¡CUIDAMOS LA PÚBLICA!

'

La Semana Santa cuenta???

Iniciado por Laura_Pink, 28 Marzo, 2014, 20:27:29 PM

Tema anterior - Siguiente tema

0 Miembros y 2 Visitantes están viendo este tema.

Laura_Pink

Quería saber si la Semana Santa computaba para los 7 meses que hacen falta para cobrar el verano. Gracias por adelantado!!!

toroloco

Cuenta todo, sabados, domingos y festivos


Laura_Pink

No he especificado una cosa. Mi sustitución termina el martes antes de Semana Santa. Aún así cuenta para los 7 meses??

pinochofueapescar

para la bolsa y para cobrar el verano si,
para las oposiciones no.


Scorpio

Posiblemente termino mi sustitución el lunes santo, para el tiempo de servicio ¿me cuenta la Semana Santa entera o solo hasta el lunes? Lo pregunto porque he escuchado que si tu sustitución termina en mitad de la semana, te cuenta toda hasta el Domingo de Resurrección porque el titular se incorporaría el lunes después del Domingo de Resurrección. ¿Alguien sabe algo? Para las oposiciones evidentemente no, porque ya se ha cerrado el periodo de echar solicitudes.

Saludos.

Scipion

Es posible que mi último día sea el día 7 en el ies donde estoy ahora. Sabéis si cuenta la semana santa como tiempo de servicio y se cobra en ese caso?

CumbresBorrascosas

Cita de: Laura_Pink en 29 Marzo, 2014, 17:40:54 PM
No he especificado una cosa. Mi sustitución termina el martes antes de Semana Santa. Aún así cuenta para los 7 meses??

Te pagan, pero creo que no cuenta para verano.
Podrán cortar todas las flores, pero no podrán detener la primavera ...

librecomoelmar

No cuenta para el verano si te cesan antes de semana santa. Cuenta como tiempo de servicio y estás de alta, pero no para el cómputo de los 7 meses


sevi11

#8
ORDEN de 8 de junio de 2011, por la que se regulan
las bolsas de trabajo del personal funcionario interino y
se establecen las bases reguladoras de dicho personal.


4. El personal funcionario interino que cese en la prestación
del servicio en los cinco dí­as lectivos anteriores al inicio
de los períodos vacacionales
de Navidad o Semana Santa tendrá
derecho a la prórroga del nombramiento desde el inicio de
los citados períodos y hasta la finalización de los mismos, considerándose
como servicios efectivos, salvo para el cómputo
de la prórroga de nombramiento correspondiente al período
no lectivo de verano.


Las prórrogas vacacionales de las vacaciones de Navidad y Semana Santa no cuentan para calcular el verano si se han tenido esas prórrogas habiendo cesado antes de esas vacaciones.

Scorpio

¿Y si cesas durante las vacaciones de Semana Santa? En concreto el lunes santo...

Gracias.


¡CUIDAMOS LA PÚBLICA!

'