Según Ustea, para las excedencias se computará el tiempo trabajado de interino y dice que tras la sentencia del Tribunal Supremo la cual equiparaba el tiempo de interinidad y de la fase de prácticas al de funcionariado de carrera a efectos de puntuación en el Concurso de traslados es aplicable asimismo al requisito de contar con 5 años como funcionaria/o de carrera.
https://educacion.ustea.org/ustea-informa-excedencias-computo-temporal-para-su-solicitud/
Y mi pregunta es .¿porqué para unas cosas si y para otras no, porqué Ustea dice que es aplicable a las excedencias y no es aplicable al concursillo, en la selección de Directores o para ser inspector de educación ¿?
Bueno pues ya que está arreglado el foro, pues eso, qué opináis de este tema. Perece ser que en España los sindicatos se ponen de perfil en este tema de la valoración de la antigüedad de interinos en los procedimientos donde se aplica un orden de prelación. El concurso de traslados lo ganaron en los tribunales los afectados, recordemos que la sentencia del Tribunal Supremo la ganó un compañero docente andaluz a título personal. En cambio para los sexenios los sindicatos nos animaron en aquellos años para reclamarlo en la justicia y nos espoleaban para acudir a la justicia para q se contara los años de interinos para los sexenios. Ahora Ustea toma la iniciativa para que valore los años de interinos para las excedencias, procedimiento administrativo que no exime orden de prelación. Sin embargo cuando hablamos de concursillo, selección de directores o acceso a la inspección, continúa la no valoración de los años de antigüedad de interinos ya que en estos procedimientos como existe orden de prelación se ponen de perfil. ¿Es eso velar porque se cumpla la ley o la sentencia del Tribunal Supremo¿?
Los sindicatos sobre este tema siempre se van a poner de perfil, como dices.
En los sindicatos hay interinos y funcionarios y no se pueden poner del lado de unos o de otros, cuando siempre se perjudicaría a alguno de estos dos colectivos.
: malogu 24 April, 2023, 18:47:37 +02:00
Los sindicatos sobre este tema siempre se van a poner de perfil, como dices.
En los sindicatos hay interinos y funcionarios y no se pueden poner del lado de unos o de otros, cuando siempre se perjudicaría a alguno de estos dos colectivos.
Aquí en este tema los interinos no compiten, se trata de valorar a los funcionarios de carrera sus años previos de interinos pero repito funcionariado de carrera. Yo lo he dicho siempre, no es correcto que nuestros representantes ante la administración como son los sindicatos miren para otro lado cuando les interese y q entren al tema cuando les conviene. Se trata de obligar a la administración a cumplir leyes o sentencias Judiciales. Después dirán que cada vez existen menos afiliados a los sindicatos. La antigüedad de interinos en los procedimientos administrativos tienen q valorarse y el que diga q sólo en el CGT está mintiendo, en todos, concursillo, selección de Directores o acceso a la inspección, no para unas cosas y para otras no.
: pepe sosa 24 April, 2023, 20:09:42 +02:00
: malogu 24 April, 2023, 18:47:37 +02:00
Los sindicatos sobre este tema siempre se van a poner de perfil, como dices.
En los sindicatos hay interinos y funcionarios y no se pueden poner del lado de unos o de otros, cuando siempre se perjudicaría a alguno de estos dos colectivos.
Aquí en este tema los interinos no compiten, se trata de valorar a los funcionarios de carrera sus años previos de interinos pero repito funcionariado de carrera. Yo lo he dicho siempre, no es correcto que nuestros representantes ante la administración como son los sindicatos miren para otro lado cuando les interese y q entren al tema cuando les conviene. Se trata de obligar a la administración a cumplir leyes o sentencias Judiciales. Después dirán que cada vez existen menos afiliados a los sindicatos. La antigüedad de interinos en los procedimientos administrativos tienen q valorarse y el que diga q sólo en el CGT está mintiendo, en todos, concursillo, selección de Directores o acceso a la inspección, no para unas cosas y para otras no.
Cuando los docentes seamos capaces de organizarnos para defender nuestros derechos actuando, se resolverán cuestiones como esta -y como otras-. Para eso hace falta en primer lugar que haya suficientes trabajadores con voluntad de organizarse y actuar, lo que, a primera vista, no parece ser el caso ahora mismo. En ese momento, tendremos sindicatos que nos representen, que actúen y decidan democráticamente y que atiendan los problemas -sean estos sindicatos que existen ahora u otros, plataformas, etc.-.
Sobre esta cuestión concreta, estoy de acuerdo, y el caso es que imagino que, además, debe de haber ya una buena proporción de docentes funcionarios con tiempo de servicio como interinos.
Un saludo.
PD.- Y te pongo un positivo, aunque no ha funcionado (ese mecanismo del foro debe de estar todavía fallando).
: caminante 24 April, 2023, 21:19:02 +02:00
: pepe sosa 24 April, 2023, 20:09:42 +02:00
: malogu 24 April, 2023, 18:47:37 +02:00
Los sindicatos sobre este tema siempre se van a poner de perfil, como dices.
En los sindicatos hay interinos y funcionarios y no se pueden poner del lado de unos o de otros, cuando siempre se perjudicaría a alguno de estos dos colectivos.
Aquí en este tema los interinos no compiten, se trata de valorar a los funcionarios de carrera sus años previos de interinos pero repito funcionariado de carrera. Yo lo he dicho siempre, no es correcto que nuestros representantes ante la administración como son los sindicatos miren para otro lado cuando les interese y q entren al tema cuando les conviene. Se trata de obligar a la administración a cumplir leyes o sentencias Judiciales. Después dirán que cada vez existen menos afiliados a los sindicatos. La antigüedad de interinos en los procedimientos administrativos tienen q valorarse y el que diga q sólo en el CGT está mintiendo, en todos, concursillo, selección de Directores o acceso a la inspección, no para unas cosas y para otras no.
Cuando los docentes seamos capaces de organizarnos para defender nuestros derechos actuando, se resolverán cuestiones como esta -y como otras-. Para eso hace falta en primer lugar que haya suficientes trabajadores con voluntad de organizarse y actuar, lo que, a primera vista, no parece ser el caso ahora mismo. En ese momento, tendremos sindicatos que nos representen, que actúen y decidan democráticamente y que atiendan los problemas -sean estos sindicatos que existen ahora u otros, plataformas, etc.-.
Sobre esta cuestión concreta, estoy de acuerdo, y el caso es que imagino que, además, debe de haber ya una buena proporción de docentes funcionarios con tiempo de servicio como interinos.
Un saludo.
PD.- Y te pongo un positivo, aunque no ha funcionado (ese mecanismo del foro debe de estar todavía fallando).
Llevas toda la razón, somos el colectivo más aborregado que existe en España. No luchamos por nada, por eso en España nunca se cumple ni las leyes ni las sentencias judiciales. Estamos a merced de lo quieran hacer con nosotros administración y sindicatos, estos últimos sus lazarillos que viven de las subvenciones del Estado.
PepeSosa, total que lo que pides es que a aquellos que les han regalado la plaza ahora también echen a sus compañeros funcionarios de carrera en el concursillo para ponerse al lado de su casa no?.
Eso pides?, eso es igualdad??
jajajaja, lo que hay que leer....
: mruzmor339 25 April, 2023, 19:17:58 +02:00
PepeSosa, total que lo que pides es que a aquellos que les han regalado la plaza ahora también echen a sus compañeros funcionarios de carrera en el concursillo para ponerse al lado de su casa no?.
Eso pides?, eso es igualdad??
jajajaja, lo que hay que leer....
Creo que no pide eso. Lo que pide es que se contabilice todo el tiempo de trabajo para la administración para todos y todas. Para los funcionarios de carrera y para los funcionarios interinos. Puede que haya muchos funcionarios de carrera que una vez fueron interinos y a los que también les contabilizarán su tiempo de servicio conpleto.
Considerar que el caprichoso y vergonzante proceso selectivo que se emplea en educación, donde el azar forma parte consustancial del momento de inicio de la carrera, otorga un supremo privilegio es bastante miope. Para irse cerca de casa hay más apartados en la baremación del CGT: asumir responsabilidades de gestión y dirección, formarse (más) o participar de la mejora general del sistema con planes, proyectos, etc. son algunos de ellos.
En conclusión, creo que lo que pide es simplemente algo de sentido común y justicia.
Un saludo.
: derfel 25 April, 2023, 19:50:14 +02:00
: mruzmor339 25 April, 2023, 19:17:58 +02:00
PepeSosa, total que lo que pides es que a aquellos que les han regalado la plaza ahora también echen a sus compañeros funcionarios de carrera en el concursillo para ponerse al lado de su casa no?.
Eso pides?, eso es igualdad??
jajajaja, lo que hay que leer....
Creo que no pide eso. Lo que pide es que se contabilice todo el tiempo de trabajo para la administración para todos y todas. Para los funcionarios de carrera y para los funcionarios interinos. Puede que haya muchos funcionarios de carrera que una vez fueron interinos y a los que también les contabilizarán su tiempo de servicio conpleto.
Considerar que el caprichoso y vergonzante proceso selectivo que se emplea en educación, donde el azar forma parte consustancial del momento de inicio de la carrera, otorga un supremo privilegio es bastante miope. Para irse cerca de casa hay más apartados en la baremación del CGT: asumir responsabilidades de gestión y dirección, formarse (más) o participar de la mejora general del sistema con planes, proyectos, etc. son algunos de ellos.
En conclusión, creo que lo que pide es simplemente algo de sentido común y justicia.
Un saludo.
Lapsus calami, es completo...
: pepe sosa 22 April, 2023, 14:04:41 +02:00
Según Ustea, para las excedencias se computará el tiempo trabajado de interino y dice que tras la sentencia del Tribunal Supremo la cual equiparaba el tiempo de interinidad y de la fase de prácticas al de funcionariado de carrera a efectos de puntuación en el Concurso de traslados es aplicable asimismo al requisito de contar con 5 años como funcionaria/o de carrera.
https://educacion.ustea.org/ustea-informa-excedencias-computo-temporal-para-su-solicitud/
Y mi pregunta es .¿porqué para unas cosas si y para otras no, porqué Ustea dice que es aplicable a las excedencias y no es aplicable al concursillo, en la selección de Directores o para ser inspector de educación ¿?
USTEA lo único que hace en ese comunicado es informar de lo que ha respondido la Consejería a una consulta que le ha hecho, y cuya respuesta coincide con la opinión de sus servicios jurídicos.
La pregunta que haces sobre la ordenación de los destinos provisionales se la tienes que formular a la Consejería de Educación del gobierno andaluz, no a ningún sindicato, porque solo la Consejería es la responsable de esa ordenación.
Y es evidente que esa ordenación no se ve afectada por la Sentencia del Tribunal Supremo acerca del concurso de traslados, porque en caso contrario ya el curso pasado se abría aplicado y la Consejería se habría visto obligada a modificar su normativa, algo que por cierto algún youtuber dio por seguro hace años, con explosiones incluidas, y mal informó, sabiéndolo de antemano.
Y en cuanto a la postura de USTEA sobre el fondo del asunto, no olvidemos que este sindicato, a diferencia de otros, es asambleario y sus posiciones las deciden sus afiliados, así que quienes quieran condicionarlas para favorecer a sus intereses ya saben lo que tienen que hacer, y mientras tanto respetar la decisión democrática de la mayoría.
Saludos.
: respublica 25 April, 2023, 21:00:57 +02:00
: pepe sosa 22 April, 2023, 14:04:41 +02:00
Según Ustea, para las excedencias se computará el tiempo trabajado de interino y dice que tras la sentencia del Tribunal Supremo la cual equiparaba el tiempo de interinidad y de la fase de prácticas al de funcionariado de carrera a efectos de puntuación en el Concurso de traslados es aplicable asimismo al requisito de contar con 5 años como funcionaria/o de carrera.
https://educacion.ustea.org/ustea-informa-excedencias-computo-temporal-para-su-solicitud/
Y mi pregunta es .¿porqué para unas cosas si y para otras no, porqué Ustea dice que es aplicable a las excedencias y no es aplicable al concursillo, en la selección de Directores o para ser inspector de educación ¿?
USTEA lo único que hace en ese comunicado es informar de lo que ha respondido la Consejería a una consulta que le ha hecho, y cuya respuesta coincide con la opinión de sus servicios jurídicos.
La pregunta que haces sobre la ordenación de los destinos provisionales se la tienes que formular a la Consejería de Educación del gobierno andaluz, no a ningún sindicato, porque solo la Consejería es la responsable de esa ordenación.
Y es evidente que esa ordenación no se ve afectada por la Sentencia del Tribunal Supremo acerca del concurso de traslados, porque en caso contrario ya el curso pasado se abría aplicado y la Consejería se habría visto obligada a modificar su normativa, algo que por cierto algún youtuber dio por seguro hace años, con explosiones incluidas, y mal informó, sabiéndolo de antemano.
Y en cuanto a la postura de USTEA sobre el fondo del asunto, no olvidemos que este sindicato, a diferencia de otros, es asambleario y sus posiciones las deciden sus afiliados, así que quienes quieran condicionarlas para favorecer a sus intereses ya saben lo que tienen que hacer, y mientras tanto respetar la decisión democrática de la mayoría.
Saludos.
Respublica el compañero al que te dirige como "YouTube" es el máximo responsable de la valoración de la antigüedad de interinos en los Concursos Generales de Traslados. Respublica sabes que es un maestro cordobés como usted y yo.
Debemos recordar que la antigüedad de interinos lo consiguieron no los sindicatos sino los afectados, mirad la sentencia del TRIBUNAL SUPREMO y veréis que es un compañero nuestro, el YouTube como le llama usted Respublica el culpable de ello. Respublica no negarás también que Ustea ha aprovechado la sentencia del TS del "Youtube maestro Cordobés" para utilizarla en reivindicaciones propias de la organización, las excedencias.
Insisto que el problema de la NO valoración de la antigüedad en los concursos de traslados la eliminó la sentencia del YouTube y no los escritos ineficaces que publicaban los sindicatos en sus websRespublica reconozco tu preparación pero no llego a comprender el porqué no reconoces que la antigüedad de interino EN EL CONCURSILLO no la veas como caso claro de aplicación después de todo lo que existe, te pongo abajo la SENTENCIA DEL TSJA SOBRE EL CONCURSILLO ANDALUZ
En todos los procedimientos administrativos, todos, destinos provisionales, selección de Directores, acceso a la inspección se debe contar la antigüedad de Interinos si no lo reconoces tú sabrás, no entro al trapo porque podrías proponer mi expulsión del foro y quisiera continuar aquí.
El YouTube "Pablo Jota" que mencionas en tu entrada GANÓ UNA SENTENCIA EN EL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCIA SOBRE EL CONCURSILLO ANDALUZ, TE PONGO LA SENTENCIA https://drive.google.com/file/d/1x8UsEub_rOZMbZxJIJas1RKXfzFSiffg/view?fbclid=IwAR20yxlhaKKgxqFbtuq7XXcs7DoHvSmQC0VLimGz5_6InMlX-_tDlDEc4ro
Dices que no debería pedirle nada a los sindicatos sino a la Consejería de Educación de la Junta de Andalucia......
Llevas razón pero POR LEY, los agentes sociales, los sindicatos tienen que velar porque se cumplan las leyes o las sentencias tenemos SENTENCIA DEL TS Y DEL TSJA SOBRECEL CONCURSILLO y no hace falta porque Europea lo dejó claro en Directiva europea de 1999, normativa que ya todos acatan, incluido nuestros altos tribunales de Justicia.
Respublica puedo entender a las organizaciones sindicales que no quieran entrar en algunos temas, creo que no es justo pero en España es así,
lo que no entiendo es el contenido de tu entrada, estoy seguro que los compañeros del foro aquí presentes analizarán tus palabras y las mias, un simple activista profesor que defiende su antigüedad previa interinos en todos los procedimientos de adjudicación de destinos u otros procedimientos de selecciónUn saludo.
Buenas tardes. Sabemos si este año van a baremar toda la antigüedad en el concursillo?
He llamado a varios sindicatos y dicen que todo sigue igual.
Esto es lo que dice CCOO:
Pregunta
Espero que puedan resolver mi duda: Si dos funcionarios de carrera de la misma especialidad piden el mismo destino por comisión de servicio, ¿qué criterios se aplican para darle el destino a uno u otro? He mirado la normativa y no me queda claro, ¿se tiene en cuenta la antigüedad como funcionario de carrera, o se le suma la antigüedad como interino?
Gracias
Respuesta
El art. 8.4 de la Orden de 10 de junio de 2020 por la que se regulan los procedimientos de provisión, con carácter provisional de puestos de trabajo docentes, la movilidad por razón de violencia de género y victimas de terrorismo, las bolsas de trabajo docentes, así como las bases aplicables al personal integrante de las mismas, estipula que en relación a la prioridad en la adjudicación de destinos para los colectivos recogidos en los párrafos c), d), e), f) (personal beneficiario de una comisión de servicio), g) e i) se aplicarán los siguientes criterios:
a) Mayor antigüedad en el cuerpo correspondiente o, en su caso, en cualquiera de los cuerpos a que esté asociado el puesto a que se aspira.
b) Año más antiguo de ingreso en el cuerpo o, en su caso, en cualquiera de los cuerpos a que esté asociado el puesto a que se aspira.
c) En su caso, pertenencia al correspondiente cuerpo de catedráticos.
d) Mayor puntuación obtenida en el procedimiento selectivo a través del que se ingresó en el cuerpo o, en su caso, en cualquiera de los cuerpos a que esté asociado el puesto solicitado.
Al hacer referencia estos criterios a antigüedad en el cuerpo y año de ingreso en el cuerpo respectivamente, solo se tendrán en cuenta los servicios prestados como funcionario de carrera.
En cualquier caso, debe tener en cuenta que dentro de este colectivo, tiene preferencia el personal beneficiario de una comisión de servicio por enfermedad del profesorado que afecte muy gravemente al desempeño del puesto, y en segundo lugar, el personal funcionario de carrera que haya obtenido comisión de servicio por razones de enfermedad grave, situación de dependencia reconocida en grado III o discapacidad reconocida igual o superior al sesenta y cinco por ciento de familiares de primer grado de consanguinidad, pareja o cónyuge.
Si necesita alguna aclaración más al respecto puede plantearla a través de este servicio de consultas de la página web de CCOO de Andalucía.
Gabinete Técnico de la Federación de Enseñanza de CCOO Andalucía
: malogu 05 June, 2024, 17:59:50 +02:00Esto es lo que dice CCOO:
Pregunta
Espero que puedan resolver mi duda: Si dos funcionarios de carrera de la misma especialidad piden el mismo destino por comisión de servicio, ¿qué criterios se aplican para darle el destino a uno u otro? He mirado la normativa y no me queda claro, ¿se tiene en cuenta la antigüedad como funcionario de carrera, o se le suma la antigüedad como interino?
Gracias
Respuesta
El art. 8.4 de la Orden de 10 de junio de 2020 por la que se regulan los procedimientos de provisión, con carácter provisional de puestos de trabajo docentes, la movilidad por razón de violencia de género y victimas de terrorismo, las bolsas de trabajo docentes, así como las bases aplicables al personal integrante de las mismas, estipula que en relación a la prioridad en la adjudicación de destinos para los colectivos recogidos en los párrafos c), d), e), f) (personal beneficiario de una comisión de servicio), g) e i) se aplicarán los siguientes criterios:
a) Mayor antigüedad en el cuerpo correspondiente o, en su caso, en cualquiera de los cuerpos a que esté asociado el puesto a que se aspira.
b) Año más antiguo de ingreso en el cuerpo o, en su caso, en cualquiera de los cuerpos a que esté asociado el puesto a que se aspira.
c) En su caso, pertenencia al correspondiente cuerpo de catedráticos.
d) Mayor puntuación obtenida en el procedimiento selectivo a través del que se ingresó en el cuerpo o, en su caso, en cualquiera de los cuerpos a que esté asociado el puesto solicitado.
Al hacer referencia estos criterios a antigüedad en el cuerpo y año de ingreso en el cuerpo respectivamente, solo se tendrán en cuenta los servicios prestados como funcionario de carrera.
En cualquier caso, debe tener en cuenta que dentro de este colectivo, tiene preferencia el personal beneficiario de una comisión de servicio por enfermedad del profesorado que afecte muy gravemente al desempeño del puesto, y en segundo lugar, el personal funcionario de carrera que haya obtenido comisión de servicio por razones de enfermedad grave, situación de dependencia reconocida en grado III o discapacidad reconocida igual o superior al sesenta y cinco por ciento de familiares de primer grado de consanguinidad, pareja o cónyuge.
Si necesita alguna aclaración más al respecto puede plantearla a través de este servicio de consultas de la página web de CCOO de Andalucía.
Gabinete Técnico de la Federación de Enseñanza de CCOO Andalucía
Los sindicatos de la enseñanza
nunca quisieron que se valorase la antigüedad de interinos en cualquier procedimiento de adjudicación de destinos de docentes y dijo sindicatos en plural, aunque veréis como no tardará algún allegado a decir que todos no.
La respuesta de ccoo es retorcida y torticera. Es penoso como retuerce el tema para no admitir lo que firmaron en Europa por los años 90.
Reclamarlo en los juzgados y veréis lo que os dice el juez. Si preguntáis al sindicato retorcerá la ley para deciros que no. Me callo porque ladrar me entra en ganas.
: malogu 05 June, 2024, 17:59:50 +02:00Esto es lo que dice CCOO:
Pregunta
Espero que puedan resolver mi duda: Si dos funcionarios de carrera de la misma especialidad piden el mismo destino por comisión de servicio, ¿qué criterios se aplican para darle el destino a uno u otro? He mirado la normativa y no me queda claro, ¿se tiene en cuenta la antigüedad como funcionario de carrera, o se le suma la antigüedad como interino?
Gracias
Respuesta
El art. 8.4 de la Orden de 10 de junio de 2020 por la que se regulan los procedimientos de provisión, con carácter provisional de puestos de trabajo docentes, la movilidad por razón de violencia de género y victimas de terrorismo, las bolsas de trabajo docentes, así como las bases aplicables al personal integrante de las mismas, estipula que en relación a la prioridad en la adjudicación de destinos para los colectivos recogidos en los párrafos c), d), e), f) (personal beneficiario de una comisión de servicio), g) e i) se aplicarán los siguientes criterios:
a) Mayor antigüedad en el cuerpo correspondiente o, en su caso, en cualquiera de los cuerpos a que esté asociado el puesto a que se aspira.
b) Año más antiguo de ingreso en el cuerpo o, en su caso, en cualquiera de los cuerpos a que esté asociado el puesto a que se aspira.
c) En su caso, pertenencia al correspondiente cuerpo de catedráticos.
d) Mayor puntuación obtenida en el procedimiento selectivo a través del que se ingresó en el cuerpo o, en su caso, en cualquiera de los cuerpos a que esté asociado el puesto solicitado.
Al hacer referencia estos criterios a antigüedad en el cuerpo y año de ingreso en el cuerpo respectivamente, solo se tendrán en cuenta los servicios prestados como funcionario de carrera.
En cualquier caso, debe tener en cuenta que dentro de este colectivo, tiene preferencia el personal beneficiario de una comisión de servicio por enfermedad del profesorado que afecte muy gravemente al desempeño del puesto, y en segundo lugar, el personal funcionario de carrera que haya obtenido comisión de servicio por razones de enfermedad grave, situación de dependencia reconocida en grado III o discapacidad reconocida igual o superior al sesenta y cinco por ciento de familiares de primer grado de consanguinidad, pareja o cónyuge.
Si necesita alguna aclaración más al respecto puede plantearla a través de este servicio de consultas de la página web de CCOO de Andalucía.
Gabinete Técnico de la Federación de Enseñanza de CCOO Andalucía
Por cierto habría que preguntarle al liberado de ccoo lo siguiente:
¿Cumple la mencionada orden de la colocación de efectivos de andalucia con la directiva europea de 1999 y la sentencia del Tribunal Supremo respecto a la valoración de la antigüedad de interinos en el mencionado procedimiento de adjudicación de destinos provisionales como SÍ CUMPLE LA NORMATIVA DEL CONCURSO GENERAL DE TRASLADOS?
: pepe sosa 26 April, 2023, 16:11:11 +02:00: respublica 25 April, 2023, 21:00:57 +02:00: pepe sosa 22 April, 2023, 14:04:41 +02:00Según Ustea, para las excedencias se computará el tiempo trabajado de interino y dice que tras la sentencia del Tribunal Supremo la cual equiparaba el tiempo de interinidad y de la fase de prácticas al de funcionariado de carrera a efectos de puntuación en el Concurso de traslados es aplicable asimismo al requisito de contar con 5 años como funcionaria/o de carrera.
https://educacion.ustea.org/ustea-informa-excedencias-computo-temporal-para-su-solicitud/
Y mi pregunta es .¿porqué para unas cosas si y para otras no, porqué Ustea dice que es aplicable a las excedencias y no es aplicable al concursillo, en la selección de Directores o para ser inspector de educación ¿?
USTEA lo único que hace en ese comunicado es informar de lo que ha respondido la Consejería a una consulta que le ha hecho, y cuya respuesta coincide con la opinión de sus servicios jurídicos.
La pregunta que haces sobre la ordenación de los destinos provisionales se la tienes que formular a la Consejería de Educación del gobierno andaluz, no a ningún sindicato, porque solo la Consejería es la responsable de esa ordenación.
Y es evidente que esa ordenación no se ve afectada por la Sentencia del Tribunal Supremo acerca del concurso de traslados, porque en caso contrario ya el curso pasado se abría aplicado y la Consejería se habría visto obligada a modificar su normativa, algo que por cierto algún youtuber dio por seguro hace años, con explosiones incluidas, y mal informó, sabiéndolo de antemano.
Y en cuanto a la postura de USTEA sobre el fondo del asunto, no olvidemos que este sindicato, a diferencia de otros, es asambleario y sus posiciones las deciden sus afiliados, así que quienes quieran condicionarlas para favorecer a sus intereses ya saben lo que tienen que hacer, y mientras tanto respetar la decisión democrática de la mayoría.
Saludos.
Respublica el compañero al que te dirige como "YouTube" es el máximo responsable de la valoración de la antigüedad de interinos en los Concursos Generales de Traslados. Respublica sabes que es un maestro cordobés como usted y yo. Debemos recordar que la antigüedad de interinos lo consiguieron no los sindicatos sino los afectados, mirad la sentencia del TRIBUNAL SUPREMO y veréis que es un compañero nuestro, el YouTube como le llama usted Respublica el culpable de ello. Respublica no negarás también que Ustea ha aprovechado la sentencia del TS del "Youtube maestro Cordobés" para utilizarla en reivindicaciones propias de la organización, las excedencias. Insisto que el problema de la NO valoración de la antigüedad en los concursos de traslados la eliminó la sentencia del YouTube y no los escritos ineficaces que publicaban los sindicatos en sus webs
Respublica reconozco tu preparación pero no llego a comprender el porqué no reconoces que la antigüedad de interino EN EL CONCURSILLO no la veas como caso claro de aplicación después de todo lo que existe, te pongo abajo la SENTENCIA DEL TSJA SOBRE EL CONCURSILLO ANDALUZ
En todos los procedimientos administrativos, todos, destinos provisionales, selección de Directores, acceso a la inspección se debe contar la antigüedad de Interinos si no lo reconoces tú sabrás, no entro al trapo porque podrías proponer mi expulsión del foro y quisiera continuar aquí.
El YouTube "Pablo Jota" que mencionas en tu entrada GANÓ UNA SENTENCIA EN EL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCIA SOBRE EL CONCURSILLO ANDALUZ, TE PONGO LA SENTENCIA https://drive.google.com/file/d/1x8UsEub_rOZMbZxJIJas1RKXfzFSiffg/view?fbclid=IwAR20yxlhaKKgxqFbtuq7XXcs7DoHvSmQC0VLimGz5_6InMlX-_tDlDEc4ro
Dices que no debería pedirle nada a los sindicatos sino a la Consejería de Educación de la Junta de Andalucia......Llevas razón pero POR LEY, los agentes sociales, los sindicatos tienen que velar porque se cumplan las leyes o las sentencias tenemos SENTENCIA DEL TS Y DEL TSJA SOBRECEL CONCURSILLO y no hace falta porque Europea lo dejó claro en Directiva europea de 1999, normativa que ya todos acatan, incluido nuestros altos tribunales de Justicia.
Respublica puedo entender a las organizaciones sindicales que no quieran entrar en algunos temas, creo que no es justo pero en España es así, lo que no entiendo es el contenido de tu entrada, estoy seguro que los compañeros del foro aquí presentes analizarán tus palabras y las mias, un simple activista profesor que defiende su antigüedad previa interinos en todos los procedimientos de adjudicación de destinos u otros procedimientos de selección
Un saludo.
Han mandado la normativa tal cual. Yo entiendo que al poner antigüedad es al completo, de interino y de funcionario de carrera. Sólo sabremos lo que van a hacer este curso cuando salga la resolución.
No quieren mojarse
No lo había leído bien!! Pone que sólo la antigüedad como funcionario de carrera!!
: Athenea 05 June, 2024, 21:12:49 +02:00No lo había leído bien!! Pone que sólo la antigüedad como funcionario de carrera!!
No, Athenea no es así.
A ver:
Precisamente la orden de la adjudicación de destinos no especifica "de carrera" sino sólo
antigüedad en el cuerpoEs decir que si quisieran no tendrían que ni cambiar normativa e interpretar toda la antigüedad como en el CGT, es decir interino + carrera, toda nuestra antigüedad.
Fijaros que el espabilado de ccooo dice que es de carrera porque en el segundo punto pone año más antiguo de ingreso en el cuerpo y por eso interpreta q en el primer punto se refiere nada más de carrera aunque no se especifique.
Son tremendos.
: pepe sosa 05 June, 2024, 21:24:07 +02:00: Athenea 05 June, 2024, 21:12:49 +02:00No lo había leído bien!! Pone que sólo la antigüedad como funcionario de carrera!!
No, Athenea no es así.
A ver:
Precisamente la orden de la adjudicación de destinos no especifica "de carrera" sino sólo antigüedad en el cuerpo
Es decir que si quisieran no tendrían que ni cambiar normativa e interpretar toda la antigüedad como en el CGT, es decir interino + carrera, toda nuestra antigüedad.
Fijaros que el espabilado de ccooo dice que es de carrera porque en el segundo punto pone año más antiguo de ingreso en el cuerpo y por eso interpreta q en el primer punto se refiere nada más de carrera aunque no se especifique.
Son tremendos.
Sisi, en la normativa viene claro, antigüedad pero van a hacer lo que les dé la gana. No lo entiendo porque además hay sentencias.
: Athenea 05 June, 2024, 21:38:28 +02:00: pepe sosa 05 June, 2024, 21:24:07 +02:00: Athenea 05 June, 2024, 21:12:49 +02:00No lo había leído bien!! Pone que sólo la antigüedad como funcionario de carrera!!
No, Athenea no es así.
A ver:
Precisamente la orden de la adjudicación de destinos no especifica "de carrera" sino sólo antigüedad en el cuerpo
Es decir que si quisieran no tendrían que ni cambiar normativa e interpretar toda la antigüedad como en el CGT, es decir interino + carrera, toda nuestra antigüedad.
Fijaros que el espabilado de ccooo dice que es de carrera porque en el segundo punto pone año más antiguo de ingreso en el cuerpo y por eso interpreta q en el primer punto se refiere nada más de carrera aunque no se especifique.
Son tremendos.
Sisi, en la normativa viene claro, antigüedad pero van a hacer lo que les dé la gana. No lo entiendo porque además hay sentencias.
Está ocurriendo lo mismo que en el CGT los sindicatos son los culpables que no presionan a la consejería. Fíjate en la respuesta del de ccoo en vez de decir que es una vergüenza que se cuente en el CGT y no en el concursillo.
Me acuerdo de las sentencias del TSJA de hace años y estos sindicalistas continúan con aquellos argumentos sin fundamentos de aquellas sentencias del TSJA.
NO OS OLVIDÉIS QUE Este tema LO GANÓ UN MAESTRO DE PRIMARIA CORDOBÉS, PABLO JOTA y todos todos sindicatos y administración tuvieron que meterse el rabo entre las patas.
: pepe sosa 05 June, 2024, 21:49:33 +02:00: Athenea 05 June, 2024, 21:38:28 +02:00: pepe sosa 05 June, 2024, 21:24:07 +02:00: Athenea 05 June, 2024, 21:12:49 +02:00No lo había leído bien!! Pone que sólo la antigüedad como funcionario de carrera!!
No, Athenea no es así.
A ver:
Precisamente la orden de la adjudicación de destinos no especifica "de carrera" sino sólo antigüedad en el cuerpo
Es decir que si quisieran no tendrían que ni cambiar normativa e interpretar toda la antigüedad como en el CGT, es decir interino + carrera, toda nuestra antigüedad.
Fijaros que el espabilado de ccooo dice que es de carrera porque en el segundo punto pone año más antiguo de ingreso en el cuerpo y por eso interpreta q en el primer punto se refiere nada más de carrera aunque no se especifique.
Son tremendos.
Sisi, en la normativa viene claro, antigüedad pero van a hacer lo que les dé la gana. No lo entiendo porque además hay sentencias.
Está ocurriendo lo mismo que en el CGT los sindicatos son los culpables que no presionan a la consejería. Fíjate en la respuesta del de ccoo en vez de decir que es una vergüenza que se cuente en el CGT y no en el concursillo.
Me acuerdo de las sentencias del TSJA de hace años y estos sindicalistas continúan con aquellos argumentos sin fundamentos de aquellas sentencias del TSJA.
NO OS OLVIDÉIS QUE Este tema LO GANÓ UN MAESTRO DE PRIMARIA CORDOBÉS, PABLO JOTA y todos todos sindicatos y administración tuvieron que meterse el rabo entre las patas.
De todas formas hay que esperar que salga la resolución. Es que me extraña mucho que no valoren toda la antigüedad después de tenerla en cuenta en el CGT, habiendo sentencias...y además también salió una sentencia con lo del concursillo.
: Athenea 05 June, 2024, 21:54:49 +02:00: pepe sosa 05 June, 2024, 21:49:33 +02:00: Athenea 05 June, 2024, 21:38:28 +02:00: pepe sosa 05 June, 2024, 21:24:07 +02:00: Athenea 05 June, 2024, 21:12:49 +02:00No lo había leído bien!! Pone que sólo la antigüedad como funcionario de carrera!!
No, Athenea no es así.
A ver:
Precisamente la orden de la adjudicación de destinos no especifica "de carrera" sino sólo antigüedad en el cuerpo
Es decir que si quisieran no tendrían que ni cambiar normativa e interpretar toda la antigüedad como en el CGT, es decir interino + carrera, toda nuestra antigüedad.
Fijaros que el espabilado de ccooo dice que es de carrera porque en el segundo punto pone año más antiguo de ingreso en el cuerpo y por eso interpreta q en el primer punto se refiere nada más de carrera aunque no se especifique.
Son tremendos.
Sisi, en la normativa viene claro, antigüedad pero van a hacer lo que les dé la gana. No lo entiendo porque además hay sentencias.
Está ocurriendo lo mismo que en el CGT los sindicatos son los culpables que no presionan a la consejería. Fíjate en la respuesta del de ccoo en vez de decir que es una vergüenza que se cuente en el CGT y no en el concursillo.
Me acuerdo de las sentencias del TSJA de hace años y estos sindicalistas continúan con aquellos argumentos sin fundamentos de aquellas sentencias del TSJA.
NO OS OLVIDÉIS QUE Este tema LO GANÓ UN MAESTRO DE PRIMARIA CORDOBÉS, PABLO JOTA y todos todos sindicatos y administración tuvieron que meterse el rabo entre las patas.
De todas formas hay que esperar que salga la resolución. Es que me extraña mucho que no valoren toda la antigüedad después de tenerla en cuenta en el CGT, habiendo sentencias...y además también salió una sentencia con lo del concursillo.
No contará porque los sindicatos no quieren. Un docente podría poner patas arriba un año la adjudicación pero es difícil hacerlo, los juzgados son lentos y en verano aún más todavía. Esto es diferente al CGT. Fijaros que las sentencias del CGT se resolvieron a los 2 años.
Pero si ya hubo una sentencia a favor con lo del concursillo y luego lo del CGT...es que eso crea jurisprudencia
La antiguedad en el concursillo va a seguir como siempre y en el caso de que alguien se gaste el dinero en recurrirlo le darán la razon y conseguirá sus pretenciones un año, pero la administración para el siguiente año cambiará la orden y listo.
Vamos lo mismo que ha pasado en el cuncurso de traslados.
: malogu 06 June, 2024, 12:05:08 +02:00La antiguedad en el concursillo va a seguir como siempre y en el caso de que alguien se gaste el dinero en recurrirlo le darán la razon y conseguirá sus pretenciones un año, pero la administración para el siguiente año cambiará la orden y listo.
Vamos lo mismo que ha pasado en el cuncurso de traslados.
Lo que digo es que ya alguien reclamo la antigüedad en los tribunales y lo ganó. Además está lo del CGT que se ganó y automáticamente lo han aplicado. Debería ser igual, es lo que me extraña
: Athenea 06 June, 2024, 16:25:46 +02:00: malogu 06 June, 2024, 12:05:08 +02:00La antiguedad en el concursillo va a seguir como siempre y en el caso de que alguien se gaste el dinero en recurrirlo le darán la razon y conseguirá sus pretenciones un año, pero la administración para el siguiente año cambiará la orden y listo.
Vamos lo mismo que ha pasado en el cuncurso de traslados.
Lo que digo es que ya alguien reclamo la antigüedad en los tribunales y lo ganó. Además está lo del CGT que se ganó y automáticamente lo han aplicado. Debería ser igual, es lo que me extraña
No conozco la sentencia que dices que alguien ganó sobre la antiguedad en el concursillo.
: malogu 06 June, 2024, 18:17:01 +02:00: Athenea 06 June, 2024, 16:25:46 +02:00: malogu 06 June, 2024, 12:05:08 +02:00La antiguedad en el concursillo va a seguir como siempre y en el caso de que alguien se gaste el dinero en recurrirlo le darán la razon y conseguirá sus pretenciones un año, pero la administración para el siguiente año cambiará la orden y listo.
Vamos lo mismo que ha pasado en el cuncurso de traslados.
Lo que digo es que ya alguien reclamo la antigüedad en los tribunales y lo ganó. Además está lo del CGT que se ganó y automáticamente lo han aplicado. Debería ser igual, es lo que me extraña
No conozco la sentencia que dices que alguien ganó sobre la antiguedad en el concursillo.
La sentencia la puse al principio de este hilo, te pongo el enlace: https://drive.google.com/file/d/1x8UsEub_rOZMbZxJIJas1RKXfzFSiffg/view?usp=drivesdk
El resultado es que no tuvo ningún efecto pues se resolvió el año y solo tuvo efecto sobre ese año
Que yo sepa, la Consejería no tiene ninguna intención de cambiar la normativa que regula la adjudicación de destinos provisionales.
Saludos.
No van a cambiar nada, al menos este año.
Si alguien recurre, el año que viene cambiarán la orden de la adjudicación de destinos imdicando "Mayor tiempo de servicio como personal funcionario de carrera" como ya lo indica para el personal suprimido o desplazado y asunto solucionado.
: malogu 07 June, 2024, 08:58:56 +02:00No van a cambiar nada, al menos este año.
Si alguien recurre, el año que viene cambiarán la orden de la adjudicación de destinos imdicando "Mayor tiempo de servicio como personal funcionario de carrera" como ya lo indica para el personal suprimido o desplazado y asunto solucionado.
No sé...en la sentencia que subió el compañero es del TSJA y pone muy clarito que el tiempo de servicio incluye TODO, interino y funcionario carrera
Sólo hay que leer la última página de la sentencia
: Athenea 07 June, 2024, 15:43:53 +02:00: malogu 07 June, 2024, 08:58:56 +02:00No van a cambiar nada, al menos este año.
Si alguien recurre, el año que viene cambiarán la orden de la adjudicación de destinos imdicando "Mayor tiempo de servicio como personal funcionario de carrera" como ya lo indica para el personal suprimido o desplazado y asunto solucionado.
No sé...en la sentencia que subió el compañero es del TSJA y pone muy clarito que el tiempo de servicio incluye TODO, interino y funcionario carrera
Sólo hay que leer la última página de la sentencia
Si todo el mundo empieza a recurrir, también se puede dar el caso de que la Junta opte por quitar el concursillo y se acabó el problema.
: malogu 07 June, 2024, 17:15:21 +02:00: Athenea 07 June, 2024, 15:43:53 +02:00: malogu 07 June, 2024, 08:58:56 +02:00No van a cambiar nada, al menos este año.
Si alguien recurre, el año que viene cambiarán la orden de la adjudicación de destinos imdicando "Mayor tiempo de servicio como personal funcionario de carrera" como ya lo indica para el personal suprimido o desplazado y asunto solucionado.
No sé...en la sentencia que subió el compañero es del TSJA y pone muy clarito que el tiempo de servicio incluye TODO, interino y funcionario carrera
Sólo hay que leer la última página de la sentencia
Si todo el mundo empieza a recurrir, también se puede dar el caso de que la Junta opte por quitar el concursillo y se acabó el problema.
Sí, he pensado lo mismo.
: malogu 07 June, 2024, 17:15:21 +02:00: Athenea 07 June, 2024, 15:43:53 +02:00: malogu 07 June, 2024, 08:58:56 +02:00No van a cambiar nada, al menos este año.
Si alguien recurre, el año que viene cambiarán la orden de la adjudicación de destinos imdicando "Mayor tiempo de servicio como personal funcionario de carrera" como ya lo indica para el personal suprimido o desplazado y asunto solucionado.
No sé...en la sentencia que subió el compañero es del TSJA y pone muy clarito que el tiempo de servicio incluye TODO, interino y funcionario carrera
Sólo hay que leer la última página de la sentencia
Si todo el mundo empieza a recurrir, también se puede dar el caso de que la Junta opte por quitar el concursillo y se acabó el problema.
Pues que lo quite, al menos así no se salta la ley a sabiendas, que eso eso se llama prevaricar.
: Profedecomomia 07 June, 2024, 19:10:03 +02:00: malogu 07 June, 2024, 17:15:21 +02:00: Athenea 07 June, 2024, 15:43:53 +02:00: malogu 07 June, 2024, 08:58:56 +02:00No van a cambiar nada, al menos este año.
Si alguien recurre, el año que viene cambiarán la orden de la adjudicación de destinos imdicando "Mayor tiempo de servicio como personal funcionario de carrera" como ya lo indica para el personal suprimido o desplazado y asunto solucionado.
No sé...en la sentencia que subió el compañero es del TSJA y pone muy clarito que el tiempo de servicio incluye TODO, interino y funcionario carrera
Sólo hay que leer la última página de la sentencia
Si todo el mundo empieza a recurrir, también se puede dar el caso de que la Junta opte por quitar el concursillo y se acabó el problema.
Pues que lo quite, al menos así no se salta la ley a sabiendas, que eso eso se llama prevaricar.
Es más, si se citara a declarar al
Director General que firma el procedimiento de destinos provisionales y fuera a juicio, seguro que serían más pulcros a la hora de redactar cualquier procedimiento, pero por suerte o desgracia, la justicia de nuestro país no goza de buena salud...
: Profedecomomia 07 June, 2024, 19:27:52 +02:00: Profedecomomia 07 June, 2024, 19:10:03 +02:00: malogu 07 June, 2024, 17:15:21 +02:00: Athenea 07 June, 2024, 15:43:53 +02:00: malogu 07 June, 2024, 08:58:56 +02:00No van a cambiar nada, al menos este año.
Si alguien recurre, el año que viene cambiarán la orden de la adjudicación de destinos imdicando "Mayor tiempo de servicio como personal funcionario de carrera" como ya lo indica para el personal suprimido o desplazado y asunto solucionado.
No sé...en la sentencia que subió el compañero es del TSJA y pone muy clarito que el tiempo de servicio incluye TODO, interino y funcionario carrera
Sólo hay que leer la última página de la sentencia
Si todo el mundo empieza a recurrir, también se puede dar el caso de que la Junta opte por quitar el concursillo y se acabó el problema.
Pues que lo quite, al menos así no se salta la ley a sabiendas, que eso eso se llama prevaricar.
Es más, si se citara a declarar al
Director General que firma el procedimiento de destinos provisionales y fuera a juicio, seguro que serían más pulcros a la hora de redactar cualquier procedimiento, pero por suerte o desgracia, la justicia de nuestro país no goza de buena salud...
Los agentes sociales que están legitimados para hacer cumplir la ley y son los que tienen fuerza en un procedimiento judicial, siempre se pusieron de perfil en este tema de la valoración de la antigüedad en los procedimientos de concursos de docentes. Nunca hicieron valer la ley, ni antes que no era clara ni ahora que es causa juzgada. Siguen de perfil y dejando al político que se salte la ley. Ya veis aquí los comentarios, o intentan acojonar o se ponen de perfil, pero no dicen que se está vulnerando la ley con continuar no valorando la antigüedad de interinos. De eso nada, a ponerse de perfil.
: pepe sosa 07 June, 2024, 21:30:41 +02:00: Profedecomomia 07 June, 2024, 19:27:52 +02:00: Profedecomomia 07 June, 2024, 19:10:03 +02:00: malogu 07 June, 2024, 17:15:21 +02:00: Athenea 07 June, 2024, 15:43:53 +02:00: malogu 07 June, 2024, 08:58:56 +02:00No van a cambiar nada, al menos este año.
Si alguien recurre, el año que viene cambiarán la orden de la adjudicación de destinos imdicando "Mayor tiempo de servicio como personal funcionario de carrera" como ya lo indica para el personal suprimido o desplazado y asunto solucionado.
No sé...en la sentencia que subió el compañero es del TSJA y pone muy clarito que el tiempo de servicio incluye TODO, interino y funcionario carrera
Sólo hay que leer la última página de la sentencia
Si todo el mundo empieza a recurrir, también se puede dar el caso de que la Junta opte por quitar el concursillo y se acabó el problema.
Pues que lo quite, al menos así no se salta la ley a sabiendas, que eso eso se llama prevaricar.
Es más, si se citara a declarar al
Director General que firma el procedimiento de destinos provisionales y fuera a juicio, seguro que serían más pulcros a la hora de redactar cualquier procedimiento, pero por suerte o desgracia, la justicia de nuestro país no goza de buena salud...
Los agentes sociales que están legitimados para hacer cumplir la ley y son los que tienen fuerza en un procedimiento judicial, siempre se pusieron de perfil en este tema de la valoración de la antigüedad en los procedimientos de concursos de docentes. Nunca hicieron valer la ley, ni antes que no era clara ni ahora que es causa juzgada. Siguen de perfil y dejando al político que se salte la ley. Ya veis aquí los comentarios, o intentan acojonar o se ponen de perfil, pero no dicen que se está vulnerando la ley con continuar no valorando la antigüedad de interinos. De eso nada, a ponerse de perfil.
Que sí, que tienes toda la razón, pero que el concursillo es solo en Andalucía. Cuando quiera la Junta lo quita y se acabaron las reivindicaciones en este asunto.
Sin entrar en ninguna opinión ni valoración, lo que escribí hace más de un año (https://ustealdia.org/foro/index.php?msg=1439916) sigue plenamente vigente:
Es evidente que esa ordenación no se ve afectada por la Sentencia del Tribunal Supremo acerca del concurso de traslados, porque en caso contrario ya el curso pasado se habría aplicado y la Consejería se habría visto obligada a modificar su normativa, algo que por cierto algún youtuber dio por seguro hace años, con explosiones incluidas, y mal informó, sabiéndolo de antemano.
Saludos.
: albay 08 June, 2024, 00:39:14 +02:00: pepe sosa 07 June, 2024, 21:30:41 +02:00: Profedecomomia 07 June, 2024, 19:27:52 +02:00: Profedecomomia 07 June, 2024, 19:10:03 +02:00: malogu 07 June, 2024, 17:15:21 +02:00: Athenea 07 June, 2024, 15:43:53 +02:00: malogu 07 June, 2024, 08:58:56 +02:00No van a cambiar nada, al menos este año.
Si alguien recurre, el año que viene cambiarán la orden de la adjudicación de destinos imdicando "Mayor tiempo de servicio como personal funcionario de carrera" como ya lo indica para el personal suprimido o desplazado y asunto solucionado.
No sé...en la sentencia que subió el compañero es del TSJA y pone muy clarito que el tiempo de servicio incluye TODO, interino y funcionario carrera
Sólo hay que leer la última página de la sentencia
Si todo el mundo empieza a recurrir, también se puede dar el caso de que la Junta opte por quitar el concursillo y se acabó el problema.
Pues que lo quite, al menos así no se salta la ley a sabiendas, que eso eso se llama prevaricar.
Es más, si se citara a declarar al
Director General que firma el procedimiento de destinos provisionales y fuera a juicio, seguro que serían más pulcros a la hora de redactar cualquier procedimiento, pero por suerte o desgracia, la justicia de nuestro país no goza de buena salud...
Los agentes sociales que están legitimados para hacer cumplir la ley y son los que tienen fuerza en un procedimiento judicial, siempre se pusieron de perfil en este tema de la valoración de la antigüedad en los procedimientos de concursos de docentes. Nunca hicieron valer la ley, ni antes que no era clara ni ahora que es causa juzgada. Siguen de perfil y dejando al político que se salte la ley. Ya veis aquí los comentarios, o intentan acojonar o se ponen de perfil, pero no dicen que se está vulnerando la ley con continuar no valorando la antigüedad de interinos. De eso nada, a ponerse de perfil.
Que sí, que tienes toda la razón, pero que el concursillo es solo en Andalucía. Cuando quiera la Junta lo quita y se acabaron las reivindicaciones en este asunto.
Las ganas de más de uno de acabar con lo que está bien hecho, que beneficia a todo el colectivo y es de las cosas que están funcionando de sobresaliente, esto es el concursillo.
La miseria humana puesta una vez más en evidencia de querer ver que algo necesario y que beneficia a un colectivo se va al traste y el regocijo y satisfacción de ver que muchos o muchas compañer@s serían perjudicados o perjudicadas y y enviadas al limboNo perjudica a nadie, ni a centros ni a los de torretriana, cualquier explicación es pera lo dicho, para el regocijo de ver como se jode al que iría a tomar por culo.
: albay 08 June, 2024, 00:39:14 +02:00: pepe sosa 07 June, 2024, 21:30:41 +02:00: Profedecomomia 07 June, 2024, 19:27:52 +02:00: Profedecomomia 07 June, 2024, 19:10:03 +02:00: malogu 07 June, 2024, 17:15:21 +02:00: Athenea 07 June, 2024, 15:43:53 +02:00: malogu 07 June, 2024, 08:58:56 +02:00No van a cambiar nada, al menos este año.
Si alguien recurre, el año que viene cambiarán la orden de la adjudicación de destinos imdicando "Mayor tiempo de servicio como personal funcionario de carrera" como ya lo indica para el personal suprimido o desplazado y asunto solucionado.
No sé...en la sentencia que subió el compañero es del TSJA y pone muy clarito que el tiempo de servicio incluye TODO, interino y funcionario carrera
Sólo hay que leer la última página de la sentencia
Si todo el mundo empieza a recurrir, también se puede dar el caso de que la Junta opte por quitar el concursillo y se acabó el problema.
Pues que lo quite, al menos así no se salta la ley a sabiendas, que eso eso se llama prevaricar.
Es más, si se citara a declarar al
Director General que firma el procedimiento de destinos provisionales y fuera a juicio, seguro que serían más pulcros a la hora de redactar cualquier procedimiento, pero por suerte o desgracia, la justicia de nuestro país no goza de buena salud...
Los agentes sociales que están legitimados para hacer cumplir la ley y son los que tienen fuerza en un procedimiento judicial, siempre se pusieron de perfil en este tema de la valoración de la antigüedad en los procedimientos de concursos de docentes. Nunca hicieron valer la ley, ni antes que no era clara ni ahora que es causa juzgada. Siguen de perfil y dejando al político que se salte la ley. Ya veis aquí los comentarios, o intentan acojonar o se ponen de perfil, pero no dicen que se está vulnerando la ley con continuar no valorando la antigüedad de interinos. De eso nada, a ponerse de perfil.
Que sí, que tienes toda la razón, pero que el concursillo es solo en Andalucía. Cuando quiera la Junta lo quita y se acabaron las reivindicaciones en este asunto.
Por cierto que llevas mucha razón en tú expresión, pero también existe de tus palabras lo dicho en la anterior contestación, las ganas también que tienes de que se quite por el regocijo personal que te produciría al ver a las gentes comiéndose los kilómetros y kilómetros semanales.
Hace un par de años le pregunté a un conocido de torretriana que es de estos profesores que están en puestos en torretriana y no ocupa cualquier puestecillo. Me dijo que estaban deseando fulminarlo. Este conocido es también del gremio de los que queréis ver cómo el concursillo como considerado como un beneficiado de causa justa, al eliminarlo muchos iríamos al limbo o a aguantar al director torticero que también existen y que gracias al concursillo descansamos de ellos.
: respublica 08 June, 2024, 00:42:23 +02:00Sin entrar en ninguna opinión ni valoración, lo que escribí hace más de un año (https://ustealdia.org/foro/index.php?msg=1439916) sigue plenamente vigente:
Es evidente que esa ordenación no se ve afectada por la Sentencia del Tribunal Supremo acerca del concurso de traslados, porque en caso contrario ya el curso pasado se habría aplicado y la Consejería se habría visto obligada a modificar su normativa, algo que por cierto algún youtuber dio por seguro hace años, con explosiones incluidas, y mal informó, sabiéndolo de antemano.
Saludos.
El YouTubero al que te refieres fue el autor de la sentencia del Tribunal Supremo y el protagonista de que hoy sea una realidad la antigüedad de interinos en los CGT.
Respublica pongámonos de pie para aplaudirle y para reconocer que llegó a donde nunca quisieron llegar los sindicatos.
Por cierto que también dejó su sello en la valoración de la antigüedad en el concursillo, ahí está su sentencia del TSJA.
Lo que ocurre es que un youtuver como tú le llamas no puede luchar contra Sansón, el binomio administración-sindicatos que siempre estuvieron enfrente y unidos por la causa de la no valoración de la antigüedad de interinos en los concursos de traslados de educaciónRespublica esto que he contado pertenece a la historia pero fue real.
Saludos.
[/quote]
Las demandas contra el CGT fueron muchas y con resultados variados en los distintos tribunales superiores autonómicos, por lo que solo cuando el Supremo se pronunció se pudo dar por cerrado el tema, y en mi opinión se hizo finalmente justicia, aunque seguro que los funcionarios que de repente vieron cómo les adelantaban quienes habían aprobado mucho después de ellos, e incluso sin exámenes, no opinan lo mismo.
Y en cuanto al vídeo sensacionalista diciendo que el concursillo iba a explosionar tras la sentencia del Supremo sobre el CGT, lo único que digo es que era una información falsa, como se ha podido comprobar.
Saludos.
Y respondiendo a la pregunta que abrió este hilo hace más de un año:
¿Por qué no cuenta la antigüedad de interino en el concursillo andaluz?
Aunque algunos quieran responsabilizar a los representantes de los funcionarios, la respuesta es clara:
Porque la Consejería andaluza no quiere. Si quisiera ya habría modificado la normativa que regula la colocación de efectivos y estaría en vigor.
Saludos.
: pepe sosa 08 June, 2024, 14:53:35 +02:00No perjudica a nadie, ni a centros
Eso es totalmente falso. Perjudica a muchos centros. Y por muchas razones que sabes de sobra.
Que beneficia a funcionarios, por supuesto. Que se ha logrado mucho por los trabajadores de la educación, por supuesto. Nadie duda eso. Pero que perjudica otras cosas, también.
: albay 08 June, 2024, 23:13:00 +02:00: pepe sosa 08 June, 2024, 14:53:35 +02:00No perjudica a nadie, ni a centros
Eso es totalmente falso. Perjudica a muchos centros. Y por muchas razones que sabes de sobra.
Que beneficia a funcionarios, por supuesto. Que se ha logrado mucho por los trabajadores de la educación, por supuesto. Nadie duda eso. Pero que perjudica otras cosas, también.
Albay yo se lo que vas a decir sobre lo negativo para los centros,pero ¿Y los beneficios que aporta a las direcciones de los centros.? He visto muchos casos de cómo las directores moldean sus plantillas de funcionamiento y todo ello desde que existe el concursillo, me refiero a plazas que ponen, quitan y convierten en lo que ellos prefieren, nunca vi algo igual antes del Concursillo.
Además existe multitud de casos de funcionarios y funcionarias que le han dado más estabilidad a esa plaza que si hubiese estado su funcionario definitivo, por no decir la motivación que supone para el funcionario por concursillo estar donde quiere y el beneficio que supone por ello para el centro de contar con un funcionario motivado.
Albay seguro que vas a contar las cuestiones negativas que por supuesto existen, por ejemplo el de cambio de plantilla que existe de un año para otro pero el 99% de los que van a un centro por concursillo son funcionarios y funcionarias que hacen muy bien su trabajo en el centro.
Yo insisto en estos que asustan con su eliminación porque ven que se beneficia el de enfrente o porque al decirlo no hay otra cosa que su regocijo y su la alegría..... "tened cuidado que el concursillo puede terminarse y se se os acaba el chollo....."
Otras veces le echáis el resto con estas argumentaciones bananeras de que si los centros se desmantelan todos los años, que si no puede ser que algunos cambien de centro a su antojo......y lo que estáis es metiendo miedo para vuestro regocijo personal.
: albay 08 June, 2024, 23:13:00 +02:00: pepe sosa 08 June, 2024, 14:53:35 +02:00No perjudica a nadie, ni a centros
Eso es totalmente falso. Perjudica a muchos centros. Y por muchas razones que sabes de sobra.
Que beneficia a funcionarios, por supuesto. Que se ha logrado mucho por los trabajadores de la educación, por supuesto. Nadie duda eso. Pero que perjudica otras cosas, también.
Albay además hoy en día muchas plazas de los centros no son cubiertas por su definitivo por otras muchas cuestiones ajenas al concursillo: actualmente muchos definitivos están en puestos de torretriana o delegación, otros en la inspección, otros en puestos específicos, otros en excedencia, otros ocupando cargos de director en otros centros.....en la época anterior al concursillo ser interino era estar en el paraíso y el que aprobaba su oposición era ir al infierno, hoy día todas estas cuestiones que he nombrado afloran en el concursillo.
En fin que aunque el tema de este hilo es otro, no queramos siempre estar con
el meter el miedo en el cuerpo asustando con su eliminación
Bruselas da dos meses a España para enmendar las "condiciones discriminatorias" de los interinos
Dice la noticia:
Diferencias de trato en el cálculo de la antigüedad, permisos...
El procedimiento de infracción comenzó en 2014 y, según ha reconocido la Comisión, España ha modificado su legislación desde entonces, pero no lo suficiente. "Persisten los problemas de discriminación", ha recalcado Bruselas, que destaca que las diferencias de trato en cuanto al cálculo de la antigüedad, el derecho a algunos tipos de permisos o el acceso a las trayectorias profesionales.
https://www.rtve.es/noticias/20240725/interinos-bruselas-espana-enmendar-condiciones-discriminatorias/16197899.shtml
: pepe sosa 25 July, 2024, 15:31:58 +02:00Bruselas da dos meses a España para enmendar las "condiciones discriminatorias" de los interinos
Dice la noticia:
Diferencias de trato en el cálculo de la antigüedad, permisos...
El procedimiento de infracción comenzó en 2014 y, según ha reconocido la Comisión, España ha modificado su legislación desde entonces, pero no lo suficiente. "Persisten los problemas de discriminación", ha recalcado Bruselas, que destaca que las diferencias de trato en cuanto al cálculo de la antigüedad, el derecho a algunos tipos de permisos o el acceso a las trayectorias profesionales.
https://www.rtve.es/noticias/20240725/interinos-bruselas-espana-enmendar-condiciones-discriminatorias/16197899.shtml
El supremo tiene una sentencia diciendo que es correcto no pagar las vacaciones de verano a los docentes cesados el 30 de junio.
: mruzmor339 25 April, 2023, 19:17:58 +02:00PepeSosa, total que lo que pides es que a aquellos que les han regalado la plaza ahora también echen a sus compañeros funcionarios de carrera en el concursillo para ponerse al lado de su casa no?.
Eso pides?, eso es igualdad??
jajajaja, lo que hay que leer....
De "regalado la plaza" a aplicacion de la normativa europea hay una gran diferencia. Recordad aquellas veces que aprobabas las oposciciones pero no obtenías plazas porque los responsables no las ofertaban: el abuso no lo comentían los interinos.Los interinos son los abusados.