el que se establecen las enseñanzas mínimas correspondientes a la Educación Secundaria Obligatoria (BOE 04-08-2012).
¿Creéis que es muy grave? ¿Las cuelo como si tal cosa en la exposición oral o es mejor que pase de ellas?
Gracias por las respuestas
Yo las colaría en la defensa de la programación... la programación probablemente la vayan mirando mientras estés exponiendo, por lo que es posible que ni se den cuenta.
Saludos y suerte.
¿Sabéis si sacaron algo en los últimos años modificando el currículum de bachiller ? A mí en principio no me consta.
Ambas normativa son modificaciones para la asignatura de Educación para la ciudadanía, si tu programación no es para esa asignatura no creo que tenga importancia
Sí, creo que los nervios me han hecho equivocarme al tener en cuenta estas referencias. Gracias
: pike 01 July, 2014, 12:59:40 +02:00
Ambas normativa son modificaciones para la asignatura de Educación para la ciudadanía, si tu programación no es para esa asignatura no creo que tenga importancia
Justamente. No tiene mayor importancia.
Ánimo.