4. Acreditación de la formación pedagógica y didáctica del personal funcionario interino de especialidades
de los cuerpos de profesores de enseñanza secundaria y de profesores de escuelas oficiales de idiomas.
De conformidad con lo establecido en el artículo 9 del Real Decreto 1834/2008, de 8 de noviembre,
por el que se definen las condiciones de formación para el ejercicio de la docencia en la educación secundaria
obligatoria, el bachillerato, la formación profesional y las enseñanzas de régimen especial y se establecen
las especialidades de los cuerpos docentes de enseñanza secundaria, el personal funcionario interino de
especialidades de los cuerpos de profesores de enseñanza secundaria y de profesores de escuelas oficiales de
idiomas deberá indicar, en el formulario web asociado a la solicitud, que posee la acreditación de la formación
pedagógica y didáctica (en los términos establecidos en las disposiciones transitorias tercera y cuarta del referido
Real Decreto), adjuntando para ello el documento correspondiente.
El personal funcionario interino de especialidades de los cuerpos de profesores de enseñanza secundaria y de profesores de escuelas oficiales de idiomas deberá indicar, en el apartado 2 de la solicitud, que posee la acreditación de la formación pedagógica y didáctica adjuntando a la solicitud para ello el documento correspondiente.
El apartado será cumplimentado de oficio si dicha acreditación ya consta en el sistema y en tal caso no será preciso adjuntar el documento
¿Cómo sabemos que ya consta en el sistema?
La Administración marcará de oficio la casilla al efecto en los supuestos del personal funcionario interino
de quien conste ya acreditada dicha formación.
: toroloco 28 May, 2015, 11:35:51 +02:00
El apartado será cumplimentado de oficio si dicha acreditación ya consta en el sistema y en tal caso no será preciso adjuntar el documento
¿Cómo sabemos que ya consta en el sistema?
La Administración marcará de oficio la casilla al efecto en los supuestos del personal funcionario interino
de quien conste ya acreditada dicha formación.
2. ACREDITACIÓN DE LA FORMACIÓN PEDAGÓGICA Y DIDÁCTICA (CUERPOS P.E.S. Y P.E.O.I.)
Declaro poseer la formación pedagógica y didáctica para lo que aporto junto con esta instancia la documentación siguiente:
Seleccione una opción
Esto quiere decir que hay que entregar el CAP??
yo tambien tengo esa DUDA... soy interina y me sale esa pestaña nueva... hay que presentar el cap???
: toroloco 28 May, 2015, 11:44:03 +02:00
: toroloco 28 May, 2015, 11:35:51 +02:00
El apartado será cumplimentado de oficio si dicha acreditación ya consta en el sistema y en tal caso no será preciso adjuntar el documento
¿Cómo sabemos que ya consta en el sistema?
La Administración marcará de oficio la casilla al efecto en los supuestos del personal funcionario interino
de quien conste ya acreditada dicha formación.
2. ACREDITACIÓN DE LA FORMACIÓN PEDAGÓGICA Y DIDÁCTICA (CUERPOS P.E.S. Y P.E.O.I.)
Declaro poseer la formación pedagógica y didáctica para lo que aporto junto con esta instancia la documentación siguiente:
Seleccione una opción
Esto quiere decir que hay que entregar el CAP??
Sí, tras un sexenio trabajando la Consejería duda de que tenga la capacitación y hay que entregarle el documento por enésima vez......PANDA DE INUTILES
Yo entiendo que no hay que entregarlo, puesto que si la Administración ya lo tiene acreditado, marca de oficio la casilla correspondiente:
"4. Acreditación de la formación pedagógica y didáctica del personal funcionario interino de especialidades
de los cuerpos de profesores de enseñanza secundaria y de profesores de escuelas oficiales de idiomas.
De conformidad con lo establecido en el artículo 9 del Real Decreto 1834/2008, de 8 de noviembre,
por el que se definen las condiciones de formación para el ejercicio de la docencia en la educación secundaria
obligatoria, el bachillerato, la formación profesional y las enseñanzas de régimen especial y se establecen las especialidades de los cuerpos docentes de enseñanza secundaria, el personal funcionario interino de especialidades de los cuerpos de profesores de enseñanza secundaria y de profesores de escuelas oficiales de idiomas deberá indicar, en el formulario web asociado a la solicitud, que posee la acreditación de la formación
pedagógica y didáctica (en los términos establecidos en las disposiciones transitorias tercera y cuarta del referido Real Decreto), adjuntando para ello el documento correspondiente.
La Administración marcará de oficio la casilla al efecto en los supuestos del personal funcionario interino de quien conste ya acreditada dicha formación.
El personal de los cuerpos referidos que no acredite poseer la formación pedagógica y didáctica no podrá obtener destino en el presente procedimiento, sin perjuicio de que pueda acreditar la referida formación una vez resuelto el mismo."
: elmasca 28 May, 2015, 12:06:24 +02:00
Yo entiendo que no hay que entregarlo, puesto que si la Administración ya lo tiene acreditado, marca de oficio la casilla correspondiente:
"4. Acreditación de la formación pedagógica y didáctica del personal funcionario interino de especialidades
de los cuerpos de profesores de enseñanza secundaria y de profesores de escuelas oficiales de idiomas.
De conformidad con lo establecido en el artículo 9 del Real Decreto 1834/2008, de 8 de noviembre,
por el que se definen las condiciones de formación para el ejercicio de la docencia en la educación secundaria
obligatoria, el bachillerato, la formación profesional y las enseñanzas de régimen especial y se establecen las especialidades de los cuerpos docentes de enseñanza secundaria, el personal funcionario interino de especialidades de los cuerpos de profesores de enseñanza secundaria y de profesores de escuelas oficiales de idiomas deberá indicar, en el formulario web asociado a la solicitud, que posee la acreditación de la formación
pedagógica y didáctica (en los términos establecidos en las disposiciones transitorias tercera y cuarta del referido Real Decreto), adjuntando para ello el documento correspondiente.
La Administración marcará de oficio la casilla al efecto en los supuestos del personal funcionario interino de quien conste ya acreditada dicha formación.
El personal de los cuerpos referidos que no acredite poseer la formación pedagógica y didáctica no podrá obtener destino en el presente procedimiento, sin perjuicio de que pueda acreditar la referida formación una vez resuelto el mismo."
En este caso sí:
2. ACREDITACIÓN DE LA FORMACIÓN PEDAGÓGICA Y DIDÁCTICA (CUERPOS P.E.S. Y P.E.O.I.)
Declaro poseer la formación pedagógica y didáctica para lo que aporto junto con esta instancia la documentación siguiente:
Seleccione una opción
Yo soy Profesor Técnico de FP, y lo tengo acreditado de oficio por tiempo de servicio en los listados provisionales,a pesar de ésto, me sale la casilla de la que hablamos, y he marcado en la solicitud "acreditado por tiempo de servicio" y como también tengo el CAP, por si acaso he entregado fotocopia.
: toroloco 28 May, 2015, 12:13:18 +02:00
: elmasca 28 May, 2015, 12:06:24 +02:00
Yo entiendo que no hay que entregarlo, puesto que si la Administración ya lo tiene acreditado, marca de oficio la casilla correspondiente:
"4. Acreditación de la formación pedagógica y didáctica del personal funcionario interino de especialidades
de los cuerpos de profesores de enseñanza secundaria y de profesores de escuelas oficiales de idiomas.
De conformidad con lo establecido en el artículo 9 del Real Decreto 1834/2008, de 8 de noviembre,
por el que se definen las condiciones de formación para el ejercicio de la docencia en la educación secundaria
obligatoria, el bachillerato, la formación profesional y las enseñanzas de régimen especial y se establecen las especialidades de los cuerpos docentes de enseñanza secundaria, el personal funcionario interino de especialidades de los cuerpos de profesores de enseñanza secundaria y de profesores de escuelas oficiales de idiomas deberá indicar, en el formulario web asociado a la solicitud, que posee la acreditación de la formación
pedagógica y didáctica (en los términos establecidos en las disposiciones transitorias tercera y cuarta del referido Real Decreto), adjuntando para ello el documento correspondiente.
La Administración marcará de oficio la casilla al efecto en los supuestos del personal funcionario interino de quien conste ya acreditada dicha formación.
El personal de los cuerpos referidos que no acredite poseer la formación pedagógica y didáctica no podrá obtener destino en el presente procedimiento, sin perjuicio de que pueda acreditar la referida formación una vez resuelto el mismo."
En este caso sí:
2. ACREDITACIÓN DE LA FORMACIÓN PEDAGÓGICA Y DIDÁCTICA (CUERPOS P.E.S. Y P.E.O.I.)
Declaro poseer la formación pedagógica y didáctica para lo que aporto junto con esta instancia la documentación siguiente:
Seleccione una opción
¿En tu solicitud no te aparece ya marcado "Acreditado de oficio"?
: elmasca 28 May, 2015, 12:16:44 +02:00
: toroloco 28 May, 2015, 12:13:18 +02:00
: elmasca 28 May, 2015, 12:06:24 +02:00
Yo entiendo que no hay que entregarlo, puesto que si la Administración ya lo tiene acreditado, marca de oficio la casilla correspondiente:
"4. Acreditación de la formación pedagógica y didáctica del personal funcionario interino de especialidades
de los cuerpos de profesores de enseñanza secundaria y de profesores de escuelas oficiales de idiomas.
De conformidad con lo establecido en el artículo 9 del Real Decreto 1834/2008, de 8 de noviembre,
por el que se definen las condiciones de formación para el ejercicio de la docencia en la educación secundaria
obligatoria, el bachillerato, la formación profesional y las enseñanzas de régimen especial y se establecen las especialidades de los cuerpos docentes de enseñanza secundaria, el personal funcionario interino de especialidades de los cuerpos de profesores de enseñanza secundaria y de profesores de escuelas oficiales de idiomas deberá indicar, en el formulario web asociado a la solicitud, que posee la acreditación de la formación
pedagógica y didáctica (en los términos establecidos en las disposiciones transitorias tercera y cuarta del referido Real Decreto), adjuntando para ello el documento correspondiente.
La Administración marcará de oficio la casilla al efecto en los supuestos del personal funcionario interino de quien conste ya acreditada dicha formación.
El personal de los cuerpos referidos que no acredite poseer la formación pedagógica y didáctica no podrá obtener destino en el presente procedimiento, sin perjuicio de que pueda acreditar la referida formación una vez resuelto el mismo."
En este caso sí:
2. ACREDITACIÓN DE LA FORMACIÓN PEDAGÓGICA Y DIDÁCTICA (CUERPOS P.E.S. Y P.E.O.I.)
Declaro poseer la formación pedagógica y didáctica para lo que aporto junto con esta instancia la documentación siguiente:
Seleccione una opción
¿En tu solicitud no te aparece ya marcado "Acreditado de oficio"?
No
Aparece seleccione una opción
Ah,ok,ok... es que en la mía en ese apartado me ponía desde un principio "acreditado de oficio", así que no sé por qué a ti no te sale. Prueba a generar una nueva solicitud a ver qué tal.
: usuario 28 May, 2015, 12:14:43 +02:00
Yo soy Profesor Técnico de FP, y lo tengo acreditado de oficio por tiempo de servicio en los listados provisionales,a pesar de ésto, me sale la casilla de la que hablamos, y he marcado en la solicitud "acreditado por tiempo de servicio" y como también tengo el CAP, por si acaso he entregado fotocopia.
Yo también soy PTFP y estoy acreditado por CAP en el listado que salió hace 2 días y a pesar de ello no me aparece marcada la opción acreditado de oficio. De modo que ante la duda volveremos a mandar el CAP y pondremos la opción "es copia fiel del original" y la firmaremos.
PD: Ya se podía esmerar un poquito más y marcar la opción en algún lugar de esos maravillosos sistemas informáticos que tienen.
: elmasca 28 May, 2015, 12:22:26 +02:00
Ah,ok,ok... es que en la mía en ese apartado me ponía desde un principio "acreditado de oficio", así que no sé por qué a ti no te sale. Prueba a generar una nueva solicitud a ver qué tal.
Nada, hay que presentarlo por enésima vez.
Creo que había por ahí una ley que decía que no había porque entregar a la Administración dos veces el mismo documento.................
Una pena estar en manos de quién estamos.
Joder, pues vaya tela... siempre, todos los años, hay alguna chapuza con esta historia.
A ver, por buscarle un sentido: ¿has cargado a la hora de generar la solicitud los destinos del años pasado? Si no lo has hecho, prueba a ver qué tal. Por probar algo, vamos.
: elmasca 28 May, 2015, 12:36:37 +02:00
A ver, por buscarle un sentido: ¿has cargado a la hora de generar la solicitud los destinos del años pasado? Si no lo has hecho, prueba a ver qué tal. Por probar algo, vamos.
Lo he probado todo y no hay suerte, me ha tocado y debo sufrirlo.
Arriba pone PES y PEOI así que los que somos del cuerpo 591 no tenemos que entregarlo. Pero mejor que sobre....
Los que somos del 591 No tenemos que marcar nada ni entregar cap. Al imprimir aparece:
"2. ACREDITACIÓN DE LA FORMACIÓN PEDAGÓGICA Y DIDÁCTICA (CUERPOS P.E.S. Y P.E.O.I.)
Declaro poseer la formación pedagógica y didáctica para lo que aporto junto con esta instancia la documentación siguiente:"
Y se queda en blanco.
En los cuerpo de formación profesional no aparece lo de " reconocido de oficio " por que ese apartado es solo para PES y EOIS, para los demás cuerpos lo tenemos que dejar en blanco.
Gracias, parece que nos vamos aclarando.
entonces si somos de fp y no lo adjuntamos. Habra algun problema?. Y si lo he entregado, como lo he hecho mal, habra algun problema?. Que lio....
: sylvana 01 June, 2015, 12:04:10 +02:00
entonces si somos de fp y no lo adjuntamos. Habra algun problema?. Y si lo he entregado, como lo he hecho mal, habra algun problema?. Que lio....
Como ya decía algún compañero, los profesores técnicos de FP no debemos entregarlo. Se deja ese apartado en blanco, ya que es solo para PES y PEOI.
Lo consulté en el número de ayuda y así me lo indicaron.
Hola a tod@s, Yo soy interino de F.P y cuando intento entregar telemáticamente me pide que aporte documento para acreditar la formación pedagógica, y el caso es que yo estoy en la lista de exentos por tiempo de servicio.
Que hago, ¿mando todos los nombramientos? o ¿la presento en registro sin aportar nada?.......Estoy liado.
Me podéis decir cual es el número de ayuda? Tengo que consultar una cosa y no lo encuentro
Entonces si lo he entregado tendré algún problema?
A mi me aparece acreditado de oficio.
: atenea_cadiz 01 June, 2015, 14:20:47 +02:00
Me podéis decir cual es el número de ayuda? Tengo que consultar una cosa y no lo encuentro
955060985
Si sale acreditado de oficio NO HAY QUE ENTREGAR FOTOCOPIA DEL CAP
Si sale que aportes formación pedagógica SÍ HAY QUE ENTREGAR FOTOCOPIA DEL CAP