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Actualidad general

Iniciado por respublica, 24 Enero, 2020, 18:09:47 PM

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respublica

Yo no soy experto pero coincido con ellos.

Los expertos apuestan por rebajar las penas por sedición o dejar claro que debe existir violencia

- El Grupo de Estudios de Política Criminal ha elaborado un borrador en el que propone definir la sedición como un alzamiento "público y violento"

- Los juristas recuerdan que la sedición "no militar" en los países de nuestro entorno está castigada con penas de entre dos y cuatro años

- Armonizar el delito de sedición a la media europea podría suponer dejar a los presos independentistas en libertad.


Saludos.

- Cuando todos piensan igual, ninguno está pensando -

respublica

Sobre la separación de poderes:

Qué está pasando en el Consejo General del Poder Judicial

- El PP mantiene artificialmente en el Poder Judicial la mayoría absoluta que perdió en las urnas para hacer oposición desde la Justicia

- En el último año, el CGPJ ha aprobado 47 nombramientos. Entre ellos, doce jueces del Tribunal Supremo, incluidos dos presidentes de Sala. Todo esto en funciones.


Saludos.

- Cuando todos piensan igual, ninguno está pensando -


Freeman

Cita de: respublica en 26 Enero, 2020, 00:29:16 AM
Sobre la separación de poderes:

Qué está pasando en el Consejo General del Poder Judicial

- El PP mantiene artificialmente en el Poder Judicial la mayoría absoluta que perdió en las urnas para hacer oposición desde la Justicia

- En el último año, el CGPJ ha aprobado 47 nombramientos. Entre ellos, doce jueces del Tribunal Supremo, incluidos dos presidentes de Sala. Todo esto en funciones.


Saludos.

Pues nada, que el nuevo gobierno progresista disuelva la cúpula del poder judicial, en vez de rebajar penas a delincuentes, y cree una estructura en la que se ascienda exclusivamente por méritos y oposiciones, como mi puesto de trabajo por cierto.

Aunque lo más probable es que no le interese, porque quieren robarme exactamente igual que los de derechas pero contándome otras chorradas.

RM

Pero yo creo que el CG P Judicial es un órgano de gobierno;los importantes son  el Supremo y el Constitucional.

Lo de los tribunales,como otras muchas cosas,estaba amañado entre el PP y Psoe pensando que siempre se llevarían bien,como ahora no se llevan pues hay un bloqueo.

Si un juez accede por oposiones y no por nombramiento,¿por qué no hacer lo mismo en el Supremo y Constitucional?,así ya no dependería de los políticos.

Está claro que si un juez es puesto por PP o Psoe le debe un favor a ese partido.


respublica

No es solo que un juez nombrado por el PP o PSOE le deba el puesto, sino que si un juez quiere llegar a puestos importantes, como la Audiencia Nacional, el Tribunal Supremo, un Tribunal Superior de Justicia autonómico o, en general, mejorar su puesto, sabe que quien lo nombra es el Consejo General del Poder Judicial, y que este es un órgano de designación por los partidos mayoritarios, así que, o renuncia a su carrera y se arriesga a tener malos destinos hasta su jubilación, o acepta hacer los favores que le pidan.

Y cuando llega a altos puestos sabe que su continuidad está en entredicho tras las siguientes elecciones, o bien, quiere puestos aún mejores, como los de la UE.

Solo cuando se da un caso de un juez insobornable que no tiene nada que perder, bien porque es muy joven, como pasó con el que metió mano a la corrupción de Gil, o bien porque está próximo a la jubilación, como ocurrió con el que denunció la corrupción del Duque de Palma, se ve que la justicia es independiente.

Pero esto pasa en prácticamente todos los países democráticos, como se ha visto en Italia, o en Inglaterra o Suecia contra el fundador de Wikileaks.

Lo de la separación de poderes es algo que nunca se ha dado ni se espera, porque quienes mandan no renuncian a mandar en todo, y no me estoy refiriendo a políticos, que son solo unos mandados más.

Saludos.

- Cuando todos piensan igual, ninguno está pensando -

RM

Pues Cs creo que ha planteado que se acceda a los cargos importantes por méritos,no por dedocracia.

pressfield

Sobre la revisión y homologación de las penas de los politicos independentistas a los estandares europeos, yo estoy a favor de esta actualización; ahora bien, esto no puede suponer impunidad o que queden automáticamente libres. Si habeis leído el articulo, las penas por sedición rondan los 4 años de media en Europa, pues que paguen su condena como cualquier ciudadano y por supuesto, la inhabilitación para cargo público deberia ser la misma, al menos 10 o 12 años. Ya parece que se nos olvidó la chuleria de Junqueras, Puigdemont y el resto de los encausados en Octubre de 2017.
Yo estoy a favor del diálogo para solucionar el conflicto político que subyace, pero esto no debe implicar una bajada de pantalones por parte del gobierno, puesto que, bajo mi punto de vista, hay cosas que no se pueden negociar. Si el gobierno sigue dándole muchas prebendas a los independentistas, la opinión pública se le puede echar encima.
Sobre le poder judicial coincido en que deberían ser los jueces los que eligieran a sus representantes en los órganos importantes y no los políticos, puesto que es entonces, cuando la independencia de la justicia está en entredicho. Habría que cambiar la ley del poder judicial para que esto cambiara, pero dudo muchísimo que nuestros representantes lo hagan.
Saludos.



alboradas

Hola :

Hace días que le doy vueltas al asunto de modificar el código penal para los delitos de sedición.

Parece ser que favorecería a los políticos independentistas sentenciados. Pero precisamente por eso, si ya están sentenciados, no comprendo cómo una reforma legislativa puede afectarles retrospectiva ente en hechos juzgados y sentenciados.

Saludos.

toroloco

Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal. BOE núm. 281, de 24/11/1995.

TÍTULO PRELIMINAR De las garantías penales y de la aplicación de la Ley penal

Artículo 2.
1. No será castigado ningún delito con pena que no se halle prevista por ley anterior a su perpetración. Carecerán, igualmente, de efecto retroactivo las leyes que establezcan medidas de seguridad

2. No obstante, tendrán efecto retroactivo aquellas leyes penales que favorezcan al reo, aunque al entrar en vigor hubiera recaído sentencia firme y el sujeto estuviese cumpliendo condena. En caso de duda sobre la determinación de la Ley más favorable, será oído el reo. Los hechos cometidos bajo la vigencia de una Ley temporal serán juzgados, sin embargo, conforme a ella, salvo que se disponga expresamente lo contrario.


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