¡CUIDAMOS LA PÚBLICA!

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¿Puede un interino coger 2 días de asuntos propios o sin retribución??

Iniciado por danila, 13 Enero, 2014, 17:45:54 PM

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Ravenna

Hola Flafli!
Tenia intendido que el permiso no retribuido que aparece en la nueva normativa de licencias y permisos-circulatr de 6 de febrero- ( minimo 7 dias) era para todo el personal docente, funcionario interino tambien.

simba

Para Flafi o alguien que lo sepa con seguridad: Aprovechando el tema, yo soy funcionaria de carrera y todavía no me queda claro la diferencia entre "días sueltos sin retribución" y la nueva norma de "otros asuntos sin retribución" en la cual dice que sólo puedes pedir mínimo una semana.
Entonces, si yo quiero pedirme sólo un par de días, ¿¿¿podría hacerlo??? Lo hice el curso pasado y sin problemas. ¿¿Habrá problemas este curso con la nueva norma??
¿¿En qué casos sólo te puedes pedir mínimo una semana???
Gracias con antelación.


sereneade

Aprovecho el hilo para preguntar. Soy interina con vacante y trabajo en.la provincia de Cádiz. Tengo médico el mes que viene en Sevilla. ¿Tengo que ir al colegio en cuanto acabe el médico o me corresponde el día por ser fuera de la provincia en la que trabajo?

Enviado desde mi GT-S5830 usando Tapatalk
Con la sonrisa despeinada de ir en contra de los vientos

FLAFLI

Cita de: Ravenna en 21 Enero, 2014, 12:24:12 PM
Hola Flafli!
Tenia intendido que el permiso no retribuido que aparece en la nueva normativa de licencias y permisos-circulatr de 6 de febrero- ( minimo 7 dias) era para todo el personal docente, funcionario interino tambien.

En la circular se omite al personal interino.
Si buscas el interés general, mejorarás el propio

HAN CAMBIADO LAS NORMAS DE JUEGO SIN LA CIUDADANÍA, Y SIGUEN QUERIENDO QUE LAS RESPETEMOS

No son ajustes, es una destrucción de la sociedad, ante ataques destructivos, respuestas contundentes

Si luchas puedes que no ganes, si no luchas ya has perdido

GRAN MOVILIZACIÓN PROFESORADO INTERINO


FLAFLI

Cita de: simba en 21 Enero, 2014, 15:02:45 PM
Para Flafi o alguien que lo sepa con seguridad: Aprovechando el tema, yo soy funcionaria de carrera y todavía no me queda claro la diferencia entre "días sueltos sin retribución" y la nueva norma de "otros asuntos sin retribución" en la cual dice que sólo puedes pedir mínimo una semana.
Entonces, si yo quiero pedirme sólo un par de días, ¿¿¿podría hacerlo??? Lo hice el curso pasado y sin problemas. ¿¿Habrá problemas este curso con la nueva norma??
¿¿En qué casos sólo te puedes pedir mínimo una semana???
Gracias con antelación.

La diferencia es que una es sin motivos, y la otra es con unos motivos determinados. La primera tiene límite en 2 años, la segunda esta limitada anualmente.

http://www.juntadeandalucia.es/educacion/educacion/nav/contenido.jsp?pag=/Contenidos/RRHH/otra_normativa_y_convocatorias_de_interes/Circular_Licencias_Permisos&vismenu=0,0,1,1,1,1,0,0,0
Si buscas el interés general, mejorarás el propio

HAN CAMBIADO LAS NORMAS DE JUEGO SIN LA CIUDADANÍA, Y SIGUEN QUERIENDO QUE LAS RESPETEMOS

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