¡CUIDAMOS LA PÚBLICA!

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5 días de asuntos propios

Iniciado por loladog, 20 Septiembre, 2014, 18:01:30 PM

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loladog

Hola a tod@s!
El día 17 de septiembre se aprobó una ley de racionalización del Sector Público, la cual modifica el articulo 48, letra k) de la ley 7/2007, Los estatutos del trabajador publico. Ahora bien, se dice que tenemos 5 días de asuntos propios.
Y mi duda es si como maestros podemos hacer uso de ellos a nuestra voluntad. No como un rumor que salió el mes de junio que nosotros teníamos 3 días no los podíamos disfrutar en periodos que hubiera niños, o tuviésemos que organizar el curso o cerrar el curso, es decir no los podíamos coger.
¿Alguien puede resolverme esta duda?
Muchas gracias

RM

Por lo que yo he oído es potestad del director concederlo y siempre que no sea en período lectivo con alumnos.


loladog

Gracias RM pero nuestro director dijo que tenía orden desde inspección educativa de no concederlos  :'(

RM

Como dije arriba es potestad del director  el concederlos o no y te los puede denegar.


Bosón

En mi centro fueron el 30 de junio y 9, 10 y 11 de septiembre.


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