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Ustea a Qué espera para impugnar la bolsa de inglés????

Iniciado por trizbea, 26 Octubre, 2014, 14:35:24 PM

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maicon

Yo lo que no entiendo es esta reclamación para nada. Se supone que el punto más importante de porque la bolsa es ilegal, es porque los aspirantes no cumplen con los requisitos de la especialidad de inglés. No son maestros de inglés con titulación! Parece ser que la ley dice que debes tener la especialidad o como mínimo se de magisterio más la EOI. Perdonadme, quizás soy yo el que no se entera.

trizbea

Flafli está bien que podamos presentar esa reclamación, ya seamos afectados o no, ya que cinozvo gente que no le afecta porque no son de inglés pero si son aspirantes en otros cuerpos y quieren solidarizarse y apoyar a compañeros de inglés,  esta bolsa no solo va contra la normativa,  va sobre el respeto a muchos años de oposiciones, a la moralidad de los aspirantes que luchan por entrar a un aula. Así que además de que nosotros podamos presentar esta reclamación que por cierto ha debido costar mucho esfuerzo porque desde que empezaron a llamar al primero de la lista han pasado 15 días,  USTEA DEBE SOLICITAR LA SUSPENSION CAUTELAR como ha hecho FETE-UGT, de nada nos sirve esto si siguen llamando a gente, como bien se dice en el escrito habiendo gente en bolsas bilingues que cumplen lps requisitos.  Asíque cada vez eestá más claro que la palabra URGENTE de esta bolsa es igual a IMPRESENTABLES Y CORRUPCION


maicon

Vamos en la reclamación debería de existir algún punto donde dignificara a los que somos especialistas de inglés. El año pasado no nos dejaron entrar en primaria bilingüe porque decían que no teníamos la especialidad de primaria. Y este año todos los maestros con b2 pueden entrar en una bolsa de maestros de inglés sin tener la especialidad. Para eso que desaparezca nuestra especialidad. ¡¡¡Gracias Ustea por defender los derechos de los especialistas de ingles!!!

mgarhod

Muchisimas gracias flafli por ayudar a los chicos, no esperaba menos,  les abre una puerta para reclamar, pero el departamento juridico de ustea  podria replantearse  como unirse al recurso de fete-ugt e impugnarla como sindicato ? por supuesto con normativa en mano y basandose en lo legislado para que no puedan echarla para atras por defecto de forma .En las huelgas hace años, cada sindicato convocaba para un dia, desde hace unos quince todos los sindicatos convocan el mismo dia porque han comprendido que la union hace La fuerza, sea como fuere te doy las gracias a modo personal .gente como tu , hara que no digamos esa frase que tampoco te gusta oir,(ni a mi) los sindicatos no hacen nada,  NUEVAMENTE MIL GRACIAS y si puedes continua informandolos de los pasos a seguir.
CHICOS os deseo muchisima suerte ,teneis todo mi apoyo .


trizbea

Cita de: mgarhod en 30 Octubre, 2014, 18:57:30 PM
Muchisimas gracias flafli por ayudar a los chicos, no esperaba menos,  les abre una puerta para reclamar, pero el departamento juridico de ustea  podria replantearse  como unirse al recurso de fete-ugt e impugnarla como sindicato ? por supuesto con normativa en mano y basandose en lo legislado para que no puedan echarla para atras por defecto de forma .En las huelgas hace años, cada sindicato convocaba para un dia, desde hace unos quince todos los sindicatos convocan el mismo dia porque han comprendido que la union hace La fuerza, sea como fuere te doy las gracias a modo personal .gente como tu , hara que no digamos esa frase que tampoco te gusta oir,(ni a mi) los sindicatos no hacen nada,  NUEVAMENTE MIL GRACIAS y si puedes continua informandolos de los pasos a seguir.
CHICOS os deseo muchisima suerte ,teneis todo mi apoyo .
Muchas gracias por tu apoyo.  Flafli desde servicios jurídicos de Ustea también van a hacer algo no?

maicon

¿Pero en serio que nadie apoya en este foro a los especialistas de inglés, que somos los que deberíamos trabajar en esta bolsa? Vamos que cada uno araña lo que te interesa, olvidándose de la moral y la ley. Solo espero que la Junta no nos haga ni caso, porque vamos. Aquí no hay unión ni nada, solo nos preocupamos de lo nuestro.

FLAFLI

Cita de: FLAFLI en 30 Octubre, 2014, 01:29:16 AM
Buenas, os comento.

Recurrir cualquier procedimiento, norma o lo que se considere, no es algo como ir a comprar el pan. Se puede estar en contra, ver inmoral, injusto, pero ser legal.

Recurrir una norma como una resolución, por parte de una organización, ha de ser avalada por un órgano de la organización, es decir, que no vale que Andrés Ruiz, responsable de jurídico de USTEA, mande recurrir una norma, la tiene que decidir el sindicato que es el que reclama y avala, y en USTEA, las decisiones no son personales. Porqué comento esto, porque si esto no lo decide el sindicato, la Junta puede tirar el recurso por defecto de forma. Dicho esto, además de tener la intención, los servicios jurídicos deben tenerlo claro, y saber por donde pueden meter mano y dar para el pelo, y eso conlleva un tiempo.

Luego está el tema de los recursos a las sentencias o actuaciones, es decir, que por mucho que se recurra y se gane, estas sentencias siempre se recurren a la siguiente instancia, lo que alarga el proceso durante más tiempo, y como es tan rápida la justicia...

Una vez dado el rollo, os comento lo que se.

Se va a recurrir pero solicitando únicamente la suspensión de llamamientos para el personal que no cumple la normativa.

Además, dado que los servicios jurídicos consideran que es mejor las denuncias de los afectados, que son los que realmente sufren las ilegalidades, que una organización sindical, USTEA va a solicitar que el personal afectado también realice una reclamación a la inspección de trabajo rellenando el siguiente formulario y presentandolo en la inspección de trabajo o en la sede de USTEA para que se presente.

http://www.empleo.gob.es/itss/web/atencion_al_ciudadano/Descarga_de_Formularios/formularios_pdf/Escrito_Denuncia_IP-107.pdf


RELATO DE LOS HECHOS.

La Consejería de Educación realizó una convocatoria urgente para cubrir puestos del cuerpo de maestros de la especialidad lengua-extranjera inglés, por agotarse la bolsa de interinos de dicha especialidad.

En esa convocatoria, además del personal integrante en las bolsas del cuerpo de maestros que cumplen con la titulación exigida, se permite participar a personal que no pertenece a bolsa alguna.

Este procedimiento que admite a personas que no han accedido a bolsa alguna como establece el Decreto 311/2012 y el Decreto 302/2010 en su artículo 22 de acceso mediante bolsas extraordinarias, y el artículo 17 que cita: "De acuerdo con lo establecido en el artículo 15.6 de la Ley 17/2007, de 10 de diciembre, el acceso al desempeño de funciones docentes como personal funcionario interino se regirá por los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad." Va contra la normativa anteriormente expuesta, al permitir que una persona que no pertenece a bolsa alguna, pueda ser llamada para cubrir un puesto de la especialidad convocada, pues esta resolución no es una convocatoria de acceso a una bolsa, como establecen los decretos mencionados anteriormente.

Además, la supuesta urgencia, en el caso de hubiese sido realmente urgente a fin de garantizar la atención educativa del alumnado, se hace también innecesaria, cuando el personal integrante de las bolsas del cuerpo de maestros de primaria bilingüe inglés, posee los requisitos necesarios establecidos en la convocatoria urgente, personal interino disponible para cubrir dicha urgencia y de la cual la Consejería tiene conocimiento.

Además, para la ordenación de esa lista, no bolsa de interinos, se utiliza el criterio de expediente académico, omitiendo lo establecido en el artículo 17 del Decreto 302/2010 sobre capacidad, el cual se omite en la convocatoria de esta resolución, precisamente porque el personal no integrante de bolsa alguna, no posee superación de prueba alguna de oposiciones o haber realizado proceso de acceso a la bolsa como establece la norma. También se ningunea el mérito, al limitarse simplemente a una cuestión puntual de un mérito concreto, sin tener en cuenta otra formación y méritos obtenidos, que valoren realmente el mérito de la persona.

También, la resolución se permite la intención de regularizar la ilegalidad cometida a posteriori, al exigir al personal que no es integrante de las bolsas, que deberán participar en la bolsa extraordinaria que se convoque, intentando justificar así que aunque no pertenezca a bolsa alguna, pertenecerá dentro de unos meses.

Por todo ello, solicito la actuación de la Inspección de Trabajo, al permitirse el cubrir puestos por personal que no cumple la normativa, causándome un doble daño:

- El no poder ser llamado para cubrir estos puestos o ser llamado dentro de unos meses, precisamente porque se ha estado llamando a este personal no integrante de bolsa alguna.

- Que el tiempo de servicio que puedan obtener las personas no integrantes de las bolsas, sea utilizado para ordenaciones de bolsas futuras, siendo perjudicad@ en la ordenación de la bolsa.

Creo que lo que he señalado  en rojo explica lo que se pregunta.

USTEA no va a pedir la suspensión cautelar de toda la convocatoria, solamente de quienes no deben estar en esa convocatoria por lo que dicta la normativa, y la resolución, recuerdo, no es normativa, es una aplicación de la norma, cosa que los servicios jurídicos de USTEA entienden que no cumple totalmente la normativa.

La junta, va alegar a la reclamación de FETE que el interés del alumnado está por encima de todo, y suspender los llamamientos de la lista de la resolución, crearía un problema mayor.

Ante esto, USTEA solamente va a solicitar la suspesión de llamamientos de quienes no cumplen la normativa, y que solamente puedan ser llamados, hasta que se resuelva la legalidad total de esta resolución, a quienes si la cumplen, pues se está permitiendo con esa resolución la entrada de gente que no cumple lo que dice la norma.

Con esta situación, que no vulneraría el derecho de quien si cumple la norma, y la atención al alumnado, es más probable que un juzgado pueda suspender cautelarmente los llamamientos de quienes no lo cumplen.

También una respuesta de la inspección de trabajo en esa linea, ayudaría.

Que puede pasar.

De todo.

Que no se suspenda cautelarmente, total o parcialmente, los llamamientos.

Que se suspenda una parcialmente o totalmente.

En justicia, todo puede pasar, por muy claro que se tengan las cuestiones.
Si buscas el interés general, mejorarás el propio

HAN CAMBIADO LAS NORMAS DE JUEGO SIN LA CIUDADANÍA, Y SIGUEN QUERIENDO QUE LAS RESPETEMOS

No son ajustes, es una destrucción de la sociedad, ante ataques destructivos, respuestas contundentes

Si luchas puedes que no ganes, si no luchas ya has perdido

GRAN MOVILIZACIÓN PROFESORADO INTERINO

bibi7

FLAFLI, si esta convocatoria sigue adelante y se resuelve, creo que habrá muchos empates según el baremo que ha salido, la mayoría saldrán del apartado de FORMACIÓN ACADÉMICA y mi duda es si al resolver el empate y llegar a la nota del expediente académico tendrían en cuenta la nota personal del expediente de los empatados para desempatar.
Algo tan simple como tu apellido se va a convertir en una gran lotería, la letra K y el que esté empatado por ejemplo con una puntuación de 1 y se apellide Leiva podrá estar muchísimos puestos delante del que se apellide Jumilla.
anaidpreocupados
Gracias


FLAFLI

Perdona pero no entiendo lo que comentas, te refieres a esta lista?
Si buscas el interés general, mejorarás el propio

HAN CAMBIADO LAS NORMAS DE JUEGO SIN LA CIUDADANÍA, Y SIGUEN QUERIENDO QUE LAS RESPETEMOS

No son ajustes, es una destrucción de la sociedad, ante ataques destructivos, respuestas contundentes

Si luchas puedes que no ganes, si no luchas ya has perdido

GRAN MOVILIZACIÓN PROFESORADO INTERINO

aliah

Cita de: FLAFLI en 31 Octubre, 2014, 10:51:31 AM
Cita de: FLAFLI en 30 Octubre, 2014, 01:29:16 AM
Buenas, os comento.

Recurrir cualquier procedimiento, norma o lo que se considere, no es algo como ir a comprar el pan. Se puede estar en contra, ver inmoral, injusto, pero ser legal.

Recurrir una norma como una resolución, por parte de una organización, ha de ser avalada por un órgano de la organización, es decir, que no vale que Andrés Ruiz, responsable de jurídico de USTEA, mande recurrir una norma, la tiene que decidir el sindicato que es el que reclama y avala, y en USTEA, las decisiones no son personales. Porqué comento esto, porque si esto no lo decide el sindicato, la Junta puede tirar el recurso por defecto de forma. Dicho esto, además de tener la intención, los servicios jurídicos deben tenerlo claro, y saber por donde pueden meter mano y dar para el pelo, y eso conlleva un tiempo.

Luego está el tema de los recursos a las sentencias o actuaciones, es decir, que por mucho que se recurra y se gane, estas sentencias siempre se recurren a la siguiente instancia, lo que alarga el proceso durante más tiempo, y como es tan rápida la justicia...

Una vez dado el rollo, os comento lo que se.

Se va a recurrir pero solicitando únicamente la suspensión de llamamientos para el personal que no cumple la normativa.

Además, dado que los servicios jurídicos consideran que es mejor las denuncias de los afectados, que son los que realmente sufren las ilegalidades, que una organización sindical, USTEA va a solicitar que el personal afectado también realice una reclamación a la inspección de trabajo rellenando el siguiente formulario y presentandolo en la inspección de trabajo o en la sede de USTEA para que se presente.

http://www.empleo.gob.es/itss/web/atencion_al_ciudadano/Descarga_de_Formularios/formularios_pdf/Escrito_Denuncia_IP-107.pdf


RELATO DE LOS HECHOS.

La Consejería de Educación realizó una convocatoria urgente para cubrir puestos del cuerpo de maestros de la especialidad lengua-extranjera inglés, por agotarse la bolsa de interinos de dicha especialidad.

En esa convocatoria, además del personal integrante en las bolsas del cuerpo de maestros que cumplen con la titulación exigida, se permite participar a personal que no pertenece a bolsa alguna.

Este procedimiento que admite a personas que no han accedido a bolsa alguna como establece el Decreto 311/2012 y el Decreto 302/2010 en su artículo 22 de acceso mediante bolsas extraordinarias, y el artículo 17 que cita: "De acuerdo con lo establecido en el artículo 15.6 de la Ley 17/2007, de 10 de diciembre, el acceso al desempeño de funciones docentes como personal funcionario interino se regirá por los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad." Va contra la normativa anteriormente expuesta, al permitir que una persona que no pertenece a bolsa alguna, pueda ser llamada para cubrir un puesto de la especialidad convocada, pues esta resolución no es una convocatoria de acceso a una bolsa, como establecen los decretos mencionados anteriormente.

Además, la supuesta urgencia, en el caso de hubiese sido realmente urgente a fin de garantizar la atención educativa del alumnado, se hace también innecesaria, cuando el personal integrante de las bolsas del cuerpo de maestros de primaria bilingüe inglés, posee los requisitos necesarios establecidos en la convocatoria urgente, personal interino disponible para cubrir dicha urgencia y de la cual la Consejería tiene conocimiento.

Además, para la ordenación de esa lista, no bolsa de interinos, se utiliza el criterio de expediente académico, omitiendo lo establecido en el artículo 17 del Decreto 302/2010 sobre capacidad, el cual se omite en la convocatoria de esta resolución, precisamente porque el personal no integrante de bolsa alguna, no posee superación de prueba alguna de oposiciones o haber realizado proceso de acceso a la bolsa como establece la norma. También se ningunea el mérito, al limitarse simplemente a una cuestión puntual de un mérito concreto, sin tener en cuenta otra formación y méritos obtenidos, que valoren realmente el mérito de la persona.

También, la resolución se permite la intención de regularizar la ilegalidad cometida a posteriori, al exigir al personal que no es integrante de las bolsas, que deberán participar en la bolsa extraordinaria que se convoque, intentando justificar así que aunque no pertenezca a bolsa alguna, pertenecerá dentro de unos meses.

Por todo ello, solicito la actuación de la Inspección de Trabajo, al permitirse el cubrir puestos por personal que no cumple la normativa, causándome un doble daño:

- El no poder ser llamado para cubrir estos puestos o ser llamado dentro de unos meses, precisamente porque se ha estado llamando a este personal no integrante de bolsa alguna.

- Que el tiempo de servicio que puedan obtener las personas no integrantes de las bolsas, sea utilizado para ordenaciones de bolsas futuras, siendo perjudicad@ en la ordenación de la bolsa.

Creo que lo que he señalado  en rojo explica lo que se pregunta.

USTEA no va a pedir la suspensión cautelar de toda la convocatoria, solamente de quienes no deben estar en esa convocatoria por lo que dicta la normativa, y la resolución, recuerdo, no es normativa, es una aplicación de la norma, cosa que los servicios jurídicos de USTEA entienden que no cumple totalmente la normativa.

La junta, va alegar a la reclamación de FETE que el interés del alumnado está por encima de todo, y suspender los llamamientos de la lista de la resolución, crearía un problema mayor.

Ante esto, USTEA solamente va a solicitar la suspesión de llamamientos de quienes no cumplen la normativa, y que solamente puedan ser llamados, hasta que se resuelva la legalidad total de esta resolución, a quienes si la cumplen, pues se está permitiendo con esa resolución la entrada de gente que no cumple lo que dice la norma.

Con esta situación, que no vulneraría el derecho de quien si cumple la norma, y la atención al alumnado, es más probable que un juzgado pueda suspender cautelarmente los llamamientos de quienes no lo cumplen.

También una respuesta de la inspección de trabajo en esa linea, ayudaría.

Que puede pasar.

De todo.

Que no se suspenda cautelarmente, total o parcialmente, los llamamientos.

Que se suspenda una parcialmente o totalmente.

En justicia, todo puede pasar, por muy claro que se tengan las cuestiones.

Pero Flafi, ¿entonces USTEA si va a reclamar o solo insta a la gente a reclamar? ¿se va a pronunciar oficialmente el sindicato?
Es que no te acabo de entender


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