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Tutor y jefe departamento al mismo tiempo.

Iniciado por laladu, 07 Septiembre, 2018, 13:46:52 PM

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laladu

Hola doy una asignatura en el que el departamento está compuesto por solo una persona. Quería informarme de si se puede ser tutor y jefe de departamento al mismo tiempo.Si es así, supongo que se cobran los dos cosas conceptos ¿no?

Argonauta80

Pues por experiencia te digo que se pueden ser las dos cosas, por necesidades del centro, y solo cobras la jefatura.


La pepa

Como te han dicho en el mensaje anterior, puedes ser las dos cosas siempre que sea un departamento unipersonal y efectivamente cobras la jefatura, la tutoría no. A mi me ha pasado siempre que he estado sola.

laladu



pike

No hace falta que el departamento sea unipersonal, en centros pequeños es complicado que todos los jefes de departamento  no sean tutores porque faltarían tutores. En el centro en el que estoy es habitual y yo en otro centro he sido las dos cosas a la vez.

Pero, en contra de toda lógica, sólo cobras una de ellas, aunque realices el trabajo de las dos.

Chacal

Esto es algo en lo que deberían mojarse los sindicatos YA, hay gente que realiza las funciones y no las cobra...eso ni de lejos en las empresas privadas.

Si la administración es la primera corrupta...

rantanplan

Visitar este foro debe de ser lo más parecido a ser Bill Murray en el día de la marmota. Imagino que porque los mecanismos de búsqueda son algo deficientes. No sé si habría algún modo de solucionarlo. Quizás creando unas FAQ o algo similar entre todos con las preguntas más recurrentes. Dejo la propuesta por si prospera, porque se responden una y otra vez las mismas dudas. Podríamos abrir un hilo al efecto donde discutir cuáles son estas dudas recurrentes y proponer las redacciones para sus respuestas. El documento resultante se podría colgar en hilo con chincheta y listo.

Dicho lo cual, decreto 327/2010:

CitarArtículo 95. Nombramiento de las jefaturas de los departamentos.

1. La dirección de los institutos de educación secundaria, oído el Claustro de Profesorado, formulará a la persona titular de la Delegación Provincial de la Consejería competente en materia de educación propuesta de nombramiento de las jefaturas de los departamentos, de entre el profesorado funcionario con destino definitivo en el centro. Las jefaturas de los departamentos desempeñarán su cargo durante dos cursos académicos, siempre que durante dicho periodo continúen prestando servicio en el instituto.

Eso es lo que hay. El director debe proponer a un miembro del departamento con destino definitivo en el centro. Si ningún miembro  tiene destino definitivo, entonces NO tiene ningún criterio impuesto por ley y, entiendo, que debería poder elegir a cualquiera de su preferencia, lo mismo da que sea funcionario de carrera, que funcionario en prácticas que funcionario interino..

Claro que luego esta la disposición final permanente PMSC a los que a veces son aficionados los inspectores y afirmar cualquier otra cosa.

PMSC = Por Mis Santos Coj...

rantanplan

Lo siento , pero he respondido aquí a una pregunta de otro hilo.


Chacal

Cita de: rantanplan en 07 Septiembre, 2018, 19:39:32 PM
Visitar este foro debe de ser lo más parecido a ser Bill Murray en el día de la marmota. Imagino que porque los mecanismos de búsqueda son algo deficientes. No sé si habría algún modo de solucionarlo. Quizás creando unas FAQ o algo similar entre todos con las preguntas más recurrentes. Dejo la propuesta por si prospera, porque se responden una y otra vez las mismas dudas. Podríamos abrir un hilo al efecto donde discutir cuáles son estas dudas recurrentes y proponer las redacciones para sus respuestas. El documento resultante se podría colgar en hilo con chincheta y listo.

Dicho lo cual, decreto 327/2010:

CitarArtículo 95. Nombramiento de las jefaturas de los departamentos.

1. La dirección de los institutos de educación secundaria, oído el Claustro de Profesorado, formulará a la persona titular de la Delegación Provincial de la Consejería competente en materia de educación propuesta de nombramiento de las jefaturas de los departamentos, de entre el profesorado funcionario con destino definitivo en el centro. Las jefaturas de los departamentos desempeñarán su cargo durante dos cursos académicos, siempre que durante dicho periodo continúen prestando servicio en el instituto.

Eso es lo que hay. El director debe proponer a un miembro del departamento con destino definitivo en el centro. Si ningún miembro  tiene destino definitivo, entonces NO tiene ningún criterio impuesto por ley y, entiendo, que debería poder elegir a cualquiera de su preferencia, lo mismo da que sea funcionario de carrera, que funcionario en prácticas que funcionario interino..

Claro que luego esta la disposición final permanente PMSC a los que a veces son aficionados los inspectores y afirmar cualquier otra cosa.

PMSC = Por Mis Santos Coj...

En el tema de poner un hilo con preguntas BÁSICAS no vendría mal para no estar repitiendo todo el tiempo  ;)

Iridium

Cita de: rantanplan en 07 Septiembre, 2018, 19:39:32 PM

Claro que luego esta la disposición final permanente PMSC a los que a veces son aficionados los inspectores y afirmar cualquier otra cosa.

PMSC = Por Mis Santos Coj...

Jeje, antes de leer la última línea lo había interpretado del tirón, un poco diferente: Porque Me Sale de los C...


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