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Bilingüe o no bilingüe opciones en concurso de traslados

Iniciado por pedroalonso, 10 Agosto, 2016, 23:00:39 PM

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jmcala

Artículo 13, punto 1. Ahí está la coletilla.

Luego en el punto 5 se hace mención a lo de las mismas características para el caso de la comisión "especial" que se han inventado.

Ahora seamos claros. ¿Es posible legalmente que a un trabajador que tiene requisitos para ocupar dos puestos, y tiempo de servicio en ambos, se le permita elegir qué quiere hacer y a otro no?

Cualquier interino o provisional que cumpla con el requisito del idioma y haya trabajado dentro y fuera del programa bilingüe puede optar a puestos de ambos tipos. Por eso no es posible negar esa posibilidad a un definitivo en el mismo proceso de colocación.

¿Que la ley está mal redactada? Es posible. Pero el hecho, para mí, es indiscutible, recurrible y ganable.

rantanplan

Cita de: jmcala en 14 Agosto, 2016, 18:49:13 PM
Artículo 13, punto 1. Ahí está la coletilla.

Luego en el punto 5 se hace mención a lo de las mismas características para el caso de la comisión "especial" que se han inventado.

Más que acceso, de destino. No es lo mismo. Puedes haber accedido a través de una especialidad, haber adquirido una segunda y, ahora mismo, estar ocupando un puesto de esa segunda especialidad, que no es la de acceso. Pero, bueno, para lo que nos ocupa no importa mucho.

Ese artículo ya lo cité yo y está meridianamente claro que esa la condición general, matizada luego para dos titpos especiales de comisiones: la de salud propia (mas laxitud) y la de conciliación (más restricción).

Cita de: jmcala en 14 Agosto, 2016, 18:49:13 PMAhora seamos claros. ¿Es posible legalmente que a un trabajador que tiene requisitos para ocupar dos puestos, y tiempo de servicio en ambos, se le permita elegir qué quiere hacer y a otro no?

Cualquier interino o provisional que cumpla con el requisito del idioma y haya trabajado dentro y fuera del programa bilingüe puede optar a puestos de ambos tipos. Por eso no es posible negar esa posibilidad a un definitivo en el mismo proceso de colocación.

¿Que la ley está mal redactada? Es posible. Pero el hecho, para mí, es indiscutible, recurrible y ganable.

Pero es que no estamos discutiendo si esa ley es justa o no, o si es o no discriminatoria y por tanto recurrible ante los tribunales: estamos discutiendo qué pone la ley. Y la ley no pone lo que pretendes entender ni se ajusta a la resolucion del procedimiento y, por tanto, tal procedimiento era recurrible porque no se ajustaba a ley. El caso es que, para el año que viene, se supone que la ley será la misma y, por tanto, no es nada seguro que vuelvan a repetir la jugada. A mi juicio, en cuanto alguien se queje, tendrán que aplicar la orden. Con independencia de que luego tú junto a ptros funcionarios que consideren discriminatoria la orden pongáis un recurso y lo ganés.


respublica

Cita de: rantanplan en 14 Agosto, 2016, 20:00:06 PM
Cita de: jmcala en 14 Agosto, 2016, 18:49:13 PM
Artículo 13, punto 1. Ahí está la coletilla.

Luego en el punto 5 se hace mención a lo de las mismas características para el caso de la comisión "especial" que se han inventado.

Más que acceso, de destino. No es lo mismo. Puedes haber accedido a través de una especialidad, haber adquirido una segunda y, ahora mismo, estar ocupando un puesto de esa segunda especialidad, que no es la de acceso. Pero, bueno, para lo que nos ocupa no importa mucho.

Ese artículo ya lo cité yo y está meridianamente claro que esa la condición general, matizada luego para dos titpos especiales de comisiones: la de salud propia (mas laxitud) y la de conciliación (más restricción).

Cita de: jmcala en 14 Agosto, 2016, 18:49:13 PMAhora seamos claros. ¿Es posible legalmente que a un trabajador que tiene requisitos para ocupar dos puestos, y tiempo de servicio en ambos, se le permita elegir qué quiere hacer y a otro no?

Cualquier interino o provisional que cumpla con el requisito del idioma y haya trabajado dentro y fuera del programa bilingüe puede optar a puestos de ambos tipos. Por eso no es posible negar esa posibilidad a un definitivo en el mismo proceso de colocación.

¿Que la ley está mal redactada? Es posible. Pero el hecho, para mí, es indiscutible, recurrible y ganable.

Pero es que no estamos discutiendo si esa ley es justa o no, o si es o no discriminatoria y por tanto recurrible ante los tribunales: estamos discutiendo qué pone la ley. Y la ley no pone lo que pretendes entender ni se ajusta a la resolucion del procedimiento y, por tanto, tal procedimiento era recurrible porque no se ajustaba a ley. El caso es que, para el año que viene, se supone que la ley será la misma y, por tanto, no es nada seguro que vuelvan a repetir la jugada. A mi juicio, en cuanto alguien se queje, tendrán que aplicar la orden. Con independencia de que luego tú junto a ptros funcionarios que consideren discriminatoria la orden pongáis un recurso y lo ganés.
Totalmente de acuerdo y añado que una Orden o Decreto tiene un plazo para interponerle un recurso contencioso administrativo mientras que si una resolución no se ajusta a la Orden, cada año que salga puede ser recurrida.


Saludos.


- Cuando todos piensan igual, ninguno está pensando -

jmcala

Los decretos y las órdenes han de respetar las leyes de rango superior. El tenor literal de la chapuza de la CEJA no se ajusta a ello.

Eso es lo que estoy tratando de discutir.


respublica

Cita de: jmcala en 14 Agosto, 2016, 21:11:20 PM
Los decretos y las órdenes han de respetar las leyes de rango superior. El tenor literal de la chapuza de la CEJA no se ajusta a ello.

Eso es lo que estoy tratando de discutir.
Pon un contencioso ahora o luego será tarde.

Ahora bien, le auguro muy poca posibilidad de éxito, por no decir ninguna, y nula utilidad práctica.


Saludos.


- Cuando todos piensan igual, ninguno está pensando -

respublica

En cualquier caso no debían haber adjudicado puestos no bilingües a los que tenéis un puesto definitivo bilingüe porque la normativa no lo permite y mientras un juez no la anule está en vigor y debe cumplirse.


Saludos.


- Cuando todos piensan igual, ninguno está pensando -

jmcala

A mí me importa poco lo que ponga en ese Decreto si resulta que su aplicación no es discriminatoria. En cuanto lo sea, pelearé por lo que entiendo injusto.

Lo que dices no es función de los trabajadores sino de los sindicatos, que es lo que llevo denunciando públicamente mucho tiempo. Pero éstos miran para otro lado y se sientan a negociar no sé qué con quien incumple la ley (porque elaborar leyes injustas y que no respetan la igualdad entre trabajadores lo es).

rantanplan

Refloto el hilo, porque, releyendo la resolución de 23 de junio que convocaba el procedimiento por otro motivo, me he encontrado con lo siguiente:

CitarSEXTA. PERSONAL FUNCIONARIO DE CARRERA SOLICITANTE DE UNA COMISIÓN DE SERVICIO.

El personal funcionario de carrera con destino definitivo que solicite mediante este procedimiento una comisión servicio por los supuestos de conciliación de la vida familiar, personal y laboral o por cargo electivo del artículo 3.3 de la Orden de 26 de febrero de 2008, en la redacción dada por la Orden de 18 de junio de 2016, podrá incluir puestos de trabajo en cualquier localidad, centro o servicio educativo, por la especialidad del puesto de destino definitivo, con el requisito de que la localidad, el centro o el servicio educativo solicitados se refieran a un municipio distinto al de dicho destino definitivo.

Yo creía que el que hubieran concedido puestos no bilingües a personal en puesto bilingüe obedecía a un error, pero no: es que la propia resolución se salta la orden de 24 de mayo de 2011 (más concretamente su modificación por orden de 18 de junio de 2016).  anaidpreocupados


jmcala


rantanplan

Cita de: jmcala en 29 Agosto, 2016, 13:42:38 PMTraté de decirlo y explicarlo, pero no fui capaz.

Yo entendí que siempre nos referíamos a la orden cuando discutíamos. En cualquier caso, esta resolución (23 de junio) contradice la orden (18 de junio). CINCO días de diferencia. No se puede ser más chapucero.


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