RESPUESTA DEL GABINETE JURÍCICO DE CCOO ANTE UNA PREGUNTA DE RECONOCIMIENTO TIEMPO INTERINOS
[12-11-15] Baremación en el concurso de traslados de los servicios en centros de especial dificultad y COMO INTERINOS
[
Pregunta
Soy maestro, funcionario y hasta que me dieron destino definitivo estuve prácticamente todos los años en centros de compensatoria. Mi pregunta es:
¿Por qué una vez que me dieron destino definitivo me quitaron los puntos que tenía de centros de compensatoria? No creo que sea justo que después de estar en esos puestos se pierdan los puntos una vez que obtienes un destino en un centro que no lo es.
Una segunda cuestión, ¿es cierto que se contempla la posibilidad de que se reconozcan los méritos que se obtuvieron mientras eras interino?
Gracias
Respuesta
- See more at: http://www.feandalucia.ccoo.es/plantillai.aspx?&d=4344&p=20&s=1#sthash.qSTTkOAB.dpuf (http://www.feandalucia.ccoo.es/plantillai.aspx?&d=4344&p=20&s=1#sthash.qSTTkOAB.dpuf)
Según lo recogido en las Disposiciones complementarias de la Orden de ECD/1800/2014 de 26 de septiembre por la que se establecen las normas procedimentales aplicables a concursos de traslados de ámbito estatal que deben convocarse durante el curso 2014/2015, procederá asignar puntuación por el subapartado 1.1.3 (centros de especial dificultad) al personal que participe conforme al subapartado 1.1.1 con destino definitivo en plaza, centro o puesto de especial dificultad, al personal que participe conforme al subapartado 1.1.2 y durante el tiempo de provisionalidad hayan estado en una plaza, centro o puesto de especial dificultad, y los participantes de ambos que tengan concedida una comisión de servicio en plaza, puesto o centro de especial dificultad.
Asimismo, en el apartado segundo de las Disposiciones complementarias del proyecto de Orden de convocatoria de concurso de traslados para el curso 2015/2016 establece que:
"Procederá asignar puntuación por el subapartado 1.1.3 a los participantes en el concurso que se encuentren en las siguientes situaciones:
- Los que participen en el concurso conforme al subapartado 1.1.1 con destino definitivo en plaza, puesto o centro de especial dificultad, siempre que se esté ocupando.
- Los que participen en el concurso conforme al subapartado 1.1.2 y durante el tiempo de provisionalidad hayan estado en una plaza, puesto o centro de especial dificultad. - See more at: http://www.feandalucia.ccoo.es/plantillai.aspx?&d=4344&p=20&s=1#sthash.qSTTkOAB.dpuf (http://www.feandalucia.ccoo.es/plantillai.aspx?&d=4344&p=20&s=1#sthash.qSTTkOAB.dpuf)
- Los participantes de los subapartados 1.1.1 y 1.1.2 que tengan concedida una comisión de servicio en otra plaza, puesto o centro que tenga la calificación de especial dificultad.
- Cuando se participe desde el primer destino definitivo no se valorarán, los servicios en centros de este tipo que se prestaron en la provisionalidad que se valora en el subapartado 1.1.2".
En función de lo expuesto, una vez obtenga destino definitivo no le serán valorados los servicios prestados en régimen de provisionalidad en centros de especial dificultad, ya que así viene específicamente estipulado en la normativa de aplicación.
En lo que respecta a la segunda cuestión planteada, existe una Directiva (1999/70/CE) y Sentencias del Tribunal de Justicia de Unión Europea que establecen que los criterios de antigüedad relativos a determinadas condiciones de trabajo deben ser los mismos para el personal con contrato de duración determinada que para el personal fijo.
Como consecuencia de lo anterior, y derivado de los recursos que se han presentado reclamando este reconocimiento, los tribunales de justicia se han manifestado tanto en un sentido como en otro, existiendo una sentencia reciente del Tribunal Constitucional, así como de las Salas de Granada y Sevilla del Tribunal Superior de Justicia Andalucía en las que se desestiman recursos de amparo y apelación respectivamente, al considerar que la antigüedad como interino ya fue valorado en el concurso-oposición de acceso a la condición de funcionario por lo que su valoración en el concurso de traslados supondría valorar doblemente este mérito en detrimento del funcionario de carrera.
En sentido contrario, es decir, favorables a que se computen los servicios de interinos, se han emitido sentencias de los Tribunales Superiores de Justicia de Extremadura y de Galicia que posteriormente fueron anuladas por el Tribunal Supremo.
La última novedad que hay es que la Comisión Europea ha remitido una Carta de Emplazamiento-Infracción, y que como consecuencia de la misma en la Comunidad Autónoma de Andalucía se aprobó el Decreto Ley 4/2015 por el que se modificaban determinados artículos de la Ley 6/1985, de 28 de noviembre, de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía, reconociendo a los funcionarios de la Junta los servicios previos como personal interino en los concursos de traslados y promoción interna, pero debe tener en cuenta por un lado que esta modificación no afectaba al personal docente, y que el Parlamento andaluz acordó días pasados, por dos votos de diferencia, derogar este Decreto ley, aunque al parecer se va a volver a presentar y es bastante probable que resulte finalmente aprobado.
En cualquier caso, indicarle que, al ser competencia del Estado, el Sindicato está intentando clarificar con el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte este aspecto, por lo que le recomendamos que se mantenga al tanto de las novedades que se vayan produciendo y que podrá consultar en nuestra página web.
Si necesita alguna aclaración más al respecto, puede ponerse en contacto con su Sindicato Provincial donde le podrán informar o bien plantearla a través de este servicio de consultas de la página web de CC.OO.
Gabinete Técnico de la Federación de Enseñanza de CC.OO. Andalucía - See more at: http://www.feandalucia.ccoo.es/plantillai.aspx?&d=4344&p=20&s=1#sthash.qSTTkOAB.dpuf (http://www.feandalucia.ccoo.es/plantillai.aspx?&d=4344&p=20&s=1#sthash.qSTTkOAB.dpuf)
bebespoleEL SEGUNDO SILENCIO DE LOS SINDICATOS bebespole
Con este título podríamos realizar una película sobre el proceso de reconocimiento del tiempo de servicios de interinos a efectos de concursos de traslados.
Parece mentira que nigún sindicato andaluz de la Enseñanza relize nigún comentario sobre este tiempo que es nuestro tiempo trabajado....
.............. anaidpreocupados anaidpreocupados anaidpreocupados anaidpreocupados
: migueloloror 14 November, 2015, 10:06:08 +01:00
bebespoleEL SEGUNDO SILENCIO DE LOS SINDICATOS bebespole
Con este título podríamos realizar una película sobre el proceso de reconocimiento del tiempo de servicios de interinos a efectos de concursos de traslados.
Parece mentira que nigún sindicato andaluz de la Enseñanza relize nigún comentario sobre este tiempo que es nuestro tiempo trabajado....
.............. anaidpreocupados anaidpreocupados anaidpreocupados anaidpreocupados
La verdad es que parece broma que el tiempo de servicio de interina no cuenta una vez que sacas plaza . . .
: CumbresBorrascosas 14 November, 2015, 15:59:20 +01:00
: migueloloror 14 November, 2015, 10:06:08 +01:00
bebespoleEL SEGUNDO SILENCIO DE LOS SINDICATOS bebespole
Con este título podríamos realizar una película sobre el proceso de reconocimiento del tiempo de servicios de interinos a efectos de concursos de traslados.
Parece mentira que nigún sindicato andaluz de la Enseñanza relize nigún comentario sobre este tiempo que es nuestro tiempo trabajado....
.............. anaidpreocupados anaidpreocupados anaidpreocupados anaidpreocupados
La verdad es que parece broma que el tiempo de servicio de interina no cuenta una vez que sacas plaza . . .
Pues lo que a mi me parecería broma es que contara 2 veces.
Pues lo que a mi me parecerÃa broma es que contara 2 veces.
Puede que sea broma, pero también será broma que puntuen dos veces otros apartados como:
- otras tilulaciones
- formación
- publicaciones
Saludos
: proftecnologia 14 November, 2015, 18:31:48 +01:00
Pues lo que a mi me parece broma es que contara 2 veces.
Puede que sea broma, pero también será broma que puntuen dos veces otros apartados como:
- otras tilulaciones
- formación
- publicaciones
Saludos
Totalmente cierto que las publicaciones, titulaciones y cursos de formación cuenta para las oposiciones, sexenios y 100 veces en los concursos de traslados.
Pero el tiempo de Interino 2 veces NOOOO...¿PORQUÉ???
Lo que me parece una Broma y de mal gusto es vuestra manera tan subjetiva de no querer ver ni valorar nuestro trabajo realizado de interin@s.
CGT INFORMA
Tiempo servicios como interino/a
Ante la sentencia del Tribunal Supremo desestimatoria del computo del tiempo de servicio prestado como personal funcionario interino a efectos del concurso de traslados, la UE determina que esto es una irregularidad y da dos meses al gobierno para que presente sus alegaciones.
LA UE impone a la Consejería el reconocimiento del tiempo de servicio como interino/a
PDF - 128.6 KB
sentencia TS(1)
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: migueloloror 15 November, 2015, 08:51:31 +01:00
CGT INFORMA
Tiempo servicios como interino/a
Ante la sentencia del Tribunal Supremo desestimatoria del computo del tiempo de servicio prestado como personal funcionario interino a efectos del concurso de traslados, la UE determina que esto es una irregularidad y da dos meses al gobierno para que presente sus alegaciones.
LA UE impone a la Consejería el reconocimiento del tiempo de servicio como interino/a
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sentencia TS(1)
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OS pongo la dirección de la noticias http://www.fasecgt.org/spip.php?article17286#.Vkg5lr20oj1 (http://www.fasecgt.org/spip.php?article17286#.Vkg5lr20oj1)
: migueloloror 14 November, 2015, 23:32:59 +01:00
: proftecnologia 14 November, 2015, 18:31:48 +01:00
Pues lo que a mi me parece broma es que contara 2 veces.
Puede que sea broma, pero también será broma que puntuen dos veces otros apartados como:
- otras tilulaciones
- formación
- publicaciones
Saludos
Totalmente cierto que las publicaciones, titulaciones y cursos de formación cuenta para las oposiciones, sexenios y 100 veces en los concursos de traslados. Pero el tiempo de Interino 2 veces NOOOO...¿PORQUÉ???
Lo que me parece una Broma y de mal gusto es vuestra manera tan subjetiva de no querer ver ni valorar nuestro trabajo realizado de interin@s.
Pues mira la respuesta es de perogrullo: porque para que en el CGT se te puntúen las publicaciones, cursos o titulaciones no necesitas haber sido interino y por tanto TODOS pueden acceder por igual a estos méritos simplemente cursándolos/haciéndolos antes o después de ser funcionario de carrera, sin embargo para que se te puntúe el tiempo de servicio de interino
necesitas haber sido interino y el que no lo ha sido ya no puede serlo porque un funcionario de carrera no puede ser interino con lo cual NO TODOS pueden acceder a estos méritos y por tanto en el concurso de traslados no se estaría compitiendo en igualdad de condiciones por lo que se podría impugnar.
Artículo 8 del RD 1364/2010
Normas procedimentales.
1.
En el primer trimestre del curso escolar en que vayan a celebrarse los concursos
de traslados de ámbito estatal, el Ministerio de Educación, previa consulta a las
Administraciones educativas, establecerá las normas procedimentales necesarias para
permitir la celebración coordinada de los mismos,
a fin de asegurar la efectiva participación
en condiciones de igualdad de todo el personal funcionario docente, a través de un solo
acto y que de la resolución de los mismos no pueda obtenerse más que un único destino
en un mismo cuerpo.
Pues mira la respuesta es de perogrullo: porque para que en el CGT se te puntúen las publicaciones, cursos o titulaciones no necesitas haber sido interino y por tanto TODOS pueden acceder por igual a estos méritos simplemente cursándolos/haciéndolos antes o después de ser funcionario de carrera, sin embargo para que se te puntúe el tiempo de servicio de interino necesitas haber sido interino y el que no lo ha sido ya no puede serlo porque un funcionario de carrera no puede ser interino con lo cual NO TODOS pueden acceder a estos méritos y por tanto en el concurso de traslados no se estaría compitiendo en igualdad de condiciones por lo que se podría impugnar.
Artículo 8 del RD 1364/2010
Normas procedimentales.
1.
En el primer trimestre del curso escolar en que vayan a celebrarse los concursos
de traslados de ámbito estatal, el Ministerio de Educación, previa consulta a las
Administraciones educativas, establecerá las normas procedimentales necesarias para
permitir la celebración coordinada de los mismos, a fin de asegurar la efectiva participación
en condiciones de igualdad de todo el personal funcionario docente, a través de un solo
acto y que de la resolución de los mismos no pueda obtenerse más que un único destino
en un mismo cuerpo.
No creo que sea de perugrullo, primero remarcamos interesadamente una parte de la norma, que puede ser interpretable, yo creo ese artículo se refiere a la igualdad entre los funcionarios de las distintas comunidades.
Según tu opinión tampoco se cumple al igualdad entre los aspirantes en le concurso oposición, por lo que están tardando en recurrirlos.
No siempre se ha tenido en cuenta el tiempo servicio en el concurso oposición, luego para dichos funcionarios se sería correcto tenerlo en cuenta o no.
Por último nos guste o no estamos en europa y tendremos que cumplir sus normas.
: fjcm_xx 15 November, 2015, 16:23:30 +01:00
: migueloloror 14 November, 2015, 23:32:59 +01:00
: proftecnologia 14 November, 2015, 18:31:48 +01:00
Pues lo que a mi me parece broma es que contara 2 veces.
Puede que sea broma, pero también será broma que puntuen dos veces otros apartados como:
- otras tilulaciones
- formación
- publicaciones
Saludos
Totalmente cierto que las publicaciones, titulaciones y cursos de formación cuenta para las oposiciones, sexenios y 100 veces en los concursos de traslados. Pero el tiempo de Interino 2 veces NOOOO...¿PORQUÉ???
Lo que me parece una Broma y de mal gusto es vuestra manera tan subjetiva de no querer ver ni valorar nuestro trabajo realizado de interin@s.
Pues mira la respuesta es de perogrullo: porque para que en el CGT se te puntúen las publicaciones, cursos o titulaciones no necesitas haber sido interino y por tanto TODOS pueden acceder por igual a estos méritos simplemente cursándolos/haciéndolos antes o después de ser funcionario de carrera, sin embargo para que se te puntúe el tiempo de servicio de interino necesitas haber sido interino y el que no lo ha sido ya no puede serlo porque un funcionario de carrera no puede ser interino con lo cual NO TODOS pueden acceder a estos méritos y por tanto en el concurso de traslados no se estaría compitiendo en igualdad de condiciones por lo que se podría impugnar.
Artículo 8 del RD 1364/2010
Normas procedimentales.
1.
En el primer trimestre del curso escolar en que vayan a celebrarse los concursos
de traslados de ámbito estatal, el Ministerio de Educación, previa consulta a las
Administraciones educativas, establecerá las normas procedimentales necesarias para
permitir la celebración coordinada de los mismos, a fin de asegurar la efectiva participación
en condiciones de igualdad de todo el personal funcionario docente, a través de un solo
acto y que de la resolución de los mismos no pueda obtenerse más que un único destino
en un mismo cuerpo.
No olvidemos que los interin@s también son funcionarios.
: aire 15 November, 2015, 20:25:11 +01:00
: fjcm_xx 15 November, 2015, 16:23:30 +01:00
: migueloloror 14 November, 2015, 23:32:59 +01:00
: proftecnologia 14 November, 2015, 18:31:48 +01:00
Pues lo que a mi me parece broma es que contara 2 veces.
Puede que sea broma, pero también será broma que puntuen dos veces otros apartados como:
- otras tilulaciones
- formación
- publicaciones
Saludos
Totalmente cierto que las publicaciones, titulaciones y cursos de formación cuenta para las oposiciones, sexenios y 100 veces en los concursos de traslados. Pero el tiempo de Interino 2 veces NOOOO...¿PORQUÉ???
Lo que me parece una Broma y de mal gusto es vuestra manera tan subjetiva de no querer ver ni valorar nuestro trabajo realizado de interin@s.
Pues mira la respuesta es de perogrullo: porque para que en el CGT se te puntúen las publicaciones, cursos o titulaciones no necesitas haber sido interino y por tanto TODOS pueden acceder por igual a estos méritos simplemente cursándolos/haciéndolos antes o después de ser funcionario de carrera, sin embargo para que se te puntúe el tiempo de servicio de interino necesitas haber sido interino y el que no lo ha sido ya no puede serlo porque un funcionario de carrera no puede ser interino con lo cual NO TODOS pueden acceder a estos méritos y por tanto en el concurso de traslados no se estaría compitiendo en igualdad de condiciones por lo que se podría impugnar.
Artículo 8 del RD 1364/2010
Normas procedimentales.
1.
En el primer trimestre del curso escolar en que vayan a celebrarse los concursos
de traslados de ámbito estatal, el Ministerio de Educación, previa consulta a las
Administraciones educativas, establecerá las normas procedimentales necesarias para
permitir la celebración coordinada de los mismos, a fin de asegurar la efectiva participación
en condiciones de igualdad de todo el personal funcionario docente, a través de un solo
acto y que de la resolución de los mismos no pueda obtenerse más que un único destino
en un mismo cuerpo.
No olvidemos que los interin@s también son funcionarios.
Perdona pero ese RD regula el concurso de traslados de
funcionarios de carrera.
: proftecnologia 15 November, 2015, 19:49:39 +01:00
Pues mira la respuesta es de perogrullo: porque para que en el CGT se te puntúen las publicaciones, cursos o titulaciones no necesitas haber sido interino y por tanto TODOS pueden acceder por igual a estos méritos simplemente cursándolos/haciéndolos antes o después de ser funcionario de carrera, sin embargo para que se te puntúe el tiempo de servicio de interino necesitas haber sido interino y el que no lo ha sido ya no puede serlo porque un funcionario de carrera no puede ser interino con lo cual NO TODOS pueden acceder a estos méritos y por tanto en el concurso de traslados no se estaría compitiendo en igualdad de condiciones por lo que se podría impugnar.
Artículo 8 del RD 1364/2010
Normas procedimentales.
1.
En el primer trimestre del curso escolar en que vayan a celebrarse los concursos
de traslados de ámbito estatal, el Ministerio de Educación, previa consulta a las
Administraciones educativas, establecerá las normas procedimentales necesarias para
permitir la celebración coordinada de los mismos, a fin de asegurar la efectiva participación
en condiciones de igualdad de todo el personal funcionario docente, a través de un solo
acto y que de la resolución de los mismos no pueda obtenerse más que un único destino
en un mismo cuerpo.
No creo que sea de perugrullo, primero remarcamos interesadamente una parte de la norma, que puede ser interpretable, yo creo ese artículo se refiere a la igualdad entre los funcionarios de las distintas comunidades.
Según tu opinión tampoco se cumple al igualdad entre los aspirantes en le concurso oposición, por lo que están tardando en recurrirlos.
No siempre se ha tenido en cuenta el tiempo servicio en el concurso oposición, luego para dichos funcionarios se sería correcto tenerlo en cuenta o no.
Por último nos guste o no estamos en europa y tendremos que cumplir sus normas.
¿Cómo que
remarcamos interesadamente? Lo dice claramente "en condiciones de igualdad". Búscame un sólo apartado del baremo del CGT que sólo se le pueda puntuar a los que hayan sido interinos, a ver si lo encuentras. Aquí los únicos interesados que hay sois los que hayáis sido interinos porque os viene muy bien jugar con ventaja respecto a los demás y no comprendéis, porque no os entra en la cabeza, que el concurso general de traslados se realiza o se debe de realizar en igualdad de condiciones es decir que yo tengo que tener las mismas opciones en el baremo que tú. Lo que no puede ser es que a vosotros se os valore una cosa a la que yo no puedo optar de ninguna de las maneras desde el momento en que adquirí la condición de funcionario de carrera, y eso parece que es muy difícil de entender.
Y ahora me lo mezclas con las oposiciones. Pero vamos a ver, cuando yo voy a examinarme de oposiciones no tengo ninguna situación administrativa que me impida ser interino si no lo soy, de manera que si yo quiero adquirir esa condición tengo la posibilidad de adquirirla pero una vez que ya eres funcionario de carrera no puedes y eso es lo que crea la situación de desventaja. Así que no me mezcles las dos situaciones porque son distintas.
Las normas europeas habrá que acatarlas claro está que sí, yo no he dicho lo contrario pero lo que no se puede es resolverlas creando situaciones de desventaja perjudicando sin solución a unos pocos en un concurso en el que tiene que haber igualdad de condiciones y ese es el papelón que hay que resolver burocrática y legalmente.
Si nos peleamos entre nosotros, por nuestros propios intereses, harán lo que quieran de nosotros. Concursillo sí, concursillo no. Tiempo de trabajo sí tiempo de trabajo no. Nunca vi un colectivo tan desunido, y, con tantos intereses de por medio.
Es increíble que seamos profesores, así nos toman por tontos y a tragar con todo, ya, ni hablo de la situación de los diferentes claustros, que por una hora de un tramo horario, somos capaces de matarnos.
Mi opinión en este sentido es lo de menos, pero para mí la antigüedad deberá contar, y, los cursos debieran caducar. No tiene sentido que te valoren un curso que se hizo hace 30 años.
No estoy de acuerdo en absoluto contigo en lo que respecta a los cursos. Los cursos, se hayan hecho cuando se hayan hecho, es una formación del profesorado. Lo que se aprende en ellos ahí está. No tiene sentido que caduquen, lo mismo que no caduca una carrera universitaria. Día a día nos formamos, con cursos o con la experiencia dando clase y tratando con todo el colectivo educativo. Todo debería contar. No tiene sentido restar. La experiencia y la formación es sumativa.
Los concursos de traslados, al igual que las oposiciones, no son competencia autonómica sino del Consejo de Ministros que aprueba el correspondiente Real Decreto.
Mientras no cambien la normativa estatal los CGT no van a reconocer el tiempo trabajado antes de ser funcionario de carrera.
Por tanto quien quiera dirigir alguna petición o responsabilidad, que lo haga al ministerio de educación, no al gobierno andaluz y mucho menos a los representantes de los docentes andaluces.
Saludos.
: respublica 15 November, 2015, 23:15:35 +01:00
Los concursos de traslados, al igual que las oposiciones, no son competencia autonómica sino del Consejo de Ministros que aprueba el correspondiente Real Decreto.
Mientras no cambien la normativa estatal los CGT no van a reconocer el tiempo trabajado antes de ser funcionario de carrera.
Por tanto quien quiera dirigir alguna petición o responsabilidad, que lo haga al ministerio de educación, no al gobierno andaluz y mucho menos a los representantes de los docentes andaluces.
Saludos.
Exactamente . Ni una palabra más, ni una menos.
¿Y a parte del tiempo de servicio también se contaría, suponiendo que esto siga adelante, los años de tutoría o los años en puestos de difícil desempeño?
La experiencia no se contaría dos veces.
Se cuenta en los méritos para el acceso a una plaza de funcionario de carrera. Y el concurso de traslados es una cosa totalmente independiente.
Lo que es ilógico es que un interino que lleve 15 años trabajando, pase a tener antigüedad de 0 años en el momento que apruebe. La antigüedad es un grado en todo. No es lo mismo un funcionario en prácticas que no ha trabajado nunca en la docencia, que uno que es interino y lleva 15 años. Es el mismo puesto, pero el que accede siendo interino ya tiene mucho, pero mucho camino hecho y trabajado. Y muchas giras por Andalucía...
Esto es así en todo lo público a nivel nacional y en muchas autonomías. Un funcionario C se presenta a un examen para categoría B. Le dan unos puntos en los méritos por sus años como funcionario C. Si aprueba él cobrará su antigüedad de X años, no pasa a tener 0 años de experiencia. Entonces un Capitán del Ejército pasaría a tener 0 años de experiencia cuando suba de rango... eso sí que es ilógico. Y también tienen convocatorias de traslados. Y no les cuenta dos veces.
: theedge 16 November, 2015, 10:09:40 +01:00
: respublica 15 November, 2015, 23:15:35 +01:00
Los concursos de traslados, al igual que las oposiciones, no son competencia autonómica sino del Consejo de Ministros que aprueba el correspondiente Real Decreto.
Mientras no cambien la normativa estatal los CGT no van a reconocer el tiempo trabajado antes de ser funcionario de carrera.
Por tanto quien quiera dirigir alguna petición o responsabilidad, que lo haga al ministerio de educación, no al gobierno andaluz y mucho menos a los representantes de los docentes andaluces.
Saludos.
Exactamente . Ni una palabra más, ni una menos.
Ya te digo, tan dificil es mirar el título que te mandan cuando superas las prácticas, pone bien clarito que somos funcionarios de estado, transferidos en nuestro caso pero del estado, por eso podemos participar en el cgt estatal. Si se cambia el cgt será desde Madrid