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Renuncia por cuidado de un menor

Iniciado por kk, 07 Octubre, 2016, 12:01:46 PM

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kk

Mi pregunta es si te cuentan el tiempo de servicio cuando renuncias por cuidado de un menor . Gracias

Carmelita

Añado una pregunta a la tuya porque estoy igual de verde. ¿En ese periodo se puede solicitar el paro?


elpeke

Cita de: kk en 07 Octubre, 2016, 12:01:46 PM
Mi pregunta es si te cuentan el tiempo de servicio cuando renuncias por cuidado de un menor . Gracias

Si, te cuenta a efectos de tiempo trabajado En bolsa. Mientras dure la causa (es decir mientras El Niño sea menor de 3 años) o bien termine la sustitución a la que te has acogido (lo que se produzca antes)

Lo del paro no lo sé con 100% con seguridad, pero creo que si, puesto que no estás contratado

jmcala

Cuidado porque cuando se renuncia a un trabajo, es decir, no se es despedido, no corresponde subsidio de desempleo. Eso ocurre en la empresa privada. No sé si será igual en este caso.


fasalva

Mientras dure la sustitución te cuenta el tiempo de servicio para bolsa, no para oposiciones ni trienios ni para paro.

La renuncia se pide por curso, una vez que renuncias ya no te llaman hasta el curso siguiente, se te acabe la sustitución o no.

El paro no se puede solicitar puesto que es una renuncia voluntaria.

sergioiq

Yo tengo mis dudas puesto que en el paro, cuando la renuncia es a una colocación no adecuada, sí que puedes seguir cobrándolo. Si te ofertan un puesto de trabajo a cientos de kms de tu casa, y con niños pequeños, estaría más que justificada la colocación no adecuada.

CumbresBorrascosas

Yo he escuchado que sí se puede cobrar porque terminas un contrato el 31 de agosto y empiezas con uno nuevo el 1 de septiembre.
Podrán cortar todas las flores, pero no podrán detener la primavera ...

Carmelita



toroloco

Cita de: kk en 07 Octubre, 2016, 12:01:46 PM
Mi pregunta es si te cuentan el tiempo de servicio cuando renuncias por cuidado de un menor . Gracias
No.
Art.24 Orden 8 de junio de 2011.8

elpeke

Cita de: toroloco en 08 Octubre, 2016, 22:55:49 PM
Cita de: kk en 07 Octubre, 2016, 12:01:46 PM
Mi pregunta es si te cuentan el tiempo de servicio cuando renuncias por cuidado de un menor . Gracias
No.
Art.24 Orden 8 de junio de 2011.8

Te equivocas, toroloco. Ojito con esa orden del 2011, pues, si bien es el pilar fundamental en el que se basan las interinidades, ha sufrido algunas modificaciones a posteriori....  concretamente, mira esto:

http://www.anpeandalucia.org/userfiles/file/pdfs/Scanjob_20111117_115424.pdf

y vete a la página 6, apartado 2.4:
"en el supuesto de hijo menor de 3 años se habrá de solicitar la renuncia en el plazo habilitado al efecto. La concesión conllevará el cómputo del período a que se refiera la oferta, a efectos de bolsa, y el pase a la situación en la misma de no disponible, durante el curso académico que se trate"

Solo en los casos en que el menor de tres años cumpla dicha edad durante el curso académico para el que se ha concedido la renuncia podrá solicitarse pasar a la situación de disponible en la bolsa correspondiente. PAra ello, se solicitará, al menos, en los quince días hábiles anteriores a la fecha en que el meno cumpla los tres años"

Saludos


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