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SE PUEDE COMPAGINAR AUTONOMO y LLAMADA DE SUSTITUCIÓN

Iniciado por mixclases, 05 Agosto, 2015, 22:34:56 PM

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cito83

Os cuento mi caso, el año pasado estaba trabajando para una empresa cuando me llamaron de interino, yo sabía q podía pasar y busque toda esa información que estáis manejando de lo q deduje que al inicio de la actividad como interino debía estar de baja en la otra empresa. Era un contrato de 5 meses que terminaba el 28 de octubre y empecé de interino el 27 de octubre.
A todos los que pregunte me dijeron que no hiciera nada que no pasaría nada pero sinceramente no me merecía la pena arriesgarme a perder lo que tanto me había costado y solicite la extinción del contrato de forma unilateral de la empresa antes de incorporarme como interino, eso supuso renunciar a la indemnización por despido que me correspondía que era un pico.
Debes considerar si lo que vas a perder es peor que lo que vas a ganar, es una injusticia para los interinos que trabajamos pocos meses al año pero debemos tener cuidado.

xonn

Os comparto mi experiencia para los que necesiten.

Mis circunstancias son las siguientes: Interino con vacante, comienzo el 1 de Septiembre, y me quieren contratar como autónomo para dar una formación de 30 horas en una empresa.
Llamo a Delegación y me recomiendan llamar al teléfono 954782613 que según me dicen es Hacienda y que pregunte por Maria del Mar Álvarez, que se encargan de solucionar todas las dudas que surjan en este ámbito.
Finalmente, la explicación que me aportan desde este teléfono es que siempre que la formación sea no superior a los 75h anuales, no se repita en el tiempo (todos los años, siempre las misma fechas) y sea orientada a la formación profesional de trabajadores, es posible hacerla sin ni siquiera pedir permiso a la Delegación.

Me quedo más tranquilo sabiendo que cierto margen hay, aunque como bien decís, es mejor asegurarse al 100% que bastante cuesta meter la cabeza como para luego meter la pata :(


pink panther

Cita de: xonn en 26 Agosto, 2015, 12:21:50 PM
Os comparto mi experiencia para los que necesiten.

Mis circunstancias son las siguientes: Interino con vacante, comienzo el 1 de Septiembre, y me quieren contratar como autónomo para dar una formación de 30 horas en una empresa.
Llamo a Delegación y me recomiendan llamar al teléfono 954782613 que según me dicen es Hacienda y que pregunte por Maria del Mar Álvarez, que se encargan de solucionar todas las dudas que surjan en este ámbito.
Finalmente, la explicación que me aportan desde este teléfono es que siempre que la formación sea no superior a los 75h anuales, no se repita en el tiempo (todos los años, siempre las misma fechas) y sea orientada a la formación profesional de trabajadores, es posible hacerla sin ni siquiera pedir permiso a la Delegación.

Me quedo más tranquilo sabiendo que cierto margen hay, aunque como bien decís, es mejor asegurarse al 100% que bastante cuesta meter la cabeza como para luego meter la pata :(
Muchas gracias. Entiendo que se refiere a año natural. Aún así  está muy bien el contacto para las dudas.Yo también doy clases ocasionales y esa eea mi duda.

Nakaro

Hola, al  leer el mensaje anterior me surge la siguientes dudas:

- ¿Cómo justificas que son 75 horas...más o menos...si muchas veces te hacen una factura de cobro y no te dan de alta para trabajar cada día dos horas, por ejemplo?
- ¿Cómo saben desde inspección si es para formación de trabajadores si, vuelvo a lo mismo, en estos casos te piden que emitas una factura?
- Hasta donde yo he leído, lo de las 75 horas es para cursos de formación para nuestro colectivo, es decir, preparar oposiciones o formación del profesorado...

Es que hay muchas muchísimas cosas que no son claras para nada, con los temas legales siempre te quedas con la sensación de sí pero no cuando los lees...y depende a quién preguntes te dicen una cosa u otra.

Muchas gracias !!


xonn

Yo le he especificado a la mujer de Hacienda que son clases "Para trabajadores de una empresa privada" y no ha puesto queja.
Pero estoy de acuerdo en que todo está muy al aire.


controsol

Quiza renunciando al complemento de exclusividad? Es decir casi 900€?

Palma

Buenas, y sabéis si esto tiene carácter retroactivo? Estuve en esta circunstancia el año pasado 6 meses, mi asesoría me aseguró que era compatible, lo bien que se informaron, y ahora este año tengo vacante desde el 1 de septiembre y hoy ya me he dado de baja como autónoma.
Una amiga me insistió tanto en que no era compatible, y la asesoría seguía diciendo que sí, que les pedí que indagaran más y ahora no sé si tengo un problema con haber trabajado el año pasado estando dada de alta como autónoma.
La declaración de la renta la verdad que se está retrasando demasiado en el pago y eso me tiene mosqueada. Según mi asesoría Hacienda no tiene nada que ver, que esto es cosa de la consejería, pero ahora veo que el número de información que ponéis aquí es de Hacienda y ya si que me he puesto de los nervios.
Una intenta hacer las cosas lo mejor posible y al final te encuentras con incompetentes que no tienen ni idea de nada y dicen que son asesores.


Manu85

¿Alguien sabe algo con seguridad? ¿Se puede compatibilizar el contrato de interino con trabajar como autónomo? y, por otro lado, ¿te expulsan de la bolsa si rechazas por estar trabajando como autónomo? No sé si esa excepción la contempla la ley.

Gracias.


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