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Duda permiso por matrimonio

Iniciado por Uleya, 04 Noviembre, 2013, 21:53:05 PM

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donsauron

DEJEMOS A LOS ENVIDIOSOS LA TAREA DE PROFERIR INJURIAS Y A LOS NECIOS LA DE CONTESTARLAS.

blancamusica

Cita de: sevi11 en 19 Febrero, 2014, 13:16:05 PM
YA NO se puede pedir días por matrimonio con antelación al matrimonio.

Se pueden pedir los 15 días incluyendo el día de la boda en esos 15 días, o pedir los 15 días en otro momento posterior, con informe favorable del director/a, siempre que no coincida todo o parte del permiso con:
- los díez días lectivos anteriores o posteriores a las vacaciones de Navidad y Semana Santa.
-  los díez días lectivos anteriores a la finalización del régimen ordinario de clase del mes de junio.
- el mes de septiembre.

Como!!!! Que si me casó el 7 de junio no puedo pedirlo hasta el 20 de junio?? Quedarían justo 10 días para terminar las clases.....


sevi11

Tranquila, las restricciones en las fechas del permiso son en caso de no coger el permiso a continuación de la boda. Si el día de tu boda está incluido en los 15 días de permiso, puedes coger el permiso en cualquier fecha del curso escolar.

blancamusica

Cita de: sevi11 en 20 Febrero, 2014, 11:19:28 AM
Tranquila, las restricciones en las fechas del permiso son en caso de no coger el permiso a continuación de la boda. Si el día de tu boda está incluido en los 15 días de permiso, puedes coger el permiso en cualquier fecha del curso escolar.

menos mal... me estaba entrando mal cuerpo, jejejejeje


juanillolc

¿Y qué ocurre si durante los 15 días de después de la boda finaliza mi contrato, es decir, finaliza mi sustitución 4 días después de la boda? Es mi situación.

Me han llamado hoy de delegación diciéndome que solo tendría esos 4 días, que no me puedo coger ninguno antes de la boda y que al terminar mi sustitución se termina el permiso.

Es un poco injusto, ¿no?
¿No hay en dicha ley ninguna excepción para estos casos de profesores interinos que finalicen contrato?

FLAFLI

No te pueden dar más permiso, puesto que tu nombramiento termina cuando se incorpora el titular, los permisos los tienes mientras estás trabajando, pues tienes ese derecho, y estos no alargan el contrato.

Lo siento, pero es así
Si buscas el interés general, mejorarás el propio

HAN CAMBIADO LAS NORMAS DE JUEGO SIN LA CIUDADANÍA, Y SIGUEN QUERIENDO QUE LAS RESPETEMOS

No son ajustes, es una destrucción de la sociedad, ante ataques destructivos, respuestas contundentes

Si luchas puedes que no ganes, si no luchas ya has perdido

GRAN MOVILIZACIÓN PROFESORADO INTERINO

juanillolc

Cita de: FLAFLI en 09 Abril, 2014, 21:55:34 PM
No te pueden dar más permiso, puesto que tu nombramiento termina cuando se incorpora el titular, los permisos los tienes mientras estás trabajando, pues tienes ese derecho, y estos no alargan el contrato.

Lo siento, pero es así

Gracias FLAFLI.

Por cierto, me he estado leyendo la circular y dice esto:

Los quince días de duración del permiso se han de entender naturales, y deben ser
consecutivos, y disfrutarse bien desde el día en que se celebre el matrimonio o se constituya
la pareja de hecho, bien dentro del año natural correspondiente al hecho causante, siempre
que las necesidades del servicio lo permitan.


Yo al leer esto no veo donde se prohibe que dichos días se puedan coger antes y después de la boda (por ejemplo una semana antes y otra después, que era mi idea inicial). Dice que o bien justo después o bien dentro del año natural. En ningún sitio dice que dentro del año natural pero con posterioridad a la boda.




potnia

Quizás no lo especifiquen porque para ellos esa no sea una opción, y es que ¿qué pasaría si te coges los 15 días de permiso y resulta que luego no te casas? Hay parejas que lo dejan meses e incluso semanas antes de la boda...


FLAFLI

Cita de: juanillolc en 10 Abril, 2014, 11:13:48 AM
Cita de: FLAFLI en 09 Abril, 2014, 21:55:34 PM
No te pueden dar más permiso, puesto que tu nombramiento termina cuando se incorpora el titular, los permisos los tienes mientras estás trabajando, pues tienes ese derecho, y estos no alargan el contrato.

Lo siento, pero es así

Gracias FLAFLI.

Por cierto, me he estado leyendo la circular y dice esto:

Los quince días de duración del permiso se han de entender naturales, y deben ser
consecutivos, y disfrutarse bien desde el día en que se celebre el matrimonio o se constituya
la pareja de hecho, bien dentro del año natural correspondiente al hecho causante, siempre
que las necesidades del servicio lo permitan.


Yo al leer esto no veo donde se prohibe que dichos días se puedan coger antes y después de la boda (por ejemplo una semana antes y otra después, que era mi idea inicial). Dice que o bien justo después o bien dentro del año natural. En ningún sitio dice que dentro del año natural pero con posterioridad a la boda.

Esto se trató en mesa, y la segunda opción, la Consejería dejó claro que el periodo que es dentro del año natural, debe ser posterior, pues no lo concede si previamente no te casas.
Si buscas el interés general, mejorarás el propio

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juanillolc

Cita de: potnia en 11 Abril, 2014, 13:26:29 PM
Quizás no lo especifiquen porque para ellos esa no sea una opción, y es que ¿qué pasaría si te coges los 15 días de permiso y resulta que luego no te casas? Hay parejas que lo dejan meses e incluso semanas antes de la boda...

Puede ser. Tiene sentido.


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