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PRIMERA SENTENCIA CONTRA EL CONCURSILLO

Iniciado por AJAS, 21 Septiembre, 2018, 16:53:15 PM

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Cita de: pepe sosa en 21 Septiembre, 2018, 22:47:19 PM.
A respública le rectifico q el orden de los destinos provisionales no distingue en el colectivo de comisiones si es definitivo o provisional. Por ello un provisional q estuviese habilitado para pedir el concursillo, entraría en el colectivo de comisiones, y después iría su colectivo de no definitivo.

Sí, se que van en el mismo grupo por antigüedad y en caso de empate por escalafón, pero, aunque con excepciones, un provisional con comisión de servicios, a efectos prácticos, únicamente se pondría por delante de los compañeros de su mismo colectivo de provisionales. Puede que también adelante a algún definitivo, pero supongo que serán casos raros.

A mí siempre me pareció injusto y discriminatorio que un provisional no pudiese acceder a una comisión de servicios, aunque sabía que no se iba a suspender cautelarmente la nueva Orden y que las reclamaciones tardarían años.


Saludos.
   


- Cuando todos piensan igual, ninguno está pensando -

jmcala

Celebro esa sentencia porque era un disparate lo que habían hecho.

Pero más disparate es que siga aumentando el número de provisionales porque la CEJA haga trampas, y se las permitan, concurso tras concurso. Ahí está el problema y ahí es donde hay que atacar.

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Waske

Pues es un paso importante, pero sigue siendo una normativa discriminatoria porque ¿Y los interinos? ¿No somos trabadores? ¿No tenemos derecho a conciliar?
En otro hilo he leído alguien que comentaba el caso de un provisional con un hijo discapacitado que no podía acceder al concursillo y le parecía una barbaridad, como de hecho lo es. Pero y si un interino/a es tiene un hijo discapacitado, qué hacemos? No tiene derecho? Se le está negando un derecho por la cara y lo vemos tan normal?
Por favor, no vayamos a decir que todo ya está bien y que por fin se ha hecho justicia, porque no es así mientras nos dejen a los interinos fuera de ese derecho.

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rox4ever

Y lo de los provisionales que llevan años y años sin echar los puntos en los Concursos de Traslados, no vaya a ser que los manden a un destino a tomar por culo, de eso no hablamos, ¿no? Total, que se vaya el pringado que es tan tonto como para echarlos siendo legal. Así es muy fácil decir que llevo 10 años de provisional.


zocter

Sigo sin saber en que va a beneficiar (en el 99% de los casos) a un provisional o interino que pudiera optar a concursillo siempre que el orden sea por escalafón. La gente se piensa que van a salir plazas de la nada??? Si hay tres lazas en el lugar X y ahora optan 5 definitivos, si además pudieran optar (cosa que hoy día pueden provisionales e interinos) por concursillo todos los colectivos...serán para tres definitivos.

respublica



Cita de: Waske en 22 Septiembre, 2018, 10:44:03 AM
Pues es un paso importante, pero sigue siendo una normativa discriminatoria porque ¿Y los interinos? ¿No somos trabadores? ¿No tenemos derecho a conciliar?

Las comisiones de servicio nunca han podido solicitarlas interinos, que siempre han sido discriminados en ese sentido pero no creo que ése fuese el motivo sino para no alterar significativamente el orden de las bolsas, porque, por ejemplo, un interino con un día de servicio y un hijo sano menor de tres años se pondría delante del número uno de su bolsa.


Saludos.
   


- Cuando todos piensan igual, ninguno está pensando -

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Cita de: rox4ever en 22 Septiembre, 2018, 12:10:12 PM
Y lo de los provisionales que llevan años y años sin echar los puntos en los Concursos de Traslados, no vaya a ser que los manden a un destino a tomar por culo, de eso no hablamos, ¿no? Total, que se vaya el pringado que es tan tonto como para echarlos siendo legal. Así es muy fácil decir que llevo 10 años de provisional.
Desde que hay concursillo a ningún provisional le interesa seguir siéndolo.


Saludos.
   


- Cuando todos piensan igual, ninguno está pensando -

pike

No sé si es que no he entendido bien la cuestión, pero a efectos prácticos no veo ningún cambio con esto. Si los provisionales piden comisión (concursillo), como se ordena por escalafón, seguirían por lo general estando detrás de los definitivos. Sólo adelantaría a los provisionales que no tuvieran comisión, pero si el año que viene los provisionales pueden pedir comisión, todos los provisionales la pediremos, porque en la práctica esa comisión no tiene ningún requisito y de todas formas participamos a la fuerza en el proceso de colocación provisional.

El único caso veo que podría tener una mejora significativa sería el de un provisional que no tenga destino "por no echar los puntos" y al ordenarse por escalafón mejorara mucho, pero yo creo que son casos residuales. Como ha dicho un compañero, desde que hay "concursillo" interesa que te den cuanto antes destino definitivo.


jmcala

Creo que es así, que a efectos prácticos poco cambiaría la cosa.

Pero es muy importante que no se discrimine a los funcionarios por ser provisionales y que puedan optar a esas mismas comisiones de conciliación. Muchos de ellos lo son porque la CEJA incumple la ley de manera sistemática y con la complicidad de muchos sindicatos.

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rantanplan

Cita de: Waske en 22 Septiembre, 2018, 10:44:03 AMPues es un paso importante, pero sigue siendo una normativa discriminatoria porque ¿Y los interinos? ¿No somos trabadores? ¿No tenemos derecho a conciliar?

Los interinos están, conceptualmente, para cubrir huecos. No es ya que puedan o no puedan conciliar en este aspecto[1], es que sólo trabajan en caso de que la administración los necesite. Por esa causa no pueden entrar en el colectivo de personas con comisión, de lo contrario, se pondrían por delante de un funcionario en expectativas sin comisión, lo que conceptualmente no tiene ningún sentido. Sólo podría entenderse que obtuvieran una comisión para reordenarse dentro del propio colectivo de interinos, pero hay un pequeño escollo: no todos los interinos trabajan, así que reordenarse implica no ya sólo elegir primero, sino que se puede trabajar o no.

[1]Sí concilian cuando trabajan y piden a principios de curso el horario compacto por conciliación familiar.

Y volviendo estrictamente al asunto del hilo. Veo dos cosas importantes:

a) En principio, que incluyan a los provisionales en el colectivo de "comisiones" no cambia demasiado, porque los provisionales suelen  tener mayor escalafón que los funcionarios con destino definitivo.
b) Si los provisionales acaban pudiendo pedir comisión por conciliación. entonces la cosa no es tan sencilla como eliminar un párrafo y dejarlo todo igual. Recordemos que para pedir comisión por conciliación hay que estar empadronado en un municipio distinto al de destino definitivo y, además, no se pueden pedir centros del mismo municipio que el centro de destino. Pero los provisionales no tienen centro de destino, por lo que estas condiciones no tienen sentido. En consecuencia, preveo que acabarán desapareciendo todas las restricciones, salvo la temporal que la Junta en su momento se comprometió con el tiempo a revisar.


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