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DUDA: SOLICITAR PARO

Iniciado por juli16, 18 Junio, 2013, 19:38:16 PM

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juli16

Hola, me cesaron el pasado dia 12 de junio despues de haber estado en el centro durante 9 meses y dos dias, mi duda es...como me pertece cobrar las vacaciones...¿solicito el paro ahora? lo digo xq como cobro todo el verano, o...¿lo solicito en septiembre?
Muchas gracias de antemano.

barbaralogopeda

Hola! Si solicitas el paro, cobrarás desde el 13 de junio hasta el 30 de junio supongo porque si te pertenece cobrar el verano, te cortarán el paro en esa fecha y el 1 de septiembre podrás retomarlo hasta que te vuelvan a llamar. Lo que tienes que tener en cuenta es si te interesa pedirlo porque con el tiempo trabajado que tengas hasta el 12 de junio, has generado un paro y cuando vuelvas a trabajar empiezas a generar tiempo para otro distinto. No sé si me explico bien. Cuando generes tiempo trabajado para otro paro, la próxima vez tendrás que elegir el que te queda por cobrar o el nuevo generado.

También para el paro sólo vale el tiempo trabajado en los últimos 6 años, así que, si piensas que vas a estar trabajando seguido bastante tiempo, puedes pedir el que tienes porque de todas formas vas a ir perdiendo tiempo trabajado poco a poco. No sé cuál es tú situación.

Espero no haberte liado mucho!!!!  anaid3


txiky

Ten cuidado con el tema de los dos pagadores, porque despues hacienda te sale a pagar... Puede que por cobrar unos dias en septiembre (hasta que te vuelvan a llamar) despues lo tengas que pagar con creces en la declaracion...
Suerte!

juli16

muchas gracias, llevo ya mas de 4 años cotizados y nunca lo he solicitado, la verdad, yo espero q en sept o como muy tarde en octubre me vuelvan a llamar, en fin, si ahora tengo un paron del dia 12 hasta el 30 de junio y cobro julio y agosto, en septiembre si me veo en la bolsa q la cosa pinta mal si podria solicitar el paro aunq haya estado esos dias de junio sin cotizar, no??


txiky

Cita de: juli16 en 19 Junio, 2013, 15:17:01 PM
muchas gracias, llevo ya mas de 4 años cotizados y nunca lo he solicitado, la verdad, yo espero q en sept o como muy tarde en octubre me vuelvan a llamar, en fin, si ahora tengo un paron del dia 12 hasta el 30 de junio y cobro julio y agosto, en septiembre si me veo en la bolsa q la cosa pinta mal si podria solicitar el paro aunq haya estado esos dias de junio sin cotizar, no??
Exacto! Asi lo hice yo el año pasado. Pero mirate muy bien la posicion en la que estas en la bolsa, porq si re van a llamar pronto no te interesa, a mi este año me ha salido pagarle a hacienda 1000€ por haber tenido dos pagadores...

Nika21

               Exactamente el hecho de tener dos pagadores no es el que te hizo que tuvieses que pagar esos 1000 euros a hacienda. El tener dos pagadores o solo uno influye para establecer el limite a partir del cual estas obligado a presentar la declaración de la renta. Cuando tienes dos pagadores y pasas de 11000 y pico de euros creo recordar estas obligado a presentar declaración, mientras que si solo tienes un pagador creo que el límite son 22000, puedo estar equivocada en las cifras. El dinero que cobras del desempleo no tiene retención de IRPF como si lo tiene tu nómina, asi que si estas obligado a presentar la declaración vas a tener que pagar ese IRPF que no te quitaron del desempleo. Para el que lo lea es importante saber que la declaración te puede salir a pagar pero puedes no estar obligado a presentarla, en ese caso evidentemente no se presenta a no ser que quieras regalar dinero  ;D.

               Respecto a lo que comentas del desempleo el tema que te comenta el compañero se llama Derecho de Opción. El límite máximo de desempleo que puedes cobrar es 24 meses, asi que si trabajas mas de 6 años seguidos solo acumularas eso, no más. En tu caso tienes 4 años cotizados lo que daría unos 16 meses de desempleo, pues bien, desde el momento que te quedas en paro tienes 15 días para solicitarlo, si no lo haces ahora no pasa nada, puedes hacerlo en septiembre puesto que terminarías tu prorroga vacacional el 31 de agosto.
               Ahora vamos al derecho de opción, si tu solicitas el paro y a mediados de septiembre comienzas a trabajar, empiezas a acumular paro para una nueva prestación por desempleo, si tu contrato dura menos de un año reanudas el paro que estabas cobrando y el nuevo se queda en "el saco" acumulándose PERO si trabajas mas de un año seguido cuando vuelvas a solicitar el paro te dirán que si quieres continuar con el que tenías o utilizar el nuevo que has generado. Debes elegir uno de los dos y el otro se pierde.

               Espero no haberte liado más jajaja. Saludos

knvb

Cita de: Nika21 en 20 Junio, 2013, 12:36:44 PM
               Exactamente el hecho de tener dos pagadores no es el que te hizo que tuvieses que pagar esos 1000 euros a hacienda. El tener dos pagadores o solo uno influye para establecer el limite a partir del cual estas obligado a presentar la declaración de la renta. Cuando tienes dos pagadores y pasas de 11000 y pico de euros creo recordar estas obligado a presentar declaración, mientras que si solo tienes un pagador creo que el límite son 22000, puedo estar equivocada en las cifras. El dinero que cobras del desempleo no tiene retención de IRPF como si lo tiene tu nómina, asi que si estas obligado a presentar la declaración vas a tener que pagar ese IRPF que no te quitaron del desempleo. Para el que lo lea es importante saber que la declaración te puede salir a pagar pero puedes no estar obligado a presentarla, en ese caso evidentemente no se presenta a no ser que quieras regalar dinero  ;D.

               Respecto a lo que comentas del desempleo el tema que te comenta el compañero se llama Derecho de Opción. El límite máximo de desempleo que puedes cobrar es 24 meses, asi que si trabajas mas de 6 años seguidos solo acumularas eso, no más. En tu caso tienes 4 años cotizados lo que daría unos 16 meses de desempleo, pues bien, desde el momento que te quedas en paro tienes 15 días para solicitarlo, si no lo haces ahora no pasa nada, puedes hacerlo en septiembre puesto que terminarías tu prorroga vacacional el 31 de agosto.
               Ahora vamos al derecho de opción, si tu solicitas el paro y a mediados de septiembre comienzas a trabajar, empiezas a acumular paro para una nueva prestación por desempleo, si tu contrato dura menos de un año reanudas el paro que estabas cobrando y el nuevo se queda en "el saco" acumulándose PERO si trabajas mas de un año seguido cuando vuelvas a solicitar el paro te dirán que si quieres continuar con el que tenías o utilizar el nuevo que has generado. Debes elegir uno de los dos y el otro se pierde.

               Espero no haberte liado más jajaja. Saludos

Cobrar el desempleo SOLO te afecta como doble pagador si lo que vas a ingresar por parte de este es igual o superior a 1500 euros. En caso contrario, es como si tuvieras un solo pagador, y el límite de obligación de declarar sigue en 22000 euros. En caso de que vayas a cobrar más 1500 en total de desempleo, entonces tendrás obligación de presentar porque la cuantía se reduce a 11200 euros. En tu caso, yo para esos días ni me molestaba en pedirlo...luego tendrás prórroga vacacional y más adelante llamamiento. Es una pena que lo pidas, para luego cuando generes uno nuevo tener que elegir entre uno u otro. Diferente sería que te quedara por cobrar una cantidad pendiente, y si no llegara a 1500 euros es OBVIO cogerlo porque no te repercutiría en nada...pero este no es tu caso. Saludos.


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