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Baja por enfermedad en Agosto

Iniciado por maidkara, 03 Agosto, 2018, 16:40:17 PM

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maidkara

Me han comentado que  si en Agosto nos dan una baja nos enfermednostenemos derecho a reclamar este mes de vacaciones despues. ¿Esto es cierto? Alguien sabe si este mes se puede coger cuando se quiera o hay unas fechas establecidas.
...cuando se tiene un porque es mas fácil el como...

FLAFLI

Hay que solicitar la recuperación, pero la administración puede dártelo cuando quiera, la cuestión depende del tipo de baja y su conocimiento. Por ejemplo, en una baja maternal, que se conozca su finalización, si suelen dejar que se recupere a continuación de la misma, pero cuando son bajas que no se conoce cuando se da el alta, ya la administración suele darlo cuando considere, y ojo, las semanas de navidad y semana santa por ejemplo, son días que suelen utilizar para estos casos.

Saludos
Si buscas el interés general, mejorarás el propio

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No son ajustes, es una destrucción de la sociedad, ante ataques destructivos, respuestas contundentes

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albay

Cita de: FLAFLI en 06 Agosto, 2018, 19:09:28 PM
Hay que solicitar la recuperación, pero la administración puede dártelo cuando quiera, la cuestión depende del tipo de baja y su conocimiento. Por ejemplo, en una baja maternal, que se conozca su finalización, si suelen dejar que se recupere a continuación de la misma, pero cuando son bajas que no se conoce cuando se da el alta, ya la administración suele darlo cuando considere, y ojo, las semanas de navidad y semana santa por ejemplo, son días que suelen utilizar para estos casos.

Saludos

Incluso el mes de julio.

matesplus

Hola. Tengo una pregunta:
Mi mujer está de baja por incapacidad temporal porque este mes debe dar a luz, pero en el caso de no ponerse de parto, quiere darse de alta el 31 de agosto para poder tomar posesión el 1 de septiembre (se lo dijeron en delegación ya que tiene vacante pero si está de baja no le pueden hacer contrato). La duda es si este mes de vacaciones podrá disfrutarlo tras sus permisos de maternidad y lactancia.


albay

Cita de: matesplus en 18 Agosto, 2018, 18:14:20 PM
Hola. Tengo una pregunta:
Mi mujer está de baja por incapacidad temporal porque este mes debe dar a luz, pero en el caso de no ponerse de parto, quiere darse de alta el 31 de agosto para poder tomar posesión el 1 de septiembre (se lo dijeron en delegación ya que tiene vacante pero si está de baja no le pueden hacer contrato). La duda es si este mes de vacaciones podrá disfrutarlo tras sus permisos de maternidad y lactancia.
No. Porque la baja es anterior al contrato. Salvo que esté aún con el contrato del curso anterior.

matesplus

Cita de: albay en 18 Agosto, 2018, 19:46:46 PM
Cita de: matesplus en 18 Agosto, 2018, 18:14:20 PM
Hola. Tengo una pregunta:
Mi mujer está de baja por incapacidad temporal porque este mes debe dar a luz, pero en el caso de no ponerse de parto, quiere darse de alta el 31 de agosto para poder tomar posesión el 1 de septiembre (se lo dijeron en delegación ya que tiene vacante pero si está de baja no le pueden hacer contrato). La duda es si este mes de vacaciones podrá disfrutarlo tras sus permisos de maternidad y lactancia.
No. Porque la baja es anterior al contrato. Salvo que esté aún con el contrato del curso anterior.
No te he entendido. Ella ha tenido vacante en el curso 2017/2018 y este año le han vuelto a dar vacante 2018/2019. Actualmente está de baja por incapacidad temporal porque se supone que debe dar a luz en breve pero en el caso de no dar a luz antes del 31 de agosto, se daría de alta para ser nombrada el 1 de septiembre. Entonces la duda es si este mes de vacaciones se lo darán tras el permiso de maternidad y lactancia que le corresponde o se lo pueden denegar y dárselo en el mes de julio como se ha comentado más arriba

albay

Cita de: matesplus en 19 Agosto, 2018, 00:45:55 AM
Cita de: albay en 18 Agosto, 2018, 19:46:46 PM
Cita de: matesplus en 18 Agosto, 2018, 18:14:20 PM
Hola. Tengo una pregunta:
Mi mujer está de baja por incapacidad temporal porque este mes debe dar a luz, pero en el caso de no ponerse de parto, quiere darse de alta el 31 de agosto para poder tomar posesión el 1 de septiembre (se lo dijeron en delegación ya que tiene vacante pero si está de baja no le pueden hacer contrato). La duda es si este mes de vacaciones podrá disfrutarlo tras sus permisos de maternidad y lactancia.
No. Porque la baja es anterior al contrato. Salvo que esté aún con el contrato del curso anterior.
No te he entendido. Ella ha tenido vacante en el curso 2017/2018 y este año le han vuelto a dar vacante 2018/2019. Actualmente está de baja por incapacidad temporal porque se supone que debe dar a luz en breve pero en el caso de no dar a luz antes del 31 de agosto, se daría de alta para ser nombrada el 1 de septiembre. Entonces la duda es si este mes de vacaciones se lo darán tras el permiso de maternidad y lactancia que le corresponde o se lo pueden denegar y dárselo en el mes de julio como se ha comentado más arriba

Tendrá que negociarlo con el director del nuevo centro. Tiene hasta 18 meses para recuperar esa baja, por lo cual, incluso puede meterse al curso siguiente.

matesplus

Pero tenía entendido que el permiso por vacaciones no disfrutadas te lo concede delegación, no el instituto. Entonces no entiendo qué se debe negociar con el director


albay

Cita de: matesplus en 19 Agosto, 2018, 01:21:49 AM
Pero tenía entendido que el permiso por vacaciones no disfrutadas te lo concede delegación, no el instituto. Entonces no entiendo qué se debe negociar con el director

Sí, lo concede Delegación, pero el director debe informar que no hay problema en la fecha en la cual se pide el permiso. Esa fecha has de negociarse con el director, porque si él no quiere, no dará su visto bueno.

Corichi

Cuando es por embarazo lo suelen dar a continuación de las bajas de maternidad, lactancia,... Si lo solicita en otro momento si podría tener problemas pero justo después, no.


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