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Foro de USTEA. Cuestiones de Enseñanza en Andalucía => Foro general - Enseñanza => Mensaje iniciado por: pepe sosa en 22 Abril, 2023, 14:04:41 PM

Título: ¿Porqué no cuenta la antigüedad de interino en el concursillo andaluz?
Publicado por: pepe sosa en 22 Abril, 2023, 14:04:41 PM
Según Ustea, para las excedencias se computará el tiempo trabajado de interino y dice que tras la sentencia del Tribunal Supremo la cual equiparaba el tiempo de interinidad y de la fase de prácticas al de funcionariado de carrera a efectos de puntuación en el Concurso de traslados es aplicable asimismo al requisito de contar con 5 años como funcionaria/o de carrera.
https://educacion.ustea.org/ustea-informa-excedencias-computo-temporal-para-su-solicitud/
Y mi pregunta es .¿porqué para unas cosas si y para otras no, porqué Ustea dice que es aplicable a las excedencias y no es aplicable al concursillo, en la selección de Directores o para ser inspector de educación ¿?
Título: Re:¿Porqué no cuenta la antigüedad de interino en el concursillo andaluz?
Publicado por: pepe sosa en 24 Abril, 2023, 17:48:09 PM
Bueno pues ya que está arreglado el foro, pues eso, qué opináis de este tema. Perece ser que en España los sindicatos se ponen de perfil en este tema de la valoración de la antigüedad de interinos en los procedimientos donde se aplica un orden de prelación. El concurso de traslados lo ganaron en los tribunales los afectados, recordemos que la sentencia del Tribunal Supremo la ganó un compañero docente andaluz a título personal. En cambio para los sexenios los sindicatos nos animaron en aquellos años para reclamarlo en la justicia y nos espoleaban para acudir a la justicia para q se contara los años de interinos para los sexenios. Ahora Ustea toma la iniciativa para que valore los años de interinos para las excedencias, procedimiento administrativo que no exime orden de prelación. Sin embargo cuando hablamos de concursillo, selección de directores o acceso a la inspección, continúa la no valoración de los años de antigüedad de interinos ya que en estos procedimientos como existe orden de prelación se ponen de perfil. ¿Es eso velar porque se cumpla la ley o la sentencia del Tribunal Supremo¿?
Título: Re:¿Porqué no cuenta la antigüedad de interino en el concursillo andaluz?
Publicado por: malogu en 24 Abril, 2023, 18:47:37 PM
Los sindicatos sobre este tema siempre se van a poner de perfil, como dices.
En los sindicatos hay interinos y funcionarios y no se pueden poner del lado de unos o de otros, cuando siempre se perjudicaría a alguno de estos dos colectivos.
Título: Re:¿Porqué no cuenta la antigüedad de interino en el concursillo andaluz?
Publicado por: pepe sosa en 24 Abril, 2023, 20:09:42 PM
Cita de: malogu en 24 Abril, 2023, 18:47:37 PM
Los sindicatos sobre este tema siempre se van a poner de perfil, como dices.
En los sindicatos hay interinos y funcionarios y no se pueden poner del lado de unos o de otros, cuando siempre se perjudicaría a alguno de estos dos colectivos.
Aquí en este tema los interinos no compiten, se trata de valorar a los funcionarios de carrera sus años previos de interinos pero repito funcionariado de carrera. Yo lo he dicho siempre, no es  correcto que nuestros representantes ante la administración como son los sindicatos miren para otro lado cuando les interese y q entren al tema cuando les conviene. Se trata de obligar a la administración a cumplir leyes o sentencias Judiciales. Después dirán que cada vez existen menos afiliados a los sindicatos. La antigüedad de interinos en los procedimientos administrativos tienen q valorarse y el que diga q sólo en el CGT está mintiendo, en todos, concursillo, selección de Directores o acceso a la inspección, no para unas cosas y para otras no.
Título: Re:¿Porqué no cuenta la antigüedad de interino en el concursillo andaluz?
Publicado por: caminante en 24 Abril, 2023, 21:19:02 PM
Cita de: pepe sosa en 24 Abril, 2023, 20:09:42 PM
Cita de: malogu en 24 Abril, 2023, 18:47:37 PM
Los sindicatos sobre este tema siempre se van a poner de perfil, como dices.
En los sindicatos hay interinos y funcionarios y no se pueden poner del lado de unos o de otros, cuando siempre se perjudicaría a alguno de estos dos colectivos.
Aquí en este tema los interinos no compiten, se trata de valorar a los funcionarios de carrera sus años previos de interinos pero repito funcionariado de carrera. Yo lo he dicho siempre, no es  correcto que nuestros representantes ante la administración como son los sindicatos miren para otro lado cuando les interese y q entren al tema cuando les conviene. Se trata de obligar a la administración a cumplir leyes o sentencias Judiciales. Después dirán que cada vez existen menos afiliados a los sindicatos. La antigüedad de interinos en los procedimientos administrativos tienen q valorarse y el que diga q sólo en el CGT está mintiendo, en todos, concursillo, selección de Directores o acceso a la inspección, no para unas cosas y para otras no.

Cuando los docentes seamos capaces de organizarnos para defender nuestros derechos actuando, se resolverán cuestiones como esta -y como otras-. Para eso hace falta en primer lugar que haya suficientes trabajadores con voluntad de organizarse y actuar, lo que, a primera vista, no parece ser el caso ahora mismo. En ese momento, tendremos sindicatos que nos representen, que actúen y decidan democráticamente y que atiendan los problemas -sean estos sindicatos que existen ahora u otros, plataformas, etc.-.

Sobre esta cuestión concreta, estoy de acuerdo, y el caso es que imagino que, además, debe de haber ya una buena proporción de docentes funcionarios con tiempo de servicio como interinos.

Un saludo.

PD.- Y te pongo un positivo, aunque no ha funcionado (ese mecanismo del foro debe de estar todavía fallando).
Título: Re:¿Porqué no cuenta la antigüedad de interino en el concursillo andaluz?
Publicado por: pepe sosa en 24 Abril, 2023, 21:49:23 PM
Cita de: caminante en 24 Abril, 2023, 21:19:02 PM
Cita de: pepe sosa en 24 Abril, 2023, 20:09:42 PM
Cita de: malogu en 24 Abril, 2023, 18:47:37 PM
Los sindicatos sobre este tema siempre se van a poner de perfil, como dices.
En los sindicatos hay interinos y funcionarios y no se pueden poner del lado de unos o de otros, cuando siempre se perjudicaría a alguno de estos dos colectivos.
Aquí en este tema los interinos no compiten, se trata de valorar a los funcionarios de carrera sus años previos de interinos pero repito funcionariado de carrera. Yo lo he dicho siempre, no es  correcto que nuestros representantes ante la administración como son los sindicatos miren para otro lado cuando les interese y q entren al tema cuando les conviene. Se trata de obligar a la administración a cumplir leyes o sentencias Judiciales. Después dirán que cada vez existen menos afiliados a los sindicatos. La antigüedad de interinos en los procedimientos administrativos tienen q valorarse y el que diga q sólo en el CGT está mintiendo, en todos, concursillo, selección de Directores o acceso a la inspección, no para unas cosas y para otras no.

Cuando los docentes seamos capaces de organizarnos para defender nuestros derechos actuando, se resolverán cuestiones como esta -y como otras-. Para eso hace falta en primer lugar que haya suficientes trabajadores con voluntad de organizarse y actuar, lo que, a primera vista, no parece ser el caso ahora mismo. En ese momento, tendremos sindicatos que nos representen, que actúen y decidan democráticamente y que atiendan los problemas -sean estos sindicatos que existen ahora u otros, plataformas, etc.-.

Sobre esta cuestión concreta, estoy de acuerdo, y el caso es que imagino que, además, debe de haber ya una buena proporción de docentes funcionarios con tiempo de servicio como interinos.

Un saludo.

PD.- Y te pongo un positivo, aunque no ha funcionado (ese mecanismo del foro debe de estar todavía fallando).
Llevas toda la razón, somos el colectivo más aborregado que existe en España. No luchamos por nada, por eso en España nunca se cumple ni las leyes ni las sentencias judiciales. Estamos a merced de lo quieran hacer con nosotros administración y sindicatos, estos últimos sus lazarillos que viven de las subvenciones del Estado.
Título: Re:¿Porqué no cuenta la antigüedad de interino en el concursillo andaluz?
Publicado por: mruzmor339 en 25 Abril, 2023, 19:17:58 PM
PepeSosa, total que lo que pides es que a aquellos que les han regalado la plaza ahora también echen a sus compañeros funcionarios de carrera en el concursillo para ponerse al lado de su casa no?.

Eso pides?, eso es igualdad??

jajajaja, lo que hay que leer....
Título: Re:¿Porqué no cuenta la antigüedad de interino en el concursillo andaluz?
Publicado por: derfel en 25 Abril, 2023, 19:50:14 PM
Cita de: mruzmor339 en 25 Abril, 2023, 19:17:58 PM
PepeSosa, total que lo que pides es que a aquellos que les han regalado la plaza ahora también echen a sus compañeros funcionarios de carrera en el concursillo para ponerse al lado de su casa no?.

Eso pides?, eso es igualdad??

jajajaja, lo que hay que leer....
Creo que no pide eso. Lo que pide es que se contabilice todo el tiempo de trabajo para la administración para todos y todas. Para los funcionarios de carrera y para los funcionarios interinos. Puede que haya muchos funcionarios de carrera que una vez fueron interinos y a los que también les contabilizarán su tiempo de servicio conpleto.
Considerar que el caprichoso y vergonzante proceso selectivo que se emplea en educación, donde el azar forma parte consustancial del momento de inicio de la carrera, otorga un supremo privilegio es bastante miope. Para irse cerca de casa hay más apartados en la baremación del CGT: asumir responsabilidades de gestión y dirección, formarse (más) o participar de la mejora general del sistema con planes, proyectos, etc. son algunos de ellos.
En conclusión, creo que lo que pide es simplemente algo de sentido común y justicia.
Un saludo.
Título: Re:¿Porqué no cuenta la antigüedad de interino en el concursillo andaluz?
Publicado por: derfel en 25 Abril, 2023, 19:54:29 PM


Cita de: derfel en 25 Abril, 2023, 19:50:14 PM
Cita de: mruzmor339 en 25 Abril, 2023, 19:17:58 PM
PepeSosa, total que lo que pides es que a aquellos que les han regalado la plaza ahora también echen a sus compañeros funcionarios de carrera en el concursillo para ponerse al lado de su casa no?.

Eso pides?, eso es igualdad??

jajajaja, lo que hay que leer....
Creo que no pide eso. Lo que pide es que se contabilice todo el tiempo de trabajo para la administración para todos y todas. Para los funcionarios de carrera y para los funcionarios interinos. Puede que haya muchos funcionarios de carrera que una vez fueron interinos y a los que también les contabilizarán su tiempo de servicio conpleto.
Considerar que el caprichoso y vergonzante proceso selectivo que se emplea en educación, donde el azar forma parte consustancial del momento de inicio de la carrera, otorga un supremo privilegio es bastante miope. Para irse cerca de casa hay más apartados en la baremación del CGT: asumir responsabilidades de gestión y dirección, formarse (más) o participar de la mejora general del sistema con planes, proyectos, etc. son algunos de ellos.
En conclusión, creo que lo que pide es simplemente algo de sentido común y justicia.
Un saludo.

Lapsus calami, es completo...
Título: Re:¿Porqué no cuenta la antigüedad de interino en el concursillo andaluz?
Publicado por: respublica en 25 Abril, 2023, 21:00:57 PM
Cita de: pepe sosa en 22 Abril, 2023, 14:04:41 PM
Según Ustea, para las excedencias se computará el tiempo trabajado de interino y dice que tras la sentencia del Tribunal Supremo la cual equiparaba el tiempo de interinidad y de la fase de prácticas al de funcionariado de carrera a efectos de puntuación en el Concurso de traslados es aplicable asimismo al requisito de contar con 5 años como funcionaria/o de carrera.
https://educacion.ustea.org/ustea-informa-excedencias-computo-temporal-para-su-solicitud/
Y mi pregunta es .¿porqué para unas cosas si y para otras no, porqué Ustea dice que es aplicable a las excedencias y no es aplicable al concursillo, en la selección de Directores o para ser inspector de educación ¿?

USTEA lo único que hace en ese comunicado es informar de lo que ha respondido la Consejería a una consulta que le ha hecho, y cuya respuesta coincide con la opinión de sus servicios jurídicos.

La pregunta que haces sobre la ordenación de los destinos provisionales se la tienes que formular a la Consejería de Educación del gobierno andaluz, no a ningún sindicato, porque solo la Consejería es la responsable de esa ordenación.

Y es evidente que esa ordenación no se ve afectada por la Sentencia del Tribunal Supremo acerca del concurso de traslados, porque en caso contrario ya el curso pasado se abría aplicado y la Consejería se habría visto obligada a modificar su normativa, algo que por cierto algún youtuber dio por seguro hace años, con explosiones incluidas, y mal informó, sabiéndolo de antemano.

Y en cuanto a la postura de USTEA sobre el fondo del asunto, no olvidemos que este sindicato, a diferencia de otros, es asambleario y sus posiciones las deciden sus afiliados, así que quienes quieran condicionarlas para favorecer a sus intereses ya saben lo que tienen que hacer, y mientras tanto respetar la decisión democrática de la mayoría.


Saludos.
Título: Re:¿Porqué no cuenta la antigüedad de interino en el concursillo andaluz?
Publicado por: pepe sosa en 26 Abril, 2023, 16:11:11 PM
Cita de: respublica en 25 Abril, 2023, 21:00:57 PM
Cita de: pepe sosa en 22 Abril, 2023, 14:04:41 PM
Según Ustea, para las excedencias se computará el tiempo trabajado de interino y dice que tras la sentencia del Tribunal Supremo la cual equiparaba el tiempo de interinidad y de la fase de prácticas al de funcionariado de carrera a efectos de puntuación en el Concurso de traslados es aplicable asimismo al requisito de contar con 5 años como funcionaria/o de carrera.
https://educacion.ustea.org/ustea-informa-excedencias-computo-temporal-para-su-solicitud/
Y mi pregunta es .¿porqué para unas cosas si y para otras no, porqué Ustea dice que es aplicable a las excedencias y no es aplicable al concursillo, en la selección de Directores o para ser inspector de educación ¿?

USTEA lo único que hace en ese comunicado es informar de lo que ha respondido la Consejería a una consulta que le ha hecho, y cuya respuesta coincide con la opinión de sus servicios jurídicos.

La pregunta que haces sobre la ordenación de los destinos provisionales se la tienes que formular a la Consejería de Educación del gobierno andaluz, no a ningún sindicato, porque solo la Consejería es la responsable de esa ordenación.

Y es evidente que esa ordenación no se ve afectada por la Sentencia del Tribunal Supremo acerca del concurso de traslados, porque en caso contrario ya el curso pasado se abría aplicado y la Consejería se habría visto obligada a modificar su normativa, algo que por cierto algún youtuber dio por seguro hace años, con explosiones incluidas, y mal informó, sabiéndolo de antemano.

Y en cuanto a la postura de USTEA sobre el fondo del asunto, no olvidemos que este sindicato, a diferencia de otros, es asambleario y sus posiciones las deciden sus afiliados, así que quienes quieran condicionarlas para favorecer a sus intereses ya saben lo que tienen que hacer, y mientras tanto respetar la decisión democrática de la mayoría.


Saludos.
Respublica el compañero al que te dirige como "YouTube" es el máximo responsable de la valoración de la antigüedad de interinos en los Concursos Generales de Traslados. Respublica sabes que es un maestro cordobés como usted y yo. Debemos recordar que la antigüedad de interinos lo consiguieron no los sindicatos sino los afectados, mirad la sentencia del TRIBUNAL SUPREMO y veréis que es un compañero nuestro, el YouTube como le llama usted Respublica el culpable de ello. Respublica no negarás también que Ustea ha aprovechado la sentencia del TS del "Youtube maestro Cordobés" para utilizarla en reivindicaciones propias de la organización, las excedencias. Insisto que el problema de la NO valoración de la antigüedad en los concursos de traslados la eliminó la sentencia del YouTube y no los escritos ineficaces que publicaban los sindicatos en sus webs
Respublica reconozco tu preparación pero no llego a comprender el porqué no reconoces que la antigüedad de interino EN EL CONCURSILLO no la veas como caso claro de aplicación después de todo lo que existe, te pongo abajo la SENTENCIA DEL TSJA SOBRE EL CONCURSILLO ANDALUZ
En todos los procedimientos administrativos, todos, destinos provisionales, selección de Directores, acceso a la inspección se debe contar la antigüedad de Interinos
si no lo reconoces tú sabrás, no entro al trapo porque podrías proponer mi expulsión del foro y quisiera continuar aquí.
El YouTube "Pablo Jota" que mencionas en tu entrada GANÓ UNA SENTENCIA EN EL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCIA SOBRE EL CONCURSILLO ANDALUZ, TE PONGO LA SENTENCIA https://drive.google.com/file/d/1x8UsEub_rOZMbZxJIJas1RKXfzFSiffg/view?fbclid=IwAR20yxlhaKKgxqFbtuq7XXcs7DoHvSmQC0VLimGz5_6InMlX-_tDlDEc4ro
Dices que no debería pedirle nada a los sindicatos sino a la Consejería de Educación de la Junta de Andalucia......Llevas razón pero POR LEY, los agentes sociales, los sindicatos tienen que velar porque se cumplan las leyes o las sentencias tenemos SENTENCIA DEL TS Y DEL TSJA SOBRECEL CONCURSILLO y no hace falta porque Europea lo dejó claro en Directiva europea de 1999, normativa que ya todos acatan, incluido nuestros altos tribunales de Justicia.
Respublica puedo entender a las organizaciones sindicales que no quieran entrar en algunos temas, creo que no es justo pero en España es así, lo que no entiendo es el contenido de tu entrada, estoy seguro que los compañeros del foro aquí presentes analizarán tus palabras y las mias, un simple activista profesor que defiende su antigüedad previa interinos en todos los procedimientos de adjudicación de destinos u otros procedimientos de selección
Un saludo.