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¿Alguien ha leído la resolución de los destinos definitivos?

Iniciado por alempp, 05 Agosto, 2014, 16:49:59 PM

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alempp

En el apartado segundo de la resolución pone:

"El personal al que se refiere la presente Resolución tomará posesión de los puestos
adjudicados el día 1 de septiembre de 2014.
La no ocupación del puesto adjudicado por el citado personal en la referida fecha podrá
acarrear responsabilidad disciplinaria y supondrá, expresamente para el personal funcionario
interino, la exclusión de la correspondiente bolsa de trabajo, de conformidad con lo establecido en el
artículo 13.1, d) de la Orden de 8 de junio de 2011, por la que se regulan las bolsas de trabajo del
personal funcionario interino y se establecen las bases reguladoras de dicho personal."

¿ESto significa que hay que incorporarse al nuevo centro desde el 1 de septiembre? ¿No hay que ir al antiguo centro a realizar los exámenes de septiembre?

La pepa

Yo la he leido y me ha sorprendido porque cuando pedimos para los destinos ponía que había que volver en septiembre los que obtuvieran vacante ahora y en esta resolución no. Según dice esta resolución está claro que hay que estar en el nuevo destino el dia 1.


pepa46




hamara

Tengo entendido que el primer día se debe ir al nuevo destino. Los siguientes días, para sesiones de evaluación, al centro anterior.

alempp

Cita de: hamara en 05 Agosto, 2014, 17:22:11 PM
Tengo entendido que el primer día se debe ir al nuevo destino. Los siguientes días, para sesiones de evaluación, al centro anterior.

Pero eso lo pone en algún lado???

Palante1.

Si los exámenes son el día uno en el antiguo centro y tenemos que examinar ¿cómo vamos a estar en el nuevo centro?

La pepa

Yo no voy a volver al antiguo centro entre otras cosas porque el que me han adjudicado esta a 4 horas del anterior así que me voy al nuevo directamente y si puedo incluso algo antes para buscar piso etc etc etc


hamara

En la resolución de 19 de mayo de la convocatoria de destino, te dice que el que obtenga destino ahora en las definitivas informatizadas, debe permanecer en su centro de origen hasta que que concluyan las actividades previstas para la finalización del curso anterior.

A mí también me pilla muy lejos el centro en el que estuve el año pasado (algo más de 3 horas) pero debo ir a las evaluaciones.

alempp

Cita de: hamara en 05 Agosto, 2014, 17:43:06 PM
En la resolución de 19 de mayo de la convocatoria de destino, te dice que el que obtenga destino ahora en las definitivas informatizadas, debe permanecer en su centro de origen hasta que que concluyan las actividades previstas para la finalización del curso anterior.

A mí también me pilla muy lejos el centro en el que estuve el año pasado (algo más de 3 horas) pero debo ir a las evaluaciones.

Esto es lo que pone en la resolución del 19 de mayo:

"DECI MOTERCERA. PUBLIC ACIÓN DE ADJUDICACIÓN DE DESTINOS Y EFECTOS .
1. Mediante Resolución de la Dirección General de Gestión de Recursos Humanos, se adjudicarán
provisionalmente los destinos, concediéndose un plazo de cinco días naturales a partir de su exposición en los
tablones de anuncios de las Delegaciones Territoriales de Educación, Cultura y Deporte, para reclamaciones y, en
su caso, desistimientos, y se elevarán a definitivos los listados con los destinos adjudicados, que se publicarán,
asimismo, por Resolución de dicha Dirección General, en los tablones de anuncios de las citadas Delegaciones
Territoriales, con los efectos previstos en el artículo 59.6.b) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. La adjudicación de
destinos se publicará en el portal web de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte, a efectos meramente
informativos.
2. Los destinos adjudicados serán irrenunciables y tendrán efectos económicos y administrativos de 1
de septiembre de 2014.
No obstante, el personal funcionario interino que a la fecha citada de 1 de septiembre de 2014 se halle
de baja por incapacidad temporal, u otro tipo de baja o permiso que suponga pago directo por parte del Instituto
Nacional de la Seguridad Social, no podrá tomar posesión en el destino adjudicado, hasta pasar a la situación de
alta, sin perjuicio de su inscripción en el registro integrado de recursos humanos a los efectos del cómputo del
período que corresponda en la bolsa de trabajo.
3. Asimismo, y sin menoscabo de lo establecido en el apartado 2, el personal que obtenga destino por
este procedimiento deberá permanecer en su centro de origen, en su caso, hasta que concluyan las actividades
previstas para la finalización del curso anterior."

Me parece un poco contradictorio.


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