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SUSTITUCIÓN: PAGO DE LA PARTE PROPORCIONAL DE VACACIONES.

Iniciado por poetagranaino, 27 Febrero, 2015, 12:19:07 PM

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poetagranaino

Hola, este curso es la primera vez que hago una sustitución en Andalucía. En Delegación me dijeron que en julio me pagarían los días de vacaciones que me corresponden en proporción a lo que hayan durado las sustituciones, sin embargo, tengo dudas importantes y quisiera saber si alguien ya ha experimentado en el pasado esta situación:

A) ¿Hay algún problema o incompatibilidad para que me paguen en julio esas vacaciones si ya he empezado a cobrar el subsidio del paro?, es decir, ¿debo darme de baja en el cobro del paro para que la Junta me paga la parte proporcional de las vacaciones?.

B) Los días que me toquen de vacaciones, ¿se tienen en cuenta como tiempo de servicio o antigüedad de interino?. (En relación con la cotización a la Seguridad Social, sí se consideran).

Gracias.

fasalva

Cita de: poetagranaino en 27 Febrero, 2015, 12:19:07 PM
Hola, este curso es la primera vez que hago una sustitución en Andalucía. En Delegación me dijeron que en julio me pagarían los días de vacaciones que me corresponden en proporción a lo que hayan durado las sustituciones, sin embargo, tengo dudas importantes y quisiera saber si alguien ya ha experimentado en el pasado esta situación:

A) ¿Hay algún problema o incompatibilidad para que me paguen en julio esas vacaciones si ya he empezado a cobrar el subsidio del paro?, es decir, ¿debo darme de baja en el cobro del paro para que la Junta me paga la parte proporcional de las vacaciones?.

B) Los días que me toquen de vacaciones, ¿se tienen en cuenta como tiempo de servicio o antigüedad de interino?. (En relación con la cotización a la Seguridad Social, sí se consideran).

Gracias.

Te respondo...

A) En función de los días que hayas trabajado en sustitución te corresponde tantos días de vacaciones... el día 1 de Julio la Junta te darán de alta, por lo que deberás llamar al INEM y darte de baja en el paro... en cuanto hayan pasado los días de vacaciones, puedes volver a reincorporarte al paro.

B) Sí, los días de vacaciones que tienes concedidos si se consideran como tiempo de servicio a todos los efectos (bolsa, oposición, cotización...) ... ahora, debes saber que para el curso que viene, 2015-2016, el tiempo de servicio cuando se abra la bolsa será a fecha de 30 de junio de 2015. Esto es, vamos a suponer que has trabajado 2 meses este curso y no tienes más tiempo de servicio anterior... entonces cuando se abran las bolsas en sept tendrás solo 2 meses... el tiempo de servicio de vacaciones te lo contarán para el curso siguiente.

Saludos


pike

Exactamente lo que ha dicho fasalva, sólo comentarte que los días de vacaciones que te corresponden no son exactamente proporcionales a los días trabajados. Se aplica un "baremo" que está recogido en el art 22 de la Orden de 11 Junio de 2011 que regula las bolsas

http://www.juntadeandalucia.es/boja/2011/117/d2.pdf


poetagranaino

Otras dudas. Si termino la sustitución y me llaman de otra provincia, es decir, hago dos sustituciones en dos provincias diferentes durante este curso. En julio:

a)¿Las dos Delegaciones te dan de alta al mismo tiempo por los días de  vacaciones que te corresponden o se coordinan entre ellas para no coincidir?

b)¿Te llaman por teléfono o avisan de que te van a dar de alta?

C)¿Es desde el uno de julio o suelen retrasarse alguna semana?

Gracias por la atención.


poetagranaino

Perdón, me faltaba otra duda:

d)¿Te comunican los días exactos que te corresponden por vacaciones para saber cuándo tienes que apuntarme al paro de nuevo?

anapastor123

El 1 de julio te darían el alta directamente desde sevilla. En tu nómina aparecerá centro de destino el último en el que hayas estado y algo así como "prorroga vacacional". Te mandarán a tu casa un correo con el nombramiento (ahora creo que ya lo hacen por Séneca) y lo mismo con el cese. No te dicen cuántos días vas a estar dado de alta, pero lo puedes calcular tú. Te pagan un día por cada 5 que trabajes.

de 0 a 4 días - nada
de 5 a 9 días - 1 día
de 10 a 14 días - 2 días
de 15 a 19 días - 3 días
de 20 a 24 días - 4 días
de 25 a 29 días - 5 días
de 30 a 34 días - 6 días

y así sucesivamente. Ese tiempo se cobra, cuenta para opos, trienios, bolsas, cotizas, etc etc.



poetagranaino



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