Tenia entendido que si acumulas la lactancia y luego quieres pedir excedencia por cuidado de hijo tienes que devolver el dinero de los 28 días de la lactancia acumulada, pero con el permiso de tres meses por asuntos propios no retribuidos también?
Tengo q incorporarme en junio y tenia pensado en septiembre pedir ese permiso... me han dicho en delegación q tengo q devolver el dinero si me pido este permiso, ¿ es asi?
Tanto en la excedencia como en los asuntos propios no retribuidos,si has acumulado la lactancia, luego tienes que devolver en días de trabajo la parte correspondiente al tiempo que vayas a estar sin trabajar. No tienes que devolver el dinero. Por cada mes que no trabajes te corresponden 2 días y medio menos de tu acumulación de lactancia. Así es con la nueva circular de permisos y licencias.
Suerte
Gracias Cinerea por responder, pero no entiendo lo devolver en días... devolver el dinero por los días que no he trabajado y he acumulado? anaidpreocupados
Estoy interesada en este tema, pero tampoco entieendo lo de devolver en días de trabajo...
Yo he acumulado la lactancia y me tendría que incorporar a prinicipios del mes próximo. Si me pido lo que queda de Abril, Mayo y Junio de permiso no retribuido, ¿qué tendría que devolver?
Gracias a tod@s los que aporteis alguna información sobre este tema!
Lo vuelvo a subir por si alguien nos puede asesorar sobre el tema.
Me interesa y tampoco lo entiendo. Además me releeré la circular porque no lo he visto.
Si te acumulas la lactancia son 28 día más de permiso, siempre que luego te incorpores a trabajar.
Si después pides excedencia o asuntos propios no retribuidos, te descontarán 2,5 días de la acumulación de lactancia por cada mes que pidas de asuntos propios o excedencia. Es decir, si te pides 1 mes de asuntos propios no retribuidos, entonces la acumulación de lactancia no serán 28 días, se quedarían en 26.5 de descanso por lactancia en lugar de 28. Pedirías el mes de asuntos propios un día y medio antes de lo que tenías planteado o trabajarías ese día y medio al final de la lactancia y luego pedirías el mes de asuntos propios o excedencia.
Por ejemplo:
Te termina el periodo adicional el 2 de abril y el permiso por la acumulación de lactancia lo tienes desde el 3 de abril hasta el 30 de abril (28 días).
Si después pides excedencia o asuntos propios no retribuidos desde el 1 de mayo hasta el 30 de junio (2 meses), te descontarían (2,5+2,5=5) 5 días de la acumulación de lactancia; en lugar de 28 días de descanso, tendrías 23 días( 5 días menos) de descanso por acumulación de lactancia, por lo que la acumulación de lactancia ya no terminaría el 30 de abril, ahora terminaría el 25 de abril .
Entonces tienes dos opciones:
1ª-- Trabajas desde el 26 al 30 de abril y luego descansas los 2 meses que has pedido de excedencia o asuntos propios no retribuidos( desde el 1 de mayo hasta el 30 de junio)
2ª-- Pides excedencia o asuntos propios no retribuidos desde el 26 de abril hasta el 30 de junio (entonces pedirías 2 meses y 5 días de asuntos propios o excedencia).
No hay que devolver ningún dinero.
Espero haberlo aclarado, si tenéis más dudas, preguntadme.
Saludos.
: Gominola 08 March, 2013, 19:19:23 +01:00
Estoy interesada en este tema, pero tampoco entiendo lo de devolver en días de trabajo...
Yo he acumulado la lactancia y me tendría que incorporar a prinicipios del mes próximo. Si me pido lo que queda de Abril, Mayo y Junio de permiso no retribuido, ¿qué tendría que devolver?
Gracias a tod@s los que aporteis alguna información sobre este tema!
Depende del tiempo que pidas de asuntos propios, si son 2 meses y medio no es igual que pedir 3 meses completos( abril, mayo y junio). Tres meses es lo máximo que dan por asuntos propios no retribuidos.
Si pides tres meses de asuntos propios tendrías que devolver 7 días y medio de trabajo, bien te incorporas la última semana de acumulación de lactancia y luego pides los tres meses, o bien a la acumulación de lactancia le restas 7,5 días y adelantas la petición de asuntos propios a 7,5 días antes de lo que pensabas y te tendrías que incorporar la última semana de curso, porque no puedes pedir 3 meses y una semana de asuntos propios no retribuidos.
Todo depende del día en que termine tu acumulación de lactancia.
¿Lo entiendes?
Suerte.
Muchísimas gracias cinerea. Me ha aclardo mucho tus explicaciones...
Dos cosillas:
- ¿Cuando tendría que solicitar el permiso no retribuido?¿En cualquier Delegación o a la que pertenece mi Centro?
-¿Existe otro tipo de permiso que pueda solicitar o solo el no retribuido?
Muchas gracias, por todo, de verdad.
En cuanto al permiso por asuntos propios no retribuidos, si alguna estáis en esa situación, os recomiendo que reclaméis, pues los servicios jurídicos de USTEA entienden que no se ajusta a derecho.
Saludos
: FLAFLI 13 March, 2013, 10:17:03 +01:00
En cuanto al permiso por asuntos propios no retribuidos, si alguna estáis en esa situación, os recomiendo que reclaméis, pues los servicios jurídicos de USTEA entienden que no se ajusta a derecho.
Saludos
Flafli, perdona, pero es que no entiendo bien tu mensaje, ¿a qué situación te refieres?
Muchas gracias!
muchas gracias, creo que ya lo tengo claro, así que se me ocurre otra pregunta:
Si estás de baja por incapacidad temporal derivada del embarazo en agosto, te tienen que devolver también esas cuatro semanas, según he leído en la orden. ¿Estas semanas también restan algo de días?
Intento tener 16 semanas + 4 adicionales + 4 por lactancia acumulada + 4 de agosto + 3 meses no retribuidos - 7 días que te quitan. ¿Cómo lo véis?
Gracias de antemano.
No sé si me podeis aclarar esta duda: mi baja maternal acaba el 28 de este mes y entraría de nuevo en bolsa. Quiero renunciar por cuidado de hijo menor de tres años, pero necesito cobrar el paro o trabajar cerca de casa, pues de lo contrario no tendría ingresos. ¿Sabéis si puedo renunciar y aceptar otro trabajo? Gracias
: Gominola 13 March, 2013, 11:25:59 +01:00
: FLAFLI 13 March, 2013, 10:17:03 +01:00
En cuanto al permiso por asuntos propios no retribuidos, si alguna estáis en esa situación, os recomiendo que reclaméis, pues los servicios jurídicos de USTEA entienden que no se ajusta a derecho.
Saludos
Flafli, perdona, pero es que no entiendo bien tu mensaje, ¿a qué situación te refieres?
Muchas gracias!
A solitar después de la acumulación de lactancia los asuntos propios no retribuidos de hasta 3 meses (solo para funcionarias de carrera)
Los asuntos propios no retribuidos los solicitas con al menos 15 días de antelación a tu incorporación.
Si te pides estos tres meses ya no puedes volver a solicitarlo hasta dentro de dos años.
También te puedes pedir excedencia por cuidado de un menor de 3 años. Ésta excedencia es como máximo hasta que tu hijo cumpla 3 años, aunque te puedes incorporar antes si lo desesas, pero una vez que te incorporas no puedes volver a solicitarla si tu hijo aún no tiene los tres años.
Te pudes pedir redución de jornada por cuidado de un menor de 12 años. Puedes reducir la jornada a un tercio y cobrar el 80% del total o reducir la jornada a la mitad del horario y cobrar el 60% del total.
Un saludo.
nnn, creo que sí es como lo planteas. Si el mes de agosto estás de baja, te corresponden esas cuatro semanas y de ese tiempo no te descuentan ningún día.
De todas formas preguntad en la delegación de vuestra provincia porque hay veces que en que cada delegación resuelve sus asuntos de una manera diferente, lo digo por experiencia.
Suerte.
almudaina, no sé si tienes derecho a paro o a otro trabajo, a ver si alguien te pude ayudar.
Suerte.
FLAFLI, me puse en contacto con ustea Almería y me comentaron lo que tú estás diciendo, pero luego en Delegación me comentaron que la acumulación de lactancia es un derecho de la persona que está trabajando, no tendremos este derecho si pedimos excedencia o asuntos propios no retribuidos, ya que en ambos casos no estaremos trabajando.
La nueva circular de permisos y licencias dice:
"- De optar por el tiempo de lactancia, este permiso solo puede ser acumulable a la
reducción de jornada por razones de guarda legal."
Un saludo
Preguntad siempre en la delegación de vuestra provincia antes de decidir nada. A veces las delegaciones resuelven los asuntos de diferente forma ( aunque esto no es legal)
Suerte
: cinerea 14 March, 2013, 11:39:05 +01:00
FLAFLI, me puse en contacto con ustea Almería y me comentaron lo que tú estás diciendo, pero luego en Delegación me comentaron que la acumulación de lactancia es un derecho de la persona que está trabajando, no tendremos este derecho si pedimos excedencia o asuntos propios no retribuidos, ya que en ambos casos no estaremos trabajando.
La nueva circular de permisos y licencias dice:
"- De optar por el tiempo de lactancia, este permiso solo puede ser acumulable a la
reducción de jornada por razones de guarda legal."
Un saludo
Una excedencia si es un periodo que no se trabaja, pero un permiso no retribuido, si es un tiempo de servicio que cuenta a todos los efectos, simplemetne que no se cobra, por eso es un PERMISO, en licencias y permisos, hay permisos retribuidos y no retribuidos, y ningún permiso hace que se cese de trabajar durante un tiempo.
Por eso, los servicios jurídicos de USTEA entienden que es un abuso. Por eso animo a reclamar a quien se haya visto obligado a devolver el dinero.
Saludos
Muchas gracias por vuestras aclaraciones, de verdad!
Me surge una duda: Soy funcionaria, ¿qué diferencia puedo encontrar entre pedir excedencia y permiso no retribuido?
Gracias, de nuevo!
El permiso siempre genera derecho para que cuente el tiempo de servicio, para trienios, sexenios, etc.
La excedencia depende del tipo te vale o no.
: nnn 13 March, 2013, 11:48:42 +01:00
muchas gracias, creo que ya lo tengo claro, así que se me ocurre otra pregunta:
Si estás de baja por incapacidad temporal derivada del embarazo en agosto, te tienen que devolver también esas cuatro semanas, según he leído en la orden. ¿Estas semanas también restan algo de días?
Intento tener 16 semanas + 4 adicionales + 4 por lactancia acumulada + 4 de agosto + 3 meses no retribuidos - 7 días que te quitan. ¿Cómo lo véis?
Gracias de antemano.
A mi también se me plantea la duda de las 4 semanas de agosto. ¿Si estás de baja en agosto, que es nuestro mes vacacional, acumulan luego esas cuatro semanas a la baja por maternidad?
Muchas gracias de antemano!
Un interino puede pedir el excelencia por cuidado de un menor hasta que cumpla 3 anos.? Gracias
Los interinos no tienen excedencia pero si pueden renunciar por cuidado de hijos menores de 3 años
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: kariatide 14 March, 2013, 21:05:27 +01:00
: nnn 13 March, 2013, 11:48:42 +01:00
muchas gracias, creo que ya lo tengo claro, así que se me ocurre otra pregunta:
Si estás de baja por incapacidad temporal derivada del embarazo en agosto, te tienen que devolver también esas cuatro semanas, según he leído en la orden. ¿Estas semanas también restan algo de días?
Intento tener 16 semanas + 4 adicionales + 4 por lactancia acumulada + 4 de agosto + 3 meses no retribuidos - 7 días que te quitan. ¿Cómo lo véis?
Gracias de antemano.
A mi también se me plantea la duda de las 4 semanas de agosto. ¿Si estás de baja en agosto, que es nuestro mes vacacional, acumulan luego esas cuatro semanas a la baja por maternidad?
Muchas gracias de antemano!
Según esto entiendo que si
LICENCIA POR RIESGO DURANTE EL EMBARAZO O RIESGO DURANTE LA LACTANCIA NATURAL.
Esta licencia se encuentra regulada en los artículos 58, 59 y disposición adicional undécima de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres. Cuando el período de vacaciones coincida en el tiempo con la licencia por riesgo durante el embarazo o por riesgo durante la lactancia natural, se tendrá derecho a disfrutar las vacaciones al finalizar el periodo de suspensión, siempre que no hayan transcurrido más de 18 meses a partir del final del año en que se haya originado la licencia.
a) Personal funcionario acogido al Régimen Especial de la Seguridad Social de los Funcionarios Civiles del Estado
Estando de baja maternal en Agosto, SI se le suman cuatro semanas adicionales. En el caso de que la bja sea por incapacidad temporal, ya no lo tengo tan claro...
Alguien sabe si un interino renuncia por cuidado de hijo, ¿puede aceptar otro tipo de trabajo? Gracias
Flafi el año pasado acumele la lactancia y despues solicite el persmiso no retribuido durante un mes, hoy ma llegado una carta de que tengo que devolver lo correspondiente a 6 dias. ¿Que puedo hacer? tengo 9 dias para reclamar
según comentó alguien en este foro, por cada mes deben descontarte 2, 5 días y no 6!
Hola Flafli, soy interina con vacante ¿Puedo pedir después de la lactancia acumulada 13 días de asuntos propios no retribuidos o los interinos no tenemos ese derecho? Gracias.
El permiso es el mismo tanto para interinos como funcionarios, el problema es que te lo van a denegar. Ya no van a dar este permiso a nadie.
Tendrás que lucharlo judicialmente.
Yo tengo una duda más. Estoy de baja maternal y me plateo pedir excedencia el proximo curso. Soy funcionaria ya, la pregunta es ¿ al pedir excedencia conservo la covertura sanitaria de Muface en la compañia que tengo ahora o me pasan a la Seguridad Social?? Gracias
oops Cobertura!!!!
: FLAFLI 04 April, 2013, 06:28:41 +02:00
El permiso es el mismo tanto para interinos como funcionarios, el problema es que te lo van a denegar. Ya no van a dar este permiso a nadie.
Tendrás que lucharlo judicialmente.
Flafli, yo soy funcionaria y tenía intención de pedirme un mes para no incorporarme en el curso escolar, ¿no van a dar permisos de ningún tipo?
Si has pedido acumulación de lactancia no te aceptarán el permiso.
¿Y no puedo pedirme por acumulación de lactancia los días correspondientes a los meses que no voy a disfrutar del permiso y a continuación dicho permiso? Gracias!
Perdonad mi ignorancia, pero que es la lactancia acumulada? Actualmente estoy de baja por maternidad, hasta el día 5 de agosto y voy a pedir también la lactancia, pero que es lo de "acumulada"? La puedo pedir toda junta? Y si me pilla agosto que es mes de vacaciones, luego puedo pedirlos en septiembre?
Gracias
: Gominola 07 April, 2013, 20:11:59 +02:00
¿Y no puedo pedirme por acumulación de lactancia los días correspondientes a los meses que no voy a disfrutar del permiso y a continuación dicho permiso? Gracias!
A ver si alguien me puede contestar.
Opositora 35, el mes de Agosto luego lo solicitas y si te lo dan a continuación. Que te vaya todo bien!
: FLAFLI 06 April, 2013, 21:30:52 +02:00
Si has pedido acumulación de lactancia no te aceptarán el permiso.
Flafi, tengo intención de pedirme este permiso (un mes) tras la lactancia acumulada. Soy funcionario. ¿Me puedes decir que no me van a dar este permiso y el porqué?. Ya sé que tendría que devolver 2,5 días. Tengo una situación personal complicada... qué puedo hacer?. Gracias.
Es el criterio de la consejería, si te lo pides luego te pedirán que devuelvas una parte del dinero
Según tu respuesta entiendo que depende de lo buena persona que sea el que me coge el permiso y que tenga animo o no de concedermelo. No sé si he lo he entendido bien. Me aconsejas que acompañe con un escrito justificando mi caso?. Te he enviado un mensaje privado pero no se si te ha llegado....
Mil gracias y espero tu respuesta de nuevo!
si eres interino y se usa la lactancia acumulada y luego al curso siguiente se rechaza la vacante por cuidado de hijo :
1. ¿te cuenta el tiempo de servicio de tu vacante de ese año renunciado?
2. ¿también habría que devolver los días/dinero de la lactancia acumulada disfrutada?
: cristinaopo 18 October, 2014, 23:13:40 +02:00
si eres interino y se usa la lactancia acumulada y luego al curso siguiente se rechaza la vacante por cuidado de hijo :
1. ¿te cuenta el tiempo de servicio de tu vacante de ese año renunciado?
2. ¿también habría que devolver los días/dinero de la lactancia acumulada disfrutada?
Me interesa también tu pregunta y además añado otro supuesto, a ver si nos podéis ayudar:
- Interina con vacante, que termina las (16+4) el 15 de Febrero. Si renuncio a la vacante por cuidado de menor de 3 años para no incorporarme y en Septiembre obtengo de nuevo vacante, ¿ podría disfrutar de la lactancia, ya sea acumulada o reducción de la hora diaria en ese próximo curso?
Gracias
lo subo!!! anaid3 anaid3 anaid3 anaid3
Hola! Estoy interesada en pedir un permiso sin sueldo de 15 días después de la lactancia acumulada. He estado leyendo este post y dicen q ya no los conceden. Alguien sabe algo nuevo?
Hola a todos.
Me encuentro en una situación complicada y no sé bien qué hacer ni cuándo hacerlo. Estoy embarazada de mellizos y no tengo abuelas cuidadoras, ni familia cerca ni perrito que me ladre. Se prevé que el parto será en agosto y ya estoy de baja por riesgo de aborto. Soy funcionaria, que no lo he dicho y no sé si cambia algo.
No puedo reincorporarme después de la baja por lactancia y he visto lo de pedir una baja por cuidado de hijos menores de 16 meses o la excelencia voluntaria. ¿Cuándo y dónde la tengo que pedir?¿Después de la lactancia o antes?
Muchas gracias, en delegación no me aclaran nada.
Buenas, comentas que vienen mellizos, pues tu baja maternal son 16 semanas, más 2 semanas por parto múltiple con un 2º hijo, más 4 semanas que da la consejería, más 4 de lactancia por cada hijo, si a eso se añade las semanas de agosto que se pueden recuperar pues es periodo vacacional, mínimo 26 semanas más lo que corresponda de recuperar de agosto.
Empezando el 1 de septiembre, nos iríamos hasta finales primeros de marzo sin contar el periodo de agosto.
En cuanto a los asuntos propios no retribuidos, la consejería está realizando un abuso en este tema, solicitando la devolución de la parte proporcional de la lactancia que se ha solicitado.
Considero que es ilegal porque es un permiso, no una excedencia, pero si quieres realizarlo que sepas que puedes reclamar y luchar por ello.
Saludos
Muchísimas gracias, esto me aclara bastante la cuestión. Si tengo que renunciar a días no me importa (bueno, me importa un montón, pero las circunstancias mandan). Ya lo pelearé luego.
¿Cuándo y dónde tengo que pedir los tres meses que me quedarían desde marzo?
Eso se pide con el anexo I en la delegación donde trabajas, por cierto, si lo vas a hacer, que sea en los meses de enero
y febrero
Saludos
Muchísimas gracias de nuevo. A ver cómo me va todo...
Un abrazo
Buenas tardes, vuelvo a ser yo.
Vengo de una revisión y me han comunicado (no quepo en mí de gozo) que mis dos pequeños no vienen tan pequeños y que, por tanto, hay muchas probabilidades de que el parto se adelante.
¿Si al final el parto no es en agosto, como estaba previsto, sino en julio; eso me perjudica a la hora de pedir los días de vacaciones?
Muchas gracias
Buenas, alguien me puede explicar en qué supuesto se puede pedir permiso por riesgo en la lactancia materna?? Soy Pt y me incorporaría con un beeb de 5 meses por lo que es muy pequeño y me gustaría saber si lo puedo solicitar, ya que no me dan los días de lactancia
Gracias