Buenas noches:
A ver si alguien lo sabe porque yo encuentro informaciones contradictorias, si el permiso por matrimonio, que son 15 días, ocurre durante los días del puente de diciembre ¿influye en la duración del permiso o son igualmente los 15 días?
Gracias
5. Permiso por matrimonio o inscripción como pareja de hecho.
este permiso podrá disfrutarse consecutivamente al hecho causante, o dentro del año natural siempre
que las necesidades del servicio lo permitan.
Entiendo que el matrimonio es en el puente de la constitución.
Por tanto te corresponden los 15 días, incluyendo el día del matrimonio.
Otra cuestión, y esta es nueva, es que ya no es obligatorio, que los 15 días sean justamente junto al acto. Ya se puede pedir en cualquier momento del año natural, es decir, alguien que se case en agosto, puede solicitar que esos 15 días se puedan disfrutar en octubre por ejemplo. Pero hay excepciones, que son los 15 días antes de navidad o posteriores, lo mismo en semana santa, y principio o final de curso.
Pero ojo, esta limitación es para quien solicita los 15 días en otro momento que no sea incluyendo el día de matrimonio, por lo que quien si cumpla el permiso como siempre, es decir, que el día del acto, se incluya en esos 15 días tiene derecho a esos 15 días sean cuando sean.
Saludos
Muchas gracias por las respuestas :D
: FLAFLI 07 November, 2013, 00:03:57 +01:00
Entiendo que el matrimonio es en el puente de la constitución.
Por tanto te corresponden los 15 días, incluyendo el día del matrimonio.
Otra cuestión, y esta es nueva, es que ya no es obligatorio, que los 15 días sean justamente junto al acto. Ya se puede pedir en cualquier momento del año natural, es decir, alguien que se case en agosto, puede solicitar que esos 15 días se puedan disfrutar en octubre por ejemplo. Pero hay excepciones, que son los 15 días antes de navidad o posteriores, lo mismo en semana santa, y principio o final de curso.
Pero ojo, esta limitación es para quien solicita los 15 días en otro momento que no sea incluyendo el día de matrimonio, por lo que quien si cumpla el permiso como siempre, es decir, que el día del acto, se incluya en esos 15 días tiene derecho a esos 15 días sean cuando sean.
Saludos
Hola Flafi, queda clarísimo lo que explicas. En mi caso yo quiero pedir el permiso incluyendo el dia del acto y dias anteriores al dia de la boda. Siempre has podido pedirte dias anteriores o posteriores al dia de boda siempre que ese dia estuviera incluido, lo que pasa es que según la nueva circular entiendo que el permiso debe ser obligatoriamente posterior al dia de la boda. Puedes indicarme si esto es asi? Gracias
Yo me casé el día 4 y he tenido permiso hasta el
18, hasta ayer. El que hubiera puente no tiene nada que ver, son 15 días consecutivos. Cuando lo solicité lo único que me exigieron es que el día de la boda estuviera incluido en ese período. Un saludo
: mcr 19 December, 2013, 04:24:19 +01:00
Yo me casé el día 4 y he tenido permiso hasta el
18, hasta ayer. El que hubiera puente no tiene nada que ver, son 15 días consecutivos. Cuando lo solicité lo único que me exigieron es que el día de la boda estuviera incluido en ese período. Un saludo
Siempre ha sido así. Seguramente cuando tú pedistes el permiso no estaba aún la circular nueva.
Según este párrafo:
- Los quince días de duración del permiso se han de entender naturales, y deben ser
consecutivos, y disfrutarse bien desde el día en que se celebre el matrimonio o se constituya
la pareja de hecho, bien dentro del año natural correspondiente al hecho causante, siempre
que las necesidades del servicio lo permitan. ¿Creeis que sería posible solicitar dias anteriores a la fecha de boda. Por ejemplo te casas el 28 de abril y solicitas del 16 al 30 de abril.
Gracias. Saludos
Siempre ha sido así. Seguramente cuando tú pedistes el permiso no estaba aún la circular nueva.
Según este párrafo: - Los quince días de duración del permiso se han de entender naturales, y deben ser
consecutivos, y disfrutarse bien desde el día en que se celebre el matrimonio o se constituya
la pareja de hecho, bien dentro del año natural correspondiente al hecho causante, siempre
que las necesidades del servicio lo permitan.
¿Creeis que sería posible solicitar dias anteriores a la fecha de boda. Por ejemplo te casas el 28 de abril y solicitas del 16 al 30 de abril.
Gracias. Saludos
Me podéis poner el enlace a esa circular ???? Porque yo me caso en sábado, para pedir el permiso desde el lunes siguiente.
Muchas gracias.
http://www.juntadeandalucia.es/educacion/educacion/portal/com/bin/Contenidos/RRHH/otra_normativa_y_convocatorias_de_interes/Circular_Licencias_Permisos/1385635612272_circular_261113.pdf (http://www.juntadeandalucia.es/educacion/educacion/portal/com/bin/Contenidos/RRHH/otra_normativa_y_convocatorias_de_interes/Circular_Licencias_Permisos/1385635612272_circular_261113.pdf)
YA NO se puede pedir días por matrimonio con antelación al matrimonio.
Se pueden pedir los 15 días incluyendo el día de la boda en esos 15 días, o pedir los 15 días en otro momento posterior, con informe favorable del director/a, siempre que no coincida todo o parte del permiso con:
- los díez días lectivos anteriores o posteriores a las vacaciones de Navidad y Semana Santa.
- los díez días lectivos anteriores a la finalización del régimen ordinario de clase del mes de junio.
- el mes de septiembre.
Gracias. ;)
: sevi11 19 February, 2014, 13:16:05 +01:00
YA NO se puede pedir días por matrimonio con antelación al matrimonio.
Se pueden pedir los 15 días incluyendo el día de la boda en esos 15 días, o pedir los 15 días en otro momento posterior, con informe favorable del director/a, siempre que no coincida todo o parte del permiso con:
- los díez días lectivos anteriores o posteriores a las vacaciones de Navidad y Semana Santa.
- los díez días lectivos anteriores a la finalización del régimen ordinario de clase del mes de junio.
- el mes de septiembre.
Como!!!! Que si me casó el 7 de junio no puedo pedirlo hasta el 20 de junio?? Quedarían justo 10 días para terminar las clases.....
Tranquila, las restricciones en las fechas del permiso son en caso de no coger el permiso a continuación de la boda. Si el día de tu boda está incluido en los 15 días de permiso, puedes coger el permiso en cualquier fecha del curso escolar.
: sevi11 20 February, 2014, 11:19:28 +01:00
Tranquila, las restricciones en las fechas del permiso son en caso de no coger el permiso a continuación de la boda. Si el día de tu boda está incluido en los 15 días de permiso, puedes coger el permiso en cualquier fecha del curso escolar.
menos mal... me estaba entrando mal cuerpo, jejejejeje
¿Y qué ocurre si durante los 15 días de después de la boda finaliza mi contrato, es decir, finaliza mi sustitución 4 días después de la boda? Es mi situación.
Me han llamado hoy de delegación diciéndome que solo tendría esos 4 días, que no me puedo coger ninguno antes de la boda y que al terminar mi sustitución se termina el permiso.
Es un poco injusto, ¿no?
¿No hay en dicha ley ninguna excepción para estos casos de profesores interinos que finalicen contrato?
No te pueden dar más permiso, puesto que tu nombramiento termina cuando se incorpora el titular, los permisos los tienes mientras estás trabajando, pues tienes ese derecho, y estos no alargan el contrato.
Lo siento, pero es así
: FLAFLI 09 April, 2014, 21:55:34 +02:00
No te pueden dar más permiso, puesto que tu nombramiento termina cuando se incorpora el titular, los permisos los tienes mientras estás trabajando, pues tienes ese derecho, y estos no alargan el contrato.
Lo siento, pero es así
Gracias FLAFLI.
Por cierto, me he estado leyendo la circular y dice esto:
Los quince días de duración del permiso se han de entender naturales, y deben ser
consecutivos, y disfrutarse bien desde el día en que se celebre el matrimonio o se constituya
la pareja de hecho, bien dentro del año natural correspondiente al hecho causante, siempre
que las necesidades del servicio lo permitan.Yo al leer esto no veo donde se prohibe que dichos días se puedan coger antes y después de la boda (por ejemplo una semana antes y otra después, que era mi idea inicial). Dice que o bien justo después o bien dentro del año natural. En ningún sitio dice que dentro del año natural pero con posterioridad a la boda.
Quizás no lo especifiquen porque para ellos esa no sea una opción, y es que ¿qué pasaría si te coges los 15 días de permiso y resulta que luego no te casas? Hay parejas que lo dejan meses e incluso semanas antes de la boda...
: juanillolc 10 April, 2014, 11:13:48 +02:00
: FLAFLI 09 April, 2014, 21:55:34 +02:00
No te pueden dar más permiso, puesto que tu nombramiento termina cuando se incorpora el titular, los permisos los tienes mientras estás trabajando, pues tienes ese derecho, y estos no alargan el contrato.
Lo siento, pero es así
Gracias FLAFLI.
Por cierto, me he estado leyendo la circular y dice esto:
Los quince días de duración del permiso se han de entender naturales, y deben ser
consecutivos, y disfrutarse bien desde el día en que se celebre el matrimonio o se constituya
la pareja de hecho, bien dentro del año natural correspondiente al hecho causante, siempre
que las necesidades del servicio lo permitan.
Yo al leer esto no veo donde se prohibe que dichos días se puedan coger antes y después de la boda (por ejemplo una semana antes y otra después, que era mi idea inicial). Dice que o bien justo después o bien dentro del año natural. En ningún sitio dice que dentro del año natural pero con posterioridad a la boda.
Esto se trató en mesa, y la segunda opción, la Consejería dejó claro que el periodo que es dentro del año natural, debe ser posterior, pues no lo concede si previamente no te casas.
: potnia 11 April, 2014, 13:26:29 +02:00
Quizás no lo especifiquen porque para ellos esa no sea una opción, y es que ¿qué pasaría si te coges los 15 días de permiso y resulta que luego no te casas? Hay parejas que lo dejan meses e incluso semanas antes de la boda...
Puede ser. Tiene sentido.
: FLAFLI 11 April, 2014, 20:27:02 +02:00
: juanillolc 10 April, 2014, 11:13:48 +02:00
: FLAFLI 09 April, 2014, 21:55:34 +02:00
No te pueden dar más permiso, puesto que tu nombramiento termina cuando se incorpora el titular, los permisos los tienes mientras estás trabajando, pues tienes ese derecho, y estos no alargan el contrato.
Lo siento, pero es así
Gracias FLAFLI.
Por cierto, me he estado leyendo la circular y dice esto:
Los quince días de duración del permiso se han de entender naturales, y deben ser
consecutivos, y disfrutarse bien desde el día en que se celebre el matrimonio o se constituya
la pareja de hecho, bien dentro del año natural correspondiente al hecho causante, siempre
que las necesidades del servicio lo permitan.
Yo al leer esto no veo donde se prohibe que dichos días se puedan coger antes y después de la boda (por ejemplo una semana antes y otra después, que era mi idea inicial). Dice que o bien justo después o bien dentro del año natural. En ningún sitio dice que dentro del año natural pero con posterioridad a la boda.
Esto se trató en mesa, y la segunda opción, la Consejería dejó claro que el periodo que es dentro del año natural, debe ser posterior, pues no lo concede si previamente no te casas.
Ok, gracias. Todo aclarado.
Flafli, yo que me caso el 30 de agosto, siendo interina y llevando dos años con vacante informatizada desde las provisionales... Todo el mundo me dice que no puedo coger el permiso porque es muy difícil pedirlo al director el mes de antes ( que sería en julio, puesto que no hay nadie en los colegios)... Y también leo que no debe coincidir con el mes de septiembre... Desconocía que podía pedir los días más tarde; es decir si la boda es el 30 de agosto, y el mes de septiembre no puede ser, no queda otra que pedir los días en octubre o noviembre, no es así? Cómo se solicita? De la misma manera que siendo consecutivos?
Muchas gracias
: pompadejabon 14 April, 2014, 13:14:12 +02:00
Flafli, yo que me caso el 30 de agosto, siendo interina y llevando dos años con vacante informatizada desde las provisionales... Todo el mundo me dice que no puedo coger el permiso porque es muy difícil pedirlo al director el mes de antes ( que sería en julio, puesto que no hay nadie en los colegios)... Y también leo que no debe coincidir con el mes de septiembre... Desconocía que podía pedir los días más tarde; es decir si la boda es el 30 de agosto, y el mes de septiembre no puede ser, no queda otra que pedir los días en octubre o noviembre, no es así? Cómo se solicita? De la misma manera que siendo consecutivos?
Muchas gracias
Presenta la solicitud antes del verano y si te corresponde, 15 días desde el 30 de agosto, o a partir de octubre, tienes ambas opciones.
Por cierto el permiso lo da la delegación.
Me interesa este tema. EL caso es que soy interina, y me quiero casar en agosto 2015. Puedo pedir mi permiso de 15 días para octubre de 2015? La cosa es q el año q viene estaré en un IES diferente al de este año... Con que lo pida en septiembre nada más entrar es suficiente no? GRacias!!
Si te casas en agosto, el permiso para disfrutarlo, aunque sea en otro momento distinto, se ha de solicitar con antelación a que se produzca el hecho causante.
¡Hola! ¿Alguien sabe si un interino con adjudicación a media jornada le corresponden igualmente los 15 días de permiso por matrimonio?
Pero y si me caso en septiembre del 2016 no puedo disfrutar de mis 15 días en ese mes? :'(
Flafi, los interinos sin vacante ¿podemos disfrutar tambien del permiso por matrimonio? ¿que pasaria si acabara la sustitución antes o despues de la boda?
gracias
¡Buenas a todos!
Soy interino con vacante por lo que el próximo curso 2016/17 espero volver a tener vacante informatizada. Me caso el 17 de septiembre de 2016 por lo que querría saber si puedo solicitar que los 15 dias comiencen a partir del lunes 17. De hecho, es posible que firmemos los papeles en el juzgado el jueves anterior (dia 15) y la ceremonia sea un "paripé el sábado 17, ya que los juzgados de la localidad sólo lo hacen de lunes a jueves.
¿Es posible empezar a contar los 15 dias desde el lunes (dos dias despues de la boda)?
Saludos y gracias de antemano
Hola a todos y todas.
A ver si alguien me ayuda con la siguiente duda: tengo previsto casarme en unas semanas (antes de que finalice 2015), y me gustaría coger los quince días de permiso en febrero de 2016. Sé que el permiso puede disfrutarse bien desde el mismo día de la boda, bien "dentro del año natural del hecho causante". ¿Qué se entiende por "año natural", los 12 meses siguientes a la boda o lo que queda del año en curso, en este caso 2015?
Gracias por vuestra ayuda.
Buenas compis, rescato el tema para comentaros mi situación. Si mi boda está programada para dos semanas o una antes de las vacaciones de Semana Santa, ¿no me dejan disfrutar del permiso en ese periodo?¿tendría que disfrutarlos en otro momento por coincidir con el final del trimestre?
La norma establece que el permiso se disfrute a partir de la fecha establecida o en otro momento del año pero esta segunda opción tiene unas limitaciones.
Si tu caso es el primero, desde la fecha de la celebración, da igual el momento del año que sea para poder disfrutar del permiso.
Enviado desde mi SM-G7105 mediante Tapatalk
: Delacroix 30 December, 2015, 20:45:08 +01:00
Buenas compis, rescato el tema para comentaros mi situación. Si mi boda está programada para dos semanas o una antes de las vacaciones de Semana Santa, ¿no me dejan disfrutar del permiso en ese periodo?¿tendría que disfrutarlos en otro momento por coincidir con el final del trimestre?
Qué acojone me ha entrado al leerte. Me. Caso el 5 de marzo (dos semanas antes de semana santa) y ya tengl todo el viaje reservado
: anapastor123 03 January, 2016, 10:59:17 +01:00
: Delacroix 30 December, 2015, 20:45:08 +01:00
Buenas compis, rescato el tema para comentaros mi situación. Si mi boda está programada para dos semanas o una antes de las vacaciones de Semana Santa, ¿no me dejan disfrutar del permiso en ese periodo?¿tendría que disfrutarlos en otro momento por coincidir con el final del trimestre?
Qué acojone me ha entrado al leerte. Me. Caso el 5 de marzo (dos semanas antes de semana santa) y ya tengl todo el viaje reservado
¿Pero has solicitado ya el permiso?
No, pensaba hacerlo ahora al volver
: anapastor123 03 January, 2016, 10:59:17 +01:00
: Delacroix 30 December, 2015, 20:45:08 +01:00
Buenas compis, rescato el tema para comentaros mi situación. Si mi boda está programada para dos semanas o una antes de las vacaciones de Semana Santa, ¿no me dejan disfrutar del permiso en ese periodo?¿tendría que disfrutarlos en otro momento por coincidir con el final del trimestre?
Qué acojone me ha entrado al leerte. Me. Caso el 5 de marzo (dos semanas antes de semana santa) y ya tengl todo el viaje reservado
No te va a pasar nada, solo afecta a las personas que quieren variar los 15 dias de permiso y cogerselo en otro momento del año.
Lo solicité ayer. Tienen que notificar que está concedido o cómo va?
: anapastor123 09 January, 2016, 12:13:44 +01:00
Lo solicité ayer. Tienen que notificar que está concedido o cómo va?
Hola. Cuanto tardan en decirte que te lo han concedido y quien te lo comunica?
: curro 04 October, 2015, 20:23:51 +02:00
Hola a todos y todas.
A ver si alguien me ayuda con la siguiente duda: tengo previsto casarme en unas semanas (antes de que finalice 2015), y me gustaría coger los quince días de permiso en febrero de 2016. Sé que el permiso puede disfrutarse bien desde el mismo día de la boda, bien "dentro del año natural del hecho causante". ¿Qué se entiende por "año natural", los 12 meses siguientes a la boda o lo que queda del año en curso, en este caso 2015?
Gracias por vuestra ayuda.
Hola Curro, al final te puedes coger los 15 días en febrero??? ¿o has perdido esos días?
Si ya me casé por el juzgado, y ahora me quiero casar por la iglesia con la misma persona, ¿tengo derecho de nuevo a los 15 días de permiso por matrimonio? Tengo dudas pues en unos sitios dicen que sí y en otros que no...
: rox4ever 25 January, 2016, 11:56:01 +01:00
Si ya me casé por el juzgado, y ahora me quiero casar por la iglesia con la misma persona, ¿tengo derecho de nuevo a los 15 días de permiso por matrimonio? Tengo dudas pues en unos sitios dicen que sí y en otros que no...
No puedes porque no cambias tu estado civil. Ya estás casado y la ceremonia religiosa no supone nada.
: Delacroix 21 January, 2016, 15:40:55 +01:00
: anapastor123 09 January, 2016, 12:13:44 +01:00
Lo solicité ayer. Tienen que notificar que está concedido o cómo va?
Hola. Cuanto tardan en decirte que te lo han concedido y quien te lo comunica?
Me han contestado ya. Concedido. Me caso el 5 de marzo y empalmo con semana santa
: anapastor123 26 January, 2016, 13:22:05 +01:00
: Delacroix 21 January, 2016, 15:40:55 +01:00
: anapastor123 09 January, 2016, 12:13:44 +01:00
Lo solicité ayer. Tienen que notificar que está concedido o cómo va?
Hola. Cuanto tardan en decirte que te lo han concedido y quien te lo comunica?
Me han contestado ya. Concedido. Me caso el 5 de marzo y empalmo con semana santa
Tú no serás de Dos Hermanas, ¿no? Porque entonces te conozco...
Córdoba capital
Hola!tengo una dudilla, mi pareja y yo tenemos pensado hacernos pareja de hecho, aún no sabemos fecha, pero para pedir el permiso de los 15 días tengo que entregar algún documento en el que conste la fecha en que se produce la unión?
Yo también tengo una duda. El año pasado me hice pareja de hecho y me concedieron 15 días de permiso. Este año me voy a casar y quiero saber si me corresponden los 15 días o no. Hay gente a la que se les han concedido los permisos y otros que no. Gracias. Ah, yo si cambio el estado civil. Cuando te haces pareja de hecho no cambia tu estado civil.
: frato 30 January, 2016, 15:21:58 +01:00
Yo también tengo una duda. El año pasado me hice pareja de hecho y me concedieron 15 días de permiso. Este año me voy a casar y quiero saber si me corresponden los 15 días o no. Hay gente a la que se les han concedido los permisos y otros que no. Gracias. Ah, yo si cambio el estado civil. Cuando te haces pareja de hecho no cambia tu estado civil.
Yo tengo entendido que no te conceden 2 veces el permiso, pero por preguntar o intentarlo que no quede.
Si es con la misma persona no te corresponde nada
Me puedo coger el permiso de boda antes de la boda??
Enviado desde mi iPhone utilizando Tapatalk
No
Entonces entiendo que el permiso empieza desde el día de la boda o a posteriori, nunca con anterioridad.... es que leyendo la normativa indica que "Los quince días de duración del permiso se han de entender naturales, y deben ser
consecutivos, y disfrutarse bien desde el día en que se celebre el matrimonio o se constituya la pareja de hecho, bien dentro del año natural correspondiente al hecho causante, siempre que las necesidades del servicio lo permitan"
Dentro del año natural.... pero no deja claro que no se pueda con anterioridad......
Gracias por contestar anapastor123.
¿Cual es la legislación vigente que recoge el permiso?¿El Estatuto Basico del Empleado Publico?
CIRCULAR DE 6 DE FEBRERO DE 2013, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS, SOBRE PERMISOS, LICENCIAS Y REDUCCIONES DE JORNADA DEL PERSONAL DOCENTE DEL ÁMBITO DE GESTIÓN
DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA.
Buenas tardes,
Espero que alguno pueda ayudarme. Veréis, soy un aspirante a interino que se casa en dos semanas y cuál es mi sorpresa que veo que estoy el 25 en la bolsa. Tengo ya reservado el vaije de luna de miel y no es precisamente cerca. Si me llaman antes de la boda, ¿podría pedir esos quince días aunque lleve un día trabajado? Y si lo hacen después, ¿tendría derecho a esos días aunque me haya casado antes de que me llamasen?
Muchas gracias a todos.
¿Cuanto tardan en confirmarte o denegarte el permiso y quien en el centro debe comunicártelo? Hace ya mas de 3 semanas que lo pedí....
En mi caso fue una semana (Córdoba)
Hola! Me caso en el juzgado el 15 de septiembre, un viernes, mi problema es que este año comencé a trabajar el 21 de septiembre y no sé cuál será mi situación el curso siguiente para esas fechas. La cosa es que pensé postergar el permiso de matrimonio a octubre para no estar de luna miel y que puedan llamarme durante la misma, en el caso de no tener vacante, pero, si me caso un viernes... tengo que cogerme el permiso desde ese día para poder ausentarme? Las clases empiezan el 15?
A ver si me podéis ayudar, que estoy agobiadísima. Gracias!
Buenas tardes:
Mi pareja y yo, ambos funcionarios docentes nos queremos casar el 1 de julio de este año, con lo que, para aprovechar los días, queremos cogerlos entre octubre y noviembre del mismo año natural. Mi pregunta es:
1. ¿En qué condiciones nos pueden denegar a alguno de nosotros el permiso? La circular pone que es potestad de dirección del centro (el cual aún no sabemos cual será porque probablemente cambiemos de centro el año que viene) y de la delegación el otorgar dicho permiso. Me entra la duda de si alguno de los 2 caemos en un centro con una directiva "especialita" y nos quieren denegar dicho permiso ¿Lo pueden hacer si no es época de evaluaciones ni nada parecido?
2. Por otro lado, en dicho caso me gustaría saber. Si el primer día que empieza el permiso es un lunes. ¿Cuenta a partir del lunes o empieza a contar a partir del sábado anterior? Gracias, un saludo.