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Volver en septiembre

Iniciado por ANDURIL, 19 Agosto, 2017, 17:59:52 PM

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albay

Pues no, discrepo. Yo quien creo que pierde es el alumnado. Por la mera existencia de los exámenes de Septiembre. Si no existieran como en Primaria, esto esta haría más que hablado.
Pero no, se intentaron quitar, pero hubo quien puso el grito en el cielo y ahí siguen, perjudicando al alumnado y a todos los demás.

berrete

pues Albay , yo discrepo de lo que dices, yo defiendo los examenes de Septiembre, como una oportunidad real para quien estudie en verano, que el 90 % del alumnado no lo aproveche no quiere decir que se le tenga que quitar esa oportunidad, adelantar esos examenes a julio, como se hace en algunas comunidades ( C.Valenciana ), es, quitar una oportunidad REAL, de poder estudiar y por tanto superar la materia pendiente, en 10 dias no se puede estudiar un temario de un curso entero, de ninguno.

Esos................nuevos inventos que sugeris, a mi no me gustan, es mi opinion


albay

No, en absoluto. Lo que deberían es aprobar todos en junio y nosotros hacer todo lo posible para que eso ocurra. Si ellos piensan en que tienen oportunidad en septiembre, lo dejan en junio. Si no la tuvieran, de otro modo actuarían.
Y el que no pase en junio, pues repite y punto.

berrete

Lo siento; Albay, no puedo coincidir contigo, a mi cuando era estudiante se me dio la oportunidad de septiembre siempre, y cuando hice la carrera esa posibilidad la aproveche en multiples ocasiones, me gustaria que todos los alumnos tuvieran las mismas oportunidades que he tenido yo.

Yo, sobre todo en la carrera no aprobe todo en Junio, puedes decir que he sido un mal estudiante, pero es la realidad, en cambio si supere todas las barreras propuestas..................con la ayuda de septiembre

Yo lo supere estudiando en bibliotecas publicas, ( Con mi aire acondicionado y mediante libros de verdad, no dvds que es lo que hay ahora ) durante Julio y parte de Agosto, porque quieres negarles  esa misma oportunidad?



berrete

Pero, amos, que.......son distintas visiones Albay, yo puedo estar equivocado, te doy solo mi opinion, en cualquier caso no tiene que ver con el comienzo del hilo:


Deberia clarificarse los dias que se ha de estar en el antiguo instituto, y a partir de que dia se esta en el siguiente, y se deberi poner claro, se entiende?  deberia enviarse una circular donde figure MUY CLARO, los dias que se ha de estar en un sitio y no en otro, ........NO SE HACE

albay

Tenemos conceptos diferentes del sistema educativo. Lo siento. Nada más que discutir.

albay

Durante estos días hemos discutido sobre el tema de los interinos cesados a 30 de junio y que si tienen o no que ir  legalmente a su centro anterior. Pues bien, como soy jefe de estudios, he entrado a ver la lista del personal de mi centro, y resulta que todos los interinos han sido prorrogados entre 1 de julio y 31 de agosto. ¿Aclara eso algo más?

jmcala

Se llama prórroga vacacional y es un derecho adquirido cuando se trabaja un número de jornadas mínimo durante el curso.

El día 1 de septiembre estarán TODOS nombrados en los centros del nuevo destino (si han tenido vacante informática). Si van a esos centros a tomar posesión de sus nombramientos y permanecen en ellos haciendo labores de comienzo del curso, nadie podrá hacer nada contra ellos porque estarán trabajando en sus puestos.

www.ejercicios-fyq.com



Delacroix

Cita de: albay en 28 Agosto, 2017, 17:32:38 PM
Durante estos días hemos discutido sobre el tema de los interinos cesados a 30 de junio y que si tienen o no que ir  legalmente a su centro anterior. Pues bien, como soy jefe de estudios, he entrado a ver la lista del personal de mi centro, y resulta que todos los interinos han sido prorrogados entre 1 de julio y 31 de agosto. ¿Aclara eso algo más?
Yo tengo mi cese a todos los efectos fechado a 30 de junio. Mi prórroga vacacional es eso, vacacional, y se genera por el tiempo de servicio prestado hasta el 30 de junio. No prorrogan en septiembre. En septiembre tienes, a día 1, nombramiento en otro centro que es al que yo tengo que ir porque el curso pasado estuve sustituyendo a una persona que si se incorpora el día 1 bien y si no, no es mi problema.

macorvi

Tengo una duda a ver si alguien me la puede resolver y me dice cual es la normativa que lo indica.
En que normativa (no resolución de adjudicación de destinos definitivos) indica que es obligatorio asistir a hacer los exámenes de recuperación al centro antiguo en la convocatoria extraordinaria de Septiembre.Además me gustaría saber si en el caso de que no se presenten alumnos es necesario asistir a la sesión de evaluación y firmar las actas si ya no tengo acceso a Séneca y si tengo que hacerlo si podría hacerlo al día siguiente antes de que se publiquen las notas o si las puede firmar el jefe de dpto en mi nombre.Lo digo porque el día 5 tendría que ir a mi centro antiguo por la mañana a las evaluaciones y por la tarde al centro nuevo al claustro y están en distintas provincias. Y si no me diera tiempo a llegar o coincidieran ¿Es legal?

Por otro lado y siguiendo con lo anterior, mi temor, es que se de compañeros que han tenido un accidente de coche no en los exámenes de sptbre sino en las visitas de FCT a los alumnos de ciclos formativos de FP y la Consejería no se ha hecho responsable de los daños del vehiculo propio.Si yo tengo el nombramiento de fecha 1 de Sptbre en mi centro nuevo y tengo un accidente in itinere llendo al centro antiguo que normativa me ampara y me cubre los daños materiales o personales? En el caso de mi compañero no se hicieron responsables y está de juicio para reclamar los daños del coche.Espero que alguien me pueda aclarar todo esto con la normativa por delante.

Un saludo.


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