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Presencialidad: ¿Qué se entiende por evaluaciones oficiales?

Iniciado por Profesor, 04 Octubre, 2025, 11:37:08 AM

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albay

Cita de: respublica en 05 Octubre, 2025, 18:49:54 PM
Cita de: albay en 05 Octubre, 2025, 15:30:04 PMPara mí lo de "carácter general" indica que debe hacerse así (telemáticamente) como forma más habitual de hacerlo, no puntual.
Es decir, no hacerlo telemático, debe ser excepcional.

Sí, pero no obliga a que sea telemáticamente, y por tanto cada Dirección puede considerar que las circunstancias de su centro no son las generales, y que es más conveniente la presencialidad, que es igual que como estaba el curso pasado.


Saludos .

Pues sí pero no. El carácter general debe ser la norma. Y habrá que reivindicarlo si no se cumple.

respublica

Cita de: albay en 05 Octubre, 2025, 21:02:56 PM
Cita de: respublica en 05 Octubre, 2025, 18:49:54 PM
Cita de: albay en 05 Octubre, 2025, 15:30:04 PMPara mí lo de "carácter general" indica que debe hacerse así (telemáticamente) como forma más habitual de hacerlo, no puntual.
Es decir, no hacerlo telemático, debe ser excepcional.

Sí, pero no obliga a que sea telemáticamente, y por tanto cada Dirección puede considerar que las circunstancias de su centro no son las generales, y que es más conveniente la presencialidad, que es igual que como estaba el curso pasado.


Saludos .

Pues sí pero no. El carácter general debe ser la norma. Y habrá que reivindicarlo si no se cumple.

No te preocupes, que si alguien reclama, ya motivará Dirección su decisión.


Saludos.

- Cuando todos piensan igual, ninguno está pensando -


albay

Cita de: respublica en 06 Octubre, 2025, 17:56:28 PM
Cita de: albay en 05 Octubre, 2025, 21:02:56 PM
Cita de: respublica en 05 Octubre, 2025, 18:49:54 PM
Cita de: albay en 05 Octubre, 2025, 15:30:04 PMPara mí lo de "carácter general" indica que debe hacerse así (telemáticamente) como forma más habitual de hacerlo, no puntual.
Es decir, no hacerlo telemático, debe ser excepcional.

Sí, pero no obliga a que sea telemáticamente, y por tanto cada Dirección puede considerar que las circunstancias de su centro no son las generales, y que es más conveniente la presencialidad, que es igual que como estaba el curso pasado.


Saludos .

Pues sí pero no. El carácter general debe ser la norma. Y habrá que reivindicarlo si no se cumple.

No te preocupes, que si alguien reclama, ya motivará Dirección su decisión.


Saludos.
¿Dónde dice que dirección deba motivar el no?


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