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Concursillo para funcionarios

Iniciado por luse, 29 Septiembre, 2015, 18:11:22 PM

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antoniosantiagobyg

A mí me surgen dos dudas que al menos las últimas páginas no me resuelven, no sé si se habló en la página 15 o en la 32. Y está en relación a la pérdida o no de puntos del CGT por participar en el concursillo.
Me explico, y si podéis aclararme las dudas os lo agradeceré. Si todavía no se sabe nada, pues indicármelo así.

-En primer lugar pregunto sobre los puntos de antigüedad en el centro. Si yo participo y me dan destino en el concursillo, ¿sigo acumulando puntos de antigüedad como si estuviera en mi centro de origen, los pierdo los que lleve acumulados, se queda la cosa en "stand by" y el año de concursillo no acumulo pero tampoco los pierdo?

-En segundo lugar, los puntos por centro de difícil desempeño, compensatoria o similar. Si estaba en un centro de compensatoria y el del concursillo no lo es, ¿acumulo por mi centro de origen o no acumulo por el centro donde trabajo?.

Muchas gracias por todo!

elpeke

Cita de: antoniosantiagobyg en 25 Febrero, 2016, 22:25:13 PM
A mí me surgen dos dudas que al menos las últimas páginas no me resuelven, no sé si se habló en la página 15 o en la 32. Y está en relación a la pérdida o no de puntos del CGT por participar en el concursillo.
Me explico, y si podéis aclararme las dudas os lo agradeceré. Si todavía no se sabe nada, pues indicármelo así.

-En primer lugar pregunto sobre los puntos de antigüedad en el centro. Si yo participo y me dan destino en el concursillo, ¿sigo acumulando puntos de antigüedad como si estuviera en mi centro de origen, los pierdo los que lleve acumulados, se queda la cosa en "stand by" y el año de concursillo no acumulo pero tampoco los pierdo?

-En segundo lugar, los puntos por centro de difícil desempeño, compensatoria o similar. Si estaba en un centro de compensatoria y el del concursillo no lo es, ¿acumulo por mi centro de origen o no acumulo por el centro donde trabajo?.

Muchas gracias por todo!

Si a lo primero, igual que la gente que estaba de comisión de servicio en un lugar diferente a su destino definitivo.

Respecto a lo segundo, no acumulas.

Saludos


Ramadasa

Cita de: antoniosantiagobyg en 25 Febrero, 2016, 22:25:13 PM
A mí me surgen dos dudas que al menos las últimas páginas no me resuelven, no sé si se habló en la página 15 o en la 32. Y está en relación a la pérdida o no de puntos del CGT por participar en el concursillo.
Me explico, y si podéis aclararme las dudas os lo agradeceré. Si todavía no se sabe nada, pues indicármelo así.

-En primer lugar pregunto sobre los puntos de antigüedad en el centro. Si yo participo y me dan destino en el concursillo, ¿sigo acumulando puntos de antigüedad como si estuviera en mi centro de origen, los pierdo los que lleve acumulados, se queda la cosa en "stand by" y el año de concursillo no acumulo pero tampoco los pierdo?

-En segundo lugar, los puntos por centro de difícil desempeño, compensatoria o similar. Si estaba en un centro de compensatoria y el del concursillo no lo es, ¿acumulo por mi centro de origen o no acumulo por el centro donde trabajo?.

Muchas gracias por todo!

-Sí, acumulas antigüedad, la situación es equiparable a comisión de servicio.
-No, no sumas los puntos "extras" ya que no realizas ese trabajo.

carlinda

Cita de: rantanplan en 24 Febrero, 2016, 18:46:54 PM
Cita de: joaquindr en 24 Febrero, 2016, 16:52:48 PMDifiero, rantamplan: el artículo dice que que puede participar el personal que haya participado en el concurso de traslados cuyos efectos de toma de posesión coincida con los del correspondiente procedimiento de adjudicación de destinos provisionales

No, no difieres de mí: eso mismo lo afirmo yo también: el primer curso no acudes al destino, porque pudiste participar en el concurso. De hecho, ha sido el coincuso en el que te han dado destino. Lo que yo afirmo es que con la redacción actual, el segundo curso te chupas el destino. ¿Por qué? Pues porque el segundo curso no cumples justamente con lo que has citado. Y no lo cumples, porque para que disfrutaras de distinto destino gracias al concursillo el segundo curso, tendrías que haber podido optar a la provisión de vacantes para ese segundo curso, lo cual implica que hubieras participado en el concurso para obtener plaza para el segundo curso (el cual se celebra durante el primero). Pero como no te dejan participar en ese concurso, no puedes participar en el concursillo.

Según CSIF, sí, pero será porque se lo han explicado en la reunión que esa es la intención real. Tendrán de cambiar la redacción.

Pues yo sí Difiero. En principio entiendo que puede participar todo el mundo, xq el "año objeto de solicitud" se puede entender xomo el año en el q haces la solicitud, en xuyo caso sería el primer año el que noo se puede participar en el concursillo porque para cuando se haga la solicitud (allá por junio) no tienes destino definitivo desde el 1 de septiembre de ese año, sino desde mayo que salga el concurso de traslados. O bien se puede entender como el año para el q quieres cambiar (el objeto de tu solicitud es el curso siguiente) con lo cual el 1 de septiembre ya tendrías destino porque te lo habrían dado en mayo. Y es esta segunda opción la que yo interpreto.

En lo que no tengo duda, es en que el segundo año puedes participar sí o sí, porque precisamente ese "salvo que la normativa vigente" lo impida está puesto para esa gente a quienes la normativa del CGT no les permite participar en el concurso en su primer año de destino definitivo. Por eso en el con cursillo podrán participar tanto los que han participado en el CGT, como aquellos que no lo han hecho, no porque no hayan querido, sino porque la normativa no los ha dejado


rantanplan

Cita de: carlinda en 26 Febrero, 2016, 08:38:54 AMEn lo que no tengo duda, es en que el segundo año puedes participar sí o sí, porque precisamente ese "salvo que la normativa vigente" lo impida está puesto para esa gente a quienes la normativa del CGT no les permite participar en el concurso en su primer año de destino definitivo.

Ya ha quedado claro eso. Ahora bien, mantengo que el tiempo verbal de esa coletilla está mal escogido, por lo que no se dice lo que se pretende decir. En el párrafo se habla de dos participaciones: la del procedimiento de provisión de vacantes, para la cual se usa futuro (podrá participar) y la del concurso e traslados, para la que se usa usa pasado (haya participado). En la coletilla, se usa un tiempo futuro (impida es un presente de subjuntivo con valor de futuro), por lo que la coletilla desde un punto de vista puramente semántico sólo puede referirse a la participación en el  procedimiento de vacantes (avvión futura) y no a la participación en el concurso (acción ya pasada). Deberían haber escrito haya impedido.

En cuanto a lo primero que dices, no creo que lleves razón (a parte de que como en el caso anterior los sindicatos, que estuvieron en la reunión, han dicho que sí pueden participar). En este caso la redacción esta bien. Observa que cuando se refieren a la fecha del 1 de septiembre dicen año y no curso:

Citarel personal funcionario de Carrera con destino definitivo el 1 de septiembre del año de la solicitud

La solicitud de vacantes para el curso 2016/2017 se celebra en mayo/junio del año 2016 y a los que les acaben de adjudicar destino definitivo tomarán posesión el 1 de septiembre de 2016, o sea, el mismo año. Si hubieran escrito curso, entonces sí que tendrías razón.

antoniosantiagobyg

Muchas gracias elpeke y Ramadasa por vuestras respuestas!!  adoraranad adoraranad adoraranad
Rizando el rizo os pregunto ahora, en torno a mi segunda cuestión. Si en el concursillo "suelto" un centro de compensatoria y me dan otro que también lo es, consigo los puntos igual que si estuviera en mi centro de origen, ¿no?  ???

sevi11

Cita de: rantanplan en 25 Febrero, 2016, 20:09:52 PM
Cita de: Ramadasa en 25 Febrero, 2016, 19:15:28 PM
Las cosas claras, y sin tergiversaciones:
USTEA ha defendido desde el principio, y en solitario, la necesidad de condicionar la participación en el concursillo a haber participado de manera efectiva en el concurso. La CEJA ha terminado por aceptarlo, como era lógico.
USTEA ha defendido desde el principio, y en solitario, que la participación en el concursillo no podía en ningún caso permitir el cambio de especialidad o de cuerpo. La CEJA ha terminado por aceptarlo, como era lógico.
USTEA ha defendido desde el principio, y en solitario, condicionar la participación en el concursillo a un número determinado de convocatorias. La CEJA ha terminado por aceptarlo, como era lógico.

Las dos primeras condiciones son adecuadas y necesarias. La última supongo que va encaminada a que el funcionario de carrera no pierda el norte de que el objetivo es el concurso y no el concursillo. La intención es buena, pero la proposición pésima y, además, un notable desprecio a las especialidades con menos movilidad. Porque una mejor consecución a este objetivo es ligar las peticiones del concurso al concursillo.. De esta forma, no hay manera de eternizarse a posta en el concursillo: si quieres obtener puestos en él, has tenido que colocarlos antes en el concurso con lo que al final acabarán por darte alguno de manera definitiva, si es que existen. Y quien pese a todo, se eternice concursilleando es, simplemente, porque no tiene posibilidades de obtener un mejor destino definitivo. Es más, esta segunda solución, no da pie a que a un funcionario le de la vena de irse un añito a Granada, porque le apetece alquilar una casa en el Albayzín con vistas a la Alhambra. En cambio la primera solución sí: basta con elegir con tiento en el CGT un centro en el que se sepa de antemano que es improbabilísimo que salga vacante y que, además, esté muy solicitado. Lo peor de todo es que la solución mejor ya está inventada desde hace tiempo y bastaba con copiarla.

En el comunicado de csif, ese sindicato dice que la Junta se ha comprometido a revisar la condición de los seis años antes de que se llegue a ellos. Espero que en esa ocasión, se proponga esto que digo, que no discrimina a ninguna especialidad.

La vinculación de las peticiones del concurso de traslados a las peticiones del concursillo era también algo que pedía USTEA, pero como los demás sindicatos pedían  que no hubiera restricciones ninguna pues no lo ha recogido la CEJA...

Creo que cuando piden que no haya restricciones no se dan cuenta de las consecuencias. La única restricción de haber concursado y no haber renunciado va a acarrear un bloqueo en gran parte del concurso de traslados (todavía más que ahora): la gente que esá relativamente cerca de su casa (como mucho media hora), no se va a complicar en pedir muchos centros en el CT, pedirán uno o dos centros (los de al lado de casa) hasta conseguirlos, porque les  dará igual tener que desplazarse a 30 minutos un año cada 7 años...  Y mientras tanto acumulando puntos en su destino definitivo. Y los que saben que no va a haber vacante en el centro que quieren (porque tiene que jubilarse alguien para que la haya y todavía faltan años) ni echarán todos los méritos: ¿para qué complicarse en rellenar  un montón de casillas, adjuntar papeleo y buscar unos cuantos códigos si metiendo un sólo código y dando por bueno los méritos que me salen solos porque ya están en Séneca ya tengo derecho al concursillo durante 6 años? y mientras tanto no suelto mi destino definitivo que a lo mejor sí quiere otra persona. Por eso en mi opinión el concursillo tenía que estar vinculado a las peticiones y la puntuación del CT. Pero bueno, lo que se ha conseguido es un gran avance: que tod@s los docentes puedan optar a tod@s los puestos existentes.

richi888

Sevi11, lo primero  dar la enhorabuena a USTEA por lo conseguido, pero en lo relativo a las peticiones debes tener en cuenta que existen centros concertados con diputaciones, que no se pueden pedir en concurso de traslados pero si aparecen en la petición por un año y en algunos casos que no salen plazas son las únicas plazas  cercanas que existen.


rantanplan

Cita de: sevi11 en 26 Febrero, 2016, 12:23:28 PMLa vinculación de las peticiones del concurso de traslados a las peticiones del concursillo era también algo que pedía USTEA, pero como los demás sindicatos pedían  que no hubiera restricciones ninguna pues no lo ha recogido la CEJA...

Sí, pero el problema no es que ustea defendiera la vinculación, sino  que también defendía la limitación de años, cuando el problema se resuelve únicamente con la vinculación. la limitación de años no añade ningún beneficio y sí un notable perjuicio para las especialidades con poca movilidad.

Cita de: sevi11 en 26 Febrero, 2016, 12:23:28 PMCreo que cuando piden que no haya restricciones no se dan cuenta de las consecuencias. La única restricción de haber concursado y no haber renunciado va a acarrear un bloqueo en gran parte del concurso de traslados (todavía más que ahora): la gente que esá relativamente cerca de su casa (como mucho media hora), no se va a complicar en pedir muchos centros en el CT, pedirán uno o dos centros (los de al lado de casa) hasta conseguirlos, porque les  dará igual tener que desplazarse a 30 minutos un año cada 7 años...  Y mientras tanto acumulando puntos en su destino definitivo.

Cosa que se resuelve, simplemente con la vinculación y no con el límite de años, ya que, si no concurso a los centros que están a 15 minutos, no optará a ellos en el concursillo.

Cita de: sevi11 en 26 Febrero, 2016, 12:23:28 PMY los que saben que no va a haber vacante en el centro que quieren (porque tiene que jubilarse alguien para que la haya y todavía faltan años) ni echarán todos los méritos: ¿para qué complicarse en rellenar  un montón de casillas, adjuntar papeleo y buscar unos cuantos códigos si metiendo un sólo código y dando por bueno los méritos que me salen solos porque ya están en Séneca ya tengo derecho al concursillo durante 6 años? y mientras tanto no suelto mi destino definitivo que a lo mejor sí quiere otra persona. Por eso en mi opinión el concursillo tenía que estar vinculado a las peticiones y la puntuación del CT. Pero bueno, lo que se ha conseguido es un gran avance: que tod@s los docentes puedan optar a tod@s los puestos existentes.

Sí, pero volvemos otra vez a la bondad de la vinculación. Yo lo que he criticado no es que se defienda esa restricción, que me parece legítima y conveniente, sino que haya salido la otra, que, junto a la beneficiosa, defendía ustea (corrígeme si me equivoco). Porque, observa , que tú has hablado de que al que está a 30 minutos no le importa una vez cada siete años, volver a su centro de origen. Pues sí, pero el problema está en las especialidades con muy poco movilidad. En ese caso, el funcionario no estará a 30 minutos, estará en otra provincia, quizás ni limítrofe con la suya.

¿Nadie lo propuso en la reunión? No me refiero a que estuvieran las dos o a que no estuviera ninguna, sino a que la CEJA, que traía la limitación temporal en su borrador, sustituyera la una por la otra.

suerte

Cita de: sevi11 en 26 Febrero, 2016, 12:23:28 PM
Creo que cuando piden que no haya restricciones no se dan cuenta de las consecuencias. La única restricción de haber concursado y no haber renunciado va a acarrear un bloqueo en gran parte del concurso de traslados (todavía más que ahora): la gente que esá relativamente cerca de su casa (como mucho media hora), no se va a complicar en pedir muchos centros en el CT, pedirán uno o dos centros (los de al lado de casa) hasta conseguirlos, porque les  dará igual tener que desplazarse a 30 minutos un año cada 7 años...  Y mientras tanto acumulando puntos en su destino definitivo. Y los que saben que no va a haber vacante en el centro que quieren (porque tiene que jubilarse alguien para que la haya y todavía faltan años) ni echarán todos los méritos: ¿para qué complicarse en rellenar  un montón de casillas, adjuntar papeleo y buscar unos cuantos códigos si metiendo un sólo código y dando por bueno los méritos que me salen solos porque ya están en Séneca ya tengo derecho al concursillo durante 6 años? y mientras tanto no suelto mi destino definitivo que a lo mejor sí quiere otra persona. Por eso en mi opinión el concursillo tenía que estar vinculado a las peticiones y la puntuación del CT. Pero bueno, lo que se ha conseguido es un gran avance: que tod@s los docentes puedan optar a tod@s los puestos existentes.


Pero USTEA con la restricción de años, creo que no ha pensado en las especialidades de FP, en las que en la mayoría de ellas tan solo podemos meter un par de codigos para "acercarnos" y en las que aún habiendo plazas no salen al concurso. Que mas quisieramos que  sacasen plazas y no tener que depender del concursillo.


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