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Normativa sobre intercambios temporales para interinos

Iniciado por mariasf, 23 Julio, 2014, 10:17:34 AM

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mariasf

¿Alguien sabe donde puedo buscar la normativa para hacer intercambios de vacantes entre interinos? en otro hilo esta la de las permutas para los funcionarios con plaza definitiva pero no he encontrado la de los interinos.
Gracias de antemano

roussita

Hola a mi también me gustaría saber como se llevará a cabo las permutas  para interinos con vacante y a partir de que día se comenzará a llevar a cabo.UN SALUDO Y GRACIAS


larepanoya

Flafy, Francisco Javier, por favor informarnos informadnos. Gracias
"El exito es conseguir lo que quieres y la felicidad es querer lo que consigues"

unodejerez

Artículo 26 de la Orden de 11 de junio de 2013, por la que se modifica la de 8 de junio de 2011, por la que se regulan las bolsas de trabajo del personal funcionario interino y se establecen las bases reguladoras de dicho personal.


unodejerez


sevi11

#5
«Artículo 26. Conciliación de la vida laboral y familiar.
1. Sin perjuicio de lo establecido en el artículo 13.2, el personal funcionario interino integrante de las
bolsas de trabajo podrá manifestar, en la forma que establezca la Resolución que convoque el correspondiente
procedimiento de adjudicación de destinos provisionales, el deseo de no concurrir al mismo, por una sola vez
con las mismas consecuencias que el referido artículo establece para el personal no participante. Esta opción,
sin embargo, no computará a los efectos de lo establecido en el párrafo segundo de dicho artículo 13.2.
2. Una vez publicada la resolución definitiva de adjudicación de destinos provisionales para cada curso
académico, el personal funcionario interino adjudicatario de destinos podrá solicitar intercambio de puestos,
en el plazo que se indique en las convocatorias de los referidos procedimientos, de acuerdo con los siguientes
requisitos:
a) Que los destinos sean del mismo cuerpo y la misma especialidad.
b) Que el tiempo de servicio, en su caso, con que cuenten quienes pretenden el intercambio no difiera
entre sí en más de cinco años.
Solamente se podrá solicitar y, en su caso, obtener un intercambio por curso académico. Quienes
soliciten intercambio deberán continuar en el puesto adjudicado hasta que recaiga resolución estimatoria.»

BOJA 115 de 2013, página 10 y 11.

larepanoya

"El exito es conseguir lo que quieres y la felicidad es querer lo que consigues"

Liadilla!

Cita de: sevi11 en 23 Julio, 2014, 13:03:56 PM
«Artículo 26. Conciliación de la vida laboral y familiar.
1. Sin perjuicio de lo establecido en el artículo 13.2, el personal funcionario interino integrante de las
bolsas de trabajo podrá manifestar, en la forma que establezca la Resolución que convoque el correspondiente
procedimiento de adjudicación de destinos provisionales, el deseo de no concurrir al mismo, por una sola vez
con las mismas consecuencias que el referido artículo establece para el personal no participante. Esta opción,
sin embargo, no computará a los efectos de lo establecido en el párrafo segundo de dicho artículo 13.2.
2. Una vez publicada la resolución definitiva de adjudicación de destinos provisionales para cada curso
académico, el personal funcionario interino adjudicatario de destinos podrá solicitar intercambio de puestos,
en el plazo que se indique en las convocatorias de los referidos procedimientos, de acuerdo con los siguientes
requisitos:
a) Que los destinos sean del mismo cuerpo y la misma especialidad.
b) Que el tiempo de servicio, en su caso, con que cuenten quienes pretenden el intercambio no difiera
entre sí en más de cinco años.
Solamente se podrá solicitar y, en su caso, obtener un intercambio por curso académico. Quienes
soliciten intercambio deberán continuar en el puesto adjudicado hasta que recaiga resolución estimatoria.»

BOJA 115 de 2013, página 10 y 11.

He leído que los funcionarios de carrera únicamente podrán realizar permutas una vez cada diez años. Esto también es así en el caso de los interinos? Si solicito ahora (siendo interina) una permuta, no podré solicitar otra hasta dentro de 10 años? Agradezco una rápida respuesta, porque no queda mucho tiempo...


FLAFLI

Estás hablando de 2 cosas distintas. No hay límite en los intercambios temporales del personal interino,  que no es en ningún caso una permuta, aunque coloquialmente se utilice ese término.
Si buscas el interés general, mejorarás el propio

HAN CAMBIADO LAS NORMAS DE JUEGO SIN LA CIUDADANÍA, Y SIGUEN QUERIENDO QUE LAS RESPETEMOS

No son ajustes, es una destrucción de la sociedad, ante ataques destructivos, respuestas contundentes

Si luchas puedes que no ganes, si no luchas ya has perdido

GRAN MOVILIZACIÓN PROFESORADO INTERINO

Liadilla!

Cita de: FLAFLI en 08 Agosto, 2014, 07:48:11 AM
Estás hablando de 2 cosas distintas. No hay límite en los intercambios temporales del personal interino,  que no es en ningún caso una permuta, aunque coloquialmente se utilice ese término.

Muchas gracias, Flafli


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