Alguien sabe si habiéndote dado una vacante informatizada puedes ponerte como inactivo y no trabajar este curso sin salir de la vuelta bolsa?? En la Orden pone esto:
En el art.14 de la Orden 18/6/2018 dice que se puede pasar a inactivo antes del inicio de curso si se pide para todo el curso o a final del primer trimestre si la inactividad se pide para el segundo y tercer trimestre.
Por otro lado, la resolución de 22 de junio de 2018 de destinos dice en el 2.1 que para pasar a inactivo se debe rellenar el anexo ii de esa resolución
Lo lógico es que la Consejería, antes de l inicio de curso posibilitará esa opción que dice en su Orden no?
Alguien sabe algo🙏🙏🙏me han dado muy lejos de casa y tengo un peque de 3.5...
Ponerse inactivo antes del inicio de curso se hacía con la instancia de oposiciones, lo demás es como describes. También existe la renuncia por cuidado menor de 3 años, pero al poner 3,5 imagino que tiene más de 3 años. En cuanto a las renuncias desconozco cómo afecta a la bolsa y su permanencia en ella. Un saludo y espero que se pueda solucionar.
Hola, yo tengo la misma duda. Quiero darme de baja este año de la bolsa por cuestiones personales y me han adjudicado una vacante provisional. ¿Alguien sabe en qué consiste el procedimiento para solicitar la inactividad por un año y si aún puede hacerse? He visto las órdenes citadas arriba pero no me queda claro nada.
Por otro lado, si pudiera obtener la categoría de inactivo ¿ya no tendría que realizar los exámenes de septiembre en el centro donde trabajé como interino el curso pasado? De momento tengo contrato hasta el 31 de agosto...
Gracias por vuestra colaboración!!
Mira esto por si te vale:
https://drive.google.com/file/d/1LL8yphCYMCcRU8NdQ3I5hDMRp9K3oa4p/view
Si quedases como inactivo no estarías contratado sino inactivo para ese curso completo por lo que entiendo que no tendrías que ir a tu antiguo instituto en septiembre.
El procedimiento para ponerse inactivo para todo el curso fue a través de la solicitud de destinos de junio.
Saludos.
: respublica 02 August, 2018, 18:04:33 +02:00
El procedimiento para ponerse inactivo para todo el curso fue a través de la solicitud de destinos de junio.
Saludos.
Esto es un follón. A ver en Secundaria se solicitaron los destinos este año junto con la instancia de la oposición EN ABRIL, la nueva orden que regula las bolsas donde han metido la opción de inactividad es la de Orden de 18 de JUNIO de 2018, es decir, posterior
En la publicación de la bolsa provisionar de música, publicada unos días antes, si hay un documento para incatividad
http://www.juntadeandalucia.es/educacion/portals/web/ced/novedades/-/contenidos/detalle/resolucion-de-27-de-julio-de-2018-de-la-direccion-general-del-profesorado-y-gestion-de-recursos-humanos-por-la-que-se
En la nuestra no. Alguien sabe cómo se lo vamos a poder hacer (y con un plazo que han dado de cinco días), en Agosto que llamas y no hay forma de que te cojan el teléfono
De verdad, tanto cuesta hacer las cosas bien?
: respublica 02 August, 2018, 18:04:33 +02:00
El procedimiento para ponerse inactivo para todo el curso fue a través de la solicitud de destinos de junio.
Saludos.
Una duda, la Orden 18 de Junio especifica antes del inicio de curso. El procedimiento de solicitud de destinos finalizó a principios de Julio. Según el mismo, el anexo II para declararse inactivo para todo el curso, se debería haber solicitado en esas fechas. Pero en dos meses, las circunstancias pueden cambiar, por lo que la "facilidad" de la Consejería para inactivarse no sería completa. Entiendo que la necesidad de solicitar la inactividad para todo el curso se podría presentar en todo momento y hasta el inicio del mismo (como dice la Orden). Por tanto, ¿no se podría entender que la Consejería implementará la posibilidad de inactivarse para este curso antes del mismo o consideran antes del inicio del curso primeros de Julio?
Yo lo que leí en la orden es que se pide antes del inicio de curso. Nada más; y eso es en septiembre. Ahora, ¿cómo se solicita? Ni idea...todo facilidades. Bfff
: ameba 02 August, 2018, 22:59:47 +02:00
: respublica 02 August, 2018, 18:04:33 +02:00
El procedimiento para ponerse inactivo para todo el curso fue a través de la solicitud de destinos de junio.
Saludos.
Esto es un follón. A ver en Secundaria se solicitaron los destinos este año junto con la instancia de la oposición EN ABRIL, la nueva orden que regula las bolsas donde han metido la opción de inactividad es la de Orden de 18 de JUNIO de 2018, es decir, posterior
En la publicación de la bolsa provisionar de música, publicada unos días antes, si hay un documento para incatividad
http://www.juntadeandalucia.es/educacion/portals/web/ced/novedades/-/contenidos/detalle/resolucion-de-27-de-julio-de-2018-de-la-direccion-general-del-profesorado-y-gestion-de-recursos-humanos-por-la-que-se
En la nuestra no. Alguien sabe cómo se lo vamos a poder hacer (y con un plazo que han dado de cinco días), en Agosto que llamas y no hay forma de que te cojan el teléfono
De verdad, tanto cuesta hacer las cosas bien?
En la Resolución de 22 de junio de 2018, de la Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos, por la que se efectúa convocatoria para la adjudicación de destinos provisionales al personal docente, para el curso académico 2018/2019 (https://www.juntadeandalucia.es/boja/2018/123/15) se establecía que, tanto los que se hubiesen presentado a las oposiciones como los que no, si querían pasar a inactivos debían solicitarlo en ese procedimiento que se convocó.
La situación de inactividad afecta a la adjudicación de vacantes por lo que es lógico que se haga en ese momento y no se podía hacer con las oposiciones porque aún no estaba vigente el cambio.
Saludos.
: respublica 03 August, 2018, 01:54:46 +02:00
: ameba 02 August, 2018, 22:59:47 +02:00
: respublica 02 August, 2018, 18:04:33 +02:00
El procedimiento para ponerse inactivo para todo el curso fue a través de la solicitud de destinos de junio.
Saludos.
Esto es un follón. A ver en Secundaria se solicitaron los destinos este año junto con la instancia de la oposición EN ABRIL, la nueva orden que regula las bolsas donde han metido la opción de inactividad es la de Orden de 18 de JUNIO de 2018, es decir, posterior
En la publicación de la bolsa provisionar de música, publicada unos días antes, si hay un documento para incatividad
http://www.juntadeandalucia.es/educacion/portals/web/ced/novedades/-/contenidos/detalle/resolucion-de-27-de-julio-de-2018-de-la-direccion-general-del-profesorado-y-gestion-de-recursos-humanos-por-la-que-se
En la nuestra no. Alguien sabe cómo se lo vamos a poder hacer (y con un plazo que han dado de cinco días), en Agosto que llamas y no hay forma de que te cojan el teléfono
De verdad, tanto cuesta hacer las cosas bien?
En la Resolución de 22 de junio de 2018, de la Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos, por la que se efectúa convocatoria para la adjudicación de destinos provisionales al personal docente, para el curso académico 2018/2019 (https://www.juntadeandalucia.es/boja/2018/123/15) se establecía que, tanto los que se hubiesen presentado a las oposiciones como los que no, si querían pasar a inactivos debían solicitarlo en ese procedimiento que se convocó.
La situación de inactividad afecta a la adjudicación de vacantes por lo que es lógico que se haga en ese momento y no se podía hacer con las oposiciones porque aún no estaba vigente el cambio.
Saludos.
A ver, como dicen varios el procedimiento para la inactivación es un follón y no está nada claro. Efectivamente la orden que lo regula se dictó luego de que hubieramos rellenado la solicitud de oposiciones, en esta solicitud que yo haya visto NO hay ningún sitio para ponerse como inactivo, existe la opción de renunciar a las adjudicaciones provisionales, pero no a ponerse como inactivo en bolsa. Por lo tanto, aquellos que ingresamos en bolsa a través del proceso selectivo no hemos tenido la opción de ponernos como inactivos, desconozco el caso de los interinos que solicitaron destino.
La lógica opcion sería que pudiera solicitarse pasar a inactivo como parte del procedimiento de las bolsas provisionales, así cuando salieran las definitivas ya estaba claro quien se quedaba y quien se ponía como inactivo. De hecho, como dice otro forero en el cuerpo de catedráticos de música Sí han puesto esta opción.
Cuando consulté a los sindicatos sobre el tema me dijeron vagamente que se habriría una aplicación para solicitar la inactivación a principios de septiembre. La orden también es bastante vaga (supongo que intencionadamente) diciendo que la solicitud de inactivación se hará "antes de comienzo del curso", sin decir CUANTO antes, ni COMO. Ya que una cosa es pensar una normativa y otra muy distinta es ver como se implementa, y está claro que al tiempo de redactar la orden no estaba claro como se iba a hacer, y no se si aún lo estará. También me comentaron que lo de los llamamientos tiene los días contados, y que a partir de enero el proceso de colocación para sustituciones será informatizado, divertido va a estar como el servidor se caiga cada dos por tres.
Si alguien tiene información sobre el procedimiento de inactivación de primera mano, sobre todo en relación a cómo solicitarlo, se agradecería mucho. Tampoco acabo de aclararme en que situación se queda el inactivo, mantiene su posición, baja,....? anaid3 anaid3 anaid3
: respublica 03 August, 2018, 01:54:46 +02:00
: ameba 02 August, 2018, 22:59:47 +02:00
: respublica 02 August, 2018, 18:04:33 +02:00
El procedimiento para ponerse inactivo para todo el curso fue a través de la solicitud de destinos de junio.
Saludos.
Esto es un follón. A ver en Secundaria se solicitaron los destinos este año junto con la instancia de la oposición EN ABRIL, la nueva orden que regula las bolsas donde han metido la opción de inactividad es la de Orden de 18 de JUNIO de 2018, es decir, posterior
En la publicación de la bolsa provisionar de música, publicada unos días antes, si hay un documento para incatividad
http://www.juntadeandalucia.es/educacion/portals/web/ced/novedades/-/contenidos/detalle/resolucion-de-27-de-julio-de-2018-de-la-direccion-general-del-profesorado-y-gestion-de-recursos-humanos-por-la-que-se
En la nuestra no. Alguien sabe cómo se lo vamos a poder hacer (y con un plazo que han dado de cinco días), en Agosto que llamas y no hay forma de que te cojan el teléfono
De verdad, tanto cuesta hacer las cosas bien?
En la Resolución de 22 de junio de 2018, de la Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos, por la que se efectúa convocatoria para la adjudicación de destinos provisionales al personal docente, para el curso académico 2018/2019 (https://www.juntadeandalucia.es/boja/2018/123/15) se establecía que, tanto los que se hubiesen presentado a las oposiciones como los que no, si querían pasar a inactivos debían solicitarlo en ese procedimiento que se convocó.
La situación de inactividad afecta a la adjudicación de vacantes por lo que es lógico que se haga en ese momento y no se podía hacer con las oposiciones porque aún no estaba vigente el cambio.
Saludos.
Gracias Respublica. Leyendo la orden es como dices, entiendo que no hay forma de ponerse a estas alturas como inactivo
Justamente por que ha sido todo un lío y un despropósito cabría la posibilidad de hacer una alegación ahora indicando esas razones y al igual que a los compañeros que estaba inactivos parece ser que les van a poner como activos también podría revertirse la situación no? Teniendo en cuanta la novedad de la Orden y lo poco claro que está todo...
: anajanarecalde 03 August, 2018, 09:43:03 +02:00
Justamente por que ha sido todo un lío y un despropósito cabría la posibilidad de hacer una alegación ahora indicando esas razones y al igual que a los compañeros que estaba inactivos parece ser que les van a poner como activos también podría revertirse la situación no? Teniendo en cuanta la novedad de la Orden y lo poco claro que está todo...
CCOO ha puesto en facebook una nota que dice que sí, la consejería va a considerar las alegaciones para pasar a inactivo antes de las definitivas.
: misterctl 03 August, 2018, 01:14:52 +02:00
Yo lo que leí en la orden es que se pide antes del inicio de curso. Nada más; y eso es en septiembre. Ahora, ¿cómo se solicita? Ni idea...todo facilidades. Bfff
¿Qué es en septiembre, el "antes del inicio del curso", o el "inicio del curso"?
El tema es francamente interesante porque por lo que estoy viendo los interinos y aspirantes de la bolsa del año pasado estábais TREMENDAMENTE desinformados, cosa que observada desde fuera llama potentísimamente la atención.
Por lo que explicáis parece muy claro que quién quisiera haber pasado a situación de inactivo para este curso entrante tenía que haberlo hecho en la convocatoria para adjudicación de destinos de finales de junio, mediante el anexo correspondiente.
Pero luego hay dos temitas:
1. Nuestras vidas no son sencillas ni previsibles en muchos casos, así que ¿qué pasa si desde esa convocatoria hasta el inicio de curso -que habrá entre medias dos meses- alguien necesita pasar a inactivo? ¿Ya no es posible? ¿Hay que tener la vida controlada a dos meses vista? En esto apoyo al compañero que lo ha mencionado, hay que tener un poquito de miramiento por la gente, que no somos insectos o muñecos, debería haber todavía posibilidad de realizar ese cambio.
2. ¿Dónde quedamos los nuevos aspirantes a interinidad? Para nosotros no ha habido oportunidad alguna de decir si pasamos o no a inactividad. La resolución provisional de bolsas de trabajo se publicó el 31 de julio, momento en el que oficialmente o casi ya se nos considera aspirantes, pero que yo sepa no hay ahí nada que permita solicitar la situación de inactivo. (O quizá esté metiendo la pata y sí lo haya). Si esto es así, quiero entender que antes del inicio del curso sí habrá oportunidad de hacerlo. Es un tema que no me interesa, yo sí quiero estar activo, pero me llama la atención que ahora mismo "mi colectivo" no tenga una salida clara en este punto.
¿O sí hay una salida?, la Orden de 18 de junio que regula las bolsas de empleo no dice en ningún momento que la solicitud para pasar a inactivo deba vehiculizarse mediante una convocatoria de la Consejería, solo habla de que los interesados podrán solicitar, o sea, que no me parece nada irregular que, "motu proprio", cada uno pudiera redactar su propia solicitud y dirigirla a la Dirección General de Recursos Humanos para que ellos resuelvan, siempre que esto se haga antes del inicio del curso.
Leo en otro hilo que en el Facebook de CCOO han publicado que se está a tiempo de solicitar el estado de Inactivo si se realiza la alegación correspondiente a las provisionales en el plazo que aún está abierto.
He ido al Facebook ese y se ve que el que escribe de CCOO lo hace así estilo telegrama, un poco difícil de entender por momentos, y no sé si la alegación es a las bolsas o a las vacantes... pero bueno, aquí lo dejo.
CCOO:
SITUACIÓN DE INACTIVO
El personal que por error le aparece inactivo debe de presentar alegaciones ante esta situación, igualmente las personas que DESEEN INACTIVARSE durante este proceso debe presentar alegaciones solicitando inactivarse.
Presentar alegaciones para poder inactivarse en este primer trimestre. Van a revisar todas las alegaciones.
Hola:
Me vais a perdonar, pero por muy novedoso que sea, es imposible ponerse inactivo por error. Por ejemplo, yo estoy en varias bolsas y me he inactivado en algunas, hay que marcar una por una y luego, al revisar la solicitud este aspecto se ve muy claro. Claro, hay que tener la precaución de leer bien la solicitud antes de firmarla, como siempre.
Pienso que el plazo de alegaciones debería ser para solventar errores atribuibles a la administración, no para cambiar de opinión. En otro caso, las definitivas siempre cambiarían mucho. Eso debería ser la excepción y no la norma.
Es mi opinión constructiva.
Saludos.
Lo que no entiendo de la inactivacion es que es por trimestres? Es decir si ahora una persona se inactiva antes del comienzo de curso se puede activar para el segundo y tercer trimestre?
: anajanarecalde 05 August, 2018, 09:09:08 +02:00
Lo que no entiendo de la inactivacion es que es por trimestres? Es decir si ahora una persona se inactiva antes del comienzo de curso se puede activar para el segundo y tercer trimestre?
"No obstante, quienes deseen pasar de nuevo a la situación de activo podrán hacerlo,
por una sola vez en cada curso académico, en los últimos diez días lectivos del primero
y segundo trimestres de cada curso"
: anajanarecalde 05 August, 2018, 09:09:08 +02:00
Lo que no entiendo de la inactivacion es que es por trimestres? Es decir si ahora una persona se inactiva antes del comienzo de curso se puede activar para el segundo y tercer trimestre?
Si la haces antes de que comience el curso, es para todo el curso. Si la haces en los últimos días de primer o segundo trimestre es, respectivamente, para segundo y tercer trimestre o bien para tercer trimestre solo. Puedes pasar a activo una sola vez en el curso y lo tendrías que pedir a final de primer o segundo trimestre.
La inactividad por causas justificadas lleva otro sistema.
Os pido consejo a los veteranos en esto. No paro de darle vueltas al tema de si pasar a inactivo o no, ya que tengo otro trabajo de momento pero también me interesa "meter la cabeza" en educación. Además de la problemática de que me llamaran para una sustitución lejos de mi domicilio (tengo hijos adolescentes q son casi peores que los peques, jejeje), me preocupa que sea por un tiempo corto y luego me quede sin nada (menos de 3 meses no tendría derecho a paro). Me han dicho que cuando terminas vuelves a la bolsa, pero en que posición? cuanto suele pasar entre un llamamiento y el siguiente? Muchas gracias anaid3 anaid3 corazonpan
: sisi 05 August, 2018, 12:03:45 +02:00
Os pido consejo a los veteranos en esto. No paro de darle vueltas al tema de si pasar a inactivo o no, ya que tengo otro trabajo de momento pero también me interesa "meter la cabeza" en educación. Además de la problemática de que me llamaran para una sustitución lejos de mi domicilio (tengo hijos adolescentes q son casi peores que los peques, jejeje), me preocupa que sea por un tiempo corto y luego me quede sin nada (menos de 3 meses no tendría derecho a paro). Me han dicho que cuando terminas vuelves a la bolsa, pero en que posición? cuanto suele pasar entre un llamamiento y el siguiente? Muchas gracias anaid3 anaid3 corazonpan
Cuando terminas una sustitución, vuelves al primer puesto de la bolsa salvo que vuelvan también compañer@s con más tiempo de servicio que tú o con más nota de oposición si ambos empezasteis a la vez.
Depende de la especialidad el tiempo que tardan en darte una nueva sustitución así como del momento del curso en el que hayas regresado a bolsa. Por ejemplo, en matemáticas, lengua, inglés y geh, lo normal es que te llamen al día siguiente o pocos días después. En otras bolsas con poco horario, pueden ser semanas. En fin, que depende mucho de todo. Para sustitución, se puede pedir una sols provincia, aunque ciertamente eso tampoco ayuda mucho en algunas provincias andaluzas si te dan en la otra punta.
El tema es que al ordenarse la bolsa por tiempo de servicio es esencial empezar a trabajar y sumar tiempo de servicio, pero cada uno sabe sus circunstancias. Suerte, decidas lo que decidas.
: rents 05 August, 2018, 14:06:19 +02:00
: sisi 05 August, 2018, 12:03:45 +02:00
Os pido consejo a los veteranos en esto. No paro de darle vueltas al tema de si pasar a inactivo o no, ya que tengo otro trabajo de momento pero también me interesa "meter la cabeza" en educación. Además de la problemática de que me llamaran para una sustitución lejos de mi domicilio (tengo hijos adolescentes q son casi peores que los peques, jejeje), me preocupa que sea por un tiempo corto y luego me quede sin nada (menos de 3 meses no tendría derecho a paro). Me han dicho que cuando terminas vuelves a la bolsa, pero en que posición? cuanto suele pasar entre un llamamiento y el siguiente? Muchas gracias anaid3 anaid3 corazonpan
Cuando terminas una sustitución, vuelves al primer puesto de la bolsa salvo que vuelvan también compañer@s con más tiempo de servicio que tú o con más nota de oposición si ambos empezasteis a la vez.
Depende de la especialidad el tiempo que tardan en darte una nueva sustitución así como del momento del curso en el que hayas regresado a bolsa. Por ejemplo, en matemáticas, lengua, inglés y geh, lo normal es que te llamen al día siguiente o pocos días después. En otras bolsas con poco horario, pueden ser semanas. En fin, que depende mucho de todo. Para sustitución, se puede pedir una sols provincia, aunque ciertamente eso tampoco ayuda mucho en algunas provincias andaluzas si te dan en la otra punta.
El tema es que al ordenarse la bolsa por tiempo de servicio es esencial empezar a trabajar y sumar tiempo de servicio, pero cada uno sabe sus circunstancias. Suerte, decidas lo que decidas.
Muchas gracias Rents por la respuesta, sí, entiendo q depende de la especialidad, yo estoy en ByG, normal e inglés, el problema es que cuando hice la solicitud no tenía nada y claro puse todas las provincias, y creo que ahora no se puede cambiar. El tema de ponerse como inactivo tampoco me queda del todo claro, porque para los interinos con TS parece que se solicitaba en el momento de la petición de destinos, pero los que somos aspirantes y hemos entrado por las opo no teniamos esa opción en la solicitud. Los sindicatos están diciendo que se puede poner como una alegación (hoy acaba el plazo), pero tampoco me fio mucho porque oficialmente la Junta no ha dicho nada, y en la orden hablan de "al inicio del curso". Creo que es lógico primero saber que posición tienes en la bolsa y luego decidir si inactivarte o no, no es lo mismo tener 300 delante que sabes que no te van a llamar hasta mayo que tener la posibilidad de que te llamen en noviembre.
En fin, gracias por el consejo, a ver si me aclaro con los procedimientos de la junta.
: sisi 06 August, 2018, 09:20:23 +02:00
Muchas gracias Rents por la respuesta, sí, entiendo q depende de la especialidad, yo estoy en ByG, normal e inglés, el problema es que cuando hice la solicitud no tenía nada y claro puse todas las provincias, y creo que ahora no se puede cambiar. El tema de ponerse como inactivo tampoco me queda del todo claro, porque para los interinos con TS parece que se solicitaba en el momento de la petición de destinos, pero los que somos aspirantes y hemos entrado por las opo no teniamos esa opción en la solicitud. Los sindicatos están diciendo que se puede poner como una alegación (hoy acaba el plazo), pero tampoco me fio mucho porque oficialmente la Junta no ha dicho nada, y en la orden hablan de "al inicio del curso". Creo que es lógico primero saber que posición tienes en la bolsa y luego decidir si inactivarte o no, no es lo mismo tener 300 delante que sabes que no te van a llamar hasta mayo que tener la posibilidad de que te llamen en noviembre.
En fin, gracias por el consejo, a ver si me aclaro con los procedimientos de la junta.
Estoy muy de acuerdo contigo, sisi, los nuevos aspirantes no hemos tenido oportunidad, aunque la normativa nos reconozca el derecho, de inactivarnos, o al menos no la hemos tenído todavía. Las circunstancias particulares pueden cambiar en cualquier momento y como muy bien dices puede que nuestra posición en bolsa, una vez conocida, nos hubiera llevado a tomar la decisión de inactivarnos pero por el momento no se nos ha ofrecido esa posibilidad y el principio de curso (límite para la inactivación inicial) está ya bastante cerca.
Sin embargo puede que, acostumbrados a hacerlo todo en base a convocatorias, se nos olvide un poco el derecho particular a solicitar lo que nos pertenece mientras no haya algo que lo impida. Así, si yo estuviera en un caso como el tuyo en que pudiera interesarme pasar a inactivo, sencillamente redactaría una breve solicitud pidiendo la misma y la entregaría en el Registro de cualquier Delegación dirigiéndola a Recursos Humanos. No cuesta mucho trabajo y sería perfectamente legal a la luz de lo que dice la Orden.
Otra posibilidad que se nos puede ocurrir es que se haga una alegación a la bolsa o bolsas de trabajo en las que figuremos indicando que queremos estar en situación de inactivos en virtud del derecho que nos reconoce la Orden. Esto debe hacerse HOY ya que hoy acaba el plazo de alegaciones a las bolsas. Sería un mecanismo similar al que parece que van a poder disfrutar los interinos para los que los sindicatos están diciendo que la Consejería aceptará reclamaciones para pasar a inactivos si así lo reclaman en el plazo de alegaciones a la adjudicación provisional de vacantes (a pesar de que ya pudieron disfrutar de esta posibilidad en su solcitud para la participación en la adjudicación).
: Iridium 06 August, 2018, 09:53:51 +02:00
: sisi 06 August, 2018, 09:20:23 +02:00
Muchas gracias Rents por la respuesta, sí, entiendo q depende de la especialidad, yo estoy en ByG, normal e inglés, el problema es que cuando hice la solicitud no tenía nada y claro puse todas las provincias, y creo que ahora no se puede cambiar. El tema de ponerse como inactivo tampoco me queda del todo claro, porque para los interinos con TS parece que se solicitaba en el momento de la petición de destinos, pero los que somos aspirantes y hemos entrado por las opo no teniamos esa opción en la solicitud. Los sindicatos están diciendo que se puede poner como una alegación (hoy acaba el plazo), pero tampoco me fio mucho porque oficialmente la Junta no ha dicho nada, y en la orden hablan de "al inicio del curso". Creo que es lógico primero saber que posición tienes en la bolsa y luego decidir si inactivarte o no, no es lo mismo tener 300 delante que sabes que no te van a llamar hasta mayo que tener la posibilidad de que te llamen en noviembre.
En fin, gracias por el consejo, a ver si me aclaro con los procedimientos de la junta.
Estoy muy de acuerdo contigo, sisi, los nuevos aspirantes no hemos tenido oportunidad, aunque la normativa nos reconozca el derecho, de inactivarnos, o al menos no la hemos tenído todavía. Las circunstancias particulares pueden cambiar en cualquier momento y como muy bien dices puede que nuestra posición en bolsa, una vez conocida, nos hubiera llevado a tomar la decisión de inactivarnos pero por el momento no se nos ha ofrecido esa posibilidad y el principio de curso (límite para la inactivación inicial) está ya bastante cerca.
Sin embargo puede que, acostumbrados a hacerlo todo en base a convocatorias, se nos olvide un poco el derecho particular a solicitar lo que nos pertenece mientras no haya algo que lo impida. Así, si yo estuviera en un caso como el tuyo en que pudiera interesarme pasar a inactivo, sencillamente redactaría una breve solicitud pidiendo la misma y la entregaría en el Registro de cualquier Delegación dirigiéndola a Recursos Humanos. No cuesta mucho trabajo y sería perfectamente legal a la luz de lo que dice la Orden.
Otra posibilidad que se nos puede ocurrir es que se haga una alegación a la bolsa o bolsas de trabajo en las que figuremos indicando que queremos estar en situación de inactivos en virtud del derecho que nos reconoce la Orden. Esto debe hacerse HOY ya que hoy acaba el plazo de alegaciones a las bolsas. Sería un mecanismo similar al que parece que van a poder disfrutar los interinos para los que los sindicatos están diciendo que la Consejería aceptará reclamaciones para pasar a inactivos si así lo reclaman en el plazo de alegaciones a la adjudicación provisional de vacantes (a pesar de que ya pudieron disfrutar de esta posibilidad en su solcitud para la participación en la adjudicación).
Gracias Iridium por la aportación, he pensado lo de solicitar la inactivación como una alegación hoy como dices, pero el problema es hacerlo sin saber realmente cuál es mi posición definitiva en la bolsa (tal como están las cosas puede haber variado), y por tanto no se si tengo posibilidades de que me llamaran en el primer trimestre o no. Yo creo que lo normal y razonable sería que una vez que salgan las bolsas definitivas, se activara en la página de la junta la opcion de solicitar la inactivación. También es válido lo que dices de presentar una solicitud por registro y chim-pón, porque la orden no especifica nada sobre el procedimiento.
También he leído en la dichosa orden que para ser expulsado de la bolsa, en el caso de que te llamen y no puedas alegar ninguno de los motivos excepcionales (art.17), no te excluyen sino que pasas a estado de inactivo durante todo el curso (punto 6 del art 25). De hecho en otro lado pone que la exclusión se produce si no participas en DOS procedimientos de adjudicación de destinos provisionales o alternos. Aunque esto no se si vale para todos (aspirantes e interinos) o no. En fin, a ver si salen las definitivas y nos aclaramos todos. Si alguien tiene ganas de leerse los artículos mencionados a ver si mi interpretación es correcta o no. Saludos corazonpan
: sisi 06 August, 2018, 10:07:44 +02:00
: Iridium 06 August, 2018, 09:53:51 +02:00
: sisi 06 August, 2018, 09:20:23 +02:00
Muchas gracias Rents por la respuesta, sí, entiendo q depende de la especialidad, yo estoy en ByG, normal e inglés, el problema es que cuando hice la solicitud no tenía nada y claro puse todas las provincias, y creo que ahora no se puede cambiar. El tema de ponerse como inactivo tampoco me queda del todo claro, porque para los interinos con TS parece que se solicitaba en el momento de la petición de destinos, pero los que somos aspirantes y hemos entrado por las opo no teniamos esa opción en la solicitud. Los sindicatos están diciendo que se puede poner como una alegación (hoy acaba el plazo), pero tampoco me fio mucho porque oficialmente la Junta no ha dicho nada, y en la orden hablan de "al inicio del curso". Creo que es lógico primero saber que posición tienes en la bolsa y luego decidir si inactivarte o no, no es lo mismo tener 300 delante que sabes que no te van a llamar hasta mayo que tener la posibilidad de que te llamen en noviembre.
En fin, gracias por el consejo, a ver si me aclaro con los procedimientos de la junta.
Estoy muy de acuerdo contigo, sisi, los nuevos aspirantes no hemos tenido oportunidad, aunque la normativa nos reconozca el derecho, de inactivarnos, o al menos no la hemos tenído todavía. Las circunstancias particulares pueden cambiar en cualquier momento y como muy bien dices puede que nuestra posición en bolsa, una vez conocida, nos hubiera llevado a tomar la decisión de inactivarnos pero por el momento no se nos ha ofrecido esa posibilidad y el principio de curso (límite para la inactivación inicial) está ya bastante cerca.
Sin embargo puede que, acostumbrados a hacerlo todo en base a convocatorias, se nos olvide un poco el derecho particular a solicitar lo que nos pertenece mientras no haya algo que lo impida. Así, si yo estuviera en un caso como el tuyo en que pudiera interesarme pasar a inactivo, sencillamente redactaría una breve solicitud pidiendo la misma y la entregaría en el Registro de cualquier Delegación dirigiéndola a Recursos Humanos. No cuesta mucho trabajo y sería perfectamente legal a la luz de lo que dice la Orden.
Otra posibilidad que se nos puede ocurrir es que se haga una alegación a la bolsa o bolsas de trabajo en las que figuremos indicando que queremos estar en situación de inactivos en virtud del derecho que nos reconoce la Orden. Esto debe hacerse HOY ya que hoy acaba el plazo de alegaciones a las bolsas. Sería un mecanismo similar al que parece que van a poder disfrutar los interinos para los que los sindicatos están diciendo que la Consejería aceptará reclamaciones para pasar a inactivos si así lo reclaman en el plazo de alegaciones a la adjudicación provisional de vacantes (a pesar de que ya pudieron disfrutar de esta posibilidad en su solcitud para la participación en la adjudicación).
Gracias Iridium por la aportación, he pensado lo de solicitar la inactivación como una alegación hoy como dices, pero el problema es hacerlo sin saber realmente cuál es mi posición definitiva en la bolsa (tal como están las cosas puede haber variado), y por tanto no se si tengo posibilidades de que me llamaran en el primer trimestre o no. Yo creo que lo normal y razonable sería que una vez que salgan las bolsas definitivas, se activara en la página de la junta la opcion de solicitar la inactivación. También es válido lo que dices de presentar una solicitud por registro y chim-pón, porque la orden no especifica nada sobre el procedimiento.
También he leído en la dichosa orden que para ser expulsado de la bolsa, en el caso de que te llamen y no puedas alegar ninguno de los motivos excepcionales (art.17), no te excluyen sino que pasas a estado de inactivo durante todo el curso (punto 6 del art 25). De hecho en otro lado pone que la exclusión se produce si no participas en DOS procedimientos de adjudicación de destinos provisionales o alternos. Aunque esto no se si vale para todos (aspirantes e interinos) o no. En fin, a ver si salen las definitivas y nos aclaramos todos. Si alguien tiene ganas de leerse los artículos mencionados a ver si mi interpretación es correcta o no. Saludos corazonpan
Interpreto como tú que ya puesto en marcha el nuevo sistema telemático de convocatorias con ofertas de plazas para sustituciones, que será a partir de enero de 2019, si no participas en alguna de ellas y tenías obligación de participar, te quedas automáticamente como inactivo hasta final de curso. Y como bien dices, sería a la segunda cuando te expulsaran. Pero antes de esa fecha, con el llamamiento telefónico, la expulsión sí podría ser a la primera si no aceptas lo que te ofrecen y no tienes causa justificada, como hasta ahora. ¿O ahora no es así?
: Iridium 06 August, 2018, 10:29:19 +02:00
: sisi 06 August, 2018, 10:07:44 +02:00
: Iridium 06 August, 2018, 09:53:51 +02:00
: sisi 06 August, 2018, 09:20:23 +02:00
Muchas gracias Rents por la respuesta, sí, entiendo q depende de la especialidad, yo estoy en ByG, normal e inglés, el problema es que cuando hice la solicitud no tenía nada y claro puse todas las provincias, y creo que ahora no se puede cambiar. El tema de ponerse como inactivo tampoco me queda del todo claro, porque para los interinos con TS parece que se solicitaba en el momento de la petición de destinos, pero los que somos aspirantes y hemos entrado por las opo no teniamos esa opción en la solicitud. Los sindicatos están diciendo que se puede poner como una alegación (hoy acaba el plazo), pero tampoco me fio mucho porque oficialmente la Junta no ha dicho nada, y en la orden hablan de "al inicio del curso". Creo que es lógico primero saber que posición tienes en la bolsa y luego decidir si inactivarte o no, no es lo mismo tener 300 delante que sabes que no te van a llamar hasta mayo que tener la posibilidad de que te llamen en noviembre.
En fin, gracias por el consejo, a ver si me aclaro con los procedimientos de la junta.
Estoy muy de acuerdo contigo, sisi, los nuevos aspirantes no hemos tenido oportunidad, aunque la normativa nos reconozca el derecho, de inactivarnos, o al menos no la hemos tenído todavía. Las circunstancias particulares pueden cambiar en cualquier momento y como muy bien dices puede que nuestra posición en bolsa, una vez conocida, nos hubiera llevado a tomar la decisión de inactivarnos pero por el momento no se nos ha ofrecido esa posibilidad y el principio de curso (límite para la inactivación inicial) está ya bastante cerca.
Sin embargo puede que, acostumbrados a hacerlo todo en base a convocatorias, se nos olvide un poco el derecho particular a solicitar lo que nos pertenece mientras no haya algo que lo impida. Así, si yo estuviera en un caso como el tuyo en que pudiera interesarme pasar a inactivo, sencillamente redactaría una breve solicitud pidiendo la misma y la entregaría en el Registro de cualquier Delegación dirigiéndola a Recursos Humanos. No cuesta mucho trabajo y sería perfectamente legal a la luz de lo que dice la Orden.
Otra posibilidad que se nos puede ocurrir es que se haga una alegación a la bolsa o bolsas de trabajo en las que figuremos indicando que queremos estar en situación de inactivos en virtud del derecho que nos reconoce la Orden. Esto debe hacerse HOY ya que hoy acaba el plazo de alegaciones a las bolsas. Sería un mecanismo similar al que parece que van a poder disfrutar los interinos para los que los sindicatos están diciendo que la Consejería aceptará reclamaciones para pasar a inactivos si así lo reclaman en el plazo de alegaciones a la adjudicación provisional de vacantes (a pesar de que ya pudieron disfrutar de esta posibilidad en su solcitud para la participación en la adjudicación).
Gracias Iridium por la aportación, he pensado lo de solicitar la inactivación como una alegación hoy como dices, pero el problema es hacerlo sin saber realmente cuál es mi posición definitiva en la bolsa (tal como están las cosas puede haber variado), y por tanto no se si tengo posibilidades de que me llamaran en el primer trimestre o no. Yo creo que lo normal y razonable sería que una vez que salgan las bolsas definitivas, se activara en la página de la junta la opcion de solicitar la inactivación. También es válido lo que dices de presentar una solicitud por registro y chim-pón, porque la orden no especifica nada sobre el procedimiento.
También he leído en la dichosa orden que para ser expulsado de la bolsa, en el caso de que te llamen y no puedas alegar ninguno de los motivos excepcionales (art.17), no te excluyen sino que pasas a estado de inactivo durante todo el curso (punto 6 del art 25). De hecho en otro lado pone que la exclusión se produce si no participas en DOS procedimientos de adjudicación de destinos provisionales o alternos. Aunque esto no se si vale para todos (aspirantes e interinos) o no. En fin, a ver si salen las definitivas y nos aclaramos todos. Si alguien tiene ganas de leerse los artículos mencionados a ver si mi interpretación es correcta o no. Saludos corazonpan
Interpreto como tú que ya puesto en marcha el nuevo sistema telemático de convocatorias con ofertas de plazas para sustituciones, que será a partir de enero de 2019, si no participas en alguna de ellas y tenías obligación de participar, te quedas automáticamente como inactivo hasta final de curso. Y como bien dices, sería a la segunda cuando te expulsaran. Pero antes de esa fecha, con el llamamiento telefónico, la expulsión sí podría ser a la primera si no aceptas lo que te ofrecen y no tienes causa justificada, como hasta ahora. ¿O ahora no es así?
Si, tienes razón, la orden habla del procedimiento telemático, pero no aclara nada sobre los llamamientos telefónicos, aunque la verdad es que sería "poco uniforme" (por llamarlo de alguna manera) que se aplicara la normativa de manera diferente según si el procedimiento es telefónico o telemático no? Quisiera creer que la modificación en la orden se aplica a todo desde que entra en vigor, ya que tampoco excluye de manera expresa a los llamamientos. Esto es lo que dice al final "Disposición transitoria segunda. Provisión de vacantes sobrevenidas y sustituciones.
Los procedimientos a que se refiere el artículo 24 (provisión de vacantes sobrevenidas
y sustituciones) se iniciará, con carácter regular, a partir del mes de enero de 2019.
Hasta tanto,
se mantendrá el sistema de llamamiento provincializado, sin perjuicio de los
derechos reconocidos al personal integrante de las bolsas en la presente orden."
Lo dicho, uno no, dos máster hacen falta para entender esto. uff. Muchas gracias.
: sisi 06 August, 2018, 11:01:05 +02:00
Si, tienes razón, la orden habla del procedimiento telemático, pero no aclara nada sobre los llamamientos telefónicos, aunque la verdad es que sería "poco uniforme" (por llamarlo de alguna manera) que se aplicara la normativa de manera diferente según si el procedimiento es telefónico o telemático no? Quisiera creer que la modificación en la orden se aplica a todo desde que entra en vigor, ya que tampoco excluye de manera expresa a los llamamientos. Esto es lo que dice al final "Disposición transitoria segunda. Provisión de vacantes sobrevenidas y sustituciones.
Los procedimientos a que se refiere el artículo 24 (provisión de vacantes sobrevenidas
y sustituciones) se iniciará, con carácter regular, a partir del mes de enero de 2019.
Hasta tanto, se mantendrá el sistema de llamamiento provincializado, sin perjuicio de los
derechos reconocidos al personal integrante de las bolsas en la presente orden."
Lo dicho, uno no, dos máster hacen falta para entender esto. uff. Muchas gracias.
Ten en cuenta lo siguiente: el "derecho" (entiéndase que entrecomillo porque es más bien "castigo" que derecho, pero es cierto que podría venir bien en algún caso) a que te pongan como inactivo si no participas en una convocatoria telemática de sustituciones está precisamente referido en la Orden a ese proceso informatizado, es dentro de él y no fuera de él donde se aplica, así que los llamamientos telefónicos NO tendrían por qué pasarte a la inactividad en caso de no aceptar lo que te ofrecen, aplicándose lo que creo que hasta ahora se aplica, la expulsión de la bolsa. Entiendo lo que expones al citar lo de "...sin perjuicio de los derechos reconocidos..." de la disposición transitoria pero yo diría que no es aplicable a esta cuestión concreta.
hola compañeros.
me gustaría preguntaros si para hacer ahora la alegación para ponerse inactivo (se trata de un aspirante) hay que adjuntar algo en las alegaciones, o simplemente se puede poner que se desea estar inactivo durante el curso.
a la persona afectada no le corresponde vacante pero tampoco quiere ser llamado al tener otro trabajo, pero no quiere perder la oportunidad futura de seguir en bolsa.
gracias y espero vuestra respuesta, acabamos de enterarnos de que se podía poner como inactivo en las alegaciones y por eso no lo hemos hecho hasta el último día.
: Iridium 06 August, 2018, 12:14:26 +02:00
: sisi 06 August, 2018, 11:01:05 +02:00
Si, tienes razón, la orden habla del procedimiento telemático, pero no aclara nada sobre los llamamientos telefónicos, aunque la verdad es que sería "poco uniforme" (por llamarlo de alguna manera) que se aplicara la normativa de manera diferente según si el procedimiento es telefónico o telemático no? Quisiera creer que la modificación en la orden se aplica a todo desde que entra en vigor, ya que tampoco excluye de manera expresa a los llamamientos. Esto es lo que dice al final "Disposición transitoria segunda. Provisión de vacantes sobrevenidas y sustituciones.
Los procedimientos a que se refiere el artículo 24 (provisión de vacantes sobrevenidas
y sustituciones) se iniciará, con carácter regular, a partir del mes de enero de 2019.
Hasta tanto, se mantendrá el sistema de llamamiento provincializado, sin perjuicio de los
derechos reconocidos al personal integrante de las bolsas en la presente orden."
Lo dicho, uno no, dos máster hacen falta para entender esto. uff. Muchas gracias.
Ten en cuenta lo siguiente: el "derecho" (entiéndase que entrecomillo porque es más bien "castigo" que derecho, pero es cierto que podría venir bien en algún caso) a que te pongan como inactivo si no participas en una convocatoria telemática de sustituciones está precisamente referido en la Orden a ese proceso informatizado, es dentro de él y no fuera de él donde se aplica, así que los llamamientos telefónicos NO tendrían por qué pasarte a la inactividad en caso de no aceptar lo que te ofrecen, aplicándose lo que creo que hasta ahora se aplica, la expulsión de la bolsa. Entiendo lo que expones al citar lo de "...sin perjuicio de los derechos reconocidos..." de la disposición transitoria pero yo diría que no es aplicable a esta cuestión concreta.
La cuestión es que hasta ahora, si te llamaban y tenias un contrato fijo, lo alegabas y no te expulsaban, sino que te desactivaban para ese curso. A mí me ha ocurrido en tres ocasiones.
Ahora debes inactivarte tú y los aspirantes que tenemos un trabajo (mi caso) no teníamos ni idea de si nos mantendriamos en bolsa o no (de hecho, yo debería aparecer según CSIF en la bolsa de la especialidad por la que he opositado y suspendido, porque ya estaba en la extraordinaria, y sin embargo aparezco en otras que pedí en la extraordinaria, pero en esa no...) ni en qué circunstancias, cuando sacaron la orden de destinos.
Y aparte, aunque tenga un trabajo, me gustaría poder tener el derecho de optar a algo mejor, sin renunciar a ciegas, todo sea dicho.
Qué hacemos ahora?
En mi caso, puedo alegar hijo<3 años según la orden, aunque lógicamente no computara tiempo de servicio??
Después, la orden habla de dos renuncias consecutivas o alternas, pero aclara si pasas a inactividad para el resto del curso, y ya al final incluso dice que los puestos son irrenunciables. Debe ser el calor, pero yo no me entero.
Es todo muy caótico, la verdad. Creo que yo sí voy a solicitar antes del 1 de septiembre la inactividad mediante instancia presentada en registro, porque cumple estrictamente con lo que dice la orden de 18 de junio.
: hastalabola 07 August, 2018, 02:24:31 +02:00
Ahora debes inactivarte tú y los aspirantes que tenemos un trabajo (mi caso) no teníamos ni idea de si nos mantendriamos en bolsa o no (de hecho, yo debería aparecer según CSIF en la bolsa de la especialidad por la que he opositado y suspendido, porque ya estaba en la extraordinaria, y sin embargo aparezco en otras que pedí en la extraordinaria, pero en esa no...) ni en qué circunstancias, cuando sacaron la orden de destinos.
Si opositas y suspendes la primera prueba no entras en bolsa pero si ya estabas de antes en una extraordinaria de esa especialidad deberías permanecer en ella, lo que te ha pasado yo entiendo que no se justifica bien.
En mi caso, puedo alegar hijo<3 años según la orden, aunque lógicamente no computara tiempo de servicio??
Si te llaman para trabajar puedes renunciar por el cuidado de hijo menor de tres años y sí computa tiempo de servicio, pero solo en el caso de que no tengas otra actividad remunerada. Si a lo que te refieres es que puedes alegar hijo menor de tres años para inactivarte ahora, no, porque para inactivarte en bolsa no tienes que alegar nada, sencillamente mostrar tu voluntad para ello.
Después, la orden habla de dos renuncias consecutivas o alternas, pero aclara si pasas a inactividad para el resto del curso, y ya al final incluso dice que los puestos son irrenunciables. Debe ser el calor, pero yo no me entero.
A ver, si no participas en una convocatoria telemática (las que comenzarán el 1 de enero de 2019) a la que estés obligada para provisión de interinidades o a la provisión de destinos te ponen inactiva todo lo que queda de curso. Si en otro curso de nuevo dejas de participar estando activa se te excluye (expulsa) de la bolsa. Si lo que haces es no presentarte a tu puesto de trabajo sin causa justificada una vez que hayas "ganado" una sustitución por el proceso telemático, se te excluye directamente de la bolsa, no esperan a una segunda, a la primera te largan. Las causas justificadas, en principio, hay que alegarlas cuando se participa en esas convocatorias telemáticas obligatorias.
: Iridium 07 August, 2018, 09:50:00 +02:00
: hastalabola 07 August, 2018, 02:24:31 +02:00
Ahora debes inactivarte tú y los aspirantes que tenemos un trabajo (mi caso) no teníamos ni idea de si nos mantendriamos en bolsa o no (de hecho, yo debería aparecer según CSIF en la bolsa de la especialidad por la que he opositado y suspendido, porque ya estaba en la extraordinaria, y sin embargo aparezco en otras que pedí en la extraordinaria, pero en esa no...) ni en qué circunstancias, cuando sacaron la orden de destinos.
Si opositas y suspendes la primera prueba no entras en bolsa pero si ya estabas de antes en una extraordinaria de esa especialidad deberías permanecer en ella, lo que te ha pasado yo entiendo que no se justifica bien.
En mi caso, puedo alegar hijo<3 años según la orden, aunque lógicamente no computara tiempo de servicio??
Si te llaman para trabajar puedes renunciar por el cuidado de hijo menor de tres años y sí computa tiempo de servicio, pero solo en el caso de que no tengas otra actividad remunerada. Si a lo que te refieres es que puedes alegar hijo menor de tres años para inactivarte ahora, no, porque para inactivarte en bolsa no tienes que alegar nada, sencillamente mostrar tu voluntad para ello. claro, la cosa es que administrativamente no hay manera de inactivarte antes del comienzo de curso, si no presentaste el anexo correspondiente antes del 11 de julio.
Después, la orden habla de dos renuncias consecutivas o alternas, pero aclara si pasas a inactividad para el resto del curso, y ya al final incluso dice que los puestos son irrenunciables. Debe ser el calor, pero yo no me entero.
A ver, si no participas en una convocatoria telemática (las que comenzarán el 1 de enero de 2019) a la que estés obligada para provisión de interinidades o a la provisión de destinos te ponen inactiva todo lo que queda de curso. Si en otro curso de nuevo dejas de participar estando activa se te excluye (expulsa) de la bolsa. Si lo que haces es no presentarte a tu puesto de trabajo sin causa justificada una vez que hayas "ganado" una sustitución por el proceso telemático, se te excluye directamente de la bolsa, no esperan a una segunda, a la primera te largan. Las causas justificadas, en principio, hay que alegarlas cuando se participa en esas convocatorias telemáticas obligatorias.
y si la sustitución te la dan en el primer trimestre?? Se respeta la primera renuncia o te expulsan directamente?
Muchas gracias por vuestra ayuda!
: respublica 03 August, 2018, 01:54:46 +02:00
: ameba 02 August, 2018, 22:59:47 +02:00
: respublica 02 August, 2018, 18:04:33 +02:00
El procedimiento para ponerse inactivo para todo el curso fue a través de la solicitud de destinos de junio.
Saludos.
Esto es un follón. A ver en Secundaria se solicitaron los destinos este año junto con la instancia de la oposición EN ABRIL, la nueva orden que regula las bolsas donde han metido la opción de inactividad es la de Orden de 18 de JUNIO de 2018, es decir, posterior
En la publicación de la bolsa provisionar de música, publicada unos días antes, si hay un documento para incatividad
http://www.juntadeandalucia.es/educacion/portals/web/ced/novedades/-/contenidos/detalle/resolucion-de-27-de-julio-de-2018-de-la-direccion-general-del-profesorado-y-gestion-de-recursos-humanos-por-la-que-se
En la nuestra no. Alguien sabe cómo se lo vamos a poder hacer (y con un plazo que han dado de cinco días), en Agosto que llamas y no hay forma de que te cojan el teléfono
De verdad, tanto cuesta hacer las cosas bien?
En la Resolución de 22 de junio de 2018, de la Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos, por la que se efectúa convocatoria para la adjudicación de destinos provisionales al personal docente, para el curso académico 2018/2019 (https://www.juntadeandalucia.es/boja/2018/123/15) se establecía que, tanto los que se hubiesen presentado a las oposiciones como los que no, si querían pasar a inactivos debían solicitarlo en ese procedimiento que se convocó.
La situación de inactividad afecta a la adjudicación de vacantes por lo que es lógico que se haga en ese momento y no se podía hacer con las oposiciones porque aún no estaba vigente el cambio.
Saludos.
Lo de inactivarse en la solicitud de destinos provisionales fue válido para interinos y aspirantes que ya figurasen en bolsas de trabajo en las fechas en que esa convocatoria se realizó (finales de junio). Pero de forma llamativa, una vez hechas las nuevas bolsas (que realmente no son definitivas aún, ayer acabó el plazo de alegaciones a la resolución provisional de las mismas), los nuevos aspirantes incluidos en ellas NO han tenido oportunidad alguna de inactivarse al menos a través de algún tipo de llamamiento o convocatoria de la Consejería.
Así pues, o la Consejería saca en breve un mecanismo colectivo para que este grupo de aspirantes a interinidad (los nuevos a partir de las oposiciones 2018) tengan la opción de inactivarse, o estos interesados en pasar a situación de inactivo hacen una solicitud, a título personal, presentando el escrito correspondiente en Registro y dirigiéndolo a la Dirección General de Recursos Humanos.
La Orden que regula las bolsas de 18 de junio no indica que la solicitud de inactivación se hará dentro de convocatorias o llamamientos de la administración, solo habla de solicitud que habrá de realizarse antes del inicio del curso (para iniciar el curso como inactivo) y esta solicitud, lógicamente, se puede así realizar libremente.
No entiendo esto, ya se sabe que las alegaciones que se han hecho para inactivarse no van a ser aprobadas?
Se supone que habrá un periodo para inactivarse? Incluso los que obtuvieron vacante provisional?
: hastalabola 07 August, 2018, 10:55:48 +02:00
y si la sustitución te la dan en el primer trimestre?? Se respeta la primera renuncia o te expulsan directamente?
Muchas gracias por vuestra ayuda!
Pues mientras no esté establecido el nuevo sistema telemático rige el telefónico de antes (el que se ha hecho hasta final del curso 2017/2018) . No sé, porque soy "nuevo" en esto de las sustituciones, que pasa con este sistema telefónico si dices que no quieres los puestos que te ofertan o no te presentas en tu puesto de trabajo en el plazo que te dan, pero creo que te sacan de la bolsa si no tienes causa justificada.
La duda interesante es esta: ¿siguen vigentes hasta el 1 de enero de 2019 las causas que justificaban la renuncia a una sustitución que han podido alegarse hasta el momento, entre ellas el tener un contrato de trabajo fijo?
: anajanarecalde 07 August, 2018, 12:53:19 +02:00
No entiendo esto, ya se sabe que las alegaciones que se han hecho para inactivarse no van a ser aprobadas?
Se supone que habrá un periodo para inactivarse? Incluso los que obtuvieron vacante provisional?
Si te refieres con "esto" a lo que he escrito yo justo antes, te aclaro que me he referido a los NUEVOS aspirantes en bolsas de trabajo, ni me refiero a interinos ni me refiero a aspirantes que ya estuvieran en bolsa de trabajo en junio. Para los NUEVOS no ha existido hasta el momento posibilidad de inactivarse en algún tipo de llamamiento de la Consejería.
Ahhhh vale ahora si!! Cierto no ha habido posibilidad para todos de manera oficial y de buenas maneras 👍
: Iridium 07 August, 2018, 12:58:08 +02:00
: hastalabola 07 August, 2018, 10:55:48 +02:00
y si la sustitución te la dan en el primer trimestre?? Se respeta la primera renuncia o te expulsan directamente?
Muchas gracias por vuestra ayuda!
Pues mientras no esté establecido el nuevo sistema telemático rige el telefónico de antes (el que se ha hecho hasta final del curso 2017/2018) . No sé, porque soy "nuevo" en esto de las sustituciones, que pasa con este sistema telefónico si dices que no quieres los puestos que te ofertan o no te presentas en tu puesto de trabajo en el plazo que te dan, pero creo que te sacan de la bolsa si no tienes causa justificada.
La duda interesante es esta: ¿siguen vigentes hasta el 1 de enero de 2019 las causas que justificaban la renuncia a una sustitución que han podido alegarse hasta el momento, entre ellas el tener un contrato de trabajo fijo?
Exacto, al final se resume en eso.
El problema es que los aspirantes a interinidad ya en estas fechas lo tenemos complicado para organizarnos o pedir ayuda a un sindicato, por lo que entiendo que al final lo más razonable es solicitar la inactividad mediante instancia, el virtud de lo que dice la orden de 18 de junio, ya que sería estrictamente legal.
: Iridium 07 August, 2018, 12:58:08 +02:00
¿siguen vigentes hasta el 1 de enero de 2019 las causas que justificaban la renuncia a una sustitución que han podido alegarse hasta el momento, entre ellas el tener un contrato de trabajo fijo?
No, desde que entró en vigor la nueva Orden de interinidades ya no se puede alegar estar trabajando para no ser excluido y lo que procede en ese caso es ponerse como inactivo.
Saludos.
Mi duda es ¿cómo me pongo INACTIVO en la bolsa antes del inicio de curso?
Tengo vacante informatizada y no me voy a incorporar el 1 de septiembre. Se me presentan varias opciones:
1ª Dejar pasar el tiempo, no tomar posesión y que me echen de la bolsa.
2ª Presentar en el plazo d 5 días hábiles la solicitud de no incorporación al destino adjudicado (anexo IV) alegando alguno de los motivos recogidos en el artículo 17 de la Orden de 18 de junio,
3ª Solicitar pasar a la situación de inactivo antes del inicio de curso según se recoge en el art 14, pero nosé cómo hacerlo.
: Juan Antonio López 13 August, 2018, 20:36:43 +02:00
Tengo vacante informatizada y no me voy a incorporar el 1 de septiembre. Se me presentan varias opciones:
1ª Dejar pasar el tiempo, no tomar posesión y que me echen de la bolsa.
2ª Presentar en el plazo d 5 días hábiles la solicitud de no incorporación al destino adjudicado (anexo IV) alegando alguno de los motivos recogidos en el artículo 17 de la Orden de 18 de junio,
3ª Solicitar pasar a la situación de inactivo antes del inicio de curso según se recoge en el art 14, pero nosé cómo hacerlo.
Si son esas tres, sin duda la segunda parece la mejor. La tercera no puede ser ya que tendrías que haberte puesto inactivo antes de que te dieran la vacante, hacerlo después no vale.
En este tema parece ser que son (somos) varios, incluido el personal de las DT, que no tiene muy claro como proceder. Hoy he ido a mi DT (Málaga) a preguntar si se abriría una opción para la inactivación/activación al personal q estamos en bolsa y que no pudimos hacerlo en la solicitud provisional de destinos porque aún no formábamos parte de la bolsa (es decir estamos en bolsa por aprobar las oposiciones, pero no tenemos TS).Y la respuesta fue "la persona que lleva interinos no está, sólo sé lo que viene en la orden". Que es más bien poco, puesto que no especifica el procedimiento. Pregunté la opción de presentar una solicitud por registro y me dijeron que sí, que era una opción, pero sin mucho convencimiento. Tanto el de delante mío como el de detrás venían por temas similares, supongo que la respuesta fue la misma. Los sindicatos cerrados. Habrá que esperar un poco más, a ver si se implementa algo online, que tarde o temprano tendrá que aparecer dado que si no es para todo el curso, se puede pedir la inactivación a finales del primer trimestre. Si alguien ha hecho consultas similares en DTs a ver si coinciden las informaciones. Gracias
Yo estoy en las mismas y creo que me voy a curar en salud y solicitarlo mediante el registro. De aquí a septiembre no creo que habiliten nada y, oficialmente, el curso empieza el 1 de septiembre, no?
No sé, es la primera vez que me veo así y no tengo mucha idea de como proceder
: Iridium 05 August, 2018, 11:01:59 +02:00
: anajanarecalde 05 August, 2018, 09:09:08 +02:00
Lo que no entiendo de la inactivacion es que es por trimestres? Es decir si ahora una persona se inactiva antes del comienzo de curso se puede activar para el segundo y tercer trimestre?
Si las haces antes de que comience el curso, es para todo el curso. Si la haces en los últimos días de primer o segundo trimestre es, respectivamente, para segundo y tercer trimestre o bien para tercer trimestre solo. Puedes pasar a activo una sola vez en el curso y lo tendrías que pedir a final de primer o segundo trimestre.
La inactividad por causas justificadas lleva otro sistema.
Entonces si se que me van a dar una vacante informatizada lejos de casa, me puedo desactivar antes de que empiece el curso en los plazos establecidos y podría volver a activarme en el segundo trimestre no?
: bessonova 15 August, 2018, 01:15:55 +02:00
: Iridium 05 August, 2018, 11:01:59 +02:00
: anajanarecalde 05 August, 2018, 09:09:08 +02:00
Lo que no entiendo de la inactivacion es que es por trimestres? Es decir si ahora una persona se inactiva antes del comienzo de curso se puede activar para el segundo y tercer trimestre?
Si las haces antes de que comience el curso, es para todo el curso. Si la haces en los últimos días de primer o segundo trimestre es, respectivamente, para segundo y tercer trimestre o bien para tercer trimestre solo. Puedes pasar a activo una sola vez en el curso y lo tendrías que pedir a final de primer o segundo trimestre.
La inactividad por causas justificadas lleva otro sistema.
Entonces si se que me van a dar una vacante informatizada lejos de casa, me puedo desactivar antes de que empiece el curso en los plazos establecidos y podría volver a activarme en el segundo trimestre no?
Sí. Pero inactivarte sería antes de que te den la vacante, este año la oportunidad ha sido en coincidencia con la petición de destinos.
Estos cambios tan "in extremis" de ordenamiento en bolsa publicados encima en periodo de oposiciones parece que están hechos a propósito para que los interinos no se enteren, en fin....
Quisiera preguntar por la renuncia por cuidado de menores de 3 años. La orden dice:
c) Tener a su cargo, para su cuidado, un hijo o hija menor de tres años. Esta circunstancia solo podrá ser aplicada una vez por hijo y curso académico.
Significa esto que si en Octubre me llaman de una sustitución de 1 semana puedo alegar cuidado de mi única hija menor de 3 años, pero si pasada esa semana (y acabada esa sustitución a la que no me he incorporado) me vuelven a llamar otra vez ya no podre renunciar y o me incorporo o me expulsan de la bolsa???
¿pensarais que es como yo digo?
Yo he recibido wassap de sindicato preponderante que dice textualmente:
Plazo de solicitud de NO incorporación al destino adjudicado (renuncia) hasta el día 20 inclusive.
: PLATANITO 15 August, 2018, 11:53:32 +02:00
Estos cambios tan "in extremis" de ordenamiento en bolsa publicados encima en periodo de oposiciones parece que están hechos a propósito para que los interinos no se enteren, en fin....
Quisiera preguntar por la renuncia por cuidado de menores de 3 años. La orden dice:
c) Tener a su cargo, para su cuidado, un hijo o hija menor de tres años. Esta circunstancia solo podrá ser aplicada una vez por hijo y curso académico.
Significa esto que si en Octubre me llaman de una sustitución de 1 semana puedo alegar cuidado de mi única hija menor de 3 años, pero si pasada esa semana (y acabada esa sustitución a la que no me he incorporado) me vuelven a llamar otra vez ya no podre renunciar y o me incorporo o me expulsan de la bolsa???
¿pensarais que es como yo digo?
Tienes que solicitar a no incorporación antes del 20 de agosto.
Yo estoy en la misma situación . Fui a Torre Triana a informarme y me dijeron que hay que solicitar la no incorporación en el plazo que nos dieran después de las adjudicaciones definitivas. Imagino que hay que hacerlo presencialmente, no sé. Alguien lo ha hecho ya?
: seila 15 August, 2018, 15:58:03 +02:00
: PLATANITO 15 August, 2018, 11:53:32 +02:00
Estos cambios tan "in extremis" de ordenamiento en bolsa publicados encima en periodo de oposiciones parece que están hechos a propósito para que los interinos no se enteren, en fin....
Quisiera preguntar por la renuncia por cuidado de menores de 3 años. La orden dice:
c) Tener a su cargo, para su cuidado, un hijo o hija menor de tres años. Esta circunstancia solo podrá ser aplicada una vez por hijo y curso académico.
Significa esto que si en Octubre me llaman de una sustitución de 1 semana puedo alegar cuidado de mi única hija menor de 3 años, pero si pasada esa semana (y acabada esa sustitución a la que no me he incorporado) me vuelven a llamar otra vez ya no podre renunciar y o me incorporo o me expulsan de la bolsa???
¿pensarais que es como yo digo?
Tienes que solicitar a no incorporación antes del 20 de agosto.
Yo estoy en la misma situación . Fui a Torre Triana a informarme y me dijeron que hay que solicitar la no incorporación en el plazo que nos dieran después de las adjudicaciones definitivas. Imagino que hay que hacerlo presencialmente, no sé. Alguien lo ha hecho ya?
¿Pero ha ti te han asignado una vacante para todo el curso en las adjudicaciones de la semana pasada?
: sisi 05 August, 2018, 12:03:45 +02:00
Os pido consejo a los veteranos en esto. No paro de darle vueltas al tema de si pasar a inactivo o no, ya que tengo otro trabajo de momento pero también me interesa "meter la cabeza" en educación. Además de la problemática de que me llamaran para una sustitución lejos de mi domicilio (tengo hijos adolescentes q son casi peores que los peques, jejeje), me preocupa que sea por un tiempo corto y luego me quede sin nada (menos de 3 meses no tendría derecho a paro). Me han dicho que cuando terminas vuelves a la bolsa, pero en que posición? cuanto suele pasar entre un llamamiento y el siguiente? Muchas gracias anaid3 anaid3 corazonpan
Yo creo que si llevas mas de 1 año trabajado en otra empresa y aceptas una sustitución aunque solo dure 1 semana si tendrías derecho a paro al finalizar la sustitución.
Mi duda es si a través de registro se consigue inactivacion sería para todo el curso? O hanvris posibilidad de activarse en el segundo trimestre?
Atendiendo a la nueva Orden (art.14), si se solicita la inactividad antes del inicio de curso es para todo el mismo. Después indica "No obstante, quienes deseen pasar de nuevo a la situación de activo podrán hacerlo,por una sola vez en cada curso académico, en los últimos diez días lectivos del primero y segundo trimestres de cada curso"
Dado que el otro periodo para solcitar la inactividad es "En los últimos diez días lectivos del primer trimestre, si la situación de inactivo se solicita para el segundo y tercer trimestres del curso académico.", se entiende que esto afecta también a quienes solicitaron la inactividad antes del inicio de curso.
: toroloco 20 August, 2018, 12:07:30 +02:00
Atendiendo a la nueva Orden (art.14), si se solicita la inactividad antes del inicio de curso es para todo el mismo. Después indica "No obstante, quienes deseen pasar de nuevo a la situación de activo podrán hacerlo,por una sola vez en cada curso académico, en los últimos diez días lectivos del primero y segundo trimestres de cada curso"
Dado que el otro periodo para solcitar la inactividad es "En los últimos diez días lectivos del primer trimestre, si la situación de inactivo se solicita para el segundo y tercer trimestres del curso académico.", se entiende que esto afecta también a quienes solicitaron la inactividad antes del inicio de curso.
Toroloco, la verdad que no me queda muy claro lo que dices. La redacción del artículo dichoso es bastante confusa. Por un lado en el foro siempre se ha dicho que la solicitud de inactivación hecha antes de que comience el curso, es decir antes del 1/09, sería para todo el curso, SIN posibilidad de solicitar la activación en el segundo y tercer trimestre. Pero por otro lado, tal como han redactado la orden, parecería que SÍ se puede solicitar la activación SOLO una vez durante el curso. Yo fui a preguntar a la DT en Málaga y no tenían ni idea, la persona que lo lleva estaba de vacaciones (....) así que agua y ajo. Según me informaron vuelve el 27, con lo que sigo dudando entre presentarlo por registro antes o ir a hablar cuando vuelva a ver si ellos mismos se aclaran. Si alguien tiene info de otras DT sería interesante que lo comparta. Cómo siempre los nuevos procedimientos están sujetos a diversas interpretaciones, y seguramente en la propia administración al principio no habrá un criterio unificado. Así que todo hay que cogerlo con pinzas.
::)
: sisi 20 August, 2018, 13:08:16 +02:00
: toroloco 20 August, 2018, 12:07:30 +02:00
Atendiendo a la nueva Orden (art.14), si se solicita la inactividad antes del inicio de curso es para todo el mismo. Después indica "No obstante, quienes deseen pasar de nuevo a la situación de activo podrán hacerlo,por una sola vez en cada curso académico, en los últimos diez días lectivos del primero y segundo trimestres de cada curso"
Dado que el otro periodo para solcitar la inactividad es "En los últimos diez días lectivos del primer trimestre, si la situación de inactivo se solicita para el segundo y tercer trimestres del curso académico.", se entiende que esto afecta también a quienes solicitaron la inactividad antes del inicio de curso.
Toroloco, la verdad que no me queda muy claro lo que dices. La redacción del artículo dichoso es bastante confusa. Por un lado en el foro siempre se ha dicho que la solicitud de inactivación hecha antes de que comience el curso, es decir antes del 1/09, sería para todo el curso, SIN posibilidad de solicitar la activación en el segundo y tercer trimestre. Pero por otro lado, tal como han redactado la orden, parecería que SÍ se puede solicitar la activación SOLO una vez durante el curso. Yo fui a preguntar a la DT en Málaga y no tenían ni idea, la persona que lo lleva estaba de vacaciones (....) así que agua y ajo. Según me informaron vuelve el 27, con lo que sigo dudando entre presentarlo por registro antes o ir a hablar cuando vuelva a ver si ellos mismos se aclaran. Si alguien tiene info de otras DT sería interesante que lo comparta. Cómo siempre los nuevos procedimientos están sujetos a diversas interpretaciones, y seguramente en la propia administración al principio no habrá un criterio unificado. Así que todo hay que cogerlo con pinzas.
::)
A mí, con toda franqueza, este asunto de periodos para activarse/inactivarse no me parece que esté redactado de forma confusa, no encuentro dificultad en su lectura/interpretación. El nivel de los que nos puedan atender cuando vamos a las Delegacones, su preparación y aptitud, ya es otro asunto, eso sí que me genera muchas dudas y también me parece impresentable el hecho de que para nuevos aspirantes en bolsa no se haya articulado a estas alturas un mecanismo oficial común y se haya informado adecuadamente de cómo ejercer el derecho a la inactivación.
: sisi 20 August, 2018, 13:08:16 +02:00
: toroloco 20 August, 2018, 12:07:30 +02:00
Atendiendo a la nueva Orden (art.14), si se solicita la inactividad antes del inicio de curso es para todo el mismo. Después indica "No obstante, quienes deseen pasar de nuevo a la situación de activo podrán hacerlo,por una sola vez en cada curso académico, en los últimos diez días lectivos del primero y segundo trimestres de cada curso"
Dado que el otro periodo para solcitar la inactividad es "En los últimos diez días lectivos del primer trimestre, si la situación de inactivo se solicita para el segundo y tercer trimestres del curso académico.", se entiende que esto afecta también a quienes solicitaron la inactividad antes del inicio de curso.
Toroloco, la verdad que no me queda muy claro lo que dices. La redacción del artículo dichoso es bastante confusa. Por un lado en el foro siempre se ha dicho que la solicitud de inactivación hecha antes de que comience el curso, es decir antes del 1/09, sería para todo el curso, SIN posibilidad de solicitar la activación en el segundo y tercer trimestre. Pero por otro lado, tal como han redactado la orden, parecería que SÍ se puede solicitar la activación SOLO una vez durante el curso. Yo fui a preguntar a la DT en Málaga y no tenían ni idea, la persona que lo lleva estaba de vacaciones (....) así que agua y ajo. Según me informaron vuelve el 27, con lo que sigo dudando entre presentarlo por registro antes o ir a hablar cuando vuelva a ver si ellos mismos se aclaran. Si alguien tiene info de otras DT sería interesante que lo comparta. Cómo siempre los nuevos procedimientos están sujetos a diversas interpretaciones, y seguramente en la propia administración al principio no habrá un criterio unificado. Así que todo hay que cogerlo con pinzas.
::)
La clave para entenderlo mejor está en que dice a la vez que se puede solicitar la inactividad a finales del primer tremestre y que se puede solicitar volver a la actividad en esas mismas fechas, por lo que se refiere a todos, incluidos los que han solicitado la inactividad antes del inicio de curso.
: toroloco 20 August, 2018, 14:20:17 +02:00
: sisi 20 August, 2018, 13:08:16 +02:00
: toroloco 20 August, 2018, 12:07:30 +02:00
Atendiendo a la nueva Orden (art.14), si se solicita la inactividad antes del inicio de curso es para todo el mismo. Después indica "No obstante, quienes deseen pasar de nuevo a la situación de activo podrán hacerlo,por una sola vez en cada curso académico, en los últimos diez días lectivos del primero y segundo trimestres de cada curso"
Dado que el otro periodo para solcitar la inactividad es "En los últimos diez días lectivos del primer trimestre, si la situación de inactivo se solicita para el segundo y tercer trimestres del curso académico.", se entiende que esto afecta también a quienes solicitaron la inactividad antes del inicio de curso.
La clave para entenderlo mejor está en que dice a la vez que se puede solicitar la inactividad a finales del primer tremestre y que se puede solicitar volver a la actividad en esas mismas fechas, por lo que se refiere a todos, incluidos los que han solicitado la inactividad antes del inicio de curso.
Perdón por mi espesura mental, a ver si lo entiendo:
2. El personal integrante de las bolsas de trabajo podrá solicitar pasar a la situación
de inactivo en la bolsa o bolsas que determine, en los siguientes períodos:
a) Antes del inicio del curso académico, si la situación de inactivo se solicita para todo
el curso.
b) En los últimos diez días lectivos del primer trimestre, si la situación de inactivo se
solicita para el segundo y tercer trimestres del curso académico.
No obstante, quienes deseen pasar de nuevo a la situación de activo podrán hacerlo,
por una sola vez en cada curso académico, en los últimos diez días lectivos del primero
y segundo trimestres de cada curso. Finalizado un curso académico, todo el personal
integrante de las bolsas volverá a la situación de activo en las mismas.
Caso práctico: si te inactivas ahora, puedes quedarte inactivo todo el curso, o darte de alta al final del primer trimestre o al final del segundo trimestre, pero sólo una vez.
Cómo dice Toroloco, la clave está en que hable de posible activación al final de 1º trimestre. Iridium, tu también lo ves así? Gracias.
: Iridium 05 August, 2018, 11:01:59 +02:00
: anajanarecalde 05 August, 2018, 09:09:08 +02:00
Lo que no entiendo de la inactivacion es que es por trimestres? Es decir si ahora una persona se inactiva antes del comienzo de curso se puede activar para el segundo y tercer trimestre?
Si la haces antes de que comience el curso, es para todo el curso. Si la haces en los últimos días de primer o segundo trimestre es, respectivamente, para segundo y tercer trimestre o bien para tercer trimestre solo. Puedes pasar a activo una sola vez en el curso y lo tendrías que pedir a final de primer o segundo trimestre.
La inactividad por causas justificadas lleva otro sistema.
Es por esto que se comentó antes que no tenía claro que la inactivación ahora (antes del inicio del curso) pudiera cambiarse durante el mismo.
: sisi 20 August, 2018, 18:19:40 +02:00
: Iridium 05 August, 2018, 11:01:59 +02:00
: anajanarecalde 05 August, 2018, 09:09:08 +02:00
Lo que no entiendo de la inactivacion es que es por trimestres? Es decir si ahora una persona se inactiva antes del comienzo de curso se puede activar para el segundo y tercer trimestre?
Si la haces antes de que comience el curso, es para todo el curso. Si la haces en los últimos días de primer o segundo trimestre es, respectivamente, para segundo y tercer trimestre o bien para tercer trimestre solo. Puedes pasar a activo una sola vez en el curso y lo tendrías que pedir a final de primer o segundo trimestre.
La inactividad por causas justificadas lleva otro sistema.
Es por esto que se comentó antes que no tenía claro que la inactivación ahora (antes del inicio del curso) pudiera cambiarse durante el mismo.
No sé, yo lo veo sencillo, en eso que escribí lo digo: "
Puedes pasar a activo una sola vez en el curso y lo tendrías que pedir a final de primer o segundo trimestre". O sea, que tienes dos oportunidades de regresar al estado de Activo, una al final del primer trimestre y otra al final del segundo. Solo estas dos. Lógicamente la oportunidad de ponerse activo para el segundo y tercer trimestre solo vale cuando te pusiste Inactivo antes de que comenzase el curso. Pero en este caso -estar Inactivo desde el inicio del curso- también se podría optar a ponerse Activo al final del segundo trimestre para así "reingresar" a las sustituciones durante el tercero.
Es más sencillo de lo que parece. Si la cuestión es saber si inactivándose antes de que empiece el curso puede uno-a decidir volver a estar activo-a durante el curso, la respuesta es sí, y hay dos oportunidades para ello.
aclarado, muchas gracias. corazonpan
Aclarado!!! Si se puede , yo tb lo entiendo de esta manera . Muchas gracias por la aclaración