Buenos días,
Hemos pensado hacernos pareja de hecho mi compañero y yo pero no quiero cogerme los 15 días de permiso que corresponden. La duda es ¿si en el futuro nos casamos me corresponderían esos 15 días?
Gracias
Loanna, yo lo hice por el juzgado y me cogí los 15 días. Me dijeron que si en otro momento decidía casarme por la iglesia también me correspondían otros 15. No sé si te da una idea.
Nosotros nos hicimos pareja de hecho y no cogí ningún permiso. Al tiempo nos casamos por lo civil y ahí sí pedí y me concedieron el permiso sin problemas.
¡Gracias a ambos! Sobre el permiso al casarte primero por lo civil y luego por la iglesia tenía entendido que al no haber cambio en el estado civil no correspondían, qué bien que me hayas contado tu experiencia!
Gracias
: Loanna 26 August, 2020, 10:09:06 +02:00
Buenos días,
Hemos pensado hacernos pareja de hecho mi compañero y yo pero no quiero cogerme los 15 días de permiso que corresponden. La duda es ¿si en el futuro nos casamos me corresponderían esos 15 días?
Gracias
Si no te supone mucho, cásate por lo civil antes que hacerte pareja de hecho. Al final son papeles y de cara a "lo legal" tienes más beneficios.
Buenos días. Los beneficios son los mismos casado o de pareja de hecho, salvo que la declaración de la renta no la podéis hacer juntos de pareja de hecho.
Por otro lado si te lo coges los 15 días de pareja de hecho ya no te los vuelven a dar aunque te cases después .
Un saludo
Pues no estoy de acuerdo. Dado que aquí hay disparidad de opiniones deberías de consultarlo antes de decidir que hacer. Ya te digo yo que a la hora de un fallecimiento, hospitalización, etc., hay que estar mirando convenios para ver si te otorgan algún día. Decir que hay solo diferencias a nivel de declaración...en fin, es mirar solo la punta del iceberg.
En mi caso hablaría con la delegación de educación que te corresponda y no buscar este tipo de información en foros. Es mi humilde opinión.
: jilguero 27 August, 2020, 10:07:37 +02:00
Buenos días. Los beneficios son los mismos casado o de pareja de hecho, salvo que la declaración de la renta no la podéis hacer juntos de pareja de hecho.
Por otro lado si te lo coges los 15 días de pareja de hecho ya no te los vuelven a dar aunque te cases después .
Un saludo
En absoluto. No son los mismos. No hablamos de vacaciones, pero por poner un ejemplo: pensión de viudedad.
Como no estés casado y fallezcas (que no pase por favor), tu cónyuge no percibirá pensión de viudedad.
Además también el tema de herencias no es lo mismo en pareja de hecho, que casados oficialmente.
Agradezco muchísimo todas vuestras opiniones. Efectivamente es como estáis comentando, hay bastantes diferencias entre ser pareja de hecho y estar casados, desde el punto de vista que la primera es una unión administrativa y la segunda es un cambio de estado civil, con todo lo que eso implica.
Por eso preguntaba el asunto, porque en el futuro nos casaremos pero, en estos momentos, lo que necesitamos es algún tipo de papel justificante de que estamos juntos. Al ser con prisa, prefiero realizar la unión de pareja de hecho (sin coger los días) y, más adelante, realizar la unión civil.
Mi duda principal era el perder el permiso pero imagino que, si no cojo los días con pareja de hecho, cuando nos casemos podremos solicitarlos.
Muchísimas gracias a todos por vuestras respuestas.
: Delacroix 26 August, 2020, 12:29:49 +02:00
Loanna, yo lo hice por el juzgado y me cogí los 15 días. Me dijeron que si en otro momento decidía casarme por la iglesia también me correspondían otros 15. No sé si te da una idea.
Pues te dijeron mal.
: zocter 27 August, 2020, 15:34:37 +02:00
: Delacroix 26 August, 2020, 12:29:49 +02:00
Loanna, yo lo hice por el juzgado y me cogí los 15 días. Me dijeron que si en otro momento decidía casarme por la iglesia también me correspondían otros 15. No sé si te da una idea.
Pues te dijeron mal.
O por lo menos eso me dijo una persona en ese caso que sí llegó al segundo supuesto.
: Loanna 26 August, 2020, 10:09:06 +02:00
Buenos días,
Hemos pensado hacernos pareja de hecho mi compañero y yo pero no quiero cogerme los 15 días de permiso que corresponden. La duda es ¿si en el futuro nos casamos me corresponderían esos 15 días?
Gracias
Solo una vez por pareja. Si alguien se divorcia y luego se casa, puede pedirlo más veces, pero el derecho se genera solo una vez aunque te hagas pareja de hecho y más tarde te casos, que es mi caso.
Otro tema es que haya quien lo haya hecho y se lo han concedido, igual que podemos hacer la declaración de la renta como Messi o Cristiano Ronaldo y más tarde surjan los problemas.
: rents 27 August, 2020, 16:46:08 +02:00
Solo una vez por pareja. Si alguien se divorcia y luego se casa, puede pedirlo más veces, pero el derecho se genera solo una vez aunque te hagas pareja de hecho y más tarde te casos, que es mi caso.
Otro tema es que haya quien lo haya hecho y se lo han concedido, igual que podemos hacer la declaración de la renta como Messi o Cristiano Ronaldo y más tarde surjan los problemas.
Disculpa pero no termino de entender, quieres decir que si me hago pareja de hecho y no cojo los días, aunque luego me case ¿ya no tengo derecho de pedirlos? ¿O que depende de si ha habido cambio de pareja? Disculpa que estoy un poco espesa hoy. Gracias por contestar
: Loanna 27 August, 2020, 19:40:04 +02:00
: rents 27 August, 2020, 16:46:08 +02:00
Solo una vez por pareja. Si alguien se divorcia y luego se casa, puede pedirlo más veces, pero el derecho se genera solo una vez aunque te hagas pareja de hecho y más tarde te casos, que es mi caso.
Otro tema es que haya quien lo haya hecho y se lo han concedido, igual que podemos hacer la declaración de la renta como Messi o Cristiano Ronaldo y más tarde surjan los problemas.
Disculpa pero no termino de entender, quieres decir que si me hago pareja de hecho y no cojo los días, aunque luego me case ¿ya no tengo derecho de pedirlos? ¿O que depende de si ha habido cambio de pareja? Disculpa que estoy un poco espesa hoy. Gracias por contestar
Que los puedes pedir por una sola vez, da igual ahora que cuando te cases.
: Loanna 27 August, 2020, 19:40:04 +02:00Disculpa pero no termino de entender, quieres decir que si me hago pareja de hecho y no cojo los días, aunque luego me case ¿ya no tengo derecho de pedirlos? ¿O que depende de si ha habido cambio de pareja? Disculpa que estoy un poco espesa hoy. Gracias por contestar
COnozco el caso de un compañero que se hizo pareja de hecho en diciembre y cuando fue a pedir los días a principios de enero, le dijeron que nanai, que año natural. Obviamente, se desparejizó, se parejizó de nuevo y ya los pidó en febrero.
: Loanna 27 August, 2020, 19:40:04 +02:00
: rents 27 August, 2020, 16:46:08 +02:00
Solo una vez por pareja. Si alguien se divorcia y luego se casa, puede pedirlo más veces, pero el derecho se genera solo una vez aunque te hagas pareja de hecho y más tarde te casos, que es mi caso.
Otro tema es que haya quien lo haya hecho y se lo han concedido, igual que podemos hacer la declaración de la renta como Messi o Cristiano Ronaldo y más tarde surjan los problemas.
Disculpa pero no termino de entender, quieres decir que si me hago pareja de hecho y no cojo los días, aunque luego me case ¿ya no tengo derecho de pedirlos? ¿O que depende de si ha habido cambio de pareja? Disculpa que estoy un poco espesa hoy. Gracias por contestar
Lo pongo connombres para que sea más fácil.
Pepito y Pepita se hacen pareja de hecho. Piden los 15 días. Todo OK.
Pepito y Pepita (como me pasó a mí) ya son pareja de hecho, pero ven que hay varias diferencias importantes entre ser pareja de hecho y ser matrimonio, así que deciden casarse. Van al juzgado (mil veces más papeleo que para pareja de hecho y con plazos mucho mayores según juzgado y ayto, ya con la Católica y Romana, no sé), se casan. NO PUEDEN VOLVER A PEDIR LOS 15 DÍAS!!!
Por último... Pepito y Pepita se divorcian. Pepita conoce a Manolito. Se hacen pareja de hecho. Pepita pide sus 15 días. Se los dan. Todo OK.
: rents 28 August, 2020, 00:14:16 +02:00
: Loanna 27 August, 2020, 19:40:04 +02:00
: rents 27 August, 2020, 16:46:08 +02:00
Solo una vez por pareja. Si alguien se divorcia y luego se casa, puede pedirlo más veces, pero el derecho se genera solo una vez aunque te hagas pareja de hecho y más tarde te casos, que es mi caso.
Otro tema es que haya quien lo haya hecho y se lo han concedido, igual que podemos hacer la declaración de la renta como Messi o Cristiano Ronaldo y más tarde surjan los problemas.
Disculpa pero no termino de entender, quieres decir que si me hago pareja de hecho y no cojo los días, aunque luego me case ¿ya no tengo derecho de pedirlos? ¿O que depende de si ha habido cambio de pareja? Disculpa que estoy un poco espesa hoy. Gracias por contestar
Lo pongo connombres para que sea más fácil.
Pepito y Pepita se hacen pareja de hecho. Piden los 15 días. Todo OK.
Pepito y Pepita (como me pasó a mí) ya son pareja de hecho, pero ven que hay varias diferencias importantes entre ser pareja de hecho y ser matrimonio, así que deciden casarse. Van al juzgado (mil veces más papeleo que para pareja de hecho y con plazos mucho mayores según juzgado y ayto, ya con la Católica y Romana, no sé), se casan. NO PUEDEN VOLVER A PEDIR LOS 15 DÍAS!!!
Por último... Pepito y Pepita se divorcian. Pepita conoce a Manolito. Se hacen pareja de hecho. Pepita pide sus 15 días. Se los dan. Todo OK.
No veo cuál es el problema. Cuando es matrimonio con otra pareja sí dan nuevos días porque se entiende nueva unión.
: rents 28 August, 2020, 00:14:16 +02:00
: Loanna 27 August, 2020, 19:40:04 +02:00
: rents 27 August, 2020, 16:46:08 +02:00
Solo una vez por pareja. Si alguien se divorcia y luego se casa, puede pedirlo más veces, pero el derecho se genera solo una vez aunque te hagas pareja de hecho y más tarde te casos, que es mi caso.
Otro tema es que haya quien lo haya hecho y se lo han concedido, igual que podemos hacer la declaración de la renta como Messi o Cristiano Ronaldo y más tarde surjan los problemas.
Disculpa pero no termino de entender, quieres decir que si me hago pareja de hecho y no cojo los días, aunque luego me case ¿ya no tengo derecho de pedirlos? ¿O que depende de si ha habido cambio de pareja? Disculpa que estoy un poco espesa hoy. Gracias por contestar
Lo pongo connombres para que sea más fácil.
Pepito y Pepita se hacen pareja de hecho. Piden los 15 días. Todo OK.
Pepito y Pepita (como me pasó a mí) ya son pareja de hecho, pero ven que hay varias diferencias importantes entre ser pareja de hecho y ser matrimonio, así que deciden casarse. Van al juzgado (mil veces más papeleo que para pareja de hecho y con plazos mucho mayores según juzgado y ayto, ya con la Católica y Romana, no sé), se casan. NO PUEDEN VOLVER A PEDIR LOS 15 DÍAS!!!
Por último... Pepito y Pepita se divorcian. Pepita conoce a Manolito. Se hacen pareja de hecho. Pepita pide sus 15 días. Se los dan. Todo OK.
Entiendo perfectamente tu explicación. Sin embargo no entiendo en base a qué motivo legal, según la normativa que regula los permisos y licencias, se rechaza el permiso por matrimonio a alguien que ya ha disfrutado el de pareja de hecho. Es decir, si se cumple el hecho causante no entiendo quién va a emitir una resolución negando el permiso, porque (salvo error u omisión por mi parte) la normativa no contempla esa limitación.
Supongamos que el padre de Pepito ingresa en el hospital en septiembre. Pepito avisa al instituto de que no va a ir (ni pide permiso, porque siempre que se cumpla el hecho causante su concesión es automática) y simplemente lo justifica al reincorporarse. El pobre padre de Pepito, ya muy mayor, vuelve a ingresar en el hospital en primavera. Pepito vuelve a solicitar el permiso, y en ningún momento se le va a negar, porque no está sujeto a ninguna condición.
No es mi caso (pero puede que lo sea en el futuro). Tengo muy claro que si me rechazan los 15 días por matrimonio por haber disfrutado de 15 días por pareja de hecho es totalmente recurrible y (con reservas) no tiene la menor dificultad. El permiso está recogido en el artículo 48 del EBEP que no contiene ninguna reserva. No entiendo quién (¿director? ¿delegación?) va a ser capaz de rechazar un permiso con una redacción tan clara. Más aún cuando en caso de existir alguna restricción, esta está contemplada en una normativa de menor nivel jerárquico.
¿Siendo pareja de hecho puedo acompañar a mis suegros al médico? ¿O pedir días si ingresan? Casados entiendo que sí.
: Morgan 28 August, 2020, 11:20:38 +02:00
¿Siendo pareja de hecho puedo acompañar a mis suegros al médico? ¿O pedir días si ingresan? Casados entiendo que sí.
Sí, los permisos son los mismos. Pedir días si ingresan, seguro. Acompañar al médico no está, en principio, recogido como un derecho para faltar salvo circunstancias excepcionales.
Nosotros también queremos hacernos pareja de hecho, sobre todo porque mi pareja de momento trabaja en una comunidad distinta, y si nos pasa algo a alguno nos gustaría tener derecho a poder acompañarnos llegado el caso. Teníamos intención de hacerlo cuando mi director, un día comentándolo, me dijo que el hacerse pareja de hecho no servía para nada, que si le pasaba algo a mi pareja, yo no podría acompañarlo en el hospital o a una consulta médica (di por hecho que ya de ir con mis suegros si los ingresan, por ejemplo, ni hablamos) así que leyendo vuestros comentarios entiendo que si nos hacemos pareja de hecho al menos si a alguno nos pasa algo el otro podrá acompañarlo, no? No tenemos intención de casarnos y es por esto que al menos querríamos ser pareja de hecho, así que agradecería que me dijerais si siendo pareja de hecho al menos tenemos derecho a acompañar a nuestra pareja al hospital o cosas así. Gracias!
Buenos días.
Yo llevo de pareja de hecho desde el año 2013, y cada vez que he tenido que ir con mi pareja o suegros al médico no he tenido ningún problema y ha sido en diferentes IES de Andalucía y distintas Provincias.
Un saludo
: Lucia1983 29 August, 2020, 00:49:51 +02:00
Nosotros también queremos hacernos pareja de hecho, sobre todo porque mi pareja de momento trabaja en una comunidad distinta, y si nos pasa algo a alguno nos gustaría tener derecho a poder acompañarnos llegado el caso. Teníamos intención de hacerlo cuando mi director, un día comentándolo, me dijo que el hacerse pareja de hecho no servía para nada, que si le pasaba algo a mi pareja, yo no podría acompañarlo en el hospital o a una consulta médica (di por hecho que ya de ir con mis suegros si los ingresan, por ejemplo, ni hablamos) así que leyendo vuestros comentarios entiendo que si nos hacemos pareja de hecho al menos si a alguno nos pasa algo el otro podrá acompañarlo, no? No tenemos intención de casarnos y es por esto que al menos querríamos ser pareja de hecho, así que agradecería que me dijerais si siendo pareja de hecho al menos tenemos derecho a acompañar a nuestra pareja al hospital o cosas así. Gracias!
Los directores a veces creen saber y no saben que no saben nada sobre algunos temas.
Te copio y pego de la Circular 6 de febrero de 2013 que te recomiendo leer:
"En todo lo relativo a permisos, licencias, provisión de puestos de trabajo, ayudas de
acción social y demás condiciones de trabajo en el ámbito de la Administración de la
Comunidad Autónoma de Andalucía y en lo referente a los empleados públicos de la misma
se entenderá equiparada la pareja estable al matrimonio y el conviviente al cónyuge."
Ahí está la respuesta. En permisos, todo igual matrimonio o pareja de hecho.
Link de la Circular de Permisos y Licencias:
https://www.juntadeandalucia.es/educacion/portals/abaco-portlet/content/f0c25fb8-666f-4f22-b897-fa01c6d6801d
Pero siempre y cuando:
Para lo anterior, deberá tenerse en cuenta, en todo caso y conforme a lo dispuesto por el artículo 6.8 de la Ley 5/2002, y por el artículo 12 de Decreto 35/2005, de 15 de febrero (BOJA del 23), que tal equiparación procederá siempre y cuando se hubiese producido la inscripción en el Registro de parejas de hecho regulado por el precitado Decreto y, conforme a lo dispuesto en su artículo 16.1, se considerarán acreditativas de tal inscripción las certificaciones expedidas por la persona titular del órgano encargado del Registro o persona en quien delegue.
Porque de lo anterior podría deducirse que cualquier pareja, aun sin registrar, podría valer.
Para nosotros, funcionarios andaluces, está totalmente equiparado el matrimonio y la pareja de hecho en cuanto a permisos. Sí es cierto que hay que consultar el convenio del trabajo de la pareja para comprobar que también sirve, que es lo normal pero, entiendo, que habrá algún trabajo donde haya más dudas. En el nuestro es así.
: albay 29 August, 2020, 14:18:39 +02:00
Pero siempre y cuando:
Para lo anterior, deberá tenerse en cuenta, en todo caso y conforme a lo dispuesto por el artículo 6.8 de la Ley 5/2002, y por el artículo 12 de Decreto 35/2005, de 15 de febrero (BOJA del 23), que tal equiparación procederá siempre y cuando se hubiese producido la inscripción en el Registro de parejas de hecho regulado por el precitado Decreto y, conforme a lo dispuesto en su artículo 16.1, se considerarán acreditativas de tal inscripción las certificaciones expedidas por la persona titular del órgano encargado del Registro o persona en quien delegue.
Porque de lo anterior podría deducirse que cualquier pareja, aun sin registrar, podría valer.
La inscripción es preceptiva. Si no no sería pareja de hecho, evidentemente.
De todas formas no olvidéis el asunto de las pensiones. No es que defienda el matrimonio frente a la unión de hecho (de hecho yo no estoy casado), pero la pensión de viudedad solo se obtiene si se está casado.
: albay 29 August, 2020, 16:09:21 +02:00
De todas formas no olvidéis el asunto de las pensiones. No es que defienda el matrimonio frente a la unión de hecho (de hecho yo no estoy casado), pero la pensión de viudedad solo se obtiene si se está casado.
No es cierto eso tampoco. Lo que pasa es que la pensión como matrimonio se obtiene después de un año de casados y como pareja de hecho eran cinco años y luego lo cambiaron a dos años, creo recordar.
Lo que sí es cierto es que son muchos menos derechos y algunos muy importantes los que se tienen como pareja de hecho. Por eso, mi pareja y yo fuimos pareja de hecho y cuando nos dimos cuenta de la realidad del asunto, nos casamos.
Por ejemplo, algo fundamental: si tú no puedes decidir por ti mismo (coma, accidente, etc) si estás casado, decide por ti tu cónyuge, pero si eres pareja de hecho, serán tus padres si viven o cualquiera que un juez pueda designar (por ejemplo, hermanos o hijos mayores de edad).
Por supuesto, fiscalmente como pareja de hecho no eres nada (y cuando digo por supuesto no es porque me parezca bien sino que Hacienda entiende menos que nadie de distintas sensibilidades).
Y hay alguna diferencia más que no me acuerdo (temas de herencia, creo).
Dicho eso, me parece muy bien que alguien no quiera formar un matrimonio. Nosotros no queríamos, realmente, pero pasamos por el aro viendo el panorama timo para quienes éramos parejas de hecho.
Por último, pongo un link que leí después de este post y que me resultó interesante:
https://www.eliasymunozabogados.com/blog/pros-contras-pareja-hecho-matrimonio
Yo tampoco quería, pero la vida (legal, me refiero) está hecha para los casados. Hay cosas automáticas para el matrimonio que no son fáciles de conseguir como pareja de hecho, y hay otras cosas que directamente no se consiguen. El título de familia numerosa que expide la Junta de Andalucía, por poner un ejemplo más.
Por otro lado, el trámite de matrimonio civil, aunque más lento, no me supuso ni más ni menos trauma que haberme hecho pareja de hecho, cosa que nunca llegamos a hacer.
Saludos
: fernandete 29 August, 2020, 22:40:11 +02:00
Yo tampoco quería, pero la vida (legal, me refiero) está hecha para los casados. Hay cosas automáticas para el matrimonio que no son fáciles de conseguir como pareja de hecho, y hay otras cosas que directamente no se consiguen. El título de familia numerosa que expide la Junta de Andalucía, por poner un ejemplo más.
Por otro lado, el trámite de matrimonio civil, aunque más lento, no me supuso ni más ni menos trauma que haberme hecho pareja de hecho, cosa que nunca llegamos a hacer.
Saludos
Pues yo hice las dos cosas y te aseguro que diferencias de trámite hay muchas.
Pareja de hecho yo creo recordar que fue ir allí con cita y con los DNIs y firmar un papel.
Matrimonio civil: tres o cuatro veces al juzgado (una con testigos previamente), partida de nacimiento en los juzgados de Málaga (la boda fue en otra localidad) que parecían el metro de Tokio y alguna cosilla más que se me escape.
También es cierto que odio la burocracia y las colas y cada uno lo vive de un modo distinto.
Yo en esto soy práctico. El matrimonio tiene muchas ventajas y su disolución hoy en día es muy fácil, lo que suponía su principal inconveniente, así que si uno está en pareja de hecho, ¿qué inconveniente tiene serlo de derecho?
Y ya puestos a ir a un registro civil a declarar que uno está emparejado, ¿por qué no hacerlo como matrimonio civil?
Saludos.