¡CUIDAMOS LA PÚBLICA!

'

SOS Alumno mayor de edad debo o no informar a terceros

Iniciado por alboradas, 07 Febrero, 2019, 17:37:22 PM

Tema anterior - Siguiente tema

0 Miembros y 1 Visitante están viendo este tema.

alboradas

Hola:

Me parecen muy interesantes tus reflexiones. Pero permíteme que insista en que debemos basarnos y así trato de hacerlo, en la legislación que nos afecta, como docentes no debemos abstraernos de ello, pero y aquí está a mi juicio el elemento clave, basándonos en legislación, normativas, órdenes y decretos, pero nunca en sentencias.

Las sentencias son aplicaciones particulares que los jueces hacen de la legislación a casos muy concretos, pero en ningún caso son leyes.

Me veo capaz de basarme en Leyes, pero no en sentencias.

Saludos.


Cita de: Iridium en 21 Febrero, 2019, 21:41:23 PM
Perdón, salió sin darme cuenta el mensaje anterior.... retomo:

Que cada docente actúe en función de su conciencia y de su conocimiento del entorno legal en que se mueve, evidentemente. Si no se sabe algo, mejor ser cautos, pedir instrucciones o arbitrio, si no se quieren líos o no quiere uno implicarse, sí, puede decir no a todo, hasta el punto en que el "no a todo" no vaya contra los derechos de nadie, claro.

Pero el conocimiento de las normas y la jurisprudencia no es asunto ajeno a docentes ni a cualquier ciudadano aunque no sea jurista, es más, en lo que nos atañe debemos en lo posible conocerlas si es que ejercer nuestra profesión con solvencia nos importa algo, no es una opción actuar adecuadamente en relación con la protección de datos, es una necesidad.

Y para esa buena actuación necesitamos conocimiento, el que nos habría de transmitir nuestra "empresa" o en su defecto o complementándolo, el que nosotros, con nuestras muy elevadas "competencias" podemos, en más o menos grado adquirir. Es la misma legislación la que nos obliga a conocer la legislación, nunca ha sido válida la típica defensa "yo no sabía que la ley decía eso, las leyes son cosa de abogados o de jueces, yo no entiendo". Si se validaran estas excusas no estaríamos en una sociedad que alcanza a comunicarnos a través de un foro web, andaríamos tratando esta noche de encontrar el rincón menos húmedo de una cueva forrada de gélida piedra y procurando encogernos lo más posible en el pellejo que nos cubriese.

Está bien que un médico deba saber mucho de medicina aplicada pero sería un mal profesional si no añade un dominio suficiente de las implicaciones legales de sus actos. Y está genial que un profesor enseñe muy bien, pero si detrás de eso desconoce la normativa que regula el currículo, qué debe contener una programación, qué obligaciones, cautelas y garantías  debe cumplir respecto de la evaluación de los alumnos (todas en la legislación y algunas bastante interpretables, solo hay que leer muchos de los hilos de este foro), etc. etc. entonces no hará bien su trabajo, que va más allá de los ratos que está en clase.

Pues bien, la protección de datos, querámoslo o no, es una parte más de todo ese conjunto de responsabilidades y está sometida a una normativa que lo ideal es que conozcamos al menos en lo que nos atañe. Y es que nos atañe, y como nos atañe no podemos ser ajenos a ella y pensar que son jueces y juristas los que se tienen que ocupar del tema, no, porque el tema es nuestro y la legislación correspondiente nos afecta y DEBE conocerse. Legislación y sentencias, ¿por qué no?, precisamente las sentencias afinan la norma, le dan formas más nítidas y la ilustran. Y supongo que es conocido por todos: la jurisprudencia guía, como una normativa, las resoluciones judiciales siguientes.

Nunca he visto que en los hilos de este foro y en otros temas que nos afectan, cuando se cita legislación o cuando se alude a las sentencias alguien salga diciendo que en esos territorios ya no debe entrarse, que eso es cosa de jueces y juristas, es más, se agradece que ese tipo de informaciones sean puestas sobre la mesa, para que conociéndolas podamos salir del "yo imagino", "yo sueño", yo elucubro" y tengamos unas referencias sólidas, no pura especulación. Los jueces y los juristas precisamente "hablan" para nosotros, no hablan para ellos, y es un hecho quizá poco conocido (y seguramente poco aplicado) la obligación que tienen de expresarse en un lenguaje accesible, comprensible, porque nos están respondiendo, están resolviendo lo que nosotros les encargamos que solucionaran.

En fin, yo, que no conozco toda la legislación que me afecta, ni mucho menos, sí querría conocerla y siempre agradezco que cualquier compañero con la paciencia de dejar aquí aclaraciones, matices o indicaciones normativas lo haga, me ayuda y me hace avanzar. O quizá es que soy raro, que lo soy.

(Y todo sin atisbo de acritud, más bien instalado en el modo "charlita interesante de compis-amigos tomando un cafelito que han quedado fuera del horario de trabajo")

Profesor

¿Pueden los padres acceder a los datos médicos de consulta de sus hijos mayores de edad?


Estela1

No creo, por ejemplo yo no puedo acceder a los de mi hijo en la aplicación sin su certificado digital, tiene 17 años. A los del otro, que tiene 13 sí.


¡CUIDAMOS LA PÚBLICA!

'