¡CUIDAMOS LA PÚBLICA!

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Septiembre

Iniciado por mmortam, 16 Agosto, 2017, 12:47:44 PM

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rantanplan

Cita de: albay en 22 Agosto, 2017, 11:06:03 AMNo lo dudo, ni lo discuto, pero eso traería muchas discusiones a los claustros y enfrentamientos innecesarios.

Que trae enfrentamientos durante la fase de redacción del Plan de Centro por intereses particulares no lo dudo, que sea innecesario, sí.

berrete

Cita de: rantanplan en 22 Agosto, 2017, 08:10:50 AM
Cita de: Delacroix en 21 Agosto, 2017, 12:57:30 PMYo el día 1 voy a mí nuevo centro porque este año tuve sustitución y no voy a volver al antiguo. ¿Que tendré que hacer esos primeros días? Supongo que la evaluación es cosa de los que están allí desde el curso pasado.

Yo me harto a trabajar esos días. Por lo general toca preparar las aulas, si no se quedaron listas a final del curso pasado. Este año, tendremos que rematarlas (no se acabaron del todo) y además me dieron el curso pasado carta blanca para cambiar la organización de la red. Claro que yo soy de Informática. En otros departamentos, de año a año, quizás no tengan otra cosa que hacer que cambiar de balda los libros del departamento. Por eso me parece incomprensible e ilógica la mayoría de Planes de Centro donde las reducciones de departamento no se hacen teniendo en cuenta el carácter del departamento: no es la misma la carga de trabajo de un departamento práctico con aulas, laboratorios y gestión de mucho material fungible (Tercnología, FyQ, ByG, p.e.) que la de otros (Lengua, Matemáticas, p.e.). De hecho, no conozco ni un solo centro donde esto se tenga en cuenta.

Totalmente de acuerdo rantanplan, deberia tenerse en cuenta las especifidades del departamento, se pierde el sentido comun con esto, esta claro


jmcala

Esas discusiones, albay, no serían innecesarias en ningún caso. Dirigir implica tomar decisiones y éstas, por definición, no serán nunca favorables a todos los intereses.

www.ejercicios-fyq.com


albay

En realidad, no estoy a favor de esas diferenciaciones por departamentos. No lo veo. Tantas necesidades puede tener uno como otro. Eso depende de la implicación de sus miembros. Habláis de Física y Química y de Tecnología, pero olvidáis por ejemplo Educación Física o Música. Por no hablar de Idiomas, que han de tener a punto todo sus materiales.


rantanplan

Cita de: albay en 22 Agosto, 2017, 14:41:30 PMEn realidad, no estoy a favor de esas diferenciaciones por departamentos. No lo veo. Tantas necesidades puede tener uno como otro.

No, no todos tienen las mismas necesidades (carga de trabajo) y eso es un hecho objetivo.

En mi instituto mi departamento tiene que preparar y mantener todos los años cinco aulas, o sea, 100 ordenadores, más la red asociada a todo esto. No me quejo de nuestra situación porque tenemos una situación particular (somos departamento de familia profesional) y, en nuestro caso, bastante reducción para ello; pero lo cito para que quede constancia de que es ridículo sentenciar que todos los departamentos tienen necesidades semejantes de trabajo.

Cita de: albay en 22 Agosto, 2017, 14:41:30 PMEso depende de la implicación de sus miembros.

Claro, como también depende de la implicación del departamento que se curren una programación o que la copien de alguna editorial. Una cosa son los casos particulares y otra las necesidades generales y objetivas.

Cita de: albay en 22 Agosto, 2017, 14:41:30 PMHabláis de Física y Química y de Tecnología, pero olvidáis por ejemplo Educación Física o Música. Por no hablar de Idiomas, que han de tener a punto todo sus materiales.

Por ese motivo, escribí por ejemplo, porque no los estaba citando todos. Efectivamente, Música y Educación Física también tienen aulas y material. En los departamentos de lenguas, en cambio, no veo cuál es el trabajo extra. Antes había Laboratorios de Idiomas, pero pasaron a mejor vida con la llegada de los ordenadores y las pizarras digitales. Lo más que les he visto es un par de loros de esos que se veían hace veinte años sobre el hombro de algún marchoso de playa.

En cualquier caso no pretendía hacer una lista exhaustiva de departamentos, porque ni siquiera soy el más adecuado para ello; sólo exponer que me parece improcedente el modo en que se establecen las horas de reducción a los departamentos, porque nunca se atiende a la naturaleza de sus enseñanzas.

respublica

Cita de: rantanplan en 22 Agosto, 2017, 11:03:02 AM
Cita de: albay en 22 Agosto, 2017, 10:47:43 AMLas jefaturas se reparten de distinta forma según en el centro. En el mío los jefes de Departamento unipersonales tienes dos horas de reducción y los de dos o más, tres horas.

Pues precisamente eso es lo que critico (y jmcala también): que el número de profesores (o el número de grupos tal vez) sea el único criterio en consideración, cuando es obvio que hay departamentos que por su carácter práctico generan más trabajo que otros.
Y no sólo eso sino que los departamentos de una sola persona no tienen ningún sentido.

Todo el año con reducciones horarias para reunirse y coordinarse consigo mismo y rellenando actas oficiales de cada una de esas reuniones.

En cambio otros profesores como sus materias son optativas o nuevas no tienen derecho a formar un departamento propio.

¿Nadie ve que es completamente absurdo?


Saludos.


- Cuando todos piensan igual, ninguno está pensando -

albay

Cita de: rantanplan en 22 Agosto, 2017, 15:26:18 PM


En mi instituto mi departamento tiene que preparar y mantener todos los años cinco aulas, o sea, 100 ordenadores, más la red asociada a todo esto. No me quejo de nuestra situación porque tenemos una situación particular (somos departamento de familia profesional) y, en nuestro caso, bastante reducción para ello; pero lo cito para que quede constancia de que es ridículo sentenciar que todos los departamentos tienen necesidades semejantes de trabajo.



Las aulas TIC son competencia del Coordinador TIC y de la Secretaría del Centro. Si no eres ni lo uno ni lo otro, tu departamento no tiene que hacer nada.

rantanplan

Cita de: albay en 22 Agosto, 2017, 17:56:14 PMLas aulas TIC son competencia del Coordinador TIC y de la Secretaría del Centro. Si no eres ni lo uno ni lo otro, tu departamento no tiene que hacer nada.

a) Las aulas TIC tengo entendido que no son competencia del coordinador TIC, dejaron de serlo en 2011 çuando cambió la política de la Junta y pasaron a encargarse de los ultraportátiles y las pizarras digitales. Las aulas TIC, en los centros en que existían, las abandonó la Junta a su suerte.

b) Es obvio que no me refiero a aulas TIC: yo no arreglo ordenadores ajenos por la misma razón que el profesor de Tecnología no arregla enchufes o el de Economía o FOL no me hace la declaración de la renta. Las cinco aulas que refiero no son aulas para uso exclusivo del departamento, no aulas TIC: en una se imparten las enseñanzas de bachillerato y eso; y en las otras cuatro, FP (has dos ciclos y, por tanto, cuatro cursos).


albay

Cita de: rantanplan en 22 Agosto, 2017, 19:10:01 PM
Cita de: albay en 22 Agosto, 2017, 17:56:14 PMLas aulas TIC son competencia del Coordinador TIC y de la Secretaría del Centro. Si no eres ni lo uno ni lo otro, tu departamento no tiene que hacer nada.

a) Las aulas TIC tengo entendido que no son competencia del coordinador TIC, dejaron de serlo en 2011 çuando cambió la política de la Junta y pasaron a encargarse de los ultraportátiles y las pizarras digitales. Las aulas TIC, en los centros en que existían, las abandonó la Junta a su suerte.

b) Es obvio que no me refiero a aulas TIC: yo no arreglo ordenadores ajenos por la misma razón que el profesor de Tecnología no arregla enchufes o el de Economía o FOL no me hace la declaración de la renta. Las cinco aulas que refiero no son aulas para uso exclusivo del departamento, no aulas TIC: en una se imparten las enseñanzas de bachillerato y eso; y en las otras cuatro, FP (has dos ciclos y, por tanto, cuatro cursos).

¿Y por qué tienes tú que encargarte de esas aulas? No me queda claro.

lixsi2

Venís dando por hecho que la normativa, sea ilegal o contradiga normativa superior como aquí bien se ha apuntado, está superclara. Yo no la veo tan clara.

Exactamente la convocatoria pone, en su base DECIMOTERCERA, punto 3:

http://www.juntadeandalucia.es/boja/2017/111/1

3. Asimismo, y sin menoscabo de lo establecido en el apartado 2, el personal que obtenga destino por este procedimiento deberá permanecer en su centro de origen, en su caso, hasta que concluyan las actividades previstas para la finalización del curso anterior.

Clarificar lo que pone este artículo significa desentrañar conceptos fundamentales como saber si un temporal, con situación de prórroga vacacional en medio, tiene centro de origen. Y para eso debería estar clarificado en algún artículo de la normativa qué se entiende por centro de origen respecto a este personal respecto a un personal que cesa discreccionalmente todos los 30 de junio. Lo que ponga o no Séneca o Portal Docente obviamente no es relevante.

Lo que está muy claro para un funcionario de carrera que esté en servicio activo y con destino definitivo, pues tiene una plaza en un centro asignada de su propiedad no limitada a un curso, no lo es en absoluto para el personal temporal.

Según el literal de este artículo entiendo que sólo se pueden concluir dos cosas.

1- Que los funcionarios de carrera con destino definitivo (que son los únicos con centro de origen) que pidan comisión deben volver a su centro de origen (donde sigue estando su plaza).
2- Que debemos volver todos los que hubiéramos estado a 30 de junio en un centro, sea por el motivo que sea, pues se supone que estar a 30 de junio, día en que cesamos todos los temporales, tal y como dice nuestro contraro, es tener centro de origen.

Afirmar lo segundo es un salto mortal salvo que esté reflejado en normativa alguna que los temporales que cesan a 30 de junio tenemos centro de origen.

Ello da lugar a interpretaciones anómalas para cuadrar situaciones surrelistas. Por ejemplo si un funcionario interino estaba sustituyendo a un funcionario de carrrera (bien sea por una mal llamada por la consejería vacante (por ejemplo una excedencia) o llamada sustitución, (por ejemplo por enfermedad común) y ese funcionario se incorpora a ese puesto en septiembre ¿debería acudir el temporal al centro anterior y darse la paradoja de estar dos personas y puede que ninguna en su nuevo centro si le han asignado este año, a ese temporal, una vacante real que se haya producido este verano? Misma situación si el temporal ocupaba una vacante real (es decir una plaza sin titular) y este año esa vacante ha sido cubierta en el CGT.

Se observa, además, en varios hilos tratando lo mismo, se está haciendo una interpretación sui generis, afirmando que sólo tienen que volver tales personas que estuvieron a 30 de junio (según unos en "vacante informatizada", según otros también en "vacante sobrevenida", porque así lo dice tal o cual delegación o tal o cual direccón o se lo dicta su sentido común o el director de turno, pero sin base legal ninguna.

Ello viene a confirmar que la normativa es ambigua y seguramente esa ambiguedad es calculada pues la consejería sabe que obligar de forma tajante a volver a todo el personal temporal, y pornerlo por escrito, es manifiestamente ilegal y por lo tanto saca una norma ambigua, como siempre, para que nosotros mismos nos lo autoimpongamos por miedo. Al redactarlo de forma ambigua se evita que un recurso prospere.

Huelga decir que los motivos de la consejería no son otros que disponer del persoal a su antojo prosiguiendo con su movilidad laboral abusiva y que si todos, o una mayoría, nos negáramos a realizarlo, vendría obligada a prorrogar, al menos, los contratos, de los temporales, y las tomas de posesión de los funcionarios, hasta la finalización del curso.

Un saludo.





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