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Solicitar permiso retribuido por asuntos propios

Iniciado por Aysha, 16 Junio, 2014, 21:52:17 PM

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Aysha

He pedido permiso retribuido por asuntos propios porque debo de hacer una entrevista de trabajo en el extranjero en una fecha determinada ya que seguramente el año que viene no me llamen y me interesa coger ese trabajo.

Lo he pedido casi ya a últimos de junio en una fecha en la que ya han finalizado las clases de sobra, puestas las notas etc..., pero ya me están poniendo problemas diciendo que AÚN ES PERIODO LECTIVO, que el periodo NO LECTIVO (que es cuando se debe de pedir) es sólo Navidad, Semana Santa, Fiestas y JULIO etc..

Mi pregunta es CUÁNDO ES EXACTAMENTE PERIODO NO LECTIVO y en qué normativa viene.

Luego me han pedido que justifique y entregue los papeles pero yo OPINO QUE SI SON ASUNTOS PROPIOS NO TENDRÍA QUE DAR EXPLICACIONES.

Para colmo me dicen que si me voy al extranjero tengo que informar de ello a la Delegación.

FLAFLI o alguien me puede ayudar??? Le estaría muy agradecida.

Lux

Uff, con este tema yo he visto ya opiniones diferentes según la Delegación, por ejemplo en Granada nos ha dicho la inspectora que se denegaran todas ya que periodo no lectivo serían semana santa, navidad,...julio y agosto. En cambio, tengo compañeras trabajando en Almería que le han dicho que se los conceden siempre sea cuando no hay niños, a ella ya se los han concedido.

Así que lo mismo si llamas a un sindicato, le puedes comentar que hay provincias donde ya se están dando...

¿Dónde trabajas tu?


Aysha

Mil gracias Lux.
Trabajo en la provincia de Córdoba, pero esto es una vergüenza, la última circular de Licencias y Permisos establece que se les reconoce a los funcionarios de carrera ( no a los interinos) la posibilidad de 3 días en el curso de permiso por asuntos propios retribuidos. Muy bien, luego hay una famosa circular firmada por la señora Cascales que dice que sí pero que en períodos no lectivos.

QUIEN HACE LA LEY HACE LA TRAMPA,  por lo visto periodo lectivo se considera hasta el 30 de junio aunque no haya niños, lo cual me parece de risa porque consideran no lectivo períodos en que de por sí nos tomamos todos vacaciones. Además va en contra de lo que establece el propio DECRETO 301/2009, de 14 de julio, por el que se regula el calendario y la jornada escolar en los centros docentes, a excepción de los universitarios.
Artículo 2. Definiciones.
A los efectos previstos en el presente Decreto se entiende por:
e) Días lectivos, los días que incluyen horario lectivo con el alumnado de acuerdo con lo recogido en el calendario escolar.

http://www.adideandalucia.es/normas/decretos/Decreto301-14julio2009calendariojornadaescolar.pdf

CON LO CUAL, TODO ES UNA ENGAÑIFA, en la práctica los funcionarios de carrera sólo pueden cogerse PERMISOS NO RETRIBUIDOS, NO LES COMPENSA PEDIR PERMISOS RETRIBUIDOS PORQUE ES DE IDIOTAS, SON PERIODOS QUE DE POR SÍ SON VACACIONES, una vergüenza, ¿QUÉ DICEN LOS SINDICATOS? no lo digo por mí, que yo ya lo mío lo tengo claro, lo digo por los funcionarios de carrera. Yo si fuera ellos protestaba por este insulto a la inteligencia.

galadriel

En mi centro nos hemos pedido  en masa el 30 de junio como permiso por asuntos personales retribuido. Tengo entendido que los concede el director y como en este caso ha sido idea suya, pues supongo que nos lo concederá.  :)
Be friki, my friend.


Lux

He hablado con la compañera que he puesto que se lo habían concedido, me dice que la directora se lo ha firmado a todos, ya que ella misma es la que se lo contó al sus equipo educativo para que se lo pidieran.  Me comenta que su temor es que sea Delegación la que lo conceda y que en ese caso tendría que salir en Séneca que la han concedido. Ella la pidió hace casi una semana ya la tiene guardada la directora, en Séneca me dice que tardan 1 semana o poco más.

En cuanto a la circular la última que leí no decía nada de interinos y hablaba de 4 días. Es más, mi amiga es interina al igual que yo.

Vamos, que un lío y que cada cual interpreta la normativa como más le conviene....en fin....con lo bien que me vendrían algunos días para mudarme....A ver si alguien sabe algo más.

OSCAFI

Alguien me puede indicar la normativa o circular que recoge los dias de asuntos propios del profesorado?
Gracias

respublica

Cita de: OSCAFI en 18 Junio, 2014, 14:04:38 PM
Alguien me puede indicar la normativa o circular que recoge los dias de asuntos propios del profesorado?

CIRCULAR de 5 de mayo de 2014, de la Dirección General de Gestión de Recursos Humanos, por la que se procede a la actualización de la de 6 de febrero de 2013, sobre permisos, licencias y reducciones de jornada del personal docente del ambito de gestión de la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía, así como se incorpora a la misma lo establecido en la Orden de 4 de marzo de 2014.


II.2.10. PERMISOS POR ASUNTOS PARTICULARES RETRIBUIDOS.

Dadas las características especiales del calendario y la jornada escolar, los permisos por asuntos particulares retribuidos a que se refiere el artículo 48.k) de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, en la redacción dada por la disposición adicional cuarta de la Ley Orgánica 9/2013, de 20 de diciembre, de control de la deuda comercial en el sector público, podrá disfrutarlos el personal docente en los períodos no lectivos del referido calendario escolar.

En tales períodos, las personas titulares de las direcciones de los centros o responsables de los servicios educativos podrán conceder hasta un máximo de cuatro días en cada curso académico, sin perjuicio de lo establecido en la cláusula séptima del Acuerdo de 9 de julio de 2013. El permiso, cuyo disfrute estará condicionado a las necesidades del servicio educativo, será, en todo caso, proporcional al período trabajado en el correspondiente curso académico.

Las personas titulares de las direcciones de los centros o responsables de los servicios educativos podrán denegar el disfrute de este permiso en los días en que los centros tengan programadas actividades relacionadas con la evaluación del alumnado o con la preparación del curso académico.



ACLARACIONES a la CIRCULAR de 6 de febrero de 2013, de la Dirección General de Gestión de Recursos Humanos, sobre permisos, licencias y reducciones de jornada del personal docente del ámbito de gestión de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte de la Junta de Andalucía:

10. ASUNTOS PARTICULARES RETRIBUIDOS.

El disfrute de este permiso, incluido en el apartado II.2.10 de la Circular, estará siempre subordinado no sólo a lo establecido en dicho apartado, sino a las necesidades del servicio educativo.

Así, y por analogía con otros permisos retribuidos —como los incluidos en el apartado II.2.9—, las personas titulares de las direcciones de los centros o responsables de los servicios educativos arbitrarán las medidas oportunas para que el servicio educativo, incluidas las tareas de evaluación y de preparación del curso, no resulte afectado.



Saludos.

- Cuando todos piensan igual, ninguno está pensando -

Juan Antonio López

Cita de: OSCAFI en 18 Junio, 2014, 14:04:38 PM
Alguien me puede indicar la normativa o circular que recoge los dias de asuntos propios del profesorado?
Gracias

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respublica

Cita de: pillus en 18 Junio, 2014, 21:26:39 PM
¿Los interinos con vacante también podemos pedirlos?

Según la normativa que antes cité todo el personal docente puede solicitar los permisos por asuntos particulares distribuidos, pero en el caso de los interinos, tengan o no vacante, el número máximo de días es proporcional al tiempo que lleve trabajado ese curso, y así serán 4 días si lleva trabajando todo el curso, 2 si lleva la mitad, etc.


Saludos.

- Cuando todos piensan igual, ninguno está pensando -

mruzmor339

No se pueden dar asuntos propios retribuidos antes del 30 de Junio, dice que será en períodos no lectivos, esto es: navidad, semana santa y Julio.


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