Con el nuevo gobierno, se alguien si se eliminará el concursillo??
¿Por qué no iba a seguir?
Por el cambio de gobierno... a saber, pero no creo que tengan ganas de enemistarse ahora mismo con el profesorado... ya lo harán más adelante.
Todavia es pronto pero no creo que muevan ficha para el próximo, sobre todo ahora porque las elecciones generales están a la vuelta de la esquina y no interesa.
El concursillo era algún de redistribución de vacantes entre funcionarios, me parece recordar. Entonces mi duda es, si se trata de eso, de reasignar plazas de forma provisional, ¿qué puede mover a una nueva administración a eliminar este procedimiento?
¿Es que se está haciendo mal o es ilegal o va contra la ideología conservadora respecto de la educación? Lo pregunto porque no lo sé y la pregunta que abre este hilo me ha dejado desorientado.
https://www.elmundo.es/andalucia/2018/09/21/5ba4e445ca4741f2098b4633.html
Esto ya salió en otro hilo, seguro que cambiara el concursillo.
: javifpq 21 February, 2019, 00:58:22 +01:00
https://www.elmundo.es/andalucia/2018/09/21/5ba4e445ca4741f2098b4633.html
Esto ya salió en otro hilo, seguro que cambiara el concursillo.
Ahora entiendo, sí, se hacía de una manera que nada menos que el TSJA ha dicho que hay que cambiar. Gracias.
No entiendo bien como funciona el concursillo. Yo estoy este año de prácticas y tengo entendido que puedo pedirlo, pero si no me dan definitiva, no podré pedirlo? Entonces, como provisional mi destino saldría en agosto como ocurre con los interinos? O ahora en marzo me entero ya de algo...
No sé si es buena o mala la noticia porque no entiendo como funciona el asunto y cuál sería la fórmula que nos viniera bien a todos.
Saludos
No sé la fórmula mágica. Sólo sé que sin concursillo, cuando te daban de definitivo "IES El Quinto Pino" te tenías que ir allí, y con el concursillo no pisas el quinto pino ni para saludar. Luego, pocas bromas con el concursillo, por favor.
Con el concursillo cuando a un funcionario le dan un destino definitivo fuera de su localidad, no tiene obligación de irse a él, sino que participa en la adjudicación de destinos provisionales pero con preferencia sobre los que aún no tienen destino definitivo (provisionales) y sobre los interinos.
Esto beneficia enormemente a los funcionarios con destino definitivo, pero perjudica a los provisionales y sobre todo a los interinos, que obtienen los destinos provisionales que ningún funcionario quiere.
La forma legal con la que se reguló fue la de una comisión de servicio para la conciliación de la vida laboral y familiar y lo que el TS anuló fue el artículo que prohibía solucitarla a provisionales, pero aún no se ha modificado la normativa.
No sabemos qué intenciones tiene el exentrenador de baloncesto en todo esto, pero si quiere hacer cualquier cambio legislativo, debe seguir un procedimiento que lleva varios meses por lo que no daría tiempo a aplicarse para el próximo curso.
Saludos.
Si lo extienden a todo el mundo supongo que lo harán por orden de jerarquia, primero los definitivos, despues los provisionales, los de prácticas, los interinos... Es decir, que se quedará mas o menos como está ahora ::)
PD. El reverso de la moneda es que para las zonas a las que nadie quiere ir como el Campo de Gibraltar por ejemplo es un putadón en toda regla, de sesenta profesores que hay en mi centro sólo hay una docena de definitivos que se quedan, todos los demas son interinos que se van renovando cada año...
: respublica 21 February, 2019, 17:15:38 +01:00
Con el concursillo cuando a un funcionario le dan un destino definitivo fuera de su localidad, no tiene obligación de irse a él, sino que participa en la adjudicación de destinos provisionales pero con preferencia sobre los que aún no tienen destino definitivo (provisionales) y sobre los interinos.
Esto beneficia enormemente a los funcionarios con destino definitivo, pero perjudica a los provisionales y sobre todo a los interinos, que obtienen los destinos provisionales que ningún funcionario quiere.
La forma legal con la que se reguló fue la de una comisión de servicio para la conciliación de la vida laboral y familiar y lo que el TS anuló fue el artículo que prohibía solucitarla a provisionales, pero aún no se ha modificado la normativa.
No sabemos qué intenciones tiene el exentrenador de baloncesto en todo esto, pero si quiere hacer cualquier cambio legislativo, debe seguir un procedimiento que lleva varios meses por lo que no daría tiempo a aplicarse para el próximo curso.
Saludos.
Lo que es una barbaridad es la cantidad de años que se ha estado sin concursillo, surrealista e injusto a más no poder.
Soy interino y a mi me "perjudica", pero es que lo que no es de recibo es que alguien con su plaza esté a 400km de su hogar, y el interino en casa, por meras cuestiones "administrativas".
: franxx 21 February, 2019, 19:08:10 +01:00
Si lo extienden a todo el mundo supongo que lo harán por orden de jerarquia, primero los definitivos, despues los provisionales, los de prácticas, los interinos... Es decir, que se quedará mas o menos como está ahora ::)
La ordenación en los procedimientos de colocación de verano es muy sencilla. Básicamente, son tres criterios que por orden de importancia son:
- Colectivo por el que se participa.
- Tiempo de servicio (a más, mejor)
- Escalafón, si lo hay. (a menos, mejor).
Si un provisional puede pedir comisión por conciliación, simplemente escala a un colectivo de mayor preferencia. Pero, como es bastante probable que tenga menor tiempo de servicio y mayor escalafón que un definitivo, seguirá por detrás.
En cualquier caso, dentro de la comisión por conciliación hay varios supuestos (enfermedad de familiar, cuidado de hijo menor de 3 años, etc). Tendemos a pensar que esa comisión es la de "presentar el certificado de empadronamiento", pero no es así. El certificado de empadronamiento es sólo el justificante para acogerse al supuesto de "tener destino en distinto municipio al de residencia". Lo lógico es que la sentencia implique que los provisionales puedan a cogerse a la comisión por conciliación, pero no a este último supuesto , ya que no tienen destino definitivo. Sospecho que la orden acabará modificándose con la simple eliminación de la referencia a los funcionarios con destino definitivo; de manera que los provisionales pasarán a poder pedir la comisión por enfermedad propia no grave, cuidado de hijos, etc. Ahora bien, como no pueden acogerse al supuesto de trabajar en distinto municipio al de residencia, no les bastará con presentar un certificado de residencia para que se la concedan.
Sea como sea a tu centro lo que le afecta es que no tengan que incorporarse los definitivos, y eso ya se produciía sin esta sentencia.
¿Los provisionales podemos optar al concursillo?
: Marianang 25 February, 2019, 14:11:56 +01:00
¿Los provisionales podemos optar al concursillo?
Hasta ahora se optaba con la petición de destinos.
: Marianang 25 February, 2019, 14:11:56 +01:00
¿Los provisionales podemos optar al concursillo?
No, aunque hay una sentencia que ha anulado el apartado normativo que lo prohibía.
Saludos.
Caso de estudio:
Te dan destino definitivo en "IES Compensatoria en Quinto Pino"
Solicitas concursillo y empiezas a trabajar en "IES Normal cerca de tu casa"
Pregunta:
¿Te beneficias de los puntos extra por tener destino en "IES Compensatoria en Quinto Pino"
Creí haber leído que no en el CGT de este año, pero para años anteriores los compañeros me han dicho que sí se podía, aunque soy novato y nunca he seguido el concursillo ni el baremo para el concurso de traslados, de ahí mi duda.
: Carlaikas 25 February, 2019, 19:04:57 +01:00
Caso de estudio:
Te dan destino definitivo en "IES Compensatoria en Quinto Pino"
Solicitas concursillo y empiezas a trabajar en "IES Normal cerca de tu casa"
Pregunta:
¿Te beneficias de los puntos extra por tener destino en "IES Compensatoria en Quinto Pino"
Creí haber leído que no en el CGT de este año, pero para años anteriores los compañeros me han dicho que sí se podía, aunque soy novato y nunca he seguido el concursillo ni el baremo para el concurso de traslados, de ahí mi duda.
No, no te beneficias...de hecho creo que lo pone en las disposiciones transitorias de la orden de traslados...y los de compensatoria no dan puntos, sino los de difícil desempeño que creo que no son lo mismo..
Cito textualmente del apartado del baremo de traslados 1.1.3
1.1.3. Por cada año como personal funcionario de carrera en plaza,
puesto o en centros que tengan la calificación de especial dificultad:
centros CAEP, centros de compensación educativa, colegios públicos
rurales, escuelas rurales con imposibilidad geográfica de agrupamiento
y los centros con proyecto de carácter especial con plantilla inestable.
La fracción de año se computará a razón de 0,1666 puntos por cada
mes completo.
Esta puntuación se añadirá a la puntuación obtenida por los
subapartados 1.1.1 o 1.1.2.
No obstante, no se computará a estos efectos el tiempo que se haya
permanecido fuera del centro en situación de servicios especiales, en
comisión de servicios, con licencias por estudios o en supuestos
análogos que supongan que no hay desempeño efectivo del puesto de
trabajo.
: Carlaikas 25 February, 2019, 19:04:57 +01:00
Caso de estudio:
Te dan destino definitivo en "IES Compensatoria en Quinto Pino"
Solicitas concursillo y empiezas a trabajar en "IES Normal cerca de tu casa"
Pregunta:
¿Te beneficias de los puntos extra por tener destino en "IES Compensatoria en Quinto Pino"
La puntuación doble por estar en un centro de compensatoria solo se aplica si efectivamente se ejerce, así que en el caso que has puesto no hay ningún beneficio, aunque sí podría ser que el cercano a tu casa fuese de compensatoria y sí te contara.
Saludos.
Cuándo y cómo se somicita el concursillo?
Si tienes destino definitivo has de concursas obligatoriamente y aceptar el destino que te den.
Luego has de pedir la comisión de servicio a lo largo del mes de marzo.
Pedis destinos provisionales en el mes de junio.
En caso de no tener aun destino definitivo y te lo dan en este CGT se abre un plazo especial para pedir comisión antes de solicitar los destinos provisionales.
: respublica 25 February, 2019, 16:51:51 +01:00
: Marianang 25 February, 2019, 14:11:56 +01:00
¿Los provisionales podemos optar al concursillo?
No, aunque hay una sentencia que ha anulado el apartado normativo que lo prohibía.
Saludos.
Entonces vamos a poder optar? A partir de cuando?
: Marianang 26 February, 2019, 10:57:13 +01:00
: respublica 25 February, 2019, 16:51:51 +01:00
: Marianang 25 February, 2019, 14:11:56 +01:00
¿Los provisionales podemos optar al concursillo?
No, aunque hay una sentencia que ha anulado el apartado normativo que lo prohibía.
Saludos.
Entonces vamos a poder optar? A partir de cuando?
La anterior consejería dijo que no pensaba cambiar nada y no sabemos qué planes tiene la nueva, pero lo que es seguro es que ya no da tiempo a cambiar la normativa para las adjudicaciones provisionales del próximo curso.
Además, aplicar el concursillo a todos los colectivos, como es el caso de los interinos, provocaría fuertes alteraciones en las bolsas, dado que un interino con un día de antigüedad y niños pequeños se pondría por delante de otro con 20 años de servicio sin hijos menores de tres años.
Saludos.
: respublica 26 February, 2019, 11:25:13 +01:00
: Marianang 26 February, 2019, 10:57:13 +01:00
: respublica 25 February, 2019, 16:51:51 +01:00
: Marianang 25 February, 2019, 14:11:56 +01:00
¿Los provisionales podemos optar al concursillo?
No, aunque hay una sentencia que ha anulado el apartado normativo que lo prohibía.
Saludos.
Entonces vamos a poder optar? A partir de cuando?
La anterior consejería dijo que no pensaba cambiar nada y no sabemos qué planes tiene la nueva, pero lo que es seguro es que ya no da tiempo a cambiar la normativa para las adjudicaciones provisionales del próximo curso.
Además, aplicar el concursillo a todos los colectivos, como es el caso de los interinos, provocaría fuertes alteraciones en las bolsas, dado que un interino con un día de antigüedad y niños pequeños se pondría por delante de otro con 20 años de servicio sin hijos menores de tres años.
Saludos.
Más o menos lo que ha pasado este curso con el tema de los discapacitados.
: respublica 26 February, 2019, 11:25:13 +01:00Además, aplicar el concursillo a todos los colectivos, como es el caso de los interinos, provocaría fuertes alteraciones en las bolsas, dado que un interino con un día de antigüedad y niños pequeños se pondría por delante de otro con 20 años de servicio sin hijos menores de tres años.
Ignoro lo que dice la serntencia, pero la sentencia afecta a una orden referida a comisiones de servicio y yo entiendo que tal concepto deriva que lo que se indica en el artículo 78.3 del EBEP que sólo es aplicable a funcionarios de carrera.
Supongamos que te asignan destino en este concurso de traslados, que ya estás en comisión por concursillo durante este curso y que posees destino definitivo, o sea que no estás en situación provisional. ¿ Podrías seguir pidiendo concursillo o directamente que mandan a tu nuevo destino desestimando tu petición ?.
Gracias.
Un profesional con destino definitivo y en comisión de serevicio pide concursillo y se lo dan.
En el CGT concursa y ha de aceptar lo que le den , si es que le dan algo. Si renuncia es como si no hubiera concursado, por lo tanto no podrá pedir concursillo.
Espero haberme explicado
Gracias Falber.
Mi pregunta más bien era sobre qué pasaría el siguiente curso.
Situación:
1) funcionario con destino definitivo que concursa voluntariamente
2) pide concursillo en el curso actual
3) le dan destino y obviamente no renuncia
4) vuelven a darle destino en las definitivas
¿ Qué pasa al curso siguiente ?. ¿ Le desestiman el concursillo o se lo aceptan ?. Si se lo aceptan entiendo que es al otro curso (cuando no puede pedir concurso por haberle sido asignado nuevo destino) en el que tiene que irse un año allí. No sé si me explico. Gracias de todos modos.
: osensei 28 February, 2019, 09:42:51 +01:00
Gracias Falber.
Mi pregunta más bien era sobre qué pasaría el siguiente curso.
Situación:
1) funcionario con destino definitivo que concursa voluntariamente
2) pide concursillo en el curso actual
3) le dan destino y obviamente no renuncia
4) vuelven a darle destino en las definitivas
¿ Qué pasa al curso siguiente ?. ¿ Le desestiman el concursillo o se lo aceptan ?. Si se lo aceptan entiendo que es al otro curso (cuando no puede pedir concurso por haberle sido asignado nuevo destino) en el que tiene que irse un año allí. No sé si me explico. Gracias de todos modos.
Te den o no te den, si no renuncias, tienes opción de pedir concursillo. Para los que no pueden concursar por ser su primer año de destino, tendrá que pedir la comisión de servicio en Marzo y optar al concursillo en junio.
Ok, gracias Albay.
https://anpeandalucia.es/notices+id=69155
: nocreoqueseayo 28 February, 2019, 15:18:07 +01:00
https://anpeandalucia.es/notices+id=69155
Es una noticia importante. No cambian la normativa pero la aplican como si así fuera en aplicación de la sentencia del TSJA.
Ahora los provisionales con hijos menores de tres años se ponen por delante de los que aprobaron antes que ellos pero sus hijos son más mayores o no tienen hijos. De todas formas siguen por detrás de los definitivos.
Saludos.
: respublica 28 February, 2019, 15:59:53 +01:00
Ahora los provisionales con hijos menores de tres años se ponen por delante de los que aprobaron antes que ellos pero sus hijos son más mayores o no tienen hijos. De todas formas siguen por detrás de los definitivos.
Por fin, esto es lo que faltaba por explicar a los que todavía estamos fuera de esas movidas, es el detalle que da sentido al follón este. Yo seguía sin entender cual era la trascendencia de la sentencia una vez que los funcionarios sin destino definitivo elegían antes que los interinos pero después de los funcionarios con destino definitivo, como se seguiría haciendo tras la aplicación de la sentencia, pero sí, este era el tema. Gracias.
: respublica 28 February, 2019, 15:59:53 +01:00
: nocreoqueseayo 28 February, 2019, 15:18:07 +01:00
https://anpeandalucia.es/notices+id=69155
Es una noticia importante. No cambian la normativa pero la aplican como si así fuera en aplicación de la sentencia del TSJA.
¿NO CAMBIAN la normativa? ¿publicarán lo que tenga que ver con la sentencia SIN CAMBIAR nada? ¿insistirán en una ilegalidad al NO CAMBIAR nada?, porque lo ilegal era la norma, la Orden. Si la Orden no cambia de nuevo habrán publicado una norma ilegal. Francamente, me resisto a creer que este absurdo se llegue a producir. ¿Es tan difícil cambiar una Orden? ¿Qué dificultad tiene hacer una mínima y sencillísima edición sobre un texto ya redactado ¿por qué este cambio que yo lo podría hacer en 15 minutos y me sobraría para tomar una ducha no lo va ha hacer la Consejería? Me estoy perdiendo algo, no me entero.
: Iridium 28 February, 2019, 17:13:48 +01:00
: respublica 28 February, 2019, 15:59:53 +01:00
: nocreoqueseayo 28 February, 2019, 15:18:07 +01:00
https://anpeandalucia.es/notices+id=69155
Es una noticia importante. No cambian la normativa pero la aplican como si así fuera en aplicación de la sentencia del TSJA.
¿NO CAMBIAN la normativa? ¿publicarán lo que tenga que ver con la sentencia SIN CAMBIAR nada? ¿insistirán en una ilegalidad al NO CAMBIAR nada?, porque lo ilegal era la norma, la Orden. Si la Orden no cambia de nuevo habrán publicado una norma ilegal. Francamente, me resisto a creer que este absurdo se llegue a producir. ¿Es tan difícil cambiar una Orden? ¿Qué dificultad tiene hacer una mínima y sencillísima edición sobre un texto ya redactado ¿por qué este cambio que yo lo podría hacer en 15 minutos y me sobraría para tomar una ducha no lo va ha hacer la Consejería? Me estoy perdiendo algo, no me entero.
Es tan fácil como sacar una modificación en la que se incluya a los provisionales en los colectivos que pueden solicitar el concursillo, por ejecución de sentencia. No tiene tanto drama como se le está dando.
Esta denuncia la inició una asociación de interinos, hasta donde conozco con objetivos diferentes a los que finalmente terminaron sucediendo (lo que pretendían era acabar con el concursillo). Lo que he leído por aquí de aplicar esto del concursillo a interinos sería otra guerra civil entre interinos que no creo que beneficie a nadie a estas alturas. Como se ha dicho por aquí, cualquier iniciativa en ese sentido implicaría alterar el orden de las bolsas, y eso solamente conduce a más caos, denuncias cruzadas y marchas atrás antes o después.
Algo similar sucedió con el plan de calidad, "gracias" al cual había interinos que se quedaban vacantes independientemente de la bolsa, y la CEJA tuvo que dar marcha atrás rápidamente.
Dice que el personal en prácticas puede participar, pero sólo en el caso en el que obtenga destino en el CGT de mayo?
: respublica 28 February, 2019, 15:59:53 +01:00
: nocreoqueseayo 28 February, 2019, 15:18:07 +01:00
https://anpeandalucia.es/notices+id=69155
Es una noticia importante. No cambian la normativa pero la aplican como si así fuera en aplicación de la sentencia del TSJA.
Ahora los provisionales con hijos menores de tres años se ponen por delante de los que aprobaron antes que ellos pero sus hijos son más mayores o no tienen hijos. De todas formas siguen por detrás de los definitivos.
Saludos.
Buena noticia. Y veo lógico que los provisionales opten por el concursilllo, asignándoles vacantes que pudiera cubrir un interino. Igual que los definitivos vayan por delante de los provisionales en el nuevo concursillo, es lo más razonable.
: Manutses 01 March, 2019, 11:31:30 +01:00
: respublica 28 February, 2019, 15:59:53 +01:00
: nocreoqueseayo 28 February, 2019, 15:18:07 +01:00
https://anpeandalucia.es/notices+id=69155
Es una noticia importante. No cambian la normativa pero la aplican como si así fuera en aplicación de la sentencia del TSJA.
Ahora los provisionales con hijos menores de tres años se ponen por delante de los que aprobaron antes que ellos pero sus hijos son más mayores o no tienen hijos. De todas formas siguen por detrás de los definitivos.
Saludos.
Buena noticia. Y veo lógico que los provisionales opten por el concursilllo, asignándoles vacantes que pudiera cubrir un interino. Igual que los definitivos vayan por delante de los provisionales en el nuevo concursillo, es lo más razonable.
Ningún provisional estaba por detrás de ningún interino hasta ahora. Eso es imposible por pura definición
: albay 28 February, 2019, 10:33:27 +01:00
: osensei 28 February, 2019, 09:42:51 +01:00
Gracias Falber.
Mi pregunta más bien era sobre qué pasaría el siguiente curso.
Situación:
1) funcionario con destino definitivo que concursa voluntariamente
2) pide concursillo en el curso actual
3) le dan destino y obviamente no renuncia
4) vuelven a darle destino en las definitivas
¿ Qué pasa al curso siguiente ?. ¿ Le desestiman el concursillo o se lo aceptan ?. Si se lo aceptan entiendo que es al otro curso (cuando no puede pedir concurso por haberle sido asignado nuevo destino) en el que tiene que irse un año allí. No sé si me explico. Gracias de todos modos.
Te den o no te den, si no renuncias, tienes opción de pedir concursillo. Para los que no pueden concursar por ser su primer año de destino, tendrá que pedir la comisión de servicio en Marzo y optar al concursillo en junio.
Albay, al leerte me han surgido dudas. Si se obtiene destino definitivo por primera vez en este CGT, el plazo para solicitar comisión es especial una vez publicados los destinos definitivos del CGT, ¿no? En marzo no tendríamos que hacer nada. Eso tenía yo entendido. Pero al leer tu mensaje, he entendido que sí que tendría que solicitar comisión en marzo. No sé si puedes aclararme. Gracias
: albay 01 March, 2019, 11:36:16 +01:00
: Manutses 01 March, 2019, 11:31:30 +01:00
: respublica 28 February, 2019, 15:59:53 +01:00
: nocreoqueseayo 28 February, 2019, 15:18:07 +01:00
https://anpeandalucia.es/notices+id=69155
Es una noticia importante. No cambian la normativa pero la aplican como si así fuera en aplicación de la sentencia del TSJA.
Ahora los provisionales con hijos menores de tres años se ponen por delante de los que aprobaron antes que ellos pero sus hijos son más mayores o no tienen hijos. De todas formas siguen por detrás de los definitivos.
Saludos.
Buena noticia. Y veo lógico que los provisionales opten por el concursilllo, asignándoles vacantes que pudiera cubrir un interino. Igual que los definitivos vayan por delante de los provisionales en el nuevo concursillo, es lo más razonable.
Ningún provisional estaba por detrás de ningún interino hasta ahora. Eso es imposible por pura definición
Claro, es la idea previa que tenía, me había quedado un poco desorientado con el mensaje previo. Gracias por aclarar.
Buenas tardes, una duda que me surge.
Niños de hasta tres años que se considera?
Que antes de la resolución tengan tres años o que durante el siguiente curso no cumplan cuatro años.
Y los provisionales que piensan que todos pueden optar.... Más de uno se va a llevar un chasco.
No nada. A los que os den definitivo en mayo tenéis plazo especial para pedir la
Comisión en junio.
: albay 01 March, 2019, 13:46:08 +01:00
A los que os den definitivo en mayo tenéis plazo especial para pedir la
Comisión en junio.
Sí, pero cuidado, que eso es para alegar tener un destino definitivo fuera de la localidad de residencia. Para solicitar el concursillo por el resto de motivos es ahora, en el mes de marzo.
Saludos.
: albay 01 March, 2019, 13:46:08 +01:00
No nada. A los que os den definitivo en mayo tenéis plazo especial para pedir la
Comisión en junio.
No a todo provisional le van a dar definitivo... Y se van a quedar sin concursillear...
: respublica 01 March, 2019, 13:57:27 +01:00
: albay 01 March, 2019, 13:46:08 +01:00
A los que os den definitivo en mayo tenéis plazo especial para pedir la
Comisión en junio.
Sí, pero cuidado, que eso es para alegar tener un destino definitivo fuera de la localidad de residencia. Para solicitar el concursillo por el resto de motivos es ahora, en el mes de marzo.
Saludos.
Pero, supongo que hay que documentar lo solicitado. Un provisional o un funcionario en prácticas si aún no conoce su destino en el CGT cómo justifica aquello de los 50 km. de distancia al cole de sus hijos. Gracia
: toroloco 01 March, 2019, 14:49:45 +01:00
: respublica 01 March, 2019, 13:57:27 +01:00
: albay 01 March, 2019, 13:46:08 +01:00
A los que os den definitivo en mayo tenéis plazo especial para pedir la
Comisión en junio.
Sí, pero cuidado, que eso es para alegar tener un destino definitivo fuera de la localidad de residencia. Para solicitar el concursillo por el resto de motivos es ahora, en el mes de marzo.
Saludos.
Pero, supongo que hay que documentar lo solicitado. Un provisional o un funcionario en prácticas si aún no conoce su destino en el CGT cómo justifica aquello de los 50 km. de distancia al cole de sus hijos. Gracia
Ahora no lo puede poner...Si le dan destino, en mayo se abre un extraordinario como dijo el primer post.
¿Podemos decir, resumiendo, que ahora tienen que pedir todos los funcionarios con destino definitivo, provisionales y en prácticas que aleguen causas de conciliación y en mayo sólo los provisionales que obtengan destino definitivo por primera vez y que quieran solicitar concursillo por residir en población diferente a la de destino?
Y a la hora de adjudicar, ¿cómo irá ahora? Todos los funcionarios por causas de conciliación a y b, luego los provisionales con conciliación y después los que no y luego en prácticas con conciliación y después los que no... o independientemente del grupo al que se pertenezca, irán primero los que tengan causas de conciliación a y luego todos los de causas del apartado b? A ver si alguien sabe un poco algo de estas novedades. Gracias.
Los que obtengan comisión de servicio por conciliación (concursillo) se ponen por delante de los de su colectivo, pero no de los otros.
Es decir, a un provisional al que se le conceda la comisión de servicio por conciliación se le adjudica destino provisional justo por delante del resto de provisionales, pero detrás de los colectivos que van por delante, como es el caso de los definitivos que tengan comisión de servicios.
Saludos.
Muy fácil. Ahora piden comisión de servicio los que ya tengan destino definitivo. Los que lo obtengan en mayo después del CGT, la piden en junio, sean provisionales o funcionarios en prácticas.
Una pregunta, los funcionarios en prácticas o funcionarios de carrera con destino provisional pueden utilizar el concursillo si tienen hijos menores de tres años
: albay 01 March, 2019, 16:42:05 +01:00
Muy fácil. Ahora piden comisión de servicio los que ya tengan destino definitivo. Los que lo obtengan en mayo después del CGT, la piden en junio, sean provisionales o funcionarios en prácticas.
Eso era antes. Ahora, según ANPE, y en aplicación de la sentencia del TSJA, también los provisionales pueden pedir concursillo, aunque no por causas relacionadas con la distancia al destino definitivo, puesto que no tienen.
Si en mayo les dan uno, significa que dejarán de ser provisionales y sí podrán en un plazo extraordinario solicitar concursillo por motivos relacionados con la localización del destino definitivo que le acaban de dar.
Saludos.
: carlu 01 March, 2019, 17:08:33 +01:00
Una pregunta, los funcionarios en prácticas o funcionarios de carrera con destino provisional pueden utilizar el concursillo si tienen hijos menores de tres años
Sí, así es y es la novedad que estamos comentando, pero no se pondrán por delante de quienes tengan destino definitivo sino delante de los provisionales que no puedan pedir el concursillo.
Saludos.
Muchas gracias Respublica por tus aclaraciones.
: respublica 01 March, 2019, 17:23:29 +01:00
: carlu 01 March, 2019, 17:08:33 +01:00
Una pregunta, los funcionarios en prácticas o funcionarios de carrera con destino provisional pueden utilizar el concursillo si tienen hijos menores de tres años
Sí, así es y es la novedad que estamos comentando, pero no se pondrán por delante de quienes tengan destino definitivo sino delante de los provisionales que no puedan pedir el concursillo.
Saludos.
Muchas gracias por tu ayuda.
Una persona en prácticas a la que no dan destino en el CGT, pasa a ser provisional condicionado al apto? .Si fuese así y sin saber su destino, cómo argumentan en mayo conciliación por estudios de hijo a más de 50 km de un destino que no conoce??6
: toroloco 01 March, 2019, 21:11:52 +01:00
Una persona en prácticas a la que no dan destino en el CGT, pasa a ser provisional condicionado al apto? .Si fuese así y sin saber su destino, cómo argumentan en mayo conciliación por estudios de hijo a más de 50 km de un destino que no conoce??6
No puede solicitar comisión por ese motivo. Igual que no puede solicitar comisión si no tiene enfermedad grave. Eso es lo que se desprende de la orden, y mientras no se cambie así será
: zocter 01 March, 2019, 21:21:02 +01:00
: toroloco 01 March, 2019, 21:11:52 +01:00
Una persona en prácticas a la que no dan destino en el CGT, pasa a ser provisional condicionado al apto? .Si fuese así y sin saber su destino, cómo argumentan en mayo conciliación por estudios de hijo a más de 50 km de un destino que no conoce??6
No puede solicitar comisión por ese motivo. Igual que no puede solicitar comisión si no tiene enfermedad grave. Eso es lo que se desprende de la orden, y mientras no se cambie así será
Ya, pero la orden actual con texto refundido, en si disposición adicional tercera dice que los funcionarios en prácticas pueden participar y así lo dice la Consejería en su apartado de comisiones de servicio.
: toroloco 01 March, 2019, 21:46:01 +01:00
: zocter 01 March, 2019, 21:21:02 +01:00
: toroloco 01 March, 2019, 21:11:52 +01:00
Una persona en prácticas a la que no dan destino en el CGT, pasa a ser provisional condicionado al apto? .Si fuese así y sin saber su destino, cómo argumentan en mayo conciliación por estudios de hijo a más de 50 km de un destino que no conoce??6
No puede solicitar comisión por ese motivo. Igual que no puede solicitar comisión si no tiene enfermedad grave. Eso es lo que se desprende de la orden, y mientras no se cambie así será
Ya, pero la orden actual con texto refundido, en si disposición adicional tercera dice que los funcionarios en prácticas pueden participar y así lo dice la Consejería en su apartado de comisiones de servicio.
Claro, pueden participar siempre que cumplan los requisitos. Hay definitivos, sin hijos, enfermedades y con destinos en su lugar de residencia que no cumplen los requisitos y no pueden participar.
: zocter 01 March, 2019, 22:00:47 +01:00
: toroloco 01 March, 2019, 21:46:01 +01:00
: zocter 01 March, 2019, 21:21:02 +01:00
: toroloco 01 March, 2019, 21:11:52 +01:00
Una persona en prácticas a la que no dan destino en el CGT, pasa a ser provisional condicionado al apto? .Si fuese así y sin saber su destino, cómo argumentan en mayo conciliación por estudios de hijo a más de 50 km de un destino que no conoce??6
No puede solicitar comisión por ese motivo. Igual que no puede solicitar comisión si no tiene enfermedad grave. Eso es lo que se desprende de la orden, y mientras no se cambie así será
Ya, pero la orden actual con texto refundido, en si disposición adicional tercera dice que los funcionarios en prácticas pueden participar y así lo dice la Consejería en su apartado de comisiones de servicio.
Claro, pueden participar siempre que cumplan los requisitos. Hay definitivos, sin hijos, enfermedades y con destinos en su lugar de residencia que no cumplen los requisitos y no pueden participar.
Así es, pero para cumplir los requisitos deben saber el destino y si no lo hay en el CGT no pueden cumplirlos porque no lo conocen aunque puedan participar.
: toroloco 01 March, 2019, 22:10:27 +01:00
: zocter 01 March, 2019, 22:00:47 +01:00
: toroloco 01 March, 2019, 21:46:01 +01:00
: zocter 01 March, 2019, 21:21:02 +01:00
: toroloco 01 March, 2019, 21:11:52 +01:00
Una persona en prácticas a la que no dan destino en el CGT, pasa a ser provisional condicionado al apto? .Si fuese así y sin saber su destino, cómo argumentan en mayo conciliación por estudios de hijo a más de 50 km de un destino que no conoce??6
No puede solicitar comisión por ese motivo. Igual que no puede solicitar comisión si no tiene enfermedad grave. Eso es lo que se desprende de la orden, y mientras no se cambie así será
Ya, pero la orden actual con texto refundido, en si disposición adicional tercera dice que los funcionarios en prácticas pueden participar y así lo dice la Consejería en su apartado de comisiones de servicio.
Claro, pueden participar siempre que cumplan los requisitos. Hay definitivos, sin hijos, enfermedades y con destinos en su lugar de residencia que no cumplen los requisitos y no pueden participar.
Así es, pero para cumplir los requisitos deben saber el destino y si no lo hay en el CGT no pueden cumplirlos porque no lo conocen aunque puedan participar.
Para gente que obtiene destino por primera vez en CGT se abre en mayo un periodo extraordinario para pedir concursillo (por el motivo de empadronamiento)
: zocter 01 March, 2019, 22:13:05 +01:00
: toroloco 01 March, 2019, 22:10:27 +01:00
: zocter 01 March, 2019, 22:00:47 +01:00
: toroloco 01 March, 2019, 21:46:01 +01:00
: zocter 01 March, 2019, 21:21:02 +01:00
: toroloco 01 March, 2019, 21:11:52 +01:00
Una persona en prácticas a la que no dan destino en el CGT, pasa a ser provisional condicionado al apto? .Si fuese así y sin saber su destino, cómo argumentan en mayo conciliación por estudios de hijo a más de 50 km de un destino que no conoce??6
No puede solicitar comisión por ese motivo. Igual que no puede solicitar comisión si no tiene enfermedad grave. Eso es lo que se desprende de la orden, y mientras no se cambie así será
Ya, pero la orden actual con texto refundido, en si disposición adicional tercera dice que los funcionarios en prácticas pueden participar y así lo dice la Consejería en su apartado de comisiones de servicio.
Claro, pueden participar siempre que cumplan los requisitos. Hay definitivos, sin hijos, enfermedades y con destinos en su lugar de residencia que no cumplen los requisitos y no pueden participar.
Así es, pero para cumplir los requisitos deben saber el destino y si no lo hay en el CGT no pueden cumplirlos porque no lo conocen aunque puedan participar.
Para gente que obtiene destino por primera vez en CGT se abre en mayo un periodo extraordinario para pedir concursillo (por el motivo de empadronamiento)
En general, para gente que obtiene destino en CGT.
: zocter 01 March, 2019, 22:14:22 +01:00
: zocter 01 March, 2019, 22:13:05 +01:00
: toroloco 01 March, 2019, 22:10:27 +01:00
: zocter 01 March, 2019, 22:00:47 +01:00
: toroloco 01 March, 2019, 21:46:01 +01:00
: zocter 01 March, 2019, 21:21:02 +01:00
: toroloco 01 March, 2019, 21:11:52 +01:00
Una persona en prácticas a la que no dan destino en el CGT, pasa a ser provisional condicionado al apto? .Si fuese así y sin saber su destino, cómo argumentan en mayo conciliación por estudios de hijo a más de 50 km de un destino que no conoce??6
No puede solicitar comisión por ese motivo. Igual que no puede solicitar comisión si no tiene enfermedad grave. Eso es lo que se desprende de la orden, y mientras no se cambie así será
Ya, pero la orden actual con texto refundido, en si disposición adicional tercera dice que los funcionarios en prácticas pueden participar y así lo dice la Consejería en su apartado de comisiones de servicio.
Claro, pueden participar siempre que cumplan los requisitos. Hay definitivos, sin hijos, enfermedades y con destinos en su lugar de residencia que no cumplen los requisitos y no pueden participar.
Así es, pero para cumplir los requisitos deben saber el destino y si no lo hay en el CGT no pueden cumplirlos porque no lo conocen aunque puedan participar.
Para gente que obtiene destino por primera vez en CGT se abre en mayo un periodo extraordinario para pedir concursillo (por el motivo de empadronamiento)
En general, para gente que obtiene destino en CGT.
Cierto, pero si un provisional o en prácticas no sabe su destino en mayo, cómo justifica la conciliación por los 50 km.?? Según la orden pueden participar los funcionarios en prácticas y los provisionales según la sentencia.
Quienes no hayan obtenido aún su destino definitivo no pueden solicitar el concursillo alegando motivos que tengan un requisito condicionado a la localización del destino definitivo, puesto que no lo tiene, pero ahora sí puede alegar por el resto de motivos, mientras que hasta ahora no podía.
Saludos.
: toroloco 01 March, 2019, 22:54:12 +01:00
: zocter 01 March, 2019, 22:14:22 +01:00
: zocter 01 March, 2019, 22:13:05 +01:00
: toroloco 01 March, 2019, 22:10:27 +01:00
: zocter 01 March, 2019, 22:00:47 +01:00
: toroloco 01 March, 2019, 21:46:01 +01:00
: zocter 01 March, 2019, 21:21:02 +01:00
: toroloco 01 March, 2019, 21:11:52 +01:00
Una persona en prácticas a la que no dan destino en el CGT, pasa a ser provisional condicionado al apto? .Si fuese así y sin saber su destino, cómo argumentan en mayo conciliación por estudios de hijo a más de 50 km de un destino que no conoce??6
No puede solicitar comisión por ese motivo. Igual que no puede solicitar comisión si no tiene enfermedad grave. Eso es lo que se desprende de la orden, y mientras no se cambie así será
Ya, pero la orden actual con texto refundido, en si disposición adicional tercera dice que los funcionarios en prácticas pueden participar y así lo dice la Consejería en su apartado de comisiones de servicio.
Claro, pueden participar siempre que cumplan los requisitos. Hay definitivos, sin hijos, enfermedades y con destinos en su lugar de residencia que no cumplen los requisitos y no pueden participar.
Así es, pero para cumplir los requisitos deben saber el destino y si no lo hay en el CGT no pueden cumplirlos porque no lo conocen aunque puedan participar.
Para gente que obtiene destino por primera vez en CGT se abre en mayo un periodo extraordinario para pedir concursillo (por el motivo de empadronamiento)
En general, para gente que obtiene destino en CGT.
Cierto, pero si un provisional o en prácticas no sabe su destino en mayo, cómo justifica la conciliación por los 50 km.?? Según la orden pueden participar los funcionarios en prácticas y los provisionales según la sentencia.
Después del CGT se abre un periodo extraordinario.
: zocter 01 March, 2019, 23:32:17 +01:00
: toroloco 01 March, 2019, 22:54:12 +01:00
: zocter 01 March, 2019, 22:14:22 +01:00
: zocter 01 March, 2019, 22:13:05 +01:00
: toroloco 01 March, 2019, 22:10:27 +01:00
: zocter 01 March, 2019, 22:00:47 +01:00
: toroloco 01 March, 2019, 21:46:01 +01:00
: zocter 01 March, 2019, 21:21:02 +01:00
: toroloco 01 March, 2019, 21:11:52 +01:00
Una persona en prácticas a la que no dan destino en el CGT, pasa a ser provisional condicionado al apto? .Si fuese así y sin saber su destino, cómo argumentan en mayo conciliación por estudios de hijo a más de 50 km de un destino que no conoce??6
No puede solicitar comisión por ese motivo. Igual que no puede solicitar comisión si no tiene enfermedad grave. Eso es lo que se desprende de la orden, y mientras no se cambie así será
Ya, pero la orden actual con texto refundido, en si disposición adicional tercera dice que los funcionarios en prácticas pueden participar y así lo dice la Consejería en su apartado de comisiones de servicio.
Claro, pueden participar siempre que cumplan los requisitos. Hay definitivos, sin hijos, enfermedades y con destinos en su lugar de residencia que no cumplen los requisitos y no pueden participar.
Así es, pero para cumplir los requisitos deben saber el destino y si no lo hay en el CGT no pueden cumplirlos porque no lo conocen aunque puedan participar.
Para gente que obtiene destino por primera vez en CGT se abre en mayo un periodo extraordinario para pedir concursillo (por el motivo de empadronamiento)
En general, para gente que obtiene destino en CGT.
Cierto, pero si un provisional o en prácticas no sabe su destino en mayo, cómo justifica la conciliación por los 50 km.?? Según la orden pueden participar los funcionarios en prácticas y los provisionales según la sentencia.
Después del CGT se abre un periodo extraordinario.
Ahora no podría por esos dos motivos pero Sí por ejemplo por tener hijo de hasta 3 años...
A no poder justificar algo por inacción de la Administración mientrás otros si pueden hacerlo se llama agravio comparativo.
: zocter 01 March, 2019, 23:33:46 +01:00
: zocter 01 March, 2019, 23:32:17 +01:00
: toroloco 01 March, 2019, 22:54:12 +01:00
: zocter 01 March, 2019, 22:14:22 +01:00
: zocter 01 March, 2019, 22:13:05 +01:00
: toroloco 01 March, 2019, 22:10:27 +01:00
: zocter 01 March, 2019, 22:00:47 +01:00
: toroloco 01 March, 2019, 21:46:01 +01:00
: zocter 01 March, 2019, 21:21:02 +01:00
: toroloco 01 March, 2019, 21:11:52 +01:00
Una persona en prácticas a la que no dan destino en el CGT, pasa a ser provisional condicionado al apto? .Si fuese así y sin saber su destino, cómo argumentan en mayo conciliación por estudios de hijo a más de 50 km de un destino que no conoce??6
No puede solicitar comisión por ese motivo. Igual que no puede solicitar comisión si no tiene enfermedad grave. Eso es lo que se desprende de la orden, y mientras no se cambie así será
Ya, pero la orden actual con texto refundido, en si disposición adicional tercera dice que los funcionarios en prácticas pueden participar y así lo dice la Consejería en su apartado de comisiones de servicio.
Claro, pueden participar siempre que cumplan los requisitos. Hay definitivos, sin hijos, enfermedades y con destinos en su lugar de residencia que no cumplen los requisitos y no pueden participar.
Así es, pero para cumplir los requisitos deben saber el destino y si no lo hay en el CGT no pueden cumplirlos porque no lo conocen aunque puedan participar.
Para gente que obtiene destino por primera vez en CGT se abre en mayo un periodo extraordinario para pedir concursillo (por el motivo de empadronamiento)
En general, para gente que obtiene destino en CGT.
Cierto, pero si un provisional o en prácticas no sabe su destino en mayo, cómo justifica la conciliación por los 50 km.?? Según la orden pueden participar los funcionarios en prácticas y los provisionales según la sentencia.
Después del CGT se abre un periodo extraordinario.
Ahora no podría por esos dos motivos pero Sí por ejemplo por tener hijo de hasta 3 años...
L
Buenas tardes, una duda: el hijo de 3 años los debe tener durante el siguiente todo el curso que viene o en el momento de la petición?
: toroloco 01 March, 2019, 23:46:52 +01:00
A no poder justificar algo por inacción de la Administración mientrás otros si pueden hacerlo se llama agravio comparativo.
¿A qué inacción te refieres?
Saludos.
: respublica 02 March, 2019, 01:02:54 +01:00
: toroloco 01 March, 2019, 23:46:52 +01:00
A no poder justificar algo por inacción de la Administración mientrás otros si pueden hacerlo se llama agravio comparativo.
¿A qué inacción te refieres?
Saludos.
A que se debería adelantar el definitivo del CGT a la solicitud de comisión.
: toroloco 02 March, 2019, 09:29:39 +01:00
: respublica 02 March, 2019, 01:02:54 +01:00
: toroloco 01 March, 2019, 23:46:52 +01:00
A no poder justificar algo por inacción de la Administración mientrás otros si pueden hacerlo se llama agravio comparativo.
¿A qué inacción te refieres?
Saludos.
A que se debería adelantar el definitivo del CGT a la solicitud de comisión.
Si no pasa nada por no saberlo antes. Porque cuando sale el CGT, si has obtenido destino, te dan plazo extraordinario para la comisión. Si no has obtenido destino, es cuando no podrás pedir comisión alegando distancia desde tu residencia al destino definitivo porque es que no existe destino definitivo.
Perdón creo que no me he explicado bien. El problema creo que está en que obteniendo destino en mayo existen unas condiciones que persisten en agosto y en este último caso no te puedes beneficiar de ellas por los plazos establecidos.
Hola, voy a ser padre en mayo. Alguien sabe si puedo acogerme al cuidado de hijos menores de 3 años en la solicitud de comisión de servicio de ahora (marzo)????
: toroloco 02 March, 2019, 11:07:21 +01:00
Perdón creo que no me he explicado bien. El problema creo que está en que obteniendo destino en mayo existen unas condiciones que persisten en agosto y en este último caso no te puedes beneficiar de ellas por los plazos establecidos.
No te entiendo y no veo ningún perjuicio a quien obtenga destino definitivo por primera vez.
Saludos.
: respublica 02 March, 2019, 12:33:03 +01:00
: toroloco 02 March, 2019, 11:07:21 +01:00
Perdón creo que no me he explicado bien. El problema creo que está en que obteniendo destino en mayo existen unas condiciones que persisten en agosto y en este último caso no te puedes beneficiar de ellas por los plazos establecidos.
No te entiendo y no veo ningún perjuicio a quien obtenga destino definitivo por primera vez.
Saludos.
No, yo tampoco, lo que no veo bien es que la administración no haya modificado la orden con respecto a la sentencia y se limite a decir que provisionales y en prácticas pueden participar pero sin aclarar nada. Por otro lado, creo que ante in destino, todos deberían tener las mismas oportunidades sin depender de plazos.
"Disposición adicional tercera. Comisiones de servicio para el personal funcionario de carrera que no haya obtenido aún su primer destino definitivo.
El personal funcionario de carrera que no haya obtenido aún su primer destino definitivo sólo podrá optar a una comisión de servicios por las razones establecidas en el párrafo a) del artículo 3.3 de la Orden de 26 de febrero de 2008."
Esta parte es la que ha quedado anulada por sentencia firme del TSJA y la Consejería decidió no cambiar nada más para no reabrir el debate y ha puesto una nota informativa:
De conformidad con la Orden de 17 de diciembre de 2018, por la que se acuerda el cumplimiento de la Sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Tercera, del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el recurso número 452/16, se informa al personal docente funcionario de carrera sin destino definitivo y al personal funcionario en prácticas que podrán solicitar comisión de servicio para el curso académico 2019-2020.
Las solicitudes de participación se cumplimentarán y presentarán de manera telemática, a través del correspondiente formulario web de la Consejería de Educación y Deporte.
Fuente: Se abre el plazo de participación en las comisiones de servicios provinciales, interprovinciales e intercomunitarias para el curso académico 2019/2020 (http://www.juntadeandalucia.es/educacion/portals/web/ced/novedades/-/contenidos/detalle/comisiones-de-servicio-2019-convocatoria)
Saludos.
¿ Habéis probado el enlace para pedir comisión provincial ?... a mí me deriva a otra página que no tiene nada que ver. He probado con el enlace de comisión intercomunitaria y ese si va...¿ os pasa igual?. Gracias de antemano.
https://m.facebook.com/story.php?story_fbid=2140035776082343&id=158430734242867&ref=m_notif¬if_t=feed_comment_reply
: toroloco 02 March, 2019, 15:43:56 +01:00
https://m.facebook.com/story.php?story_fbid=2140035776082343&id=158430734242867&ref=m_notif¬if_t=feed_comment_reply
No caben muchas interpretaciones sobre qué se considera destino para quien carece de él, pero desde luego la Consejería debía haber aclarado que no son de aplicación para provisionales los motivos relacionados con el destino, en vez de filtrárselo a ANPE, el más afín al nuevo gobierno andaluz.
Saludos.
https://anpeandalucia.es/notices+abierto+el+plazo+anual+de+peticion+de+comisiones+de+servicio+en+atencion+a+situaciones+especiales-id=26688
Y según Anpe los funcionarios en prácticas pueden solicitar la conciliación por estudios a 50 km del destino. También que el plazo extraordinario es para provisionales que obtengan destino en el CGT. No queda claro cómo en marzo una persona en prácticas puede solicitar la conciliación 50 km si conocer su destino.
: toroloco 02 March, 2019, 17:37:42 +01:00
https://anpeandalucia.es/notices+abierto+el+plazo+anual+de+peticion+de+comisiones+de+servicio+en+atencion+a+situaciones+especiales-id=26688
Y según Anpe los funcionarios en prácticas pueden solicitar la conciliación por estudios a 50 km del destino. También que el plazo extraordinario es para provisionales que obtengan destino en el CGT. No queda claro cómo en marzo una persona en prácticas puede solicitar la conciliación 50 km si conocer su destino.
Sí, ni ellos se aclaran, pero es obvio, al menos para mí, que sin destino no se puede alegar ni que el destino esté en otra localidad de la de residencia ni que esté a más de 50 km. de donde se estudia.
Por otro lado, hay que tener en cuenta que el colectivo de participación en la adjudicación de destinos provisionales corresponde a la situación que se tenga el curso próximo, no la de este curso.
Por tanto, los actuales funcionarios en prácticas, salvo que no sean declarados aptos, serán del colectivo de provisionales si no le dan destino definitivo en el CGT.
Y los que aprueben la oposición este año 2019 serán los que participen como funcionarios en prácticas, que aún no se sabe quiénes son y por ello no pueden solicitar ahora comisión de servicio para conciliar.
Como vemos, es todo una chapuza.
Saludos.
: respublica 02 March, 2019, 18:22:25 +01:00
: toroloco 02 March, 2019, 17:37:42 +01:00
https://anpeandalucia.es/notices+abierto+el+plazo+anual+de+peticion+de+comisiones+de+servicio+en+atencion+a+situaciones+especiales-id=26688
Y según Anpe los funcionarios en prácticas pueden solicitar la conciliación por estudios a 50 km del destino. También que el plazo extraordinario es para provisionales que obtengan destino en el CGT. No queda claro cómo en marzo una persona en prácticas puede solicitar la conciliación 50 km si conocer su destino.
Sí, ni ellos se aclaran, pero es obvio, al menos para mí, que sin destino no se puede alegar ni que el destino esté en otra localidad de la de residencia ni que esté a más de 50 km. de donde se estudia.
Por otro lado, hay que tener en cuenta que el colectivo de participación en la adjudicación de destinos provisionales corresponde a la situación que se tenga el curso próximo, no la de este curso.
Por tanto, los actuales funcionarios en prácticas, salvo que no sean declarados aptos, serán del colectivo de provisionales si no le dan destino definitivo en el CGT.
Y los que aprueben la oposición este año 2019 serán los que participen como funcionarios en prácticas, que aún no se sabe quiénes son y por ello no pueden solicitar ahora comisión de servicio para conciliar.
Como vemos, es todo una chapuza.
Saludos.
Gran chapuza. Añado una situación que se podría dar y que desconozco cómo la interpretarían. Una persona en prácticas no obtiene destino en el CGT y a partir de ahí se consideraría provisional a expensas del apto. Como tal, podría conciliar por los 50km pero ya es mayo y paso marzo. Si no conoce su destino de agosto, qué hace? En este caso, por qué no se habilita la opción de conciliar trás la adjudicación provisional de Julio?? Todo depende de saber el destino o no para el próximo curso y quienes no lo conozcan en mayo quedan agraviados respecto a ños que sí lo conozcan. Además la chapuza va más allá, si alguién decide ir a la justicia porque la orden que atañe estas comisiones no habla de provisionales quizá lleve razón y se la den....
La comisión de servicios por conciliación es para poder participar en la adjudicación de destinos provisionales y hacerlo con prioridad respecto de los participantes por el mismo colectivo en el caso de los provisionales.
Pero una vez adjudicados los destinos provisionales ya no cabe una nueva adjudicación, salvo que se quiera hacer con las vacantes sobrevenidas en septiembre. Como estas vacantes se van ya a adjudicar de forma centralizada y automatizada, podrían incluirse en SIPRI a los provisionales que hubiesen obtenido destino fuera de su localidad.
Esto complicaría todo el sistema y podría darse la paradoja de que un provisional obtuviera mejor destino que un definitivo, al igual que ahora un interino sin vacante puedr obtener mejor vacante en septiembre, pero lo cierto es que poderse, se puede hacer si se quiere.
Saludos.
De hecho, la propia Orden que regula las comisiones de servicio establece en el artículo 4 que las solicitudes pueden presentarse fuera de plazo en el momento en que se dé el hecho causante de la petición pero que en ese caso estará supeditada a la existencia de vacante tras la adjudicación de destinos provisionales.
Ese párrafo no está pensado para que provisionales puedan tener un segundo concursillo con las vacantes de septiembre, pero podría hacerse esa interpretación sin necesidad siquiera de cambiar la normativa.
Saludos.
Yo no veo problema alguno en que los provisionales (y en prácticas) pidan comisión de servicio ahora por todas las razones que los demás, menos la de población diferente a la de residencia.
: toroloco 02 March, 2019, 18:48:33 +01:00Gran chapuza. Añado una situación que se podría dar y que desconozco cómo la interpretarían. Una persona en prácticas no obtiene destino en el CGT y a partir de ahí se consideraría provisional a expensas del apto. Como tal, podría conciliar por los 50km pero ya es mayo y paso marzo. Si no conoce su destino de agosto, qué hace?
Es que la condición de destino es previa a la propia adjudicación, puesto que es la que da derecho a participar por el colectivo de funcionarios con comisión, así que un provisional no puede alegar conciliación por aquellas causas que requieren destino, del mismo modo que una persona sin hijos no puede alegar conciliación por una causa que requiere la existencia de al menos uno.
La Junta lo único que tiene que decidir es si recoge preventivamente todos las solicitudes en marzo, o si establece un plazo extraordinario tras el CGT para que los nuevos definitivos puedan pedir conciliación por causa de su destino.
: rantanplan 03 March, 2019, 12:49:06 +01:00
: toroloco 02 March, 2019, 18:48:33 +01:00Gran chapuza. Añado una situación que se podría dar y que desconozco cómo la interpretarían. Una persona en prácticas no obtiene destino en el CGT y a partir de ahí se consideraría provisional a expensas del apto. Como tal, podría conciliar por los 50km pero ya es mayo y paso marzo. Si no conoce su destino de agosto, qué hace?
Es que la condición de destino es previa a la propia adjudicación, puesto que es la que da derecho a participar por el colectivo de funcionarios con comisión, así que un provisional no puede alegar conciliación por aquellas causas que requieren destino, del mismo modo que una persona sin hijos no puede alegar conciliación por una causa que requiere la existencia de al menos uno.
La Junta lo único que tiene que decidir es si recoge preventivamente todos las solicitudes en marzo, o si establece un plazo extraordinario tras el CGT para que los nuevos definitivos puedan pedir conciliación por causa de su destino.
Si ese es el problema, que no dejan nada claro:
"se informa al personal docente funcionario de carrera sin destino definitivo y al personal funcionario en prácticas que podrán solicitar comisión de servicio para el curso académico 2019-2020."
"El plazo de presentación de instancias sera del 1 de marzo al 1 de abril , ambos incluidos.
Plazo de presentación extraordinario para el personal que obtenga su primer destino definitivo en el CGT de ámbito nacional: del 24 al 31 mayo, ambos inclusive."http://www.juntadeandalucia.es/educacion/portals/web/ced/comisiones-de-servicio
: toroloco 03 March, 2019, 15:34:55 +01:00Si ese es el problema, que no dejan nada claro:
"se informa al personal docente funcionario de carrera sin destino definitivo y al personal funcionario en prácticas que podrán solicitar comisión de servicio para el curso académico 2019-2020."
"El plazo de presentación de instancias sera del 1 de marzo al 1 de abril , ambos incluidos.
Plazo de presentación extraordinario para el personal que obtenga su primer destino definitivo en el CGT de ámbito nacional: del 24 al 31 mayo, ambos inclusive."
http://www.juntadeandalucia.es/educacion/portals/web/ced/comisiones-de-servicio
Yo sigo sin ver el problema. Si estuviera en expectativas, me esperaría a finales de marzo y, si no hay ninguna contraorden de la Junta, pediría una comisión por conciliación alegando que no vivo en mi centro de destino y adjuntaría un certificado de empadronamiento. ¿Que no me dan destino después? Entonces me denegarán la comisión. ¿Que me dan destino? Entonces me la concederán, porque cumplo los requisitos.
: rantanplan 03 March, 2019, 16:23:53 +01:00
: toroloco 03 March, 2019, 15:34:55 +01:00Si ese es el problema, que no dejan nada claro:
"se informa al personal docente funcionario de carrera sin destino definitivo y al personal funcionario en prácticas que podrán solicitar comisión de servicio para el curso académico 2019-2020."
"El plazo de presentación de instancias sera del 1 de marzo al 1 de abril , ambos incluidos.
Plazo de presentación extraordinario para el personal que obtenga su primer destino definitivo en el CGT de ámbito nacional: del 24 al 31 mayo, ambos inclusive."
http://www.juntadeandalucia.es/educacion/portals/web/ced/comisiones-de-servicio
Yo sigo sin ver el problema. Si estuviera en expectativas, me esperaría a finales de marzo y, si no hay ninguna contraorden de la Junta, pediría una comisión por conciliación alegando que no vivo en mi centro de destino y adjuntaría un certificado de empadronamiento. ¿Que no me dan destino después? Entonces me denegarán la comisión. ¿Que me dan destino? Entonces me la concederán, porque cumplo los requisitos.
No se puede pedir una comisión de servicio si no se cumplen los requisitos establecidos y quien no tenga ahora destino definitivo para el próximo curso fuera de su localidad de residencia no puede pedir comisión por ese motivo.
En cambio cuando de resuelva el CGT si le dan destino fuera de su residencia sí cumple las condiciones y por ello habilitan un plazo extraordinario para solicitar la comisión por ese motivo.
Saludos.
: respublica 03 March, 2019, 17:02:16 +01:00No se puede pedir una comisión de servicio si no se cumplen los requisitos establecidos y quien no tenga ahora destino definitivo para el próximo curso fuera de su localidad de residencia no puede pedir comisión por ese motivo.
Antes incumplía el requisito de ser funcionario de carrera con destino definitivo en el presente curso, pero ahora ¿cuál es el requisito que no cumplo? ¿Que no sabré exactamente cuál es mi destino definitivo el curso que viene? En esa situación están todos los demás funcionarios que piden la comisión por conciliación, porque de hecho se les exige que participen en ell CGT como requisito indispensable. Y puede darse el caso de que a un funcionario definitivo en el presente curso le den un centro del mismo municipio en el que reside con lo que le denegarán la comisión, igual que a mi me la denegarán si no obtengo finalmente destino.
Yo no veo cuál es la diferencia entre él y yo (supuesto que yo estuviera en expectativas): ambos desconocemos en marzo cuál será el resultado de la adjudicación del CGT y por tanto si cumpliremos con el requisito de destino: yo no sé si lo tendré ni dónde, pero él no sabrá dónde lo tendrá,.
: respublica 03 March, 2019, 17:02:16 +01:00En cambio cuando de resuelva el CGT si le dan destino fuera de su residencia sí cumple las condiciones y por ello habilitan un plazo extraordinario para solicitar la comisión por ese motivo.
Pues en ese caso, si veo que la Junta me lo requiere expreamente, vuelvo a echar los papeles. Total me valdré el mismo certificado que pedí en el ayuntamiento dos meses antes. Pero si este mes la Junta no me informa de que en mayo volverá a hacer eso, visto el cambio legislativo, yo no me la jugará y echaría los papeles ahora.
: respublica 02 March, 2019, 13:40:19 +01:00
"Disposición adicional tercera. Comisiones de servicio para el personal funcionario de carrera que no haya obtenido aún su primer destino definitivo.
El personal funcionario de carrera que no haya obtenido aún su primer destino definitivo sólo podrá optar a una comisión de servicios por las razones establecidas en el párrafo a) del artículo 3.3 de la Orden de 26 de febrero de 2008."
Esta parte es la que ha quedado anulada por sentencia firme del TSJA y la Consejería decidió no cambiar nada más para no reabrir el debate y ha puesto una nota informativa:
CCOO Enseñanza Andalucía (Facebook) 01/03/19:
¿PUEDO SOLICITAR COMISIÓN DE SERVCIOS SI AÚN NO HE OBTENIDO MI PRIMER DESTINO DEFINITIVO?
Sí. Podrá optar a una comisión de servicio de conformidad con la Orden de 17 de diciembre de 2018, por la que se acuerda el cumplimiento de la Sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Tercera, del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el recurso número 452/16
La disposición adicional tercera (Comisiones de servicio para el personal funcionario de carrera que no haya obtenido aún su primer destino definitivo) de la Orden de 24 de mayo de 2011 establece que "el personal funcionario de carrera que no haya obtenido aún su primer destino definitivo sólo podrá optar a una comisión de servicios por las razones establecidas en el párrafo a) del artículo 3.3 de la Orden de 26 de febrero de 2008."
Comisiones de Servicio curso 2019/20: Comienza el plazo de presentación de instancias (http://ustea.es/new/comisiones-de-servicio-curso-2019-20-comienza-el-plazo-de-presentacion-de-instancias/)
Entre los días 1 y 31 de marzo de 2018 estará abierto el plazo para la presentación de solicitudes de COMISIONES DE SERVICIO
Plazo de presentación extraordinario para el personal que obtenga su primer destino definitivo en el CGT de ámbito nacional: del 24 al 31 mayo, ambos inclusive.
b) Por razones de conciliación de la vida familiar, personal y laboral.
El personal funcionario docente podrá solicitar comisión de servicio, cuando existan razones relacionadas con la conciliación de la vida personal, familiar y laboral, a un municipio distinto al del destino definitivo, con ocasión de vacante. En la solicitud se indicará la causa de la comisión de servicio y se adjuntará la documentación que la justifique, que podrá referirse a las siguientes:
Para el cuidado de hijos de hasta 3 años.
Para el cuidado de hijos mayores de 3 años, cónyuges o parejas de hecho, por razón de enfermedad.
Para el cuidado de otros familiares hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, por razón de enfermedad.
Por tener el destino en municipio diferente al del domicilio habitual.
Por estudios del profesorado o de sus hijos cuando el centro del nivel correspondiente a dichos estudios se halle a más de 50 km del municipio del destino.
Por razones de enfermedad del profesorado no incluidas en el párrafo a) de este apartado.
Esta comisión permite al profesorado definitivo, provisional y en prácticas participar en la colocación de efectivos o "concursillo" (procedimiento de adjudicación de destinos provisionales) a finales de curso, para obtener destino para el curso 2019/2020 por conciliación de vida familiar, personal y laboral. Es obligatoria la participación en el Concurso General de Traslados del año en curso, salvo que la normativa del CGT lo impida.
¿Siendo funcionario en prácticas, puedo solicitar comisión de servicios?
Sí, pero la concesión, en su caso, estará supeditada a la superación de la fase de prácticas.
A ver si alguien puede aclarar esto:
Un funcionario en prácticas o un provisional , al no conocer su destino en el mes de marzo no pueden participar en este proceso. Si obtienen destino en el CGT podrán participar en el plazo extraordinario del 24 al 31 de mayo. Si no lo obtienen no puede solicitar comisión de servicio.
Esta comisión permite al profesorado definitivo, provisional y en prácticas participar en la colocación de efectivos o "concursillo" (procedimiento de adjudicación de destinos provisionales) a finales de curso, para obtener destino para el curso 2019/2020 por conciliación de vida familiar, personal y laboral.
Si se cumple lo anterior y no se puede participar en la comisión, ¿no se podrá participar en la colocación de efectivos de julio-agosto? .....
Soy funcionaria en prácticas, ¿entonces tengo que solicitar el concursillo ahora o en el plazo extraordinario?
: toroloco 03 March, 2019, 20:55:59 +01:00
: respublica 02 March, 2019, 13:40:19 +01:00
"Disposición adicional tercera. Comisiones de servicio para el personal funcionario de carrera que no haya obtenido aún su primer destino definitivo.
El personal funcionario de carrera que no haya obtenido aún su primer destino definitivo sólo podrá optar a una comisión de servicios por las razones establecidas en el párrafo a) del artículo 3.3 de la Orden de 26 de febrero de 2008."
Esta parte es la que ha quedado anulada por sentencia firme del TSJA y la Consejería decidió no cambiar nada más para no reabrir el debate y ha puesto una nota informativa:
CCOO Enseñanza Andalucía (Facebook) 01/03/19:
¿PUEDO SOLICITAR COMISIÓN DE SERVCIOS SI AÚN NO HE OBTENIDO MI PRIMER DESTINO DEFINITIVO?
Sí. Podrá optar a una comisión de servicio de conformidad con la Orden de 17 de diciembre de 2018, por la que se acuerda el cumplimiento de la Sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Tercera, del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el recurso número 452/16
La disposición adicional tercera (Comisiones de servicio para el personal funcionario de carrera que no haya obtenido aún su primer destino definitivo) de la Orden de 24 de mayo de 2011 establece que "el personal funcionario de carrera que no haya obtenido aún su primer destino definitivo sólo podrá optar a una comisión de servicios por las razones establecidas en el párrafo a) del artículo 3.3 de la Orden de 26 de febrero de 2008."
Lo que dice CCOO es lo mismo que he dicho yo, ¿por qué lo pones entonces?
Saludos.
: toroloco 04 March, 2019, 12:13:00 +01:00
Comisiones de Servicio curso 2019/20: Comienza el plazo de presentación de instancias (http://ustea.es/new/comisiones-de-servicio-curso-2019-20-comienza-el-plazo-de-presentacion-de-instancias/)
Entre los días 1 y 31 de marzo de 2018 estará abierto el plazo para la presentación de solicitudes de COMISIONES DE SERVICIO
Plazo de presentación extraordinario para el personal que obtenga su primer destino definitivo en el CGT de ámbito nacional: del 24 al 31 mayo, ambos inclusive.
b) Por razones de conciliación de la vida familiar, personal y laboral.
El personal funcionario docente podrá solicitar comisión de servicio, cuando existan razones relacionadas con la conciliación de la vida personal, familiar y laboral, a un municipio distinto al del destino definitivo, con ocasión de vacante. En la solicitud se indicará la causa de la comisión de servicio y se adjuntará la documentación que la justifique, que podrá referirse a las siguientes:
Para el cuidado de hijos de hasta 3 años.
Para el cuidado de hijos mayores de 3 años, cónyuges o parejas de hecho, por razón de enfermedad.
Para el cuidado de otros familiares hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, por razón de enfermedad.
Por tener el destino en municipio diferente al del domicilio habitual.
Por estudios del profesorado o de sus hijos cuando el centro del nivel correspondiente a dichos estudios se halle a más de 50 km del municipio del destino.
Por razones de enfermedad del profesorado no incluidas en el párrafo a) de este apartado.
Esta comisión permite al profesorado definitivo, provisional y en prácticas participar en la colocación de efectivos o "concursillo" (procedimiento de adjudicación de destinos provisionales) a finales de curso, para obtener destino para el curso 2019/2020 por conciliación de vida familiar, personal y laboral. Es obligatoria la participación en el Concurso General de Traslados del año en curso, salvo que la normativa del CGT lo impida.
¿Siendo funcionario en prácticas, puedo solicitar comisión de servicios?
Sí, pero la concesión, en su caso, estará supeditada a la superación de la fase de prácticas.
A ver si alguien puede aclarar esto:
Un funcionario en prácticas o un provisional , al no conocer su destino en el mes de marzo no pueden participar en este proceso. Si obtienen destino en el CGT podrán participar en el plazo extraordinario del 24 al 31 de mayo. Si no lo obtienen no puede solicitar comisión de servicio.
Esta comisión permite al profesorado definitivo, provisional y en prácticas participar en la colocación de efectivos o "concursillo" (procedimiento de adjudicación de destinos provisionales) a finales de curso, para obtener destino para el curso 2019/2020 por conciliación de vida familiar, personal y laboral.
Si se cumple lo anterior y no se puede participar en la comisión, ¿no se podrá participar en la colocación de efectivos de julio-agosto? .....
Sigo sin entender tus dudas.
Saludos.
: naquia 04 March, 2019, 12:39:16 +01:00
Soy funcionaria en prácticas, ¿entonces tengo que solicitar el concursillo ahora o en el plazo extraordinario?
Si lo vas a solicitar alegando que tu destino definitivo está fuera de tu localidad o a más de 50 km. de donde estudias, tienes que esperar al plazo extraordinario que es después de la resolución definitiva del concurso de traslados y siempre que te hayan dado un destino definitivo que cumpla las condiciones. Si no te dan destino no podrás solicitar concursillo alegando esos motivos.
Si vas a alegar otros motivos, por ejemplo, tener un hijo menor de tres años, debes hacerlo ahora en marzo.
Así lo entiendo yo.
Saludos.
Añado mi duda. Quiero participar en el concursillo, pero, ahora mismo, no tengo destino definitivo. Además, según mis cálculos, no creo que me den destino definitivo en este CGT. De las opciones por las que se puede pedir concursillo, solo me valdrían la de "destino en municipio diferente al del domicilio habitual" (esto es cierto, ya que mi destino provisional está en otro municipio distinto) o lo de "estudios de hijos en centros a más de 50 kms". ¿Significa esto que no lo puedo echar ni ahora ni luego? Gracias por la info.
: andjifer 04 March, 2019, 17:53:19 +01:00
Añado mi duda. Quiero participar en el concursillo, pero, ahora mismo, no tengo destino definitivo. Además, según mis cálculos, no creo que me den destino definitivo en este CGT. De las opciones por las que se puede pedir concursillo, solo me valdrían la de "destino en municipio diferente al del domicilio habitual" (esto es cierto, ya que mi destino provisional está en otro municipio distinto) o lo de "estudios de hijos en centros a más de 50 kms". ¿Significa esto que no lo puedo echar ni ahora ni luego? Gracias por la info.
Ahora no. Luego, en junio, sí, en el plazo extraordinario para provisionales.
: respublica 04 March, 2019, 17:26:48 +01:00
: naquia 04 March, 2019, 12:39:16 +01:00
Soy funcionaria en prácticas, ¿entonces tengo que solicitar el concursillo ahora o en el plazo extraordinario?
Si lo vas a solicitar alegando que tu destino definitivo está fuera de tu localidad o a más de 50 km. de donde estudias, tienes que esperar al plazo extraordinario que es después de la resolución definitiva del concurso de traslados y siempre que te hayan dado un destino definitivo que cumpla las condiciones. Si no te dan destino no podrás solicitar concursillo alegando esos motivos.
Si vas a alegar otros motivos, por ejemplo, tener un hijo menor de tres años, debes hacerlo ahora en marzo.
Así lo entiendo yo.
Saludos.
Con esto respondes a mis dudas. Gracias
Respecto a la publicación de CCOO la subrayo, lo que no entiendo muy bien es que una orden que regula unas comisiones de servicio no contemple aquella sentencia dejando así un poso de inseguridad jurídica para los participantes.
: respublica 04 March, 2019, 17:26:48 +01:00
: naquia 04 March, 2019, 12:39:16 +01:00
Soy funcionaria en prácticas, ¿entonces tengo que solicitar el concursillo ahora o en el plazo extraordinario?
Si lo vas a solicitar alegando que tu destino definitivo está fuera de tu localidad o a más de 50 km. de donde estudias, tienes que esperar al plazo extraordinario que es después de la resolución definitiva del concurso de traslados y siempre que te hayan dado un destino definitivo que cumpla las condiciones. Si no te dan destino no podrás solicitar concursillo alegando esos motivos.
Si vas a alegar otros motivos, por ejemplo, tener un hijo menor de tres años, debes hacerlo ahora en marzo.
Así lo entiendo yo.
Saludos.
Mil gracias como siempre, respublica.
Buenas!
Todos los años por estas fechas me surge la misma duda, cuando voy a rellenas el concursillo. Si de las razones de conciliación cumplo los requisitos de varias modalidades, ¿da igual cuál es la que indique?, no hay ninguna que tenga prioridad sobre otras, ¿no?.
Repito, siempre dentro del tipo b) Por razones conciliación, y participando en el concursillo teniendo ya plaza definitiva.
: antoniosantiagobyg 04 March, 2019, 23:52:31 +01:00
Buenas!
Todos los años por estas fechas me surge la misma duda, cuando voy a rellenas el concursillo. Si de las razones de conciliación cumplo los requisitos de varias modalidades, ¿da igual cuál es la que indique?, no hay ninguna que tenga prioridad sobre otras, ¿no?.
Repito, siempre dentro del tipo b) Por razones conciliación, y participando en el concursillo teniendo ya plaza definitiva.
Con que cumplas una es suficiente para que te la concedan.
Saludos.
Buenas a todos.
Tengo una pregunta muy simple y bastante tonta pr agradecería vuestra colaboración.
Para el concursillo es una opción la de "niños de hasta 3 años".
Yo tengo un niño que tiene 3 años y 4 meses, y mi cuestión es sencilla ¿Hasta 3 años es hasta que cumpla 4 años o 3 años y un día?. Es que eso supone poder solicitarlo o no.
Creo que es la segunda opción pr no se si queda opción legal.
Gracias a todos por vuestra ayuda
Hola, pregunté sobre eso al correo de contacto, esta fue su respuesta
Le indicamos que podrá presentar solicitud por ese motivo, siempre que cumpla los 3 años después del día último de presentación de instancias.
Por lo que entiendo que al tener ya cumplidos los 3 años, no puedes presentarla por ese motivo.
Un.saludo
Buenas!! Una pregunta, ¿sabéis si el certificado de empadronamiento debe de tener fecha de 2019?o no hay límite de antigüedad?. Tengo uno de hace 4 años y mi situación no ha cambiado pero claro, tengo esa duda.
Saludos!!!
Enviado desde mi PRA-LX1 mediante Tapatalk
: EducaSevi 08 March, 2019, 10:42:56 +01:00
Buenas!! Una pregunta, ¿sabéis si el certificado de empadronamiento debe de tener fecha de 2019?o no hay límite de antigüedad?. Tengo uno de hace 4 años y mi situación no ha cambiado pero claro, tengo esa duda.
Saludos!!!
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6 meses máximo de antigüedad
: Ygriega 08 March, 2019, 11:10:01 +01:00
: EducaSevi 08 March, 2019, 10:42:56 +01:00
Buenas!! Una pregunta, ¿sabéis si el certificado de empadronamiento debe de tener fecha de 2019?o no hay límite de antigüedad?. Tengo uno de hace 4 años y mi situación no ha cambiado pero claro, tengo esa duda.
Saludos!!!
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6 meses máximo de antigüedad
Gracias!!!
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Buenas noches,
Gracias por todas las respuestas.
Por no abrir otro hilo...para los que habéis presentado ya la solicitud,
¿Cuándo se adjunta el certificado de empadronamiento? ¿Os lo pide después de la pantalla Firmar y Registrar?
Gracias otra vez.
: paula123 11 March, 2019, 22:52:39 +01:00
Buenas noches,
Gracias por todas las respuestas.
Por no abrir otro hilo...para los que habéis presentado ya la solicitud,
¿Cuándo se adjunta el certificado de empadronamiento? ¿Os lo pide después de la pantalla Firmar y Registrar?
Gracias otra vez.
Sí, lo pide al final, así que ve aceptando hasta que aparezca la opción de adjuntar.
Hola! Yo tengo un problema con el Concurdillo, a ver si me podéis ayudar. Este año estoy en prácticas y tengo una hija de 2 años; tanto mi pareja como yo trabajamos en un IES de la provincia de Jaén. Por circunstancias diversas, la niña sigue empadronada en Granada, al igual que la madre, y yo tampoco estoy empadronado aquí. Ahora he comenzado el proceso de empadronamiento y en el Ayto. me han dicho que puede demorarse hasta tres meses.
La pregunta es si puedo adjuntar otros documentos (contrato de alquiler, facturas, datos de escolarización de la pequeña) para demostrar que vivimos "aquí" y no donde dice el padrón, o sea, Granada, a la hora de pedir el Concursillo.
Gracias.
: Maximiliano 12 March, 2019, 08:05:38 +01:00
Hola! Yo tengo un problema con el Concurdillo, a ver si me podéis ayudar. Este año estoy en prácticas y tengo una hija de 2 años; tanto mi pareja como yo trabajamos en un IES de la provincia de Jaén. Por circunstancias diversas, la niña sigue empadronada en Granada, al igual que la madre, y yo tampoco estoy empadronado aquí. Ahora he comenzado el proceso de empadronamiento y en el Ayto. me han dicho que puede demorarse hasta tres meses.
La pregunta es si puedo adjuntar otros documentos (contrato de alquiler, facturas, datos de escolarización de la pequeña) para demostrar que vivimos "aquí" y no donde dice el padrón, o sea, Granada, a la hora de pedir el Concursillo.
Gracias.
Por qué no pides por cuidado de hijo menor de 3 años??
Hasta donde yo sé los empadronamientos han de ser inmediatos. Que no te cuenten historias.
: nocreoqueseayo 12 March, 2019, 08:30:50 +01:00
: Maximiliano 12 March, 2019, 08:05:38 +01:00
Hola! Yo tengo un problema con el Concurdillo, a ver si me podéis ayudar. Este año estoy en prácticas y tengo una hija de 2 años; tanto mi pareja como yo trabajamos en un IES de la provincia de Jaén. Por circunstancias diversas, la niña sigue empadronada en Granada, al igual que la madre, y yo tampoco estoy empadronado aquí. Ahora he comenzado el proceso de empadronamiento y en el Ayto. me han dicho que puede demorarse hasta tres meses.
La pregunta es si puedo adjuntar otros documentos (contrato de alquiler, facturas, datos de escolarización de la pequeña) para demostrar que vivimos "aquí" y no donde dice el padrón, o sea, Granada, a la hora de pedir el Concursillo.
Gracias.
Por qué no pides por cuidado de hijo menor de 3 años??
Es lo que quiero pedir, pero pensé que quizá me exijan el empadronamiento.
Hola de nuevo. Me han dado plaza en las provisionales de CGT. Estando en prácticas, sigo teniendo que esperar a la adjudicación definitiva para participar en el concursillo, ¿verdad?
Disculpad pero es que este año todos los trámites son nuevos para mí.