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Solicitud permiso matrimonio

Iniciado por nexus6, 26 Julio, 2015, 14:26:50 PM

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nexus6

Hola
Soy inerino y me han dado destino provisional . Y tengo pensado casarme en septiembre. ¿Sabeis si con un destino provisional se puede pedir el permiso con el destino provisonal o debo esperar al destino definitivo?

Gracias

Juan Antonio López

Debes esperar
a tener tu nombramiento el 1 de septiembre


nexus6

Pero si me caso el 19 de septiembre y tengo que hacerlo un mes antes no entraría en plazo

Enviado desde mi C6903 mediante Tapatalk


LOREYJE

Qué tramposos son los políticos que cobran dietas cuando residen en la misma localidad en que trabajan; también cuando utilizan medios propios de su cargo como coches oficiales o billetes de avión para fines personales...

Sin embargo, nosotros, los docentes, aquellos destinados a dar ejemplo y guiar a nuestra juventud, precisamente porque trabajamos con PERSONAS que dependen de nuestra implicación y esfuerzo, estamos libres de todas esas trampas. Julio, Agosto, Semana Santa, Navidades... no son suficientes, mejor casarse en una fecha con el curso escolar empezado, pues tenemos nuestro permiso de 15 días como cualquier otro trabajador, aunque ello implique dejar a nuestro alumnado 15 días sin profesor y a nuestros compañeros con más carga de trabajo.

Después nos quejamos de que la sociedad nos maltrata: que si cobramos mucho, tenemos muchas vacaciones, etc. Como trabajadores públicos deberíamos dar ejemplo, y actos como estos denotan falta de ganas de trabajar y de moral.
Compañero, eres libre de decidir qué quieres hacer y cuándo, pero después no nos quejemos de las administraciones si aprovechamos el más mínimo recoveco para beneficiarnos.


Juan Antonio López

Di que sí y encima pide que te bajen el sueldo PARA DAR EJEMPLO.
TÚ SÍ QUE VALES.

Laura_Pink

Estás ahora con el periodo vacacional??

luse

Cita de: LOREYJE en 27 Julio, 2015, 13:32:45 PM
Qué tramposos son los políticos que cobran dietas cuando residen en la misma localidad en que trabajan; también cuando utilizan medios propios de su cargo como coches oficiales o billetes de avión para fines personales...

Sin embargo, nosotros, los docentes, aquellos destinados a dar ejemplo y guiar a nuestra juventud, precisamente porque trabajamos con PERSONAS que dependen de nuestra implicación y esfuerzo, estamos libres de todas esas trampas. Julio, Agosto, Semana Santa, Navidades... no son suficientes, mejor casarse en una fecha con el curso escolar empezado, pues tenemos nuestro permiso de 15 días como cualquier otro trabajador, aunque ello implique dejar a nuestro alumnado 15 días sin profesor y a nuestros compañeros con más carga de trabajo.

Después nos quejamos de que la sociedad nos maltrata: que si cobramos mucho, tenemos muchas vacaciones, etc. Como trabajadores públicos deberíamos dar ejemplo, y actos como estos denotan falta de ganas de trabajar y de moral.
Compañero, eres libre de decidir qué quieres hacer y cuándo, pero después no nos quejemos de las administraciones si aprovechamos el más mínimo recoveco para beneficiarnos.


Que los alumnos se queden sin profesor no depende de nosotros.
Si la Junta o el Gobierno quisiera mandaba un sustituto para esos 15 días.

Propones que como somos trabajadores públicos debemos casarnos cuando a la sociedad les parezca bien???
Si hago un examen oficial y tengo permiso remunerado para ir, ¿no me presento para que no se queje la sociedad?
Si tengo que asistir al funeral de un familiar dejo de ir para que la sociedad no se malhumore?
Las mujeres deben tener el parto también en vacaciones???
Me debo poner enfermo también en vacaciones???

Como trabajadores públicos tenemos ciertos inconvenientes que en la empresa privada no existen. Difícilmente podemos incrementar nuestros salarios por nuestro esfuerzo ya que nuestra nómina está regulada bajo RD. En la empresa privada si puedes conseguir aumentos de sueldo debido a la productividad.
De todos mis amigos ingenieros, yo soy prácticamente el que menos cobra. Pero no me quejo. Tenemos pros y contras.

A su vez, tenemos prohibido tener una actividad paralela como realizar proyectos, trabajos como libre ejerciente, tener actividades económicas de todo tipo,... Solo permitido redactar libros y dar unas 50 horas de docencia al año en academias.
Todo INCOMPATIBLE. ¿Por qué me tienen que prohibir gestionar un negocio en mi tiempo libre que no tiene nada que ver con las Administraciones? Lo he intentado varias veces y siempre me ha llegado el DENEGADO.

Somos el "puching ball" de los políticos, los cuales se dedican a cambiar la ley educativa según les plaza y esto nos provoca inestabilidad. Es un cachondeo.

Existen unas reglas de juego para todos. Si trabajas en la empresa privada hay unas, si trabajas en lo público hay otras. Nadie nos obliga a estar en unas o en otras. Yo después de 10 años trabajando en empresas privadas decidí pasarme a lo público a pesar de que bajé mi remuneración. Pero tampoco voy a hacerme el tonto y no cogerme un permiso por paternidad o por casarme.

Yo no me quejo de mi situación, pero no amargues a tus compañeros por aprovechar un beneficio que se ofrece a TODOS LOS ESPAÑOLES independientemente de si trabajan en la pública o en la privada.

Normalmente el hecho de casarse es algo muy emocionante y bonito para la gran mayoría, así que aprovecha esos 15 días para disfrutarlo y no hagas caso a los malhumorados de turno.

luse

Cita de: nexus6 en 27 Julio, 2015, 09:21:51 AM
Pero si me caso el 19 de septiembre y tengo que hacerlo un mes antes no entraría en plazo

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Permiso por matrimonio:
Este permiso se encuentra regulado en el artículo 48, l) del EBEP, con  una duración de quince días.

Órgano competente para la concesión: la persona titular de la Delegación territorial competente en materia de educación.

La  solicitud  deberá  presentarla  la  persona  interesada  en  su  centro  de  servicio,  al menos con un mes de antelación a la fecha de su disfrute, debiendo aportar la documentación acreditativa en el plazo de veinte días hábiles desde su expedición

Los quince días de duración del permiso se han de  entender naturales, y deben ser consecutivos, y disfrutarse bien desde el día en que se celebre el matrimonio o se constituya la pareja de hecho, bien dentro del año natural correspondiente al hecho causante, siempre que las necesidades del servicio lo permitan.

Además que sepas que NO puedes disfrutar estos 15 días en las siguientes fechas:
a)  los  diez  días  lectivos  inmediatamente  anteriores   y  posteriores  a  las  vacaciones del alumnado de Navidad y Semana Santa.
b)  los  diez  días  lectivos  inmediatamente  anteriores   a  la  finalización  del régimen ordinario de clase del mes de junio.
c) el mes de septiembre.

Mi consejo es que los disfrutes cuando te plaza (en octubre por ejemplo).


Te vuelvo a pegar un trozo que es importante: "La  solicitud  deberá  presentarla  la  persona  interesada  en  su  centro  de  servicio,  al menos con un mes de antelación a la fecha de su disfrute, debiendo aportar la documentación acreditativa en el plazo de veinte días hábiles desde su expedición. "

O sea que si decides disfrutarlo el 15 de octubre, con que lo presentes el 15 de septiembre te sobra.


Como se que aún tendrás dudas, yo te recomiendo hacer un escrito formal destinado a PERSONAL O A QUIEN CORRESPONDA de la DELEGACION TERRITORIAL DE ""LA PROVINCIA DE TU VACANTE"" indicando que a fecha de 30 de julio de 2015 te han adjudicado una vacante en el IES XXXXX y que el día XX de septiembre contraerás matrimonio. Solicitas poder disfrutar de tus 15 días de matrimonio el día 15 de octubre (o el que consideres).

Yo me quedaría más tranquilo con un papel entregado por registro de entrada en el cual cumples el plazo de 30 días, a pesar de que creo que la "CIRCULAR DE 6 DE FEBRERO DE 2013, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE GESTIÓN DE
RECURSOS  HUMANOS,  SOBRE  PERMISOS,  LICENCIAS  Y  REDUCCIONES  DE JORNADA DEL PERSONAL DOCENTE DEL ÁMBITO DE GESTIÓN DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA. " deja claro que es 30 días ANTES DE DISFRUTAR DE TU PERMISO y dentro del año natural posterior a casarte.

Pero ten en cuenta que en septiembre no puedes disfrutarlos según esta circular.

http://www.juntadeandalucia.es/educacion/portal/com/bin/Contenidos/RRHH/otra_normativa_y_convocatorias_de_interes/circ05052014/1423591024247_circular_actualizada_10_febrero_2015.pdf



PD: no se si hay una Orden o Circular posterior...pero dudo mucho que cambie el sentido de tu actuación


clara_cm

Yo me casé un 6 de octubre y me llamaron de la bolsa el dia 1 por la tarde para empezar a trabajar el 3. Ese mismo día (3) fui a delegación a firmar contrato y permiso. No me pusieron ningún problema.

alopezro

esta bien saberlo, porque yo estoy planeando mi boda para el año que viene, pero entre posibles opos, que no sabemos, vacante no vacante o quedarme en casita, tp se sabe, que dia fijo???, llamo a delegacion y que me den su opinion, ejejejejejej
asi que bueno tu comentario me tranquiliza un poco


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