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¿A dónde ir el 1 de septiembre? lo que dicen en personal e Inspección

Iniciado por sevi11, 30 Agosto, 2017, 12:27:51 PM

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jmcala

Cita de: Mostruito66 en 30 Agosto, 2017, 13:17:18 PM
Pues vaya jaleo entonces...

Yo acabé a 30 de Junio, cobré sólo Julio como prórroga vacacional, el 1 de Septiembre inicio vacante en otro centro......... Y NO TENGO NI IDEA DE DONDE TENGO QUE IR
Pues tú lo tienes bien claro. Durante agosto has estado en paro y eso quiere decir que has estado desvinculado de la empresa.

La famosa orden no te atañe en nada. Te vas a tu nuevo centro y en el anterior que se busquen las habichuelas.

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fortunate

Yo ando igual... mi jefa de estudios me dijo que me avisaría de lo que fuese y todavía estoy esperando.
Yo si no me llama me voy para el nuevo y santas pascuas.


macorvi

Tengo una duda a ver si alguien me la puede resolver y me dice cual es la normativa que lo indica.
En que normativa (no resolución de adjudicación de destinos definitivos) indica que es obligatorio asistir a hacer los exámenes de recuperación al centro antiguo en la convocatoria extraordinaria de Septiembre.Además me gustaría saber si en el caso de que no se presenten alumnos es necesario asistir a la sesión de evaluación y firmar las actas si ya no tengo acceso a Séneca y si tengo que hacerlo si podría hacerlo al día siguiente antes de que se publiquen las notas o si las puede firmar el jefe de dpto en mi nombre.Lo digo porque el día 5 tendría que ir a mi centro antiguo por la mañana a las evaluaciones y por la tarde al centro nuevo al claustro y están en distintas provincias. Y si no me diera tiempo a llegar o coincidieran ¿Es legal?

Por otro lado y siguiendo con lo anterior, mi temor, es que se de compañeros que han tenido un accidente de coche no en los exámenes de sptbre sino en las visitas de FCT a los alumnos de ciclos formativos de FP y la Consejería no se ha hecho responsable de los daños del vehiculo propio.Si yo tengo el nombramiento de fecha 1 de Sptbre en mi centro nuevo y tengo un accidente in itinere llendo al centro antiguo que normativa me ampara y me cubre los daños materiales o personales? En el caso de mi compañero no se hicieron responsables y está de juicio para reclamar los daños del coche.Espero que alguien me pueda aclarar todo esto con la normativa por delante.

Un saludo.


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