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Normativa reparto de asignaturas

Iniciado por clarapilitilla, 17 Julio, 2015, 16:27:18 PM

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zocter

Surrealista.... Dile que tu eres la inspectora

clarapilitilla

Jajajajjaja creo que no soy creíble como inspectora



jfgs1



luse

Cita de: jfgs1 en 17 Julio, 2015, 18:02:48 PM
El link anterior no va prueba con este.

http://www.adideandalucia.es/normas/ordenes/orden%209-9-1997%20Organiz%20Secundaria.htm

Artículo 22

Sin querer entrar demasiado en polémica, CREO que eso no va así.
Convencido que esa Orden está derogada.

Déjame un poco de tiempo y te pongo cómo se rige actualmente la selección y distribución de materias-módulos profesionales.

Saludos.

jfgs1

Perfecto... Puede ser y no es polémica es buscar una normativa, he estado mirando toda la normativa siguiente a esa y eran algunas modificaciones pero si ha cambiado pues perfecto, no hay problema.


luse

Todo se regula en el Decreto 327/2010, de 13 de julio, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de los Institutos de Educación Secundaria.

**************************************************
Artículo 23. El proyecto educativo.
3.El proyecto educativo abordará, al menos, los siguientes aspectos:
m) En el caso de las enseñanzas de formación profesional, los criterios para la elaboración de los horarios, teniendo en cuenta las características específicas de cada módulo en cuanto a horas, espacios y requisitos. Asimismo, se incluirán los criterios para la organización curricular y la programación de los módulos profesionales de formación en centros de trabajo y de proyecto.

Artículo 70. Funciones del equipo directivo.
b) Establecer el horario que corresponde a cada materia, módulo o ámbito y, en general, el de cualquier otra actividad docente y no docente.

Artículo 76. Competencias de la jefatura de estudios.
f) Elaborar, en colaboración con los restantes miembros del equipo directivo, el horario general del instituto, así como el horario lectivo del alumnado y el individual del profesorado, de acuerdo con los criterios incluidos en el proyecto educativo, así como velar por su estricto cumplimiento.


Descargaros este PDF: http://www.adideandalucia.es/normas/decretos/AclaracionesROC-Secundaria20junio2011.pdf
Leer aclaración nº16
Básicamente dice: Los departamentos de coordinación propondrán a la dirección del IES la distribución de materias, etc atendiendo a CRITERIOS PEDAGÓGICOS. Los dpto disponen de autonomía para realizar la propuesta sin obligatoriedad de incluir como criterio pedagógico la antigüedad.
Si un dpto no tiene una propuesta es el DIRECTOR quien decide.

**********************************************


Y ahora te lo resumo con mis palabras y bajo mi experiencia.
En el PEC de tu futuro IES tienen (o deberían tenerlo) que establecer los criterios pedagógicos con los que distribuir las materias, módulos profesionales etc.
(Art19,   orden   del   20   de   agosto   2010:   1.   Los   departamentos   de   coordinación   didáctica propondrán  a  la  dirección  del  instituto  la  distribución  entre  el  profesorado  de  las  materias,  módulos, ámbitos,  cursos,  grupos  y, en  su  caso,  turnos  que  tengan  encomendados,  de  acuerdo  con  el  horario,  la asignación  de  tutorías  y  las  directrices  establecidas  por  el  equipo  directivo,  atendiendo  a  criterios pedagógicos  y  respetando  en  todo  caso,  la  atribución  de  docencia  que  corresponde  a  cada  una  de  las especialidades  del  profesorado  de  conformidad  con  la  normativa  vigente.  En  la  elaboración  de  la propuesta  se  procurará  el  acuerdo  de  todo  el  profesorado  del  departamento.  En  el  caso  de  que  el departamento  no  elabore  la  correspondiente  propuesta,  corresponderá  a  la  dirección  del  instituto  la asignación de las enseñanzas, oída la persona titular de la jefatura del departamento.)


Todos  los  departamentos  contextualizarán  una  estrategia  razonada  basada  en  los siguientes  criterios
para  la  asignación  de  cursos,  materias,  optativas,  etc.,  que  recogerán  en acta y Programación



Te PEGO los criterios establecidos en el PEC de un IES determinado....

Demostrar   documentalmente   al   Departamento   constando   en   acta,   que   se   han elaborado materiales que fomentan el desarrollo de las 8 competencias básicas para un nivel o asignatura determinada.

Realización   de   cursos   de   reciclaje,   participación   en   grupos   de   trabajo,   trabajos, publicaciones,   en   definitiva   cualquier   actividad   enfocada   a   la   actualización   de   la capacitación docente.

Cursos de postgrado, cátedra, especialización, máster, etc. En los contenidos centrales o básicos de la asignatura o de algún contenido específico de la misma.

Poseer  material  actualizado  y  operativo  para  ser  empleado  a  través  de  la  Plataformaeducativa   Moodle   o   cualquier   otro   medio   digital,   para   una   asignatura   o   nivel determinado.

Experiencia docente en la materia o nivel educativo.

Los  profesionales  sin  experiencia,  preferentemente,  no  impartirán  sus  clases  en  los grupos de primer ciclo.

Uniformidad  en  los  niveles  educativos  que  se  puede  obtener  atendiendo  a  todos  los grupos  de  un  mismo  nivel  por  un  profesor  o  trabajando  en  paralelo  profesores/as  que han demostrado una buena coordinación.

Continuidad en la docencia a un grupo determinado por un mismo profesor/a.

Favorecer   que   el   profesorado   del   departamento   posea   una   perspectiva   global   y completa de todos los niveles y materias impartidas por el mismo.

Si  un  departamento  ofrece  una  optativa,  cualquiera  de  sus  miembros  puede  y  debe impartirla.

Las tutorías serán ejercidas por un profesor/a que imparte materia al curso.

Preferencia por un nivel o asignatura determinada.

Los refuerzos educativos preferentemente los imparte el profesor que trabaja la materia en el grupo.

Las alternativas se reservarán para cuadrar horarios.



En pocas palabras, que nadie puede repartirse las materias basándose en la antigüedad como criterio único. El RD 327/2010 dice bien claro que esos criterios deben establecerse en el PEC. En el caso de que no esté reflejado en el PEC pues tenéis que repartir las materias-módulos prof según criterios pedagógicos...

Ejemplo: la asignatura de REDES LOCALES en informática tiene preferencia quien tenga experiencia profesional con las redes, o quien haya realizado un máster de redes, o lo que sea.... todo muy polémico, por eso es mejor que se establezcan los criterios en el PEC.

Lo típico es siempre establecer los criterios pedagógicos según lo que te convenga:
  -- Continuidad con la materia
  -- Mejor quien tenga una titulación y experiencia y cursos afines
  -- Continuidad con los mismo alumnos
  -- Etc...


En definitiva, que lo que han hecho es incorrecto. Primero tienen que esperar a septiembre y luego tenéis que reuniros y leeros los criterios pedagógicos del PEC. En el caso de que el PEC no tenga esos criterios, pues establecer unos criterios realmente pedagógicos y repartir.
En el caso de que no haya acuerdo, pues según el RD 327/2010 decide la directiva.

Yo de ti podría las cartas sobre la mesa y que no te tomen el pelo.
Por lo menos lucha...aunque la última palabra la tiene el señor Director.

Saludos.


alenaz

Eso cabrea tela colega pero el tema de que ya sin esperar a definitivos sepa que va a trabajar en el centro con tanta seguridad toca las narices, porque a menos que el director lo reclame por haber empezado un proyecto en el centro el curso anterior, que yo sepa, no hay otra manera de tanta seguridad...

clarapilitilla



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