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Acceso a bolsas bilingües por oposición: USTEA gana un sentencia

Iniciado por sevi11, 11 Marzo, 2015, 18:05:43 PM

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pink panther

Yo no se si a mí me podría influir o no.Me presenté a las oposiciones de GeH y marqué la opción bilingüe, estoy como aspirante desde entonces en la bolsa de GeH , pero no en la bilingüe , estuve en Delegación para que me explicaran por qué no se me incluía en la bolsa bil. y me dijeron que el tema del idioma en la convocatoria , además de para puntos , era por si aprobabas todo el proceso , para poder hacer las prácticas, si querías ,en un instituto bilingüe. Que las bolsas de GeH eran extraordinarias e iban por otro lado. No encontré documentación que regulara claramente esto, pero me tuve que conformar con la explicación . Entonces , según esa sentencia ¿ podría también estar en la bolsa bilingüe de GeH?.

sevi11



petit

Hola
A mi me interesa tambien esta ultima cuestion...podrias reponder por aqui, por favor?
Gracias

juanrr2000


Sevi11:
Un integrante de bolsa bilingue por convocatoria extraordinaria. sin tiempo de servicio.
Aprueba oposiciones 2014.Está en las dos bolsas y trabaja por bilingue en 2015.
Que pasaria en la ordenación de la bolsa bilingue?
Habria reordenación en bolsa no bilingue ?. Serviria tiempo de servicio de la bilingue para la ordenación de la no bilingue?

Te agradecería tu opinión. Muchas gracias



mariajose_tq

Una duda, si yo aprobe las oposiciones y tengo un B2 y además estoy en la lista de bilingues , entonces actualmente estoy ordenada por baremo, con esta sentencia pasarian a ordenarme por nota de oposicion, adelantando asi a mucha gente que no la hice.
¿Me equivoco?

respublica

Que una persona haya ganado una sentencia en primera instancia no tiene por qué significar nada ni siquiera para el recurrente, porque lo habitual es que la Consejería ponga a su gabinete jurídico a trabajar en el recurso contra esa sentencia y hasta que haya sentencia firme de instancias jurídicas superiores aún pueden pasar varios años más.

Por cierto, el Decreto 302/2010 dice claramente en su artículo 24 que los puestos bilingües son puestos específicos y sí que hay bolsas para otros puestos específicos, entre otras las que convocan cada una de las delegaciones provinciales.


Saludos.

- Cuando todos piensan igual, ninguno está pensando -

antonionick

Considero muy clara la sentencia. Por supuesto que la Junta recurrirá, no me cabe duda, asi que, para aquellos que aun piensan que esta sentencia es injusta y que los que entraron en la bolsa bilingue procedentes de la extraordinaria, colandose por delante del personal que sí aprobó las oposiciones, tranquiiiloos, que la Ceja recurre, y si tiene que llegar hasta el TS, llega, total, ellos no pagan, lo pagamos todos, hasta vosotros, compañeros foreros, que defendeis a la Junta. Luego, dentro de 5o6 años, no se presentaran al Supremo, como tienen costumbre, y repito, como ellos no pagan, que facil es disparar con balas ajenas, verdad? Es cierto, amigo forero, que el 302, en su articulo 24, define los puestos de perfil bilingue como especificos, cierto, hamijo, pero usted no se ha leido la sentencia, creo, o lo ha hecho de pasada. Pues amablemente te lo aclaro: el Juez dictamina que no existe regulacion ni normativa alguna para una bolsa bilingue, y ademas, añade que tampoco esta regulado que las bolsas extraordinarias sean para cubrir puestos especificos. Entonces, hay un agujero legal. Claramente. No es culpa tuya, amigo forero, ni nuestra, claro esta, sino de los ineptos que legislan en la Junta, los cuales cobran unos sueldazos de tus impuestos y de los mios para perpetrar engendros legislativos que la mayor de las veces se contradicen unos con otros. Y ante ese vacio legal, se ha de estar a lo General, es decir, tras todo proceso selectivo, se produce una reordenacion de Toodass las bolsas, como bien especifica la Orden de Junio de 2013. que a su vez modiifca de la Junio de 2011:....y por ultimo, tras los interinos que hayan aprobado una o 2 partes del proceso selectivo, apareceran ordenados por baremo, los integrantes de las bolsas extraordinarias. Mas claro, el agua, hamijo. Que siempre se habia hecho asi, colando a los de la extraordinaria, sin ton ni son, como defendian en el CSIF (no seras del CSIF, no? aramovil jaja) bueno, y cosas peores han hecho, en el Cortijo, lo que les ha dado la gana, pero son tan necios y sinverguenzas que alguien tiene que pararles los pies. Y el unico sindicato que lo ha hecho es USTEA. Ole sus guebos!! Asi que si no os gusta la sentencia, pues, ajo y agua, pero la Ley esta hecha para ser cumplida, por TODOS

sevi11

Cita de: mariajose_tq en 12 Marzo, 2015, 16:14:50 PM
Una duda, si yo aprobe las oposiciones y tengo un B2 y además estoy en la lista de bilingues , entonces actualmente estoy ordenada por baremo, con esta sentencia pasarian a ordenarme por nota de oposicion, adelantando asi a mucha gente que no la hice.
¿Me equivoco?

Si se aplicara la sentencia a todos, sí, pasarías por delante.


A todos los demás, habrá que ver qué pasa con la sentencia para saber las consecuencias en la práctica.

Por cierto, a los que citan el 302, el punto 1 del artículo 18 del decreto 302/2010 dice:

    Artículo 18. Bolsas de trabajo.

    1. Por Orden de su titular, la Consejería competente en materia de educación creará bolsas de trabajo por cada una de las especialidades de los cuerpos docentes.

​Y el RD 1594/2011 de 4 de Noviembre por el que se establecen las especialidades docentes del cuerpo de maestros dice: ​

    Artículo 2.  Especialidades docentes del Cuerpo de Maestros.
    1.  Las especialidades docentes del Cuerpo de Maestros que desempeñará sus
    funciones en las etapas de Educación Infantil y de Educación Primaria son las siguientes:
    –  Educación Infantil.
    –  Educación Primaria.
    –  Lengua extranjera: Inglés.
    –  Lengua extranjera: Francés.
    –  Lengua extranjera: Alemán.
    –  Educación Física.
    – Música.
    –  Pedagogía Terapéutica.
    –  Audición y Lenguaje.

Primaria-inglés no es una especialidad según el real decreto!!! Por lo tanto ni siquiera deberían existir bolsas bilingües!!! (de hecho en la mayoría - o quizás en todas- de las comunidades autónomas no hay bolsas diferenciadas para bilingüismo) USTEA propuso el curso pasado que no hubiera bolsas bilingües y que dentro de la bolsa de una especialidad constara quién tiene el B2 y de qué idioma, así sería mucho más sencillo, más transparente y no habría que convocar bolsas bilingües cada dos por tres.

Otra cosa es que en las delegaciones elaboren listados de personas declaradas aptas para ocupar puestos específicos después de entregar un proyecto!! Y esos puestos no se adjudican en la colocación de efectivos del verano. Apoyo a la compensación, Maestros de EOE, Maestros de FPB de alumnado con NEE y Programa de transición a la vida adulta y laboral sí se adjudican en verano a los maestros y sin embargo no se crean bolsas para ello no?? en Secundaria hay puestos que se adjudican en verano y requieren de un B2: PORTUGUÉS SEGUNDA LENGUA, INGLÉS PES (PORTUGUÉS 2a LENGUA), y unos cuantos más. Y tampoco existen bolsas para esos puestos!!!

PS: que conste, por si se le ocurre a alguien pensarlo, que a mí ni me beneficia ni me perjudica la sentencia porque soy funcionaria de carrera y además de una especialidad para la que no hay bolsa bilingüe así que ni me cambia ni me hubiera cambiado nada.


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